En CyL si lees la normativa pone que para aplicar la deducción hay que justificar mediante aportación de factura. Sabes dónde se aporta? te la requieren ellos después? Gracias.
En principio tu a la declacion de la renta no puedes adjuntar como anexo nada, ellos son los que deberán reclamarte la factura o directamente llaman a la empresa X y cotejan datos de clientes y compras.
Buenas, excelente video, corto, conciso y al grano, pero tengo una duda.. del punto de recarga aunque no hayas cobrado nada aún, también hay que poner las cantidades subvencionadas del 70%? Gracias de antemano y un saludo!
Muy buen video, con tesla futuro independientemente de que hayas pagado menos del 25% también aplicaría la deducción del IRPF no?, puesto que el vehículo es tuyo y esta matriculado a tu nombre desde el momento en el que lo compras, la financiera paga a tesla el 100% del vehículo y cosa a parte es la forma en la que pagues el prestamo de la financiación del vehículo, que eso dependerá del contrato privado que tenga cada uno con la financiera
¿Y si no has cobrado la ayuda de los 4500? ¿Haces la deducción incluyendo los 4500 y el año siguiente declaras la ganancia patrimonial? Es así? Me podrías aclarar lo de los gastos y tributos? En Canarias no se aplica el IGIC en la compra, ¿qué otros gastos hay que incluir entonces? Gracias
buenas, en la declaracion final no se refleja los 3000 euros, si me aparece en la lista de deducciones, sigo los pasos tal cual pero me aparece una cantidad muy inferior. a que se puede deber? gracias.
Me gustaría saber si el 70% de subvención por el punto de recarga instalado es sobre el total de la factura o sobre el total de la factura antes de iva ; referente a la desgravación lo mismo , si es el 15% sobre el coste total de la factura , el 15% sobre la factura sin IVA y siempre habiendo descontado de nuestra base maxima, primero , la cantidad que se percibirá en concepto de subvención
Perdona que te pregunte pero yo soy de Castilla y león y pido ambas pero aún teniendo en cuenta lo que salía a pagar, me dan 6350, me faltan por ahi 650€, tiene que salir exacto los 7000??? Obviamente sin tener en cuenta lo que sales a devolver a hacienda o lo que hacienda te debe. Gracias!!!! PD: De los 4000 que solicitas a CYL, solo te agregan a devolver 3350€
Te refieres a la suma de las deducciones estatal y autónomica? Mira a ver si los 4000 están completos, deberían. Y los 3000 estatales son un porcentaje. Si el vehículo que has adquirido tiene menos de un determinado valor no se te aplicará completo. Pero eso ya es casuistica particular de cada contribuyente.
@@FolkRoad los 3000€ íntegros me los dan, pero de los 4000€ de cyl solo se añade 3350€ y el coche es un Tesla de 39,990€. No sé dónde habrán ido los 650€ mañana llamo a ver qué me dicen y respondo por aquí.
@@FolkRoad el lunes tengo cita telefónica con las personas de Castilla y León que se ocupan de ello, ya que si llamas te pasan con cualquier comunidad y me tocó la comunidad Valenciana y sabían lo justo.
Antes de nada gracias por el video. Aclara muchas cosas que son imposibles de ver de manera tan sencilla en otros vídeos eternos. Una duda acerca de la deducción del 15% del vehículo. Si la compra del vehículo es mediante leasing, ¿se solicita la ayuda del total, o solo de la parte pagada en la entrada?. Supongamos que el valor del coche es 35.000, y das una entrada de 10.000€, con un contrato a 3 años. ¿se solicita sobre esa entrada o como? Lei por ahí no se qué de que mínimo si se pagaba el 25% del vehículo y se pagaba al completo al año siguiente... Gracias!!
Excelente pregunta. Cuando adquieres el vehículo por leasing, en realidad el vehículo ya lo has adquirido, lo único es que has diferido el pago del mismo. La situación que comentas del 25%, es que entregas a cuenta cantidades para una futura adquisición del mismo, necesitas tener entregado el 25% en el año en el que te quieras aplicar la deducción, en cuyo caso se practica entera. Y, además, debes haber terminado de abonar el vehículo a lo largo de los dos ejercicios posteriores. No sé si esto te ha aclarado más o no, no obstante te dejo el enlace directo a la explicación de AEAT sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vehiculos-embarcaciones/deduccion-irpf-adquisicion-vehiculos-electricos/deduccion-adquisicion-vehiculos-electricos-enchufables/porcentaje-deduccion-que-periodo-impositivo-aplica.html
@@FolkRoad vale perfecto. Entonces si das de entrada 10.000€ sobre un valor aprox de 35.000, se supone que ya has alcanzado ese 25% mínimo, y puedo solicitar la ayuda, con la condición de que el 31 de diciembre de 2025 haya pagado completamente el vehículo. Y eso último es lo que me confunde, ya que si el leasing es a 3 años (yo lo adquirí en octubre del 23), quedarían todavía meses para acabar ese leasing. Y no tengo intención de pagarlo entero para esa fecha...menudo lío. Ya no se que hacer, porque igual luego llama hacienda a la puerta solicitando que le devuelvas la ayuda 🤦🏼♂️🤦🏼♂️
Hola gracias por el vídeo!!! Pero a las preguntas que se repiten, si yo no he recibido ninguna ayuda ni cobrada aunque esté solicitada como voy a declarar algo que todavía no se si me lo van a dar ejemplo moves 3…. Lógico sería si yo recibo la cantidad de los 4500€ este año sería para la renta del año que viene. O me equivoco. A título informativo Las subvenciones públicas que tributen, deben imputarse en el IRPF del año de su cobro, no en el que se conceden. Es decir, si por ejemplo a una persona se le reconoce en 2022 una subvención por instalar paneles solares, pero la cobra en 2023, deberá declararla en el IRPF de 2023.
En este caso no estás declarando la ayuda, si no reduciendo la cantidad sobre la que se calcula la deducción de acuerdo a lo indicado. Hemos hecho las consultas a la AEAT y, como decimos, deben anotarse, en el cálculo de la deducción, las cantidades que hayan sido o fueran susceptibles de serlo. Normalmente, los vehículos que adquirimos suelen estar por encima de los 20000 (cantidad máxima sobre la que se calcula), por lo que incluir la posible ayuda no afecta a la cuantía máxima. No indicar esa cantidad puede dar lugar a revisiones posteriores de la declaración, que son bastante desagradables.
Muchas gracias, me ha resultado de gran ayuda
En CyL si lees la normativa pone que para aplicar la deducción hay que justificar mediante aportación de factura. Sabes dónde se aporta? te la requieren ellos después? Gracias.
En principio tu a la declacion de la renta no puedes adjuntar como anexo nada, ellos son los que deberán reclamarte la factura o directamente llaman a la empresa X y cotejan datos de clientes y compras.
Eso es. Consultada a la Agencia indican que será en actuación posterior, si ha lugar, cuando soliciten la factura
Buenas, excelente video, corto, conciso y al grano, pero tengo una duda.. del punto de recarga aunque no hayas cobrado nada aún, también hay que poner las cantidades subvencionadas del 70%? Gracias de antemano y un saludo!
Según mi interpretación sí. La ley habla de las cantidades subvencionadas o que vayan a serlo. Un saludo.
Muy buen video, con tesla futuro independientemente de que hayas pagado menos del 25% también aplicaría la deducción del IRPF no?, puesto que el vehículo es tuyo y esta matriculado a tu nombre desde el momento en el que lo compras, la financiera paga a tesla el 100% del vehículo y cosa a parte es la forma en la que pagues el prestamo de la financiación del vehículo, que eso dependerá del contrato privado que tenga cada uno con la financiera
Así lo entiendo yo, sí
¿Y si no has cobrado la ayuda de los 4500? ¿Haces la deducción incluyendo los 4500 y el año siguiente declaras la ganancia patrimonial? Es así? Me podrías aclarar lo de los gastos y tributos? En Canarias no se aplica el IGIC en la compra, ¿qué otros gastos hay que incluir entonces? Gracias
Es correcto
buenas, en la declaracion final no se refleja los 3000 euros, si me aparece en la lista de deducciones, sigo los pasos tal cual pero me aparece una cantidad muy inferior. a que se puede deber? gracias.
Creo que depende del coste del vehículo. Habría que ver el caso en concreto, pero deduzco que puede ser de eso
Me gustaría saber si el 70% de subvención por el punto de recarga instalado es sobre el total de la factura o sobre el total de la factura antes de iva ; referente a la desgravación lo mismo , si es el 15% sobre el coste total de la factura , el 15% sobre la factura sin IVA y siempre habiendo descontado de nuestra base maxima, primero , la cantidad que se percibirá en concepto de subvención
Tengo que repasarlo con detalle pero que yo sepa es incluyendo el iva
Perdona que te pregunte pero yo soy de Castilla y león y pido ambas pero aún teniendo en cuenta lo que salía a pagar, me dan 6350, me faltan por ahi 650€, tiene que salir exacto los 7000??? Obviamente sin tener en cuenta lo que sales a devolver a hacienda o lo que hacienda te debe. Gracias!!!!
PD: De los 4000 que solicitas a CYL, solo te agregan a devolver 3350€
Te refieres a la suma de las deducciones estatal y autónomica? Mira a ver si los 4000 están completos, deberían. Y los 3000 estatales son un porcentaje. Si el vehículo que has adquirido tiene menos de un determinado valor no se te aplicará completo. Pero eso ya es casuistica particular de cada contribuyente.
@@FolkRoad los 3000€ íntegros me los dan, pero de los 4000€ de cyl solo se añade 3350€ y el coche es un Tesla de 39,990€. No sé dónde habrán ido los 650€ mañana llamo a ver qué me dicen y respondo por aquí.
@KiteSpain ¿tuviste alguna respuesta de por qué no salían todas las cantidades?
@@FolkRoad el lunes tengo cita telefónica con las personas de Castilla y León que se ocupan de ello, ya que si llamas te pasan con cualquier comunidad y me tocó la comunidad Valenciana y sabían lo justo.
Antes de nada gracias por el video. Aclara muchas cosas que son imposibles de ver de manera tan sencilla en otros vídeos eternos.
Una duda acerca de la deducción del 15% del vehículo. Si la compra del vehículo es mediante leasing, ¿se solicita la ayuda del total, o solo de la parte pagada en la entrada?. Supongamos que el valor del coche es 35.000, y das una entrada de 10.000€, con un contrato a 3 años. ¿se solicita sobre esa entrada o como? Lei por ahí no se qué de que mínimo si se pagaba el 25% del vehículo y se pagaba al completo al año siguiente... Gracias!!
Excelente pregunta. Cuando adquieres el vehículo por leasing, en realidad el vehículo ya lo has adquirido, lo único es que has diferido el pago del mismo. La situación que comentas del 25%, es que entregas a cuenta cantidades para una futura adquisición del mismo, necesitas tener entregado el 25% en el año en el que te quieras aplicar la deducción, en cuyo caso se practica entera. Y, además, debes haber terminado de abonar el vehículo a lo largo de los dos ejercicios posteriores. No sé si esto te ha aclarado más o no, no obstante te dejo el enlace directo a la explicación de AEAT sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vehiculos-embarcaciones/deduccion-irpf-adquisicion-vehiculos-electricos/deduccion-adquisicion-vehiculos-electricos-enchufables/porcentaje-deduccion-que-periodo-impositivo-aplica.html
@@FolkRoad vale perfecto. Entonces si das de entrada 10.000€ sobre un valor aprox de 35.000, se supone que ya has alcanzado ese 25% mínimo, y puedo solicitar la ayuda, con la condición de que el 31 de diciembre de 2025 haya pagado completamente el vehículo.
Y eso último es lo que me confunde, ya que si el leasing es a 3 años (yo lo adquirí en octubre del 23), quedarían todavía meses para acabar ese leasing. Y no tengo intención de pagarlo entero para esa fecha...menudo lío. Ya no se que hacer, porque igual luego llama hacienda a la puerta solicitando que le devuelvas la ayuda 🤦🏼♂️🤦🏼♂️
Si aún no se ha recibido la ayuda por la instalación del punto de carga puedo solicitar la deducción en la declaración? Mil gracias por el video
Sí. La deducción es por haberlo instalado, independientemente de si se ha solicitado o recibido la ayuda
Hola gracias por el vídeo!!! Pero a las preguntas que se repiten, si yo no he recibido ninguna ayuda ni cobrada aunque esté solicitada como voy a declarar algo que todavía no se si me lo van a dar ejemplo moves 3…. Lógico sería si yo recibo la cantidad de los 4500€ este año sería para la renta del año que viene. O me equivoco.
A título informativo
Las subvenciones públicas que tributen, deben imputarse en el IRPF del año de su cobro, no en el que se conceden. Es decir, si por ejemplo a una persona se le reconoce en 2022 una subvención por instalar paneles solares, pero la cobra en 2023, deberá declararla en el IRPF de 2023.
En este caso no estás declarando la ayuda, si no reduciendo la cantidad sobre la que se calcula la deducción de acuerdo a lo indicado. Hemos hecho las consultas a la AEAT y, como decimos, deben anotarse, en el cálculo de la deducción, las cantidades que hayan sido o fueran susceptibles de serlo. Normalmente, los vehículos que adquirimos suelen estar por encima de los 20000 (cantidad máxima sobre la que se calcula), por lo que incluir la posible ayuda no afecta a la cuantía máxima. No indicar esa cantidad puede dar lugar a revisiones posteriores de la declaración, que son bastante desagradables.