Yo creo que las autoridades deben de pensar en las personas que no somos delincuentes y que es justo tener una alternativa de defensa legitima contra la delincuencia común y que la fuerza publica no puede garantizar la seguridad a cada uno de los ciudadanos de bien.
Muchas gracias. Es una información valiosa. La ciudadanía necesita al menos un método de disuasión no letal para "espantar " los potenciales riesgos actuales por la inseguridad
muy respetuosamente he seguido desde hace dos años todo este ENRREDO de las armas de letalidad reducida o traumáticas y URGE que se lleve a cabo un FORO NACIONAL donde participen todos los actores: fuerzas militares, policivas, fiscalías, CTI, comunidad traumática, los que comercializan, los club de tiro, representantes del congreso, jueces, etc. etc.
A mi me encontraron mi traumatica los policias y me colocaron las esposas- por porte ilegal del armas jummmm menos mal en la estacion me las quitaron y no paso nada- me la devolvieron y me fui normal para la casa, vaya susto 😅
Gracias, solo faltó un detalle importante en tus recomendaciones y guardar y esconder muy bien toda arma traumática FUERA del alcance de los niños. Ellos son muy curiosos, ingenuos pero cuidemos de cualquier descuido. Si la leyes no ayudan a la gente de bien estamos desamparados y los que están en esas sillas las pueden poner a favor del pueblo que trabaja y les da de comer y los eligió para ello eso creo. Esperemos haya quien se apersone del asunto
Excelente ilustración profe Miguel sobre el tema, ya que por un lado nos encontramos desprotegidos por el estado y por el otro cada vez la delincuencia hace de las suyas y nosotros en el limbo y el derecho a la legítima defensa.
😮😮😮😮😮. Debería haber una excepción de porte de armas traumáticas para personal de seguridad privada portando el carnet de la respectiva empresa donde se labora, ya que muchas veces por nuestros trabajos nos vemos expuesto a situaciones de peligro.
Por eso aquí en santander cargamos el machete 3 canales de 24 pulgadas, no se nesecita ningún permiso, si le da plan es traumatico, si es por el filo, es defensa propia
Yo la registre y me hicieron la marcación! Y no saque permiso de porte! Sin embargo yo la llevo conmigo para todos lados! Llevo los documentos de la Marcación y pues impresa la información de la página del DCCAE dónde están todos los datos míos y del arma! Creo que con eso es más que suficiente y pues pienso que cumplí con marcarla
Hay en la.misma sentencia dice que le quita la potestad al dccae del marcaje y permiso a los dispositivos de menor letalidad ya que si se le da la facultad para ello a una dependencia del estado mayor está interviniendo en el monopolio .eso fue lo que yo entendi
El Gobierno debe entender que fracasó en la lucha contra la delincuencia común en todos sus ámbitos, en consecuencia, debe permitirle al ciudadano de bien, defenderse con plena libertad con lo tenga a la mano, sea machete, hacha, cañón, bazuca, pistola de flores o traumática porque esto se jodió y no creo que tenga vuelta atrás, una lástima pero es nuestra realidad. Esperemos la respuesta del "Siniestro del cambio".
Que se cree más paramilitares, tal como los de la delincuencia común, entonces ¿propone que el gobierno permita más delincuencia común como solución a la delincuencia común?... Si aumentan los asesinatos, ¿la solución sería permitir más asesinatos? deje de verse esas películas sin sustento teórico como la Purga.
Es realmente es imposible cumplir el 1417 con solo siete sitios de marcación de armas en todo el pais. Tomaría entre 8 y 10 años marcarlas todas, cuando en realidad las armas vienen con seriales ÚNICOS. Mil gracias por la aclaración porque en su último vídeo quedé bien aburrido. Hay que poder salir a hacer polígono, no para portarla porque la verdad es que uno no es capaz de reaccionar a tiempo.
No se necesita permiso ni marcaje, no se la pueden incautar a menos que esté delinquiendo. Las brigadas militares no están por encima de la ley y sus pronunciamientos y excepciones solo son válidos para armas de fuego, no dispositivos menos letales de energía cinética.
Una pistola traumática no es impulsado el proyectil por energía sintética, para eso hay una ley donde están clara ese tipo de Armas como las de fogueo q por eso las traumáticas tienen una ley diferente, revisa las leyes bien
@@joshualandazury8876 Revise usted, ley 2197 articulo 28 numerales a y b. No es sintética, es cinética. Nuevamente, si lo que usted dice fuera cierto, en mi club de tiro Zona Traumática no recuperarían armas incautadas bajo su lógica, ni tendrían en problemas legales agentes de policía.
@@kevindiaz9607 La puede portar con cartucho en la recamara, proveedor lleno y donde sea (cintura, bolso, etc), siempre y cuando no entre en contravención del articulo 7 numeral 7 de la ley 1801. Cualquiera que le diga que no es cierto, está desinformado. Recomendado seguir el canal "Zona Traumática" para ver el trasfondo legal detalladamente.
Según lo que usted dice se resume en: si usted le cae mal al policía y está de malas ese día lo jusicializan por porte ilegal. Si algo he aprendido en mi mediana edad es que la tranquilidad en esta vida no tiene precio y para terminar detrás de las rejas por cargar una vaina de esas prefiero evitar.
Existe un punto importante que no tienen en cuenta,,,con la venta libre de las armas traumáticas sin reglamentación oportuna, permite concluir que se tiene que aplicar el principio universal de FAVORABILIDAD, en razón que ya se permitió la venta libre,,,y no se puede aplicar una ley que sea desfavorable a un ciudadano en retroceso legal
Yo soy ciudadano de bien, soy comerciante y me toca desplazamientos entre municipios y veredas y Porto arma de fuego letal. Y presento mis documentos personales y documentos de mi trabajo y las autoridades me dan recomendaciones para no cometer imprudencias. Y no más. Ellos si ayudan y conocen a las personas de bien, manejan muy bien esa parte psicológica.
Doctor en Bucaramanga también he hecho trabajo de campo hablando con algunos policiales y algunos se basan en qué tengan l a documentación al día Dian carnet factura ay no pasa nada, otros están incautando solo las que no están marcadas
Hermano yo no la cargo porque aqui en Bucaramanga y area metropolitana molestan x eso, algunos policias dcn q es porte y otros q no, No hay unidad de criterios, Yo me he abstenido de portarla, nunca hice proceso de marcaje tampoco. Pero con la delincuencia q hay x estos dias es necesario porte
Hay un pájaro mental por cuanto el estado tiene el monopolio no por los permisos, sino por el suministro de la misma... Ahora bien... esta arma es de juguete.. es decir, no es un arma de fuego... Que no vuelvan delincuente al inocente mediante un plumazo...
Hasta donde es posible la sociedad impugnar el decreto de desarme? Si hay trazabilidad forense y permisos legítimos.Donde queda el derecho del ciudadano a defenderse ? Hay que armar la población de bien.Estamos arrodillados y la ventaja es para la delincuencia
Bueno en el día de hoy le diste más o menos un 70 por ciento de la información clara la cosa va por ahí.. lo que falta es la acción de la ley ahí en la misma sentencia están las actualizaciones de la ley 599 de 2000. Acá en popayan mañana me reúno con el secretario de seguridad de la alcaldia para empezar la pedagogía de estos temas
Hice el proceso de marcación pero no saque el permiso de porte! La porto para todos lados con los documentos de la pagina del dccae donde aparece la información de ella! En mi pensar pienso que cumpli con marcarla! Por el momento no e tenido problemas
Lo malo del permiso : el costo con respecto al arma y pagas con la posibilidad que se lo nieguen si no demuestra capacidad monetaria y necesidad de ella y si de casualidad se lo dan tampoco le sirve pues al ser considerado arma de fuego según lo que menciona el señor pues le toca sacar otro permiso especial es decir 2 permisos si es que quiere poder llevarla
Señor el decreto 1417 está derogado por la ley 2197 y a la cual también la sentencia C-014 del 23 declaro inexequible el artículo 25 y 30 del 2197, actualmente no existe ningún decreto y ninguna ley que regule el porte de los DML ni siquiera la 2535 en la cual no se estipula nada de las armas traumáticas, no desinforme no hay judicialización ni incautación de los DML, NO SE REQUIERE NI SE NECESITA PERMISO NI MARCAJE ALGUNO
Yo ando con mi TRAUMATICA en la caja con la factura del almacén donde la compre y el manifestó de aduana …y es totalmente original…creo que si me la decomisan por no sé legal estarían extralimitándose las autoridades porque mi arma la compré legal …ya el tema de cómo la porte e ingrese a un sitio público creo que allí ya sería otra situación
Aquí en el Perú, es exactamente lo mismo sacar permiso para un arma de fuego 9x19mm, 45 acp o traumática...por eso no dieron buen resultado. Y cuestan un poco menos nada más y la munición es muchosimo más cara la traumática que la letal...no valen la pena.
El día 08 marzo de 2024 fui requerido en un retén de la policía de carreteras en La Pintada Antioquía, no llevaba mi traumática por tanta cosa que an dicho, igual le pregunté al agente que si sabía algo de las traumaticas, me dijo que SI la puedo portar con la factura, el manifiesto y con un carnet que acredite afiliación a un club de tiro, palabras más palabras menos me dijo que eso de la marcación y solicitud se perdió, ... Pues ahora la voy a portar con todas esas arandelas, ... Yo hice la marcación y solicitud de porte, en enero del 2023, el día 03 de noviembre el DCCAE me contestó que hacía falta un documento y el plazo era hasta el día siguiente 04 de noviembre de 2023.
Muy buenos días bendiciones tengo una pregunta muy puntual yo alcancé a realizar el registro y el marcaje, yo soy suboficial en uso de buen ritiro alcance a enviar la documentación para solicitud del porte no me contestaron nunca y lo realice dentro de los términos yo puedo portar el arma de legalidad reducida gracias doctor por su importante concepto quedó al pendiente de su respuesta feliz día
Todos los ciudadanos que no haya tenido , ni que tengan antecedentes judiciales ni de policía, debiera darle permiso para portar un arma de defensa personal., como pistolas o revolver calibre 22. la defensa personal no puede ser prohibida.
Profe, muchas gracias por su tiempo y dedicación. Sin embargo no me queda muy claro. Se pueden tener, pero no se pueden portar? O tampoco se pueden tener. Gracias
Hola buenas tardes. Ya las compramos con papeles y todo, pero yo no hice el trámite exigido en la 1417, ahora que la sentencia c014 declaró inexequible los artículos que le daban la facultad a la brigada, de interrumpió el trámite. Entonces, las tenemos pero evitamos portarlas para que la policía no ponga pereque y te la quiten, ya que no pueden ponerte preso, solamente si la alteras para que sea letal. En conclusión, yo no la voy a devolver al gobierno, la mía la meto debajo del colchón y cuando tenga una finca haré polígono. Eso es lo que pasa hasta hoy 16 de marzo 2024. Si mañana dice el gobierno que se pueden nuevamente iniciar marcaje, registro y salvoconducto, pues de una me aparezco donde se diga quién es el que remplazó al departamento de control de armas de la brigada
Una resolución o decreto complementa una Ley,.....mas no esta por encima de esta.....una sentencia como la C014 si anula...no toda la Ley...si no que modifica unos artículos de la misma...por consiguiente y en resumen una resolución jamás anulara una Ley....Si otra Ley sale y deroga una Ley en especifico....anula por completo la ley o los artículos en especifico que se nombran en numerales como hizo la Ley 2197 del 2022 derogando los artículos en los decretos (2535 del 93 y 1417 del 2021) que se manifiestan en la regulación, porte o tenencia en las armas de letalidad reducida....por eso esa resolución que expidió esa brigada hace poco.....no tiene ninguna capacidad de anular la 2197 del 2022 ni esta por encima de esta.....la ley es para todos......y todos los jueces y fiscales deben obedecer una sola ley y no que un juez o fiscal diga una cosa y el otro otra.....la ley es una y no en varias opiniones cada una de diferente juez o fiscal....todos ellos deben acatar una sola ley....en este caso la que esta por encima de las demás según la pirámide de kelsen de las jerarquías de las leyes en Colombia........el siguiente video grabado hace solo 2 semanas atrás donde explica el juez penal del circuito Carlos Cortez......le aclarara como esta la ley hoy en día sobre las armas de letalidad reducida en Colombia.....en el minuto 34:05 ya finalizando el video....en esas cortas palabras....lo dice todo si se pueden portar o no hoy en día..... ruclips.net/video/wKC7M1v0acQ/видео.html&ab_channel=AirgunsColombia
Doctor he investigado y SI EFECTIVAMENTE es un arma de fuego ya que la Constitución 91 no distingue entre baja letalidad y la letal y al no poder obtener el permiso la ley me dice qye debo devolverla inservible obviamente. Pero tengo ley a mi favor.porque el art 107 ley 2635 letra b dice que al momento de la devolución del arma el rstado me reconocera el valor del arma previo a perotaje, entonces obte por este artículo y salir de este lio. Gracias
Yo marque, registre y saque mi salvo conducto para porte del arma traumática en el DCCAE y el permiso especial para poder portar mi revolver, fue un trámite de más de 15 meses pero se logró
@EscobarJimenezManuelJose gracias por la aclaración. Pero me queda la incognita y el sinsabor, com tanta inseguridad, el pueblo esta maniatado y a merced de los delincuentes y sin posibilidad de defenderse porque supuestamente la policia nos defiende. Ahi que se puede hacer juridicamente.
Es cierto , el clamor general es la inseguridad e inoperancia del Estado en la protección a la sociedad. Jurídicamente nada , es solicitar más intervención estatal con Pie de fuerza y el sistema judicial más robusto contra esa delincuencia.
Cuando el estado no tiene la capacidad de proteger a la ciudadanía, no deben sacar estas leyes. La gente de bien cumple las leyes, pero los bandidos no lo hacen y a los funcionarios no les importan. Los cogen con el arma hoy y mañana están en la calle haciendo lo mismo. Incluso cuando han disparado a ciudadanos inermes en la calle.
Total, el delincuente tiene mas derecho que los ciudadanos de bien, ellos armados y la población desarmada, entonces deberían de empezar a incautar cuchillo, machetes, cáñamos, bloques, ladrillos, varillas, bates, destornilladores, taladros, piedras, maderas, sartenes, porque igual el agredido se va a defender con lo que tenga, así que ese esmero del estado por proteger al delincuente no le va a servir de nada.
Deben de liberar la venta de armas de fuego para defensa personal y vender a buen precio, uno no se explica porque una pistola que vale US 300 dólares, en colombia vele hasta nueve millones de pesos, eso es un atraco.
Que pasa con los dumis de armas, es decir réplicas que usamos para rodajes cinematográficos o armas "traumaticas" con cañon sellado y balas de salva, que se usan para cine. Igual las pistolas y rifles de aire o gas que son deportivas pero algunos, como el que tengo, tienen aspecto muy real de fusil M15 o M16. Tienen permiso de incautarlos?
Otro policial me informo que no están incautando armas traumáticas porque no les aceptan incautaciónes sin captura y al capturar al personaje incurren en varios delitos como privar ilegalmente a una persona, prevaricato ect entonces al policial se le complica la cosa en cuánto el tema disciplinario sin agraviar las demandas del afectado.
Ajá, es posible porque debería ser un procedimiento íntegro, eso da para incluso arbitrariedad como pedir plata extra para no llevarla . Los policías deben obrar objetivamente, solo en caso que esté alterada y allí si es un positivo para ellos con captura , incautación y dejar a disposición.
En cuenta que en Colombia los únicos autorizados para cargar armas, ya sean con o sin salvoconducto son los delincuentes, el ciudadano de bien no puede cargar armas, tampoco defenderse del delincuente el cual es protegido y el Estado le paga. SE NOTA EL CAMBIO.
Como usted va ha decir que las entreguen a la brigada si cuando se compraron no había problema por comprarla entonces no pueden sacar una norma posterior. Y uno tenga que entregar ese tipo de traumáticas
La ley es muy ambigua e incoerente por cuánto se establece que es un arma no letal, no debería necesitar se ningún permiso, adicional a esto es indumil quien autoriza la importación de este tipo de elementos. Yo la tengo pero no la cargo por lo mismo , se la decomisan sin ninguna razón.
Doctor muy buenos días. Una pregunta soy camionero yo no alcance registrar mi pistola 9 mm y la cargó en mi camión para todo lado por la inseguridad que tenemos nosotros en las carreteras de Colombia..Una pregunta yo solo cargó el papel de la Dian y la factura de compra y el carnet a mi nombre pero no la tengo registrada en la brigada con esos paneles la policía no me la puede quitar o me fudialisan o que puede pasar muchas gracias Doctor quedo atento mil gracias Dios te bendiga por la información bendiciones
La policía la puede incautar al no tener el permiso exigido por el gobierno; no te detienen para dejar a disposición de fiscalía. Ojalá de con algunos uniformados que son conscientes y no la quitan, habrá que hacerles ver que la tienes para tu seguridad por el trabajo.
El gobierno siendo sensatos honesto; debe catalogar de arma de fuego aquella traumatica que sea utilizada para un Hurto.. En los hurtos es donde más se utilizan por lo cual allí es donde debe aplicarse el porte ilegal por cuanto la víctima fue reducida con esta arma. Allí es donde se restringe su uso para delinquir. Mal hace el gobierno en pretender hacer negocio con las cárceles al aplicar de manera general una antinaturalidad del arma. El individuo que para la comisión del delito de hurto utilice este tipo de arma se aplicará la disposición del art 365 cp. Así si debe ser... Ahora bien... El delito de porte se da por poseer un arma de dudosa procedencia, es decir, que no fue el estado que se la concedido entregó. El delito no lo es por la falta del permiso, sino por el origen del arma. Se sobre entiende que si tiene permiso, el estadobla concedió. Por eso se llama monopolio... Ahora bien. Las traumaticas no son armas de fuego, y el estado no las suministra. Razón de peso que demuestra que el permiso solo es un negocio del estado... Control civil es la solución..
De concordancia con la gerarquia de las normas en lo predicho en los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley 153 de 1887; el decreto 1417/21 quedaria derogado de manera tacita por lo tipificado en el art 69 de la ley 2197/22
Nada , usted si inicio el proceso y no realizaron el departamento de control por situación no atribuible a usted . Es una excusa mayor dónde se puede justificar, ahora lo increíble es quien va a resolver para obtener ese permiso.
Yo solamente la marque y la biometría pero no me llego el porte cargo la pistola para todo lado a nivel nacional las autoridades me piden requisas me la ven y en la pretina nunca me la han incautado claro soy tercerizado de las UT PPUNP
Hola!! Bueno, en un gobierno que se está proponiendo la paz total; todo porte de armas debe ser ilegal, en especial a todos los que andan ofreciendo plomo en las calles.
En resumidas cuentas y después de ver y escuchar atentamente este interesante video llegó a la conclusión de que en Colombia quienes tienen derecho a la legítima defensa son los ladrones, los narcos, los guerrilleros y paracos terroristas, los miembros del gobierno y las primeras líneas afectas al anterior. Que viva la paz total o mejor ¿anarquía total?
El estado proteje al delincuente y judicializa al ciudadano de a pie de bien que ya está cansada de esta inseguridad y solo opta por velar por su propia seguridad por la policía nacional nunca va a estar al lado de uno cuando lo van a atracar o nos van a matar pero estamos en Colombia pais donde las leyes son para los más vulnerables
Fui la semana pasada al ministerio de defensa y también a indumil quería comprar un revolver de verdad original y me dicen que no se puede comprar y entonces una traumática mucho menos 😮😮
El decreto 1417 no existe,ya no comemos cuento,,si el decreto 1417 fuera real no solo se decomisa sino también se judicializa,,por lo tanto sólo incautarla sería prevaricato por acción,, que es acomodar la ley a su conveniencia,,
Buen video.... Pero dos cosas...... 1. Si hablas que indagaste bien por lo academico.... Por que no dices nada acerca de la derogacion del decreto 1417 cuando salio 2197. Me gustaria oir tu opinion... 2. Dices q en san andresito ya no las venden pero alla todavia las venden
Hola AJG: Resumidamente: 1. La ley 2197 no deroga el Decreto 1417 que regula ampliamente las armas llamadas traumáticas, pues la ley lo que hizo fue adicionar clasificando las armas: 1. Funcionamientos energía cinética, 2. Neumáticas o aire comprimido y 3. Fogueo, no se habla de las traumáticas. La ley lo que indica es que todas ellas y las traumáticas (por decreto 1417) para ser legal deben contar con permiso del DCCAE, sin embargo ese trámite se paró por la Sentencia C14, en espera de que se indique quién asume esa función administrativa, solamente algunos obtuvieron permiso en el tiempo indicado en el decreto 1417. 2. Quienes estén vendiendo traumáticas lo hacen a sabiendas que ya les terminó el plazo indicado en el decreto 1417, y si la compras pues pierdes tu plata. 3. Tengo la mía guardada, si la policía me la coge en una requisa , la decomisan. 4. La fiscalía solo recibe para judicializar a aquellos delincuentes que las alteran para que sean letales ( las traumáticas) Estas porque las que clasifica la ley 2197, no tienen el alcance de daño como uña traumática. PRÓXIMAMENTE HARÉ UN VIDEO EXPLICANDO CON MÁS DETALLE ESA CLASIFICACIÓN DE LA LEY 2197.
Buen día, con el debido respeto aclaro que es el estado el que tiene el control de armas y no el presidente...que el estado esté en cabeza del presidente es una cosa muy diferente.
Entonces:¿No sé puede portar un arma traumática que no tenga permiso? ¿Sería un porte ilegal de armas?¿Y si la persona tiene un n arma traumática con permiso, la puede portar?.
Si tengo una traumática nueva,no registrada ni documentada , solo con manifiesto de diana Y se mete alguien a mi casa y la uso en defensa, en casa Que pasaría ??
DEBERÍAN AUTORIZAR A LOS BATALLONES EJ. TOLEMAIDA, PARA QUE SE TRÁMITE LA DOCUMENTACIÓN YA QUE EN EL TRANSPORTE DE ESTÁ HASTA BOGOTÁ PUEDEN INCAUTARLA Y QUEDA UNO EMBALADO 😮
Ya deberían hasta impedir el uso de armas traumáticas en espacios públicos si solo sirven para sus juegos y no para matar. Muchos paramilitares salen a matar gente y luego pretenden quedar libres porque tienen un arma traumática y argumentan que dispararon con esa arma y no con una de fuego. ¿Cuál es la necesidad de tener un arma traumática si no es para polígonos? Tambien tenemos quienes la utilizan para atracar gente (no todo el mundo sabe diferenciar entre una traumática y una de fuego).
Mucho el negocio que monto indumil , aparte de que uno saque el permiso de tenencia nose puede sacar su arma ya que toca sacar un permiso especial y para armas traumáticas no existe tal permiso
Yo creo que las autoridades deben de pensar en las personas que no somos delincuentes y que es justo tener una alternativa de defensa legitima contra la delincuencia común y que la fuerza publica no puede garantizar la seguridad a cada uno de los ciudadanos de bien.
Por ello las quieren quitar porque no son delincuentes para dárselas a los delincuentes. Ese es el gobierno del cambio.
Conclusion: No quieren que el pueblo se arme, así será más dócil, gobernar este podrido país
Pero si esas armas lo que hacen es poner en mas riesgo tu vida , con un cuchillo te ganan y te matan o con un arma de fuego real
Para la policía tu eres otro delincuente porq eyos no se toman el trat de revisar tus antecedentes ni nada
Cómo sabría el gobierno quien es bandido y quien no?
Muchas gracias. Es una información valiosa. La ciudadanía necesita al menos un método de disuasión no letal para "espantar " los potenciales riesgos actuales por la inseguridad
Doctor, mil gracias por su tiempo y sabiduría para aclararnos el tema
Como conclusión podemos decir que los bandidos anden armados y nadie les dice nada y el ciudadano de bien va preso si porta un arma. Así es colombia
Colombia no sirve
Eso es por personas como este tipo del Video, el cual creo que esta como "DAVIVIENDA" En El Lugar Equivocado, y aparte de esto generando confusion...
muy respetuosamente he seguido desde hace dos años todo este ENRREDO de las armas de letalidad reducida o traumáticas y URGE que se lleve a cabo un FORO NACIONAL donde participen todos los actores: fuerzas militares, policivas, fiscalías, CTI, comunidad traumática, los que comercializan, los club de tiro, representantes del congreso, jueces, etc. etc.
Cual foro ? La ilegalidad ya ha vendido más que un foro 😂😂😂
creo que no sabes que es un foro.@@DjDkz
Y respecto a las pistolas neumáticas de balines como.es la.norma?
A mi me encontraron mi traumatica los policias y me colocaron las esposas- por porte ilegal del armas jummmm menos mal en la estacion me las quitaron y no paso nada- me la devolvieron y me fui normal para la casa, vaya susto 😅
Les diste plata o como hiciste para irte y que te la devolvieran me sirve la información ?
El señor da mucha vuelta para explicar, se mueve mucho, muy agitado,no va al punto
Usted puede denunciar a los policías por prevaricato
No es porte ilegal ya q no es arma letal
@@alienzazo si, 700 mil pesos colombianos
Gracias, solo faltó un detalle importante en tus recomendaciones y guardar y esconder muy bien toda arma traumática FUERA del alcance de los niños. Ellos son muy curiosos, ingenuos pero cuidemos de cualquier descuido.
Si la leyes no ayudan a la gente de bien estamos desamparados y los que están en esas sillas las pueden poner a favor del pueblo que trabaja y les da de comer y los eligió para ello eso creo. Esperemos haya quien se apersone del asunto
Excelente ilustración profe Miguel sobre el tema, ya que por un lado nos encontramos desprotegidos por el estado y por el otro cada vez la delincuencia hace de las suyas y nosotros en el limbo y el derecho a la legítima defensa.
Excelente explicacion por su claridad del Dr. Escobar, sobre el tema de las " armas traumaticas"!
😮😮😮😮😮. Debería haber una excepción de porte de armas traumáticas para personal de seguridad privada portando el carnet de la respectiva empresa donde se labora, ya que muchas veces por nuestros trabajos nos vemos expuesto a situaciones de peligro.
Por eso aquí en santander cargamos el machete 3 canales de 24 pulgadas, no se nesecita ningún permiso, si le da plan es traumatico, si es por el filo, es defensa propia
Yo la registre y me hicieron la marcación! Y no saque permiso de porte! Sin embargo yo la llevo conmigo para todos lados! Llevo los documentos de la Marcación y pues impresa la información de la página del DCCAE dónde están todos los datos míos y del arma! Creo que con eso es más que suficiente y pues pienso que cumplí con marcarla
Como la marcaste? por la pagina del dccae?
Aun se puede hacer ese procedimiento?
responde aun se puede marcar?
Mi pregunta se puede marcar el arma traumática o ya no quedo pendiente quien me puede ayudar gracias quedo pendiente
@@hernanescobar7749 ya no se puede
Hay en la.misma sentencia dice que le quita la potestad al dccae del marcaje y permiso a los dispositivos de menor letalidad ya que si se le da la facultad para ello a una dependencia del estado mayor está interviniendo en el monopolio .eso fue lo que yo entendi
Si
Llevo 6 años portando mi pistola traumática nunca e tenido ningún problema pues solo la portó para las☠️🐀🐀🐀🐀☠️
No casi no me paran tenía afiliación de club de tiro del sargento arenas
@@omaraldana4189hola dónde puedo conseguir ese permiso
@@omaraldana4189 Éso no sirve para nada, igual se la decomisan
@@omaraldana4189cuando se la descubran se la quitan, no se la devuelven, y lo meten al pozo y si quiere salir deber pagar la fianza.
El Gobierno debe entender que fracasó en la lucha contra la delincuencia común en todos sus ámbitos, en consecuencia, debe permitirle al ciudadano de bien, defenderse con plena libertad con lo tenga a la mano, sea machete, hacha, cañón, bazuca, pistola de flores o traumática porque esto se jodió y no creo que tenga vuelta atrás, una lástima pero es nuestra realidad. Esperemos la respuesta del "Siniestro del cambio".
Todo esta viana la puso el santo y y hora petro sigue legado tienen jodida a toda la población de bien
Que se cree más paramilitares, tal como los de la delincuencia común, entonces ¿propone que el gobierno permita más delincuencia común como solución a la delincuencia común?... Si aumentan los asesinatos, ¿la solución sería permitir más asesinatos? deje de verse esas películas sin sustento teórico como la Purga.
Entonces en últimas que?
Podemos al menos transportarlas o tampoco?
Es realmente es imposible cumplir el 1417 con solo siete sitios de marcación de armas en todo el pais.
Tomaría entre 8 y 10 años marcarlas todas, cuando en realidad las armas vienen con seriales ÚNICOS.
Mil gracias por la aclaración porque en su último vídeo quedé bien aburrido.
Hay que poder salir a hacer polígono, no para portarla porque la verdad es que uno no es capaz de reaccionar a tiempo.
Los permisos expedidos quedan si validez juridics por la desicion de la sentencia.
No se necesita permiso ni marcaje, no se la pueden incautar a menos que esté delinquiendo. Las brigadas militares no están por encima de la ley y sus pronunciamientos y excepciones solo son válidos para armas de fuego, no dispositivos menos letales de energía cinética.
Una pistola traumática no es impulsado el proyectil por energía sintética, para eso hay una ley donde están clara ese tipo de Armas como las de fogueo q por eso las traumáticas tienen una ley diferente, revisa las leyes bien
@@joshualandazury8876 Revise usted, ley 2197 articulo 28 numerales a y b.
No es sintética, es cinética. Nuevamente, si lo que usted dice fuera cierto, en mi club de tiro Zona Traumática no recuperarían armas incautadas bajo su lógica, ni tendrían en problemas legales agentes de policía.
Así es !!!!
@@gto99usted que dice mi rey tengo una comprada papeles de importación factura carne de tiro deportivo la puede cargar o no ??
@@kevindiaz9607 La puede portar con cartucho en la recamara, proveedor lleno y donde sea (cintura, bolso, etc), siempre y cuando no entre en contravención del articulo 7 numeral 7 de la ley 1801. Cualquiera que le diga que no es cierto, está desinformado. Recomendado seguir el canal "Zona Traumática" para ver el trasfondo legal detalladamente.
Según lo que usted dice se resume en: si usted le cae mal al policía y está de malas ese día lo jusicializan por porte ilegal.
Si algo he aprendido en mi mediana edad es que la tranquilidad en esta vida no tiene precio y para terminar detrás de las rejas por cargar una vaina de esas prefiero evitar.
@@camiloelizalde7334 Muy sencillo, si señor .
Existe un punto importante que no tienen en cuenta,,,con la venta libre de las armas traumáticas sin reglamentación oportuna, permite concluir que se tiene que aplicar el principio universal de FAVORABILIDAD, en razón que ya se permitió la venta libre,,,y no se puede aplicar una ley que sea desfavorable a un ciudadano en retroceso legal
Eso se volvió fue un negocio y fiscales y jueces dejan en libertad a delincuentes que atacan al civil con armas reales
Este país es de total injusticia el delincuente va con toda la ventaja.adrmas las leyes son iguales en toda colomby
Este señor deja todo más enrredado
Si. Verdad. Todos. Los. Ciudadanos. Comun. En. Legitima. Defensa deverian. Portar. Su. Arma
Yo soy ciudadano de bien, soy comerciante y me toca desplazamientos entre municipios y veredas y Porto arma de fuego letal. Y presento mis documentos personales y documentos de mi trabajo y las autoridades me dan recomendaciones para no cometer imprudencias. Y no más. Ellos si ayudan y conocen a las personas de bien, manejan muy bien esa parte psicológica.
Doctor en Bucaramanga también he hecho trabajo de campo hablando con algunos policiales y algunos se basan en qué tengan l a documentación al día Dian carnet factura ay no pasa nada, otros están incautando solo las que no están marcadas
Gracias, buen dato
Hermano yo no la cargo porque aqui en Bucaramanga y area metropolitana molestan x eso, algunos policias dcn q es porte y otros q no,
No hay unidad de criterios,
Yo me he abstenido de portarla, nunca hice proceso de marcaje tampoco. Pero con la delincuencia q hay x estos dias es necesario porte
Hay un pájaro mental por cuanto el estado tiene el monopolio no por los permisos, sino por el suministro de la misma...
Ahora bien... esta arma es de juguete.. es decir, no es un arma de fuego...
Que no vuelvan delincuente al inocente mediante un plumazo...
Hasta donde es posible la sociedad impugnar el decreto de desarme? Si hay trazabilidad forense y permisos legítimos.Donde queda el derecho del ciudadano a defenderse ? Hay que armar la población de bien.Estamos arrodillados y la ventaja es para la delincuencia
Bueno en el día de hoy le diste más o menos un 70 por ciento de la información clara la cosa va por ahí.. lo que falta es la acción de la ley ahí en la misma sentencia están las actualizaciones de la ley 599 de 2000. Acá en popayan mañana me reúno con el secretario de seguridad de la alcaldia para empezar la pedagogía de estos temas
Hice el proceso de marcación pero no saque el permiso de porte! La porto para todos lados con los documentos de la pagina del dccae donde aparece la información de ella! En mi pensar pienso que cumpli con marcarla! Por el momento no e tenido problemas
Lo malo del permiso : el costo con respecto al arma y pagas con la posibilidad que se lo nieguen si no demuestra capacidad monetaria y necesidad de ella y si de casualidad se lo dan tampoco le sirve pues al ser considerado arma de fuego según lo que menciona el señor pues le toca sacar otro permiso especial es decir 2 permisos si es que quiere poder llevarla
Señor el decreto 1417 está derogado por la ley 2197 y a la cual también la sentencia C-014 del 23 declaro inexequible el artículo 25 y 30 del 2197, actualmente no existe ningún decreto y ninguna ley que regule el porte de los DML ni siquiera la 2535 en la cual no se estipula nada de las armas traumáticas, no desinforme no hay judicialización ni incautación de los DML, NO SE REQUIERE NI SE NECESITA PERMISO NI MARCAJE ALGUNO
Así es !!!!
😂😂😂😂 jurídicamente, linda peinada
Dr. buenos días una pregunta Pero se puede seguir portando con todos los documentos y su munición de fabrica gracias.
Yo ando con mi TRAUMATICA en la caja con la factura del almacén donde la compre y el manifestó de aduana …y es totalmente original…creo que si me la decomisan por no sé legal estarían extralimitándose las autoridades porque mi arma la compré legal …ya el tema de cómo la porte e ingrese a un sitio público creo que allí ya sería otra situación
Aquí en el Perú, es exactamente lo mismo sacar permiso para un arma de fuego 9x19mm, 45 acp o traumática...por eso no dieron buen resultado. Y cuestan un poco menos nada más y la munición es muchosimo más cara la traumática que la letal...no valen la pena.
El día 08 marzo de 2024 fui requerido en un retén de la policía de carreteras en La Pintada Antioquía, no llevaba mi traumática por tanta cosa que an dicho, igual le pregunté al agente que si sabía algo de las traumaticas, me dijo que SI la puedo portar con la factura, el manifiesto y con un carnet que acredite afiliación a un club de tiro, palabras más palabras menos me dijo que eso de la marcación y solicitud se perdió, ... Pues ahora la voy a portar con todas esas arandelas, ... Yo hice la marcación y solicitud de porte, en enero del 2023, el día 03 de noviembre el DCCAE me contestó que hacía falta un documento y el plazo era hasta el día siguiente 04 de noviembre de 2023.
Okey, si , llevar descargada con su documentación y el carnet afiliado tiro
@@EscobarJimenezMiguelJoseq sentido portarla descargadas? Pierde td funcionalidad, para eso mejor dejarla en la casa
@@nicolas2100236 Me refería a ir a practicar polígono. Claro, si es para defensa pues qué sentido tiene!!
Muy buenos días bendiciones tengo una pregunta muy puntual yo alcancé a realizar el registro y el marcaje, yo soy suboficial en uso de buen ritiro alcance a enviar la documentación para solicitud del porte no me contestaron nunca y lo realice dentro de los términos yo puedo portar el arma de legalidad reducida gracias doctor por su importante concepto quedó al pendiente de su respuesta feliz día
Todos los ciudadanos que no haya tenido , ni que tengan antecedentes judiciales ni de policía, debiera darle permiso para portar un arma de defensa personal., como pistolas o revolver calibre 22. la defensa personal no puede ser prohibida.
Profe, muchas gracias por su tiempo y dedicación. Sin embargo no me queda muy claro. Se pueden tener, pero no se pueden portar? O tampoco se pueden tener. Gracias
Hola buenas tardes. Ya las compramos con papeles y todo, pero yo no hice el trámite exigido en la 1417, ahora que la sentencia c014 declaró inexequible los artículos que le daban la facultad a la brigada, de interrumpió el trámite. Entonces, las tenemos pero evitamos portarlas para que la policía no ponga pereque y te la quiten, ya que no pueden ponerte preso, solamente si la alteras para que sea letal. En conclusión, yo no la voy a devolver al gobierno, la mía la meto debajo del colchón y cuando tenga una finca haré polígono. Eso es lo que pasa hasta hoy 16 de marzo 2024. Si mañana dice el gobierno que se pueden nuevamente iniciar marcaje, registro y salvoconducto, pues de una me aparezco donde se diga quién es el que remplazó al departamento de control de armas de la brigada
De todo lo que a dicho no le entiendo nada. Desde Medellín Carlos. El tiempo que dieron para marcaje fue muy corto. Además hizo falta información.
Donde la puedo comprar y cuánto vale en promedio con papeles?
Misma pregunta cuáles sitios pueden llevarse a marcar
Una resolución o decreto complementa una Ley,.....mas no esta por encima de esta.....una sentencia como la C014 si anula...no toda la Ley...si no que modifica unos artículos de la misma...por consiguiente y en resumen una resolución jamás anulara una Ley....Si otra Ley sale y deroga una Ley en especifico....anula por completo la ley o los artículos en especifico que se nombran en numerales como hizo la Ley 2197 del 2022 derogando los artículos en los decretos (2535 del 93 y 1417 del 2021) que se manifiestan en la regulación, porte o tenencia en las armas de letalidad reducida....por eso esa resolución que expidió esa brigada hace poco.....no tiene ninguna capacidad de anular la 2197 del 2022 ni esta por encima de esta.....la ley es para todos......y todos los jueces y fiscales deben obedecer una sola ley y no que un juez o fiscal diga una cosa y el otro otra.....la ley es una y no en varias opiniones cada una de diferente juez o fiscal....todos ellos deben acatar una sola ley....en este caso la que esta por encima de las demás según la pirámide de kelsen de las jerarquías de las leyes en Colombia........el siguiente video grabado hace solo 2 semanas atrás donde explica el juez penal del circuito Carlos Cortez......le aclarara como esta la ley hoy en día sobre las armas de letalidad reducida en Colombia.....en el minuto 34:05 ya finalizando el video....en esas cortas palabras....lo dice todo si se pueden portar o no hoy en día..... ruclips.net/video/wKC7M1v0acQ/видео.html&ab_channel=AirgunsColombia
Doctor he investigado y SI EFECTIVAMENTE es un arma de fuego ya que la Constitución 91 no distingue entre baja letalidad y la letal y al no poder obtener el permiso la ley me dice qye debo devolverla inservible obviamente.
Pero tengo ley a mi favor.porque el art 107 ley 2635 letra b dice que al momento de la devolución del arma el rstado me reconocera el valor del arma previo a perotaje, entonces obte por este artículo y salir de este lio. Gracias
Yo Pedro tengo mi arma de baja letalidadd marcada por indumil pero me quedé esperando que me avisarán para conTinuar con el proceso
El tema puede ser complejo pero con esta explicación se ve aún más. Mucho que mejorar hay que resumir y puntualizar
Yo marque, registre y saque mi salvo conducto para porte del arma traumática en el DCCAE y el permiso especial para poder portar mi revolver, fue un trámite de más de 15 meses pero se logró
Le dieron permiso especial?
@EscobarJimenezManuelJose gracias por la aclaración. Pero me queda la incognita y el sinsabor, com tanta inseguridad, el pueblo esta maniatado y a merced de los delincuentes y sin posibilidad de defenderse porque supuestamente la policia nos defiende. Ahi que se puede hacer juridicamente.
Es cierto , el clamor general es la inseguridad e inoperancia del Estado en la protección a la sociedad. Jurídicamente nada , es solicitar más intervención estatal con Pie de fuerza y el sistema judicial más robusto contra esa delincuencia.
Cuando el estado no tiene la capacidad de proteger a la ciudadanía, no deben sacar estas leyes. La gente de bien cumple las leyes, pero los bandidos no lo hacen y a los funcionarios no les importan. Los cogen con el arma hoy y mañana están en la calle haciendo lo mismo. Incluso cuando han disparado a ciudadanos inermes en la calle.
Dónde encuentro las excepciones de la tercera brigada doctor ?
Total, el delincuente tiene mas derecho que los ciudadanos de bien, ellos armados y la población desarmada, entonces deberían de empezar a incautar cuchillo, machetes, cáñamos, bloques, ladrillos, varillas, bates, destornilladores, taladros, piedras, maderas, sartenes, porque igual el agredido se va a defender con lo que tenga, así que ese esmero del estado por proteger al delincuente no le va a servir de nada.
Esa información si está clara
Deben de liberar la venta de armas de fuego para defensa personal y vender a buen precio, uno no se explica porque una pistola que vale US 300 dólares, en colombia vele hasta nueve millones de pesos, eso es un atraco.
Importante esta información
Yo lo que veo es que esto se va a prestar para falsos positivos
Que pasa con los dumis de armas, es decir réplicas que usamos para rodajes cinematográficos o armas "traumaticas" con cañon sellado y balas de salva, que se usan para cine. Igual las pistolas y rifles de aire o gas que son deportivas pero algunos, como el que tengo, tienen aspecto muy real de fusil M15 o M16. Tienen permiso de incautarlos?
Dónde se debe portar correctamente
Otro policial me informo que no están incautando armas traumáticas porque no les aceptan incautaciónes sin captura y al capturar al personaje incurren en varios delitos como privar ilegalmente a una persona, prevaricato ect entonces al policial se le complica la cosa en cuánto el tema disciplinario sin agraviar las demandas del afectado.
Ajá, es posible porque debería ser un procedimiento íntegro, eso da para incluso arbitrariedad como pedir plata extra para no llevarla . Los policías deben obrar objetivamente, solo en caso que esté alterada y allí si es un positivo para ellos con captura , incautación y dejar a disposición.
5:18 @@EscobarJimenezMiguelJose
En cuenta que en Colombia los únicos autorizados para cargar armas, ya sean con o sin salvoconducto son los delincuentes, el ciudadano de bien no puede cargar armas, tampoco defenderse del delincuente el cual es protegido y el Estado le paga. SE NOTA EL CAMBIO.
Como usted va ha decir que las entreguen a la brigada si cuando se compraron no había problema por comprarla entonces no pueden sacar una norma posterior. Y uno tenga que entregar ese tipo de traumáticas
La ley es muy ambigua e incoerente por cuánto se establece que es un arma no letal, no debería necesitar se ningún permiso, adicional a esto es indumil quien autoriza la importación de este tipo de elementos.
Yo la tengo pero no la cargo por lo mismo , se la decomisan sin ninguna razón.
1ra pregunta. Para que las importaron. Con que fin. ?
El estado No tiene la suficiente Moral para prohibir las Armas porque no brinda la Seguridad al pueblo Colombiano
Doctor muy buenos días. Una pregunta soy camionero yo no alcance registrar mi pistola 9 mm y la cargó en mi camión para todo lado por la inseguridad que tenemos nosotros en las carreteras de Colombia..Una pregunta yo solo cargó el papel de la Dian y la factura de compra y el carnet a mi nombre pero no la tengo registrada en la brigada con esos paneles la policía no me la puede quitar o me fudialisan o que puede pasar muchas gracias Doctor quedo atento mil gracias Dios te bendiga por la información bendiciones
La policía la puede incautar al no tener el permiso exigido por el gobierno; no te detienen para dejar a disposición de fiscalía. Ojalá de con algunos uniformados que son conscientes y no la quitan, habrá que hacerles ver que la tienes para tu seguridad por el trabajo.
El gobierno siendo sensatos honesto; debe catalogar de arma de fuego aquella traumatica que sea utilizada para un Hurto..
En los hurtos es donde más se utilizan por lo cual allí es donde debe aplicarse el porte ilegal por cuanto la víctima fue reducida con esta arma.
Allí es donde se restringe su uso para delinquir.
Mal hace el gobierno en pretender hacer negocio con las cárceles al aplicar de manera general una antinaturalidad del arma.
El individuo que para la comisión del delito de hurto utilice este tipo de arma se aplicará la disposición del art 365 cp.
Así si debe ser...
Ahora bien... El delito de porte se da por poseer un arma de dudosa procedencia, es decir, que no fue el estado que se la concedido entregó.
El delito no lo es por la falta del permiso, sino por el origen del arma.
Se sobre entiende que si tiene permiso, el estadobla concedió.
Por eso se llama monopolio...
Ahora bien. Las traumaticas no son armas de fuego, y el estado no las suministra.
Razón de peso que demuestra que el permiso solo es un negocio del estado...
Control civil es la solución..
De concordancia con la gerarquia de las normas en lo predicho en los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley 153 de 1887; el decreto 1417/21 quedaria derogado de manera tacita por lo tipificado en el art 69 de la ley 2197/22
Doctor yo ice el regitro y el marcaje pero no pude hacer el siguiente paso que pasa hay ahora si yo la llebo comigo
Nada , usted si inicio el proceso y no realizaron el departamento de control por situación no atribuible a usted . Es una excusa mayor dónde se puede justificar, ahora lo increíble es quien va a resolver para obtener ese permiso.
Hl buenos días tengo mi arma traumática con los documentos de compra no más la puedo portar o no
La pueden decomisar los policías 👮♀️ debimos sacar el salvoconducto en su oportunidad, no de papaya, guárdela mejor para hacer polígono
Yo solamente la marque y la biometría pero no me llego el porte cargo la pistola para todo lado a nivel nacional las autoridades me piden requisas me la ven y en la pretina nunca me la han incautado claro soy tercerizado de las UT PPUNP
Tengo porte de arma traumatica y me la incautaron por una resolucion de la brigda nro 1 q puedo hacer
Mucho tilín tilín y nada de paletas. No entendimos nada. Quedamos en las mismas.
Está información es DE COLOMBIA?
Hola!! Bueno, en un gobierno que se está proponiendo la paz total; todo porte de armas debe ser ilegal, en especial a todos los que andan ofreciendo plomo en las calles.
Este gobierno propone solo guerra... Cuál paz???? No he visto nada bueno en estos años de Mal Gobierno.
En resumidas cuentas y después de ver y escuchar atentamente este interesante video llegó a la conclusión de que en Colombia quienes tienen derecho a la legítima defensa son los ladrones, los narcos, los guerrilleros y paracos terroristas, los miembros del gobierno y las primeras líneas afectas al anterior. Que viva la paz total o mejor ¿anarquía total?
Bueno y los rifles pistolas de aire como queda
El estado proteje al delincuente y judicializa al ciudadano de a pie de bien que ya está cansada de esta inseguridad y solo opta por velar por su propia seguridad por la policía nacional nunca va a estar al lado de uno cuando lo van a atracar o nos van a matar pero estamos en Colombia pais donde las leyes son para los más vulnerables
Muy bien aporté gracias
Solo están contemplando a los delincuentes y en los que si tienen como defenderse, por otros medios.
Yo prefiero tener problema Con la Ley y No Con los delincuentes debemos de portar las para Nuestra defensa perzonal
Una pistola de salvas, se las que no proyectan nada, es catalogada como arma traumática?
no señor, se le llama traumática por qué causa un trauma
Pero PERMISOS DE QUE
La sentencia c014 deja inválidos los artículos y 30 de la ley 2535 dónde hablan del porte marcaje.
Así es se pueden portar sin ningún problema
GRAN DESGASTE A CORTO PLAZO.
Fui la semana pasada al ministerio de defensa y también a indumil quería comprar un revolver de verdad original y me dicen que no se puede comprar y entonces una traumática mucho menos 😮😮
Todo es un negocio realmente no se piensa en la vida de los ciudadanos de bien.
Esperemos una amnistía, para nuevos permisos
Esto es para Colombia?
@@JMRG2992 si
El decreto 1417 no existe,ya no comemos cuento,,si el decreto 1417 fuera real no solo se decomisa sino también se judicializa,,por lo tanto sólo incautarla sería prevaricato por acción,, que es acomodar la ley a su conveniencia,,
Buen video.... Pero dos cosas......
1. Si hablas que indagaste bien por lo academico....
Por que no dices nada acerca de la derogacion del decreto 1417 cuando salio 2197.
Me gustaria oir tu opinion...
2. Dices q en san andresito ya no las venden pero alla todavia las venden
Hola AJG: Resumidamente: 1. La ley 2197 no deroga el Decreto 1417 que regula ampliamente las armas llamadas traumáticas, pues la ley lo que hizo fue adicionar clasificando las armas: 1. Funcionamientos energía cinética, 2. Neumáticas o aire comprimido y 3. Fogueo, no se habla de las traumáticas. La ley lo que indica es que todas ellas y las traumáticas (por decreto 1417) para ser legal deben contar con permiso del DCCAE, sin embargo ese trámite se paró por la Sentencia C14, en espera de que se indique quién asume esa función administrativa, solamente algunos obtuvieron permiso en el tiempo indicado en el decreto 1417. 2. Quienes estén vendiendo traumáticas lo hacen a sabiendas que ya les terminó el plazo indicado en el decreto 1417, y si la compras pues pierdes tu plata. 3. Tengo la mía guardada, si la policía me la coge en una requisa , la decomisan. 4. La fiscalía solo recibe para judicializar a aquellos delincuentes que las alteran para que sean letales ( las traumáticas) Estas porque las que clasifica la ley 2197, no tienen el alcance de daño como uña traumática. PRÓXIMAMENTE HARÉ UN VIDEO EXPLICANDO CON MÁS DETALLE ESA CLASIFICACIÓN DE LA LEY 2197.
Buen día, con el debido respeto aclaro que es el estado el que tiene el control de armas y no el presidente...que el estado esté en cabeza del presidente es una cosa muy diferente.
Entonces:¿No sé puede portar un arma traumática que no tenga permiso? ¿Sería un porte ilegal de armas?¿Y si la persona tiene un n arma traumática con permiso, la puede portar?.
Sin permiso, te la decomisan , no es porte ilegal .
Si tengo una traumática nueva,no registrada ni documentada , solo con manifiesto de diana
Y se mete alguien a mi casa y la uso en defensa, en casa
Que pasaría ??
yo la registre o marque en el ejercito, pero aun no he sacado permiso puedo portarla?
No la marco en el ejército
El DCCA es una institución diferente joven.
Qué se necesita para portar un arma traumática,
El trámite que dispuso el decreto 1417, de l cual ya caducó.
amigo, plata para comprarla y echarse la bendición
DEBERÍAN AUTORIZAR A LOS BATALLONES EJ. TOLEMAIDA, PARA QUE SE TRÁMITE LA DOCUMENTACIÓN YA QUE EN EL TRANSPORTE DE ESTÁ HASTA BOGOTÁ PUEDEN INCAUTARLA Y QUEDA UNO EMBALADO 😮
Ya deberían hasta impedir el uso de armas traumáticas en espacios públicos si solo sirven para sus juegos y no para matar. Muchos paramilitares salen a matar gente y luego pretenden quedar libres porque tienen un arma traumática y argumentan que dispararon con esa arma y no con una de fuego. ¿Cuál es la necesidad de tener un arma traumática si no es para polígonos? Tambien tenemos quienes la utilizan para atracar gente (no todo el mundo sabe diferenciar entre una traumática y una de fuego).
Sigue siendo un problema con las autoridades
Le voy a mandar al dr Álvaro ocampo que si está bastante versado en la materia,y el porque no ha entregado ls srma yo yuve de esas cascaras, blow tr92
Doctor las traumáticas no necesitan permiso dejen de contradecirce solo se pueden portar con factura manifiesto y carnet ojo😮
Que el estado las compre, o les de permiso, ellos promovieron el mercado de estas, y que no se descaren con el pago para la marcacion y permisos.
Jajajajaja, así es , sería lo más sensato.
Mucho el negocio que monto indumil , aparte de que uno saque el permiso de tenencia nose puede sacar su arma ya que toca sacar un permiso especial y para armas traumáticas no existe tal permiso
TENER EN CUENTA LA CALIDAD DEL MATERIAL CON EL QUE SE FABRICAN ESTOS ELEMENTOS, ES ZAMMA NO CERTIFICADA.
Si las armas traumáticas ya cuestan lo mismo que las reales