Genial el video, muchas gracias!:) Tengo una consulta. dentro de todas las modalidades, se ha de tener en cuenta también el numero de trabajadores de la empresa no es así? Hay limites para optar a una u a otra... tengo entendido que: - Para que adopte la responsabilidad el empresario debe de ser una empresa de menos de 10 trabajadores (en uno o varios centros de trabajo) o bien hasta 25 en un unico centro de trabajo - Para designar a un trabajador requisitos: - La empresa debe de ser de menos de 250 empleados independientemente la actividad que desarrolle - La empresa tiene entre 250 y 500 trabajadores y no desarrolla ninguna actividad recogida en Anexo I del RD 39/1997 -Para Servicio de Prevencion Propio: - La empresa debe de tener más de 500 trabajadores (en este caso es obligatorio) -La empresa tiene entre 250 y 500 y desarrolla alguna d elas actividades recogidas en Anexo I del RD 39/1997 (obligatorio) - Para Servicio de Prevención Ajeno: No hay ningun limite de numero de trabajadores Estoy en lo cierto? Muchisimas gracias de antemano
Salvo la última opción, dado que una empresa cuando tiene mas de 500 trabajadores o mas de 250 siendo anexo I, debe constituir un SPP, por esta misma razón no podra contratar a un SPA salvo para aquellas modalidades en las que no tenga recursos humanos o materiales con un maximo de 2 especialidades. Normalmente suelen dejar las especialidades de vigilancia de la salud e higiene con nosotros los SPA por ser las que mas recursos necesita.
Gracias por tu labor de divulgación. La "vigilancia a la salud" de la que hablas es lo mismo que " medicina del trabajo inclida" porque voy a firmar un contrato de prevención de riesgos laborales, he matizado este aspecto , ( el hecho de si me incluyen la vigilancia a la salud) y me han dicho que sí porque tengo incluido la medicina en el trabajo. Es asi?
Efectivamente una parte de la especialidad de medicina del trabajo es la vigilancia de la salud individual que tiene que estar incluida en el concierto, pero no tiene por qué estar incluida en el precio del mismo.
Sí cumple los requisitos sí, pero siempre contratando con un servicio de PRL ajeno las especialidades para las que no disponga de medios materiales y humanos suficientes por ejemplo vigilancia de la salud.
Buenas tardes. ¿Está el servicio técnico obligado a proporcionarle al Delegado de Personal? La acreditación el número de registro y la especialización a la que está acogido. Gracias.
Excelente video, tengo una duda si el empresario tiene una fabrica de harina de trigo en cuenca con 50 trabajadores, 5 panaderias donde promocionan la harina con 3 trabajadores cada una, dos panaderias en valecia: 6 trabajadores y tres panaderías en madrid: 9 trabajadores, que opcion tengo? Constituir un servicio de prevención ajeno? O un servicio de prevención mancomunado, recordar que estan en diferentes comunidades los centro de trabajo pero es un unico dueño de la empresa
@@prevencionderiesgos_sps muchas gracias por tu respuesta, pero en el caso del almacén con 50 trabajadores podría usar la modalidad MIXTA que seria la designación de de uno o dos trabajadores y el SPA? Gracias agradezco tu respuesta
Tengo una duda. Para empresas que tienen hasta 65 trabajadores y sus actividades se encuentran en el Anexo 1 ( construcción, trabajos el altura) que modalidad debo requerir?
Hola Lo primero gracias por el vídeo, me ha sido de gran ayuda. Y segundo existe otra modalidad el SP mancomunado en que consiste? Y a parte de estas modalidades hay más en España?
@@dannyguerra3020 dependiendo de la formación que tengas, puedes formarte para ser tecnico superior, intermedio o básico en PRL. Hace poco hicimos este vídeo hablando al respecto ruclips.net/video/gboVM86yo2c/видео.html espero que te guste y resuelva tus dudas.
buenas tardes tengo una duda de mi asignatura FOL . a ver si me la puedes resolver. ¿cuando puede asumir el empresario la actividad preventiva? a: En empresas de menos de 6 trabajadores. b:En empresas de menos de 20 trabajadores. C: Nunca , siempre tiene que existir la figura del delegado de Prevencion. D: Solo cuando no haya comite de Salud Laboral.
En empresas de menos de 20 trabajadores si su actividad no es de las marcadas en el anexo I (actividades de especial peligrosidad). Y siempre que el empresario tenga la formación necesaria y contraté con un spa las actividades que no puede asumir pk no tiene recursos materiales por ejemplo la vigilancia de la salud e higiene industrial.
Genial el video, muchas gracias!:) Tengo una consulta. dentro de todas las modalidades, se ha de tener en cuenta también el numero de trabajadores de la empresa no es así? Hay limites para optar a una u a otra... tengo entendido que:
- Para que adopte la responsabilidad el empresario debe de ser una empresa de menos de 10 trabajadores (en uno o varios centros de trabajo) o bien hasta 25 en un unico centro de trabajo
- Para designar a un trabajador requisitos:
- La empresa debe de ser de menos de 250 empleados independientemente la actividad que desarrolle
- La empresa tiene entre 250 y 500 trabajadores y no desarrolla ninguna actividad recogida en Anexo I del RD 39/1997
-Para Servicio de Prevencion Propio:
- La empresa debe de tener más de 500 trabajadores (en este caso es obligatorio)
-La empresa tiene entre 250 y 500 y desarrolla alguna d elas actividades recogidas en Anexo I del RD 39/1997 (obligatorio)
- Para Servicio de Prevención Ajeno: No hay ningun limite de numero de trabajadores
Estoy en lo cierto?
Muchisimas gracias de antemano
Salvo la última opción, dado que una empresa cuando tiene mas de 500 trabajadores o mas de 250 siendo anexo I, debe constituir un SPP, por esta misma razón no podra contratar a un SPA salvo para aquellas modalidades en las que no tenga recursos humanos o materiales con un maximo de 2 especialidades. Normalmente suelen dejar las especialidades de vigilancia de la salud e higiene con nosotros los SPA por ser las que mas recursos necesita.
Gracias por tu labor de divulgación. La "vigilancia a la salud" de la que hablas es lo mismo que " medicina del trabajo inclida" porque voy a firmar un contrato de prevención de riesgos laborales, he matizado este aspecto , ( el hecho de si me incluyen la vigilancia a la salud) y me han dicho que sí porque tengo incluido la medicina en el trabajo.
Es asi?
Efectivamente una parte de la especialidad de medicina del trabajo es la vigilancia de la salud individual que tiene que estar incluida en el concierto, pero no tiene por qué estar incluida en el precio del mismo.
Hola una pregunta para un empresa que es una clinica estetica que modalidad deberia tener, podria tener la primera modalidad?
Sí cumple los requisitos sí, pero siempre contratando con un servicio de PRL ajeno las especialidades para las que no disponga de medios materiales y humanos suficientes por ejemplo vigilancia de la salud.
Si bajases el volumen de la música de fondo se te entendería mejor. Muchas gracias por el vídeo.
Muchas gracias por el consejo lo bajaremos 😉
Buenas tardes. ¿Está el servicio técnico obligado a proporcionarle al Delegado de Personal? La acreditación el número de registro y la especialización a la que está acogido. Gracias.
Sí, además por ejemplo antes de constituirlo se debe consultar con la representación de los trabajadores en materia de prevención.
@@prevencionderiesgos_sps Muchas Gracias
Excelente video, tengo una duda si el empresario tiene una fabrica de harina de trigo en cuenca con 50 trabajadores, 5 panaderias donde promocionan la harina con 3 trabajadores cada una, dos panaderias en valecia: 6 trabajadores y tres panaderías en madrid: 9 trabajadores, que opcion tengo? Constituir un servicio de prevención ajeno? O un servicio de prevención mancomunado, recordar que estan en diferentes comunidades los centro de trabajo pero es un unico dueño de la empresa
contrataría la prevención con un servicio de prevención ajeno.
@@prevencionderiesgos_sps muchas gracias por tu respuesta, pero en el caso del almacén con 50 trabajadores podría usar la modalidad MIXTA que seria la designación de de uno o dos trabajadores y el SPA? Gracias agradezco tu respuesta
@andresruizlopez9399 tendrías k usarla para la empresa entera no solo para un centro de trabajo.
@@prevencionderiesgos_sps muchas gracias y que sigan los éxitos de tu empresa
Tengo una duda. Para empresas que tienen hasta 65 trabajadores y sus actividades se encuentran en el Anexo 1 ( construcción, trabajos el altura) que modalidad debo requerir?
Contrato con Servicio de prevención ajeno
Hola
Lo primero gracias por el vídeo, me ha sido de gran ayuda.
Y segundo existe otra modalidad el SP mancomunado en que consiste? Y a parte de estas modalidades hay más en España?
Buenas, tenemos un vídeo en el canal explicándolo ruclips.net/video/p9madjVnflU/видео.html estas son todas las modalidades que hay en España
@@prevencionderiesgos_sps Acabó de verlo, mil gracias 👍
Exelente video amigo tengo una consulta donde me puedo especializa en los en los servicios de prevención de riesgo laboral
Te refieres a formarte como técnico?
Si
@@dannyguerra3020 dependiendo de la formación que tengas, puedes formarte para ser tecnico superior, intermedio o básico en PRL. Hace poco hicimos este vídeo hablando al respecto ruclips.net/video/gboVM86yo2c/видео.html espero que te guste y resuelva tus dudas.
buenas tardes tengo una duda de mi asignatura FOL . a ver si me la puedes resolver.
¿cuando puede asumir el empresario la actividad preventiva?
a: En empresas de menos de 6 trabajadores.
b:En empresas de menos de 20 trabajadores.
C: Nunca , siempre tiene que existir la figura del delegado de Prevencion.
D: Solo cuando no haya comite de Salud Laboral.
En empresas de menos de 20 trabajadores si su actividad no es de las marcadas en el anexo I (actividades de especial peligrosidad). Y siempre que el empresario tenga la formación necesaria y contraté con un spa las actividades que no puede asumir pk no tiene recursos materiales por ejemplo la vigilancia de la salud e higiene industrial.
Vamos k la A también es cierta 🤣 esas respuestas deberían ser + concisas
gracias esta echa asi la pregunta tal cual por eso la duda jajaja @@prevencionderiesgos_sps
Arangod