Homicidio: ¿qué es y cómo se castiga según su tipo? |

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  • Опубликовано: 1 окт 2024
  • Según el Código Penal de Colombia, el homicidio es la muerte de una persona causada por otra. Aquí te explicamos cuáles son los tipos de homicidio que existen, cómo se castigan y las circunstancias que lo agravan.
    El profesor Estanislao Escalante, del Centro de Pensamiento Penal “Luis Carlos Pérez” (Polcrymed), de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL), explica que “su conceptualización corresponde al campo del derecho penal, el cual identifica y clasifica la conducta, determina la normatividad y el tipo de castigo según la característica de su producción, ya sea dolosa, culposa o preterintencional”.
    En el Código Penal de Colombia se estipulan:
    Homicidio doloso: acción encaminada a producir la muerte de otra persona con conocimiento y voluntad. Así, el homicidio doloso tiene como característica principal obrar con la intención de generar el resultado. Este se divide en tres grados:
    Dolo directo o de primer grado.
    Dolo de segundo grado.
    Dolo eventual.
    Homicidio culposo o involuntario: ocurre cuando hay una falta al deber objetivo de cuidado a través de una negligencia, impericia o imprudencia.
    Homicidio preterintencional: consiste en la consumación del verbo rector “matar” sin la intención de ocasionar dicho resultado, pero sí la de producir lesiones.
    El Código contempla 10 circunstancias agravantes del delito de homicidio, según las cuales las penas pueden aumentar para el autor.
    También señala algunos agravantes como:
    Cuando se comete contra niños, niñas y adolescentes.
    Cuando se comete contra una mujer.
    Cuando se auxilia la comisión de suicidio, bien sea por homicidio, por piedad o por inducción o ayuda al suicidio.
    “En Colombia la pena no se determina específicamente por el tipo penal, es decir que no se dice cuál será la pena por el homicidio, sino que esta es una valoración que hace el juez según los elementos probatorios y las circunstancias específicas de cada caso”, añade el profesor Escalante.
    El artículo 104 del Código señala que “la pena será de 480 a 600 meses de prisión, si la conducta descrita en el artículo anterior se cometiere”.
    También existe la figura de feminicidio. Según el docente, “no toda muerte de una mujer se puede catalogar como feminicidio. Ahí el carácter diferenciador depende de las circunstancias objetivas y subjetivas con las cuales se comete el delito contra la mujer”.
    “La violencia contra la mujer es un problema social y cultural muy fuerte que se debe combatir de una manera radical desde el punto de vista de la prevención y la educación, y el Código Penal establece penas más altas cuando se trata de este tipo de violencia”, concluye.
    Universidad Nacional de Colombia - UNAL ©
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