Deducción por ascendientes

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  • Опубликовано: 14 окт 2024
  • Por cada ascendiente que conviva de forma continua y permanente durante todo el año natural con el contribuyente, se podrá aplicar una deducción de 277 euros siempre que se cumplan los siguientes requisitos.
    Que el ascendiente no tenga rentas anuales, sin incluir las exentas, superiores al salario mínimo interprofesional.
    Que el ascendiente no forme parte de una unidad familiar en la que cualquiera de sus miembros tenga rentas anuales, sin incluir las exentas, superiores al salario mínimo interprofesional.
    Que el ascendiente no presente declaración por este Impuesto, o no este obligado a ello.
    Más información en:
    www.ate.es
    grupoateblog.com
    / ateasesores
    / grupo_ate

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