Buenas tardes, en el decreto habla de trabajo de alto riesgo como la minería, ¿si es mineria a cielo abierto aplicaría para esa pensión de alto riesgo?
Doctor, buena tarde tengo una duda: El empleador de un bombero aeronautico no ha cotizado el alto riesgo en el sistema de seguridad social donde esa afiliado su empleado. Eso implica que si pago, pero pago mal. En este caso Colpensiones me informa que no es posible corregir la historia laboral puesto que el empleador si pago, aunque no haya sido por el puntaje del alto riesgo y he remitido derecho de petición ante colpensiones para que inicien cobro coactivo ante la compañía que se ha negado a pagar, pero tambien se han negado. A partir de la ley 1575 de 2012 al bombero aeronautico se le tuvo que cotizar por alto riesgo ya que modifica lo contemplado por el decreto 2090 de 2003 ¿que puedo hacer en este caso para poder exigir el reconocimiento de ese porcentaje que no pago el empleador sin tener que demandar ante la jurisdicción ordinaria laboral? ¿podría interponer acción de tutela por un presunto perjuicio irremediable de que el empleado no pueda percibir su pensión anticipada en virtud de la disminución de expectativa de vida?
Muy buen video, le enviare a mi hija que es Tecnologa de Radiologia ya tiene 23 años de trabajo y hay muchas inconsistencias en el aporte de pension de alto riesgo, por que años anteriores fue contratada por cooperativas que ahora ya no existen y fue toda una pelea con esas personas por que o ignoraban el caso o se hacian la vista gorda para el pago que debian hacer. Pues las respuestas de ellos es que dicen que si hacian el pago 3 puntos mas o 6 puntos mas no se. Me gustaria saber por ejemplo en el 2000 cuanto debia pagar por el alto riesgo y desde que año se empezo a pagar el 10% por que vemos en la hsitoria laboral que pagaban a veces el 8% o el 9%
Buenos dias desde Colombia. Ejecuté actividades laborales de Alto Riesgo en la industria petrolera durante 25 años (Control de Incendios y Derrames petroleros). Como podríamos hacer para reclasificar mi pension?. Gracias por adelantado.
Javier Buen día, 1. Tener claro que actividades de alto riesgos trabajaste, en concordancia con el articulo 2 del decreto 2090 de 2003. De acuerdo a lo que enuncias “control incendios” podría estar, se tendría que confirmar en que contexto. 2. Si la empresa te cotizo los 10 puntos adicionales 3. Si la empresa te certifica las actividades de alto riesgo en que trabajaste.
Esa cuenta en semanas esta mal hecha las semanas no se incrementan después de 1300 se cuentan es después de las 700 semanas y por cada 60 semanas 1 año de descuento, esto quiere decir que una persona se puede pensionar con 1000 semanas y 50 años de edad.
Trabajé más de 1300 semanas, en actividades de alto riesgo, manejo plaguicidas, fumigando contra el zancudo transmisor del Dengue, tengo las constancias de positiva donde determinó nuestras actividades como alto riesgo, pero nunca la Alcaldía pago lo correspondiente a Colpensiones por nuestra actividad y nos pensionamos normal como todos, será posible demandar este insuceso, para elevar nuestro salario de pensión? Adónde le envío las constancias de positiva de estar en alto riesgo?
trabajo en una ips como operador de rx,mi empresa aporta a la ley correctamente los aportes a pension,pero la ARL en su nueva clasificacion la dejo en riesgo 3, esto influye al momento de solicitar mi pension?
@ORALX CUCUTA: Las IPS se encuentran clasificadas en el riesgo 3 para cubrimiento de los riesgos laborales en concordancia con el decreto 768 de 2022. Pero esto no afecta la clasificación del Decreto 2090 de 1993. Pero recuerde que si deben aporta a Pensión el 10% adicional a la cotización normal del 16%.
Buenas noches doctor, yo trabaje en la Policía 17 años y no alcance a la asignación de retiro, será que se puede utilizar este tiempo para pensión anticipada?
Buenos dias quisiera saber cual es la ley que dice que la pensión de alto riesgo para los funcionarios del extinto D.A.S no se reconoce precisamente Colpensiones afirma que por haberse acabado el .D.A.S no la reconoce gracias
@PEDRO ARMANDO DIAZ RODRIGUEZ. Ley 100 de 1993, modificado por la ley 860 de 2003. Se debe conocer el caso específico, para verificar que cumple con los requisitos establecidos, en dicha norma. EL tiempo en otra entidad no cuenta, por que la norma es especifica a dicha entidad.
Hola, gracias por estos interesantes videos . Tengo una inquietud, en el caso que el trabajador este afiliado a fondo privado y realice actividad de alto riesgo el empleador de todas formas debe hacer ese aporte del 10 % adicional o no. Si el empleado cumplió sus 1300 semanas y tenia un proceso de ineficacia de traslado a su favor pero el empleador nunca le hizo los aportes adicionales que puede hacer ?
@Diana Cuevas. Sin importar si es empleado público o privado, si labora en actividades de alto Riesgos contempladas en del decreto, El empleador debe aportar el 10% adicional en la cotización de pensión. Si no lo realizo, se le puede solicitar que lo realice retroactivo, si no lo realiza iniciar un proceso ordinario laboral (DEMANDA)
Hola, despues de cotizar las 700 semanas puedo retirar del trabajo y seguir cotizando independientemente las 600 y esperar la pension a los 55 y con que monto queda la pension con el minimo o con valores del trabajo de alto riesgo? Gracias
Como esta muy interesante su es posición por favor enseñe como se saca el monto de pensión en alto riesgo tengo 55 años soy funcionario público tengo 1760 y tengo 910 en alto riesgo como quedaría esa pension
@CamiloVelasquez Con 1300 semanas el porcentaje de pensión es del 65% de los ingresos del los últimos 10 años. Después de las 1300 semanas por cada 50 semanas aumenta un 1.5% de acuerdo con lo que usted indica hay 460. Es decir que su pensión se calcularía sobre el 78%.
1. Mineros, 2 trabajadores expuestos a Altas temperaturas (encima de los límites permisibles por normatividad), 3. Expuestos a sustancias cancerígenas demostradas, 4. Expuestos a Radiaciones Ionizantes, 5. Trabajadores de aeronáutica Civil, 6. Bomberos, y 7. Trabajadores de centros carcelarios.
Ricardo: También aplica para independientes, siempre y cuando el independiente también realice la cotización adicional. Y cumpla con los requisitos que se indican en el video.
Tengo 47 años, comenzaría a cotizar este año 2023 a partir de marzo, en categoría 5. Puedo ejercer mi profesión hasta los 68 años. El tipo de contrato es de prestación de servicios y los ingresos son de aproximadamente 4 millones. Estaré a tiempo de comenzar a cotizar?
@GustavoAlape Recuerde que son 4 requisitos requisitos. 1. Cotizar en Colpensiones 2. Haber cotizado las 1300. 3. De las semanas cotizadas haber cotizado mínimo las 700 y 4. Tener mínimo 55 años. Ahora por cada 60 semanas adicionales en tareas de altor riesgo a las 700, se disminuye una año de edad, Aun no tiene la edad para pensionarse.
Si el empleador no pagó la cotización adicional el trabajaxor no nesecita demandar. Solo debe solicitar la certificación laboral donde especifique que realizó actividades de alto riesgo, solicitar certificado de la ARL y fotocopia de la cedula. Lo pueden confirmar en la Circular 15 de 2015 de Colpensiones. El incumplimiento en el pago de la cotizacion adicional por parte del empleador no será obstaculo para reconocer la pensión por alto iresgo siempre y cuando el trabajador demuestre con el certificado laboral que realizó avtividades de alto riesgo.
@WilliamGil Estoy de acuerdo con usted, Pero, La pregunta seria: ¿si el empleador no cotizo, el aporte adicional durante 12 años por la actividad de alto riesgo, este empleador si certificaría que el dicho trabajador laboro para la empresa, en las actividades específicas de alto Riesgo? Como lo exige la norma que se debe expedir dicha certificación.?... dependiendo de lo que realice la empresa se inicia la acción legal o no.
SI EXISTE NORMATIVIDAD QUE LE PERMITE A LOS INTEGRANTES DEL -CTI- QUE SIGUIERON CUMPLIENDO FUNCIONES DE POLICÍA JUDICIAL, SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA COTIZACIÓN POR ALTO RIESGO, DURANTE LOS AÑOS DE 2003 AL 2008.
@galaxi tamer . Normatividad especifica NO. todas vez que el decreto es específico frente a las actividades de alto riesgo que cubre. en el año 2024 deben actualizar dicho decreto. Estar atentos para que cuando este en proyecto se solicite la inclusión de actividades.
Buenas tardes, en el decreto habla de trabajo de alto riesgo como la minería, ¿si es mineria a cielo abierto aplicaría para esa pensión de alto riesgo?
Buenas tardes el alto riesgo aplica para protección también o solo colpenciones
Doctor, buena tarde tengo una duda: El empleador de un bombero aeronautico no ha cotizado el alto riesgo en el sistema de seguridad social donde esa afiliado su empleado. Eso implica que si pago, pero pago mal. En este caso Colpensiones me informa que no es posible corregir la historia laboral puesto que el empleador si pago, aunque no haya sido por el puntaje del alto riesgo y he remitido derecho de petición ante colpensiones para que inicien cobro coactivo ante la compañía que se ha negado a pagar, pero tambien se han negado. A partir de la ley 1575 de 2012 al bombero aeronautico se le tuvo que cotizar por alto riesgo ya que modifica lo contemplado por el decreto 2090 de 2003 ¿que puedo hacer en este caso para poder exigir el reconocimiento de ese porcentaje que no pago el empleador sin tener que demandar ante la jurisdicción ordinaria laboral? ¿podría interponer acción de tutela por un presunto perjuicio irremediable de que el empleado no pueda percibir su pensión anticipada en virtud de la disminución de expectativa de vida?
Muy buen video, le enviare a mi hija que es Tecnologa de Radiologia ya tiene 23 años de trabajo y hay muchas inconsistencias en el aporte de pension de alto riesgo, por que años anteriores fue contratada por cooperativas que ahora ya no existen y fue toda una pelea con esas personas por que o ignoraban el caso o se hacian la vista gorda para el pago que debian hacer. Pues las respuestas de ellos es que dicen que si hacian el pago 3 puntos mas o 6 puntos mas no se. Me gustaria saber por ejemplo en el 2000 cuanto debia pagar por el alto riesgo y desde que año se empezo a pagar el 10% por que vemos en la hsitoria laboral que pagaban a veces el 8% o el 9%
El 10%es desde la emisión del decreto.
Buenos dias desde Colombia. Ejecuté actividades laborales de Alto Riesgo en la industria petrolera durante 25 años (Control de Incendios y Derrames petroleros). Como podríamos hacer para reclasificar mi pension?. Gracias por adelantado.
Javier Buen día,
1. Tener claro que actividades de alto riesgos trabajaste, en concordancia con el articulo 2 del decreto 2090 de 2003. De acuerdo a lo que enuncias “control incendios” podría estar, se tendría que confirmar en que contexto.
2. Si la empresa te cotizo los 10 puntos adicionales
3. Si la empresa te certifica las actividades de alto riesgo en que trabajaste.
Esa cuenta en semanas esta mal hecha las semanas no se incrementan después de 1300 se cuentan es después de las 700 semanas y por cada 60 semanas 1 año de descuento, esto quiere decir que una persona se puede pensionar con 1000 semanas y 50 años de edad.
@@yezidricaurte504 Entrenamiento, prevencion y combate de incendios en el campo petrolero caño limon. Manejado por Occidental de Colombia.
Doc. Buenos Días creo que la Norma es Decreto 2090 de 2003. Y no, la ley a la que UD hace referencia.
Marcela, gracias, Efectivamente si es el Decreto Ley 2090 de 93. Esta semana corregimos el video.
Trabajé más de 1300 semanas, en actividades de alto riesgo, manejo plaguicidas, fumigando contra el zancudo transmisor del Dengue, tengo las constancias de positiva donde determinó nuestras actividades como alto riesgo, pero nunca la Alcaldía pago lo correspondiente a Colpensiones por nuestra actividad y nos pensionamos normal como todos, será posible demandar este insuceso, para elevar nuestro salario de pensión? Adónde le envío las constancias de positiva de estar en alto riesgo?
@ HECTOR JAVIER RODRIGUEZ LARA, Se puede comunicar al whatsApp 3166663282 y evaluamos el proceso para la demanda.
trabajo en una ips como operador de rx,mi empresa aporta a la ley correctamente los aportes a pension,pero la ARL en su nueva clasificacion la dejo en riesgo 3, esto influye al momento de solicitar mi pension?
@ORALX CUCUTA: Las IPS se encuentran clasificadas en el riesgo 3 para cubrimiento de los riesgos laborales en concordancia con el decreto 768 de 2022. Pero esto no afecta la clasificación del Decreto 2090 de 1993. Pero recuerde que si deben aporta a Pensión el 10% adicional a la cotización normal del 16%.
Buenas noches doctor, yo trabaje en la Policía 17 años y no alcance a la asignación de retiro, será que se puede utilizar este tiempo para pensión anticipada?
@Eddinson Gonzalez. Trabajo como civil o como policía?
@@yezidricaurte504 como Policía
Buenos dias quisiera saber cual es la ley que dice que la pensión de alto riesgo para los funcionarios del extinto D.A.S no se reconoce precisamente Colpensiones afirma que por haberse acabado el .D.A.S no la reconoce gracias
@PEDRO ARMANDO DIAZ RODRIGUEZ. Ley 100 de 1993, modificado por la ley 860 de 2003. Se debe conocer el caso específico, para verificar que cumple con los requisitos establecidos, en dicha norma.
EL tiempo en otra entidad no cuenta, por que la norma es especifica a dicha entidad.
Hola, gracias por estos interesantes videos . Tengo una inquietud, en el caso que el trabajador este afiliado a fondo privado y realice actividad de alto riesgo el empleador de todas formas debe hacer ese aporte del 10 % adicional o no.
Si el empleado cumplió sus 1300 semanas y tenia un proceso de ineficacia de traslado a su favor pero el empleador nunca le hizo los aportes adicionales que puede hacer ?
@Diana Cuevas. Sin importar si es empleado público o privado, si labora en actividades de alto Riesgos contempladas en del decreto, El empleador debe aportar el 10% adicional en la cotización de pensión. Si no lo realizo, se le puede solicitar que lo realice retroactivo, si no lo realiza iniciar un proceso ordinario laboral (DEMANDA)
@Diana Cuevas puedes escribir al WhatsApp 3166663282, para ampliar información y tener el contexto completo.
Hola, despues de cotizar las 700 semanas puedo retirar del trabajo y seguir cotizando independientemente las 600 y esperar la pension a los 55 y con que monto queda la pension con el minimo o con valores del trabajo de alto riesgo? Gracias
La pensión queda con el promedio de los últimos 10 años. Del ingreso base de cotización
Buenas tardes, ¿ Cómo hago para una consulta?
@Viviana Milena Pérez Portillo. te puedes comunicar al whatsApp 3166663288
El trabajo de un vigilante está catalogado como alto riesgo?
No, según la norma no lo es.
Como esta muy interesante su es posición por favor enseñe como se saca el monto de pensión en alto riesgo tengo 55 años soy funcionario público tengo 1760 y tengo 910 en alto riesgo como quedaría esa pension
@CamiloVelasquez Con 1300 semanas el porcentaje de pensión es del 65% de los ingresos del los últimos 10 años. Después de las 1300 semanas por cada 50 semanas aumenta un 1.5% de acuerdo con lo que usted indica hay 460. Es decir que su pensión se calcularía sobre el 78%.
Cuáles son las actividades de alto riesgo?
1. Mineros, 2 trabajadores expuestos a Altas temperaturas (encima de los límites permisibles por normatividad), 3. Expuestos a sustancias cancerígenas demostradas, 4. Expuestos a Radiaciones Ionizantes, 5. Trabajadores de aeronáutica Civil, 6. Bomberos, y 7. Trabajadores de centros carcelarios.
Aplica tambien para independientes contratistas como persona natural y que cumplan actividades de alto riesgo?
Ricardo: También aplica para independientes, siempre y cuando el independiente también realice la cotización adicional. Y cumpla con los requisitos que se indican en el video.
Como.puedo comunicarme con ud. Doctor
@Carmenza Lopez: Al WhatsApp 3166663282 o al correo yezidricaurte@gmail.com
Las actividades de vigilancia se consideran de alto riesgo?
no
Tengo 47 años, comenzaría a cotizar este año 2023 a partir de marzo, en categoría 5. Puedo ejercer mi profesión hasta los 68 años. El tipo de contrato es de prestación de servicios y los ingresos son de aproximadamente 4 millones. Estaré a tiempo de comenzar a cotizar?
@Charly Bravo, depende el régimen en el que cotice, en el de ahorro individual si puede alcanzar a los 69. Nos tocaría estudiar el caso en concreto.
Corrección en el minuto 9: 53, indica que el Decreto es el 2090 de 1993, lo cual es incorrecto...pues el Decreto es 2090 de 2003. Gracias
Doctor tengo 50 años y tengo 700 semana cotizadas en alto riesgo tengo derecho a mi pensión por favor me lo puede explicar
@GustavoAlape Recuerde que son 4 requisitos requisitos. 1. Cotizar en Colpensiones 2. Haber cotizado las 1300. 3. De las semanas cotizadas haber cotizado mínimo las 700 y 4. Tener mínimo 55 años.
Ahora por cada 60 semanas adicionales en tareas de altor riesgo a las 700, se disminuye una año de edad,
Aun no tiene la edad para pensionarse.
Si el empleador no pagó la cotización adicional el trabajaxor no nesecita demandar.
Solo debe solicitar la certificación laboral donde especifique que realizó actividades de alto riesgo, solicitar certificado de la ARL y fotocopia de la cedula.
Lo pueden confirmar en la Circular 15 de 2015 de Colpensiones.
El incumplimiento en el pago de la cotizacion adicional por parte del empleador no será obstaculo para reconocer la pensión por alto iresgo siempre y cuando el trabajador demuestre con el certificado laboral que realizó avtividades de alto riesgo.
@WilliamGil Estoy de acuerdo con usted, Pero, La pregunta seria: ¿si el empleador no cotizo, el aporte adicional durante 12 años por la actividad de alto riesgo, este empleador si certificaría que el dicho trabajador laboro para la empresa, en las actividades específicas de alto Riesgo? Como lo exige la norma que se debe expedir dicha certificación.?... dependiendo de lo que realice la empresa se inicia la acción legal o no.
SI EXISTE NORMATIVIDAD QUE LE PERMITE A LOS INTEGRANTES DEL -CTI- QUE SIGUIERON CUMPLIENDO FUNCIONES DE POLICÍA JUDICIAL, SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA COTIZACIÓN POR ALTO RIESGO, DURANTE LOS AÑOS DE 2003 AL 2008.
@galaxi tamer . Normatividad especifica NO. todas vez que el decreto es específico frente a las actividades de alto riesgo que cubre. en el año 2024 deben actualizar dicho decreto. Estar atentos para que cuando este en proyecto se solicite la inclusión de actividades.
Todos hablan de alto riesgo de físico y los sociólogos que y mental 🤔
@Piedad Elena Holguin Ospina. Tienes razón, pero en el video se habla de la legislación existente para actividades de alto Riesgo.
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