PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

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  • Опубликовано: 1 июл 2024
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    Intro 0:00
    Extrapositivos 1:04
    Integran 1:35
    No hay consenso 2:20
    Inspiración 2:42
    Normas jurídicas 3:11
    Son convicciones 3:58
    No provienen del Estado 4:26
    Digesto de Justiniano 4:45
    Código Civil Federal 7:11
    Una tarea 12:44

Комментарии • 56

  • @emm974
    @emm974 2 месяца назад +1

    El maestro Reina me esta ayudando muchisimo a orientarme en la carrera, hay muy pocos canales que de verdad se adentren, hable claro y directo, le agradezco bastante.

  • @RamonSanchez-ms7mo
    @RamonSanchez-ms7mo Год назад +6

    Las presentaciones del maestro Reina son muy buenas, porque transmiten contenidos esenciales del derecho al tiempo que se hacen con la mayor claridad. Aprecio mucho que el maestro Reina comparta sus conocimientos jurídicos. Felicito ampliamente al maestro Reina.

  • @robertfix311
    @robertfix311 18 дней назад

    yo ya me suscribi, estoy estudiando y esta clase me toca. Le tuve que repetir 3 veces pero entre mas lo veo mas le entiendo! Gracias profe

  • @guadalupecuamatzi752
    @guadalupecuamatzi752 18 дней назад

    Será mi guía ante este proyecto..

  • @franciscocabrera1954
    @franciscocabrera1954 Год назад +9

    Saludos desde República Dominicana, soy estudiante de término de la carrera acabo de descubrir tu canal y me he enamorado de tu contenido tienes una excelente metodología de transmisión del conocimiento,
    Se nota que eres excelente maestro, te agradezco por tomarte el tiempo de aportar.

  • @inigualable.2963
    @inigualable.2963 Год назад +3

    Lic. Gracias, esto me super ayuda.!! Un gran repaso general de mi carrera.!!!!

  • @manolocruz9934
    @manolocruz9934 Год назад +3

    Lic, ya soy un seguidor suyo. Estoy gratamente impresionado, tiene una gran facilidad de hacerse entender!

  • @renegarza7079
    @renegarza7079 Год назад +4

    😶👉⭐⭐⭐⭐⭐
    ¡Gracias por compartir Doctor! 👍
    ¡Explicas con mucha elegancia los principios generales del derecho!

  • @walterricardoarcefigueroa2010
    @walterricardoarcefigueroa2010 Год назад +1

    Excelente, muy útil.

  • @zoraydagerman8278
    @zoraydagerman8278 Год назад +2

    Excelente me encantan sus clase aprendo mucho, me gustaría entender bien el control difuso y concentrado

  • @user-lh3lf1um6u
    @user-lh3lf1um6u 2 месяца назад

    @EdgarReinado2 muchas gracias por compartir su conocimiento, en lo particular me es de gran ayuda.

  • @irenecamacho7960
    @irenecamacho7960 4 месяца назад

    Excelente Trabajo . Gracias

  • @LINDADELROSARIOBARRIOSRODRIGUE
    @LINDADELROSARIOBARRIOSRODRIGUE 4 месяца назад

    Mil gracias por tan importantes conceptos de Derecho y de La Ley.

  • @alciramilosevich7144
    @alciramilosevich7144 Год назад +2

    Excelente explicacion.Muchas gravuas .

  • @Evelyn-lt3vq
    @Evelyn-lt3vq 3 месяца назад

    Gracias por la información, me ha servido muchísimo ❤

  • @josea.penagil8150
    @josea.penagil8150 8 месяцев назад +2

    El complemento de éstos principios sería el Derecho Supletorio. (Supletoriedad)

  • @carlosortega1744
    @carlosortega1744 Месяц назад

    Lo que entendí, es que el derecho en los hechos y actos jurídicos ,se rige por la buena fe y las buenas costumbres ,la justicia y la verdad.
    Y la legalidad por ley o por uso, pueden o no necesariamente, regirse por la buena fe y las buenas costumbres.

  • @archivisticamipasion.3520
    @archivisticamipasion.3520 Год назад +1

    EXCELENTE.

  • @madoloresherreronuno6813
    @madoloresherreronuno6813 Год назад +3

    Muy buenísima explicación.Saludos desde España.

  • @gabrieleduardogarcia9189
    @gabrieleduardogarcia9189 2 года назад +2

    Creo que tiene que ver en términos de la vigencia de una ley en cuanto al tiempo en el que corre después de una promulgación de una ley, creo que estaba considerado de 3 días apartar de su publicación, y esta iba variando de la distancia tomando como referencia el distrito federal hoy cdmx, que en estos casos la imposibilidad de una persona de tener conocimiento de la ley que entraba en vigor, y aparte la situación particular de la persona en sí, si se encuentra en una situación de miseria económica, y siempre y cuando cuente con el respaldo de la procuradora de justicia que no ocasione este delito daño a terceros.

  • @eduarmadans
    @eduarmadans Год назад +1

    Error de prohibición. Art. 22 código penal paraguayo.
    "No es reprochable el que al realizar el hecho desconozca su antijuridicidad, cuando el error le era inevitable. Pudiendo el autor evitar el error, la pena será atenuada con arreglo al art 67."
    Le invito a mirar nuestro Código Penal Dr, se hizo en base al código penal alemán con ayuda del jurista Dr Wolfgang Schöne. En el año 1997, y se fue actualizando en el 2008 y hasta hoy.
    Está muy bien hecho.
    Saludos!! Me impresiona la riqueza en Derecho que hay en México Dr. Algun día iré a hacer una especialización en su bello país.

  • @johng2140
    @johng2140 Год назад +1

    me falto el principio 10 de justiniano...llego solo hasta el nueve. lo quiero usar en una tarea...

  • @lupitasanchez6472
    @lupitasanchez6472 Год назад +1

    ¡Holaaaaa Licenciado!

  • @flaviovictorarroyocatzin6213
    @flaviovictorarroyocatzin6213 2 месяца назад

    Que tal lic. Me gustaría mucho lo que hace yo soy flavio tengo 46 años y estoy estudiando derecho pero no se me queda nada podrías darme u os tips de estudio te lo voy a agradecer mucho

  • @joseeduardo9434
    @joseeduardo9434 7 месяцев назад +4

    Pareciera que estamos frente a una antinomia de la norma , ya que como lo argumentó "la ignorancia de la ley no exime su cumplimiento", pero hablamos de un principio del derecho y no de una norma jurídica positiva, pero al acudir al segundo elemento negativo de la inculpabilidad afirma el "error de prohibición" es causa de inculpabilidad al presentarse uno de los tres supuestos:
    El sujeto activo del delito no era de su conocimiento que su conducta estaba prohibida.
    El desconocimiento del alcance de la ley
    El agente cree que su conducta típica se encuentra justificada.
    Cómo prevalece el elemento directo de la inculpabilidad frente a este principio general del derecho...
    Saludos cordiales.!!

  • @anthonysemar2298
    @anthonysemar2298 Год назад +2

    Doctor tengo una pregunta, entonces los principios generales en pocas palabras no son fuentes formales del derecho verdad , espero pueda comentarme

  • @Emmanuel-hl1hh
    @Emmanuel-hl1hh 11 дней назад

    9:47 disculpe, el codigo civil federal del que habla. Es como la constitucion Nacional aca en Argentina no es asi?

  • @josegregoriohidalgogutierr9107
    @josegregoriohidalgogutierr9107 10 месяцев назад +2

    Buenas noches Doctor Edgard Reina. Estoy estudiando derecho pero aqui le dicen Estudios Juridicos. Mi pregunta es : ? si las orientaciones que usted explica en sus videos, sirven para Venezuela tambien?

    • @LisandroBarriosLABG
      @LisandroBarriosLABG 8 месяцев назад

      Yo tambien soy estudiante de derecho en Venezuela y sobre tu pregunta, la verdad es que muchos de sus videos si pueden servirte siempre y cuando revises la legislación venezolana y sepas como funciona el mundo legal aquí, hay algunas diferencias pero por norma general y más específicamente este video sobre principios generales del derecho es muy útil y muy fácilmente aplicable al derecho venezolano haciendo las correctas revisiones, te recomiendo que leas a un abogado llamado "Allan Brewer Carías" es un abogado venezolano que escribe sobre materia de derecho constitucional y derecho administrativo, todo un maestro en la materia.

  • @GALASALAZAR
    @GALASALAZAR 5 месяцев назад

    Buena tarde, doctor ¿En donde adquirió la impresión del corpus iuris civilis?

    • @EdgarReina2
      @EdgarReina2  5 месяцев назад +1

      Editorial Lawbook Exchange
      Son tres tomos

  • @brianserrano7455
    @brianserrano7455 2 года назад +2

    Es tan fácil comprender e interpretar cada tema de derecho, muchas gracias.

  • @henrygonzalez7128
    @henrygonzalez7128 2 года назад +4

    En Costa Rica el error de prohibición se encuentra en los artículos 34 y 35 del Código Penal. Se afirma que debe ser por "error invencible". Es decir, bajo el principio de la sana crítica racional es necesario que sea coherente la imposibilidad del sujeto de saber que tal conducta era antijurídica. Y bueno, sí es una excepción al principio de que nadie puede alegar desconocimiento de la ley pero a mi juicio es una excepción debidamente justificada.

  • @coopershortsvideos100
    @coopershortsvideos100 Год назад +1

    Yo dirigía que el derecho es de acción represiva, no preventiva , ya que no aconceja a no hacer lo malo, sino que actúa o se acciona al infringir se la Ley, el enunciado de Ulpiano, manifiesta, vivir honestamente , no dañar a nadie y dar a cada quien lo suyo, se observan los dos primeros párrafos como prevención , no ribes, no dañes, por supuesto colide , con la esencia del Derecho .

    • @EdgarReina2
      @EdgarReina2  Год назад

      No. El derecho no aconseja a no hacer lo malo. El derecho no regula inmoralidades, sino conductas relevantes y nocivas.

  • @mariagranillogarcia393
    @mariagranillogarcia393 Год назад +1

    Principios generales del derecho

  • @enriqueasaelgomezlevario2756
    @enriqueasaelgomezlevario2756 11 месяцев назад +1

    Me podría decir sus fuentes bibliografías? Por favor, escucho que habla de Luis Diez. Cuál es la obra a la que se refiere?

  • @AlejandroFlores-wn4de
    @AlejandroFlores-wn4de Год назад

    Yo creo que el derecho personal es que nadie tiene derecho de someter a nadie y ese terreno fangoso deve ser firme y lo que esta escrito esta escrito si se dise blanco no se deve cambiar eso seriacriminal

  • @robvilla2001
    @robvilla2001 2 года назад +1

    Estimo que error NO es sinónimo de ignorancia, en el error, considero, hay una falsa construcción mental de un hecho, situación, etc., ,sin embargo en la ignorancia hay un desconocimiento respecto a ese mismo hecho, situación, etc.

    • @EdgarReina2
      @EdgarReina2  2 года назад

      El 29 dice DESCONOCIMIENTO de la ley

    • @robvilla2001
      @robvilla2001 2 года назад +1

      @@EdgarReina2 el desconocimiento implica ignorancia, ausencia digamos de información, como un USB vacío, en cambio en el error existe una deformación de la verdad, en mi consideración estimo que no se debe confundir la ignorancia con el error.

    • @EdgarReina2
      @EdgarReina2  2 года назад

      @@robvilla2001 el error de prohibición es por desconocer la existencia de la ley. Lee tú mismo el código.

    • @robvilla2001
      @robvilla2001 2 года назад +2

      @@EdgarReina2 La crítica no es a usted abogado, sino a quienes no han discriminado estos conceptos en materia penal, como sí y de forma correcta se hace en materia civil.

    • @robvilla2001
      @robvilla2001 2 года назад

      @@EdgarReina2 Respecto al 29 del C.P. de la CDMX estimo que tenía sentido (esta fracción tercera, inciso a) es un momento histórico, donde aún existían pueblos indígenas que no se habían integrado culturalmente a la sociedad mexicana, por tanto ignoraban por completo nuestra estructura jurídico-normativa, cosa que considero en este momento ha cambiado, aunque podría darse un caso excepcionalísimo.

  • @victoriaraquelislas4175
    @victoriaraquelislas4175 Год назад +2

    Son ejemplos, pero concretamente no dice cuales son

  • @LuisOrtega-hb9lh
    @LuisOrtega-hb9lh Год назад +11

    Saludos lic. edgar, que opina de esta cita: Y cita al profesor Mario de la Cueva (1901-1981): “Aquel abogado que sólo sabe Derecho, sabe muy poco Derecho, pero quiero entender tambien lo que dice usted al final de su video, un abogado es el que sabe de derecho.