EL DAÑO "Derecho de daños" UNO DE LOS ELEMENTOS BÁSICOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, TANTO CONTRACTUAL COMO EXTRACONTRACTUAL, OBJETIVA COMO SUBJETIBA. EL EJE DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. MUY INTERESANTE Dr. LUDEÑA
El daño, uno de los requisitos fundamentales de la responsabilidad civil, ante la inexistencia del daño no estaríamos hablando explícitamente del la responsabilidad civil extracontractual (el deber jurídico de no causar daño a otro). excelente Dr.
Excelente Catedra Dr. Ludeña, EL DAÑO es el elemento fundamental para la Responsabilidad civil o indemnización. Nuestro sistema gira en torno a probar el daño causado para que exista el resarcimiento propio dicho.
La respondabilidad civil y el derecho de daños. la reparación del daño a la víctima, la consecuencia de la responsabilidad civil.. Un tema muy importante.. Gracias Dr.
Que gratificante escucharlo Dr, ya que se le entiende perfectamente pudiéndose ver que sabe del tema y lo maneja muy bien. La responsabilidad civil un tema muy importante dentro del mundo jurídico.
Excelente cátedra doctor. El daño, la responsabilidad civil lleva a un resarcimiento al agraviado sin embargo este no arreglará por completo el daño causado a opinión propia. El doctor es claro con respecto a los requisitos para que se configure la responsabilidad civil.
Dr. nuevamente con su cátedra usted logra que nosotros los estudiantes nos guste el Derecho Civil y nos ha quedado claro que el Daño es un elemento preponderante en la responsabilidad civil.
Gracias Dr. Ludeña por brindarnos alcances sobre el elemento de la responsabilidad civil, el daño y que este factor es primordial para determinar la reparación del daño causado. Así mismo, brinda un mayor conocimiento haciendo una comparativa legislativa con México en el cual, ellos lo regulan como DERECHO DE DAÑO.
El daño es considerado como el elemento de todo la responsabilidad Civil como aquella elemental, por lo que algunos juristas prefieren llamar a la responsabilidad civil " Derecho de Daños". Buena cátedra Dr.
El daño es fundamental para poder dictar un resarcimiento de acuerdo a la cuantificación correspondiente. Una excelente ponencia Doctor Ludeña. Gracias
Muy buena ponencia Dr. Gerardo Ludeña. Si bien es cierto la resonsabilidad civil se centra en el derecho de daños, que es el menoscabo que se genera a otra persona a consecuencia del incumplimiento, nos sirve para determinar la extensión del resarcimiento, como sucede en la responsabilidad contractual, y cuando hay cual se responde por las consecuencias inmediatas y necesarias, como también puede ser extraxontractual. Muchas gracias por sus grandes aportes.
Una explicación muy clara y precisa sobre el tema Dr. Es muy cierto que algunos juristas nos indican que el daño viene a ser el eje y que en sí no existiría la responsabilidad civil. Acotando a esto he logrado concluir que quien se encarga de resarcir el daño es la responsabilidad civil, mientras no exista el daño no se tiene porqué brindar una indemnización ya que el daño viene a ser un elemento fundamental. Existe daño moral dentro de nuestro código civil peruano.
Muy bien explicado Dr. Ludeña ; el daño causado, es el elemento clave de la responsabilidad civil, ya que ante la falta de este no haría nada que indemnizar o reparar, siendo así una lesión o menoscabo a la persona, pues esta jurídicamente protegido. Daño emergente; es un daño patrimonial, está referida a lo que se ha gastado por el daño sufrido. El lucro cesante; es un daño patrimonial, hace referencia a lo que se ha dejado de percibir como consecuencia del daño. El daño extrapatrimonial; es aquella que lesiona la integridad de la persona; que puede ser daño moral o daño a la persona.
Gracias Dr. Ludeña por compartir con nosotros su facilidad de comprender al respecto del daño como elemento de la responsabilidad civil, tema que con lleva confusiones en algunos casos.
Muy importante este tema Dr. Ludeña, ya que en los sistemas de responsabilidad civil, lo fundamental es el resarcimiento de los daños causados a la víctima.
Excelente Dr. Ludeña, bien especifico, muchas gracias y siga enseñando ya que tiene mucho que aportar hacia los jóvenes universitarios y con respecto al tema, considero que la responsabilidad civil es la que se encarga de resarcir los daños de la victima, entonces si no existiera un daño causado, no habría necesidad de obtener una indemnización
Buena ponen Dr. Ludeña. Su dinámica para la explicación del tema es adecuada y permite que el alumno pueda captar mejor la enseñanza. Gracias por la clase.
Una explicación magistral, en el daño extra patrimonial también debe considerarse el proyecto de vida, como el caso de Paolo Guerrero con Magaly Medina que la indemnización por el daño al proyecto de vida fue 200 mil soles que fue independiente a la sentencia de privación de libertad.
Dctr. Ludeña, estoy muy agradecida por este tema del " Derecho de Daño" ya que nos llena de conocimiento con el autor LIZARDO TABUADA y nos ayuda ver la diferencia de "contractual y extra contractual". gracias !!!
El daño como elemento fundamental e esencial de la responsabilidad civil contractual y extracontractual, es el análisis material a ello de resarcir o indemnizar. Asimismo, decirle que gracias por la excelente cátedra.
Gracias Doc. Por los alcances brindados es este tema sobre el elemento de la responsabilidad civil, el.daño y que este factor es primordial para determinar la reparacion del daño causado, asi mismo brindara un mayor conocimiento haciendo, una comparacion legislativa con Mexico en el cual lo regulan como un Derecho de Daño causado.
El daño o también conocida como derecho de daños, elemento importante, de existir ausencia de este elemento no hubiera motivo para resarcir o indemnizar, el daño tiene dos elementos: daño patrimonial que corresponde al daño emergente y lucro cesante, y por otro lado el daño extrapatrimonial que viene a ser el daño moral y daño a la persona, indudablemente profesor Ludeña un tema más de la responsabilidad civil de suma importancia como futuros abogados, y la didáctica para guiarnos excelente, felicitaciones profesor por ese aporte en cada vídeo...
El daño en el ámbito jurídico es el detrimento, perjuicio. Menoscabo. Dolor o molestia causado a otro en su patrimonio o en su persona gracias por brindarnos esta información doctor
Excelente explicación Doctor Gerardo Ludeña,Muchas gracias por compartir sus conocimientos muy interesante el tema del daño es un elemento fundamental que si cae en ausencia no habría nada que indemnizar o resarcir ,No habría Responsabilidad civil.El daño se divide en dos daños patrimonial (daño emergente y lucro cesante) y extrapatrimonial (daño moral y Daño a la persona ).
Gracias por compartir esta valiosa información sobre el daño, ya que como sabemos este es el causante denuna futura indemnización y es el eje por ende imprescindible en la responsabilidad civil.
Muy buena cátedra Dr Gerardo. El daño resulta ser un factor importante para la Responsabilidad Civil, puesto que sin este no habría que indemnizar o reparar, así pues, el daño es definido como aquel menoscabo o lesión a un interés jurídicamente protegido. Tenemos dos clases: patrimonial (daño emergente y lucro cesante) y extrapatrimonial (daño moral y a la persona). Y ambos se refieren a la responsabilidad contractual o extracontractual. Es muy importante leer a Lizardo Taboada.
La noción de pena ilumina los caracteres del resarcimiento. Por ejemplo, el daño moral se concibe como agravio, como pena al que produce un detrimento a otro. Buena Explicación Dr.
Excelente Dr. Ludeña. se entiende que para ejecutar una indemnización tiene que existir un Daño que se produce por medio una causa ya sea por dolo o culpa. los daños pueden ser patrimoniales o extrapatrimoniales.
Excelente ponencia acerca del daño ... esto nos sirve tanto en la práctica como para la teoría en la Universidad ya que quienes sigan el derecho civil esto es muy importante. Yaniret Linares Paitan
Muy bueno, gracias Dr. Pues sin el daño no existiría responsabilidad civil, por ende es un elemento esencial, pues este se divide en daño a la persona y daño a la moral.
Una buena manera de entender un buen libro respecto a la responsabilidad civil del Dr. Lizardo Taboada, el Derecho de Daños o mas conocida como Responsabilidad Civil es un tema bajo constante cambio y usted Dr. Gerardo Ludeñas explica en buen cristiano los supuestos de la responsabilidad civil y nos hace cuestionar la norma. Buen vídeo.
Excelente doctor. Como bien se sabe que el daño es uno de los elementos principales. Que sin ello no habría forma de como poder indemnizar o también poder resarcir. Muy buena ponencia doctor.
La carencia, la falta de cumplimiento genera automáticamente un daño tanto contractual o extracontractual, la responsabilidad civil se centra en el derecho de daños.
Excelente su determinación respecto al elemento del DAÑO, Dr. Gerardo. Este elemento son efectos negativos que derivan de la lesión de un interés protegido ya sea de forma patrimonial y extrapatrimonial.
Buena Catedra, Doctor, nos llena de conocimientos es muy importante conocer los elementos de responsabilidad civil y en donde se encuentra en marcado el daño...
Un tema muy interesante Dr. Ludeña, el daño es otro de los elementos esenciales de la responsabilidad civil para brindar una indemnización que con ello se pueda reparar o restaurar el daño causado.
Gracias doctor por compartir sus clases 👏🏻👏🏻👏🏻👌🏻👌🏻👌🏻👌🏻👌🏻👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻
Excelente cátedra Dr. 😇
EL DAÑO "Derecho de daños" UNO DE LOS ELEMENTOS BÁSICOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, TANTO CONTRACTUAL COMO EXTRACONTRACTUAL, OBJETIVA COMO SUBJETIBA. EL EJE DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. MUY INTERESANTE Dr. LUDEÑA
Excelente Doctor Ludeña. Que importante es que la población conozca algo de derecho.
El daño, uno de los requisitos fundamentales de la responsabilidad civil, ante la inexistencia del daño no estaríamos hablando explícitamente del la responsabilidad civil extracontractual (el deber jurídico de no causar daño a otro). excelente Dr.
Buena cátedra doctor! Totalmente agradecida, si no existe daño no hay responsabilidad que indemnizar.
Excelente Catedra Dr. Ludeña, EL DAÑO es el elemento fundamental para la Responsabilidad civil o indemnización. Nuestro sistema gira en torno a probar el daño causado para que exista el resarcimiento propio dicho.
La respondabilidad civil y el derecho de daños. la reparación del daño a la víctima, la consecuencia de la responsabilidad civil.. Un tema muy importante.. Gracias Dr.
Excelente Dr muy buena definición del concepto del daño como eje de la responsabilidad civil
Que gratificante escucharlo Dr, ya que se le entiende perfectamente pudiéndose ver que sabe del tema y lo maneja muy bien. La responsabilidad civil un tema muy importante dentro del mundo jurídico.
Excelente cátedra doctor. Saludos
Excelente cátedra doctor.
El daño, la responsabilidad civil lleva a un resarcimiento al agraviado sin embargo este no arreglará por completo el daño causado a opinión propia. El doctor es claro con respecto a los requisitos para que se configure la responsabilidad civil.
Excelente !! catedra Doctor Ludeña el daño en la responsabilidad civil
Dr. nuevamente con su cátedra usted logra que nosotros los estudiantes nos guste el Derecho Civil y nos ha quedado claro que el Daño es un elemento preponderante en la responsabilidad civil.
Siempre agradecido con sus cátedras Dr. Ludeña.
Excelente cátedra Dr. Ludeña, el daño como elemento preponderante en la responsabilidad civil, muy bien explicado doctor.
Muy buena cátedra Dr Ludeña como siempre 👏👏👏
Muy importante doctor el daño dentro de la responsabilidad civil en nuestra legislación peruana
Gracias por sus cátedras Dr. Ludeña, siempre es grato oírlo. 👏👏👏
Excelente cátedra Doctor el daño causado en la responsabilidad civil es indispensable, y a ausencia del daño no existe una responsabilidad civil.
Gracias Dr. Ludeña por brindarnos alcances sobre el elemento de la responsabilidad civil, el daño y que este factor es primordial para determinar la reparación del daño causado. Así mismo, brinda un mayor conocimiento haciendo una comparativa legislativa con México en el cual, ellos lo regulan como DERECHO DE DAÑO.
Interesante, gracias por la cátedra Dr. LUDEÑAS 👍🏼.
Excelente cátedra doctor ....asiendo refiencia al daño moral que busca menguar el dolor de la persona y no enriquecer
Exelente cátedra sobre el daño, gracias Dr. Ludueña.
Un tema muy importante jurídicamente. Muchas gracias por compartir su sapiencia con todos.
Gran tema sobre el Daño Dr. Ludeña. Siempre con una explicación clara para el mejor entendimiento.
Magistral explicación Dr., por hacernos presente que el daño es uno de los elementos más importantes para que se configure la Responsabilidad Civil.
El daño es considerado como el elemento de todo la responsabilidad Civil como aquella elemental, por lo que algunos juristas prefieren llamar a la responsabilidad civil " Derecho de Daños". Buena cátedra Dr.
Gracias Dr. por brindarnos un gran tema. Saludos
Ana Maria Oblitas Diaz
Un buen tema que nos explica lo revelante al tema.
Es un elemento importante para la Responsabilidad Civil , ya que si hay daño es necesario que la persona lo repare .
El daño es fundamental para poder dictar un resarcimiento de acuerdo a la cuantificación correspondiente. Una excelente ponencia Doctor Ludeña.
Gracias
Muy buena ponencia Dr. Gerardo Ludeña.
Si bien es cierto la resonsabilidad civil se centra en el derecho de daños, que es el menoscabo que se genera a otra persona a consecuencia del incumplimiento, nos sirve para determinar la extensión del resarcimiento, como sucede en la responsabilidad contractual, y cuando hay cual se responde por las consecuencias inmediatas y necesarias, como también puede ser extraxontractual.
Muchas gracias por sus grandes aportes.
Una explicación muy clara y precisa sobre el tema Dr. Es muy cierto que algunos juristas nos indican que el daño viene a ser el eje y que en sí no existiría la responsabilidad civil. Acotando a esto he logrado concluir que quien se encarga de resarcir el daño es la responsabilidad civil, mientras no exista el daño no se tiene porqué brindar una indemnización ya que el daño viene a ser un elemento fundamental. Existe daño moral dentro de nuestro código civil peruano.
Definitivamente Dr es un placer escuchar su cátedra, éxitos.
Muy buena ponencia sobre lo que es el daño dentro la responsabilidad civil Dr. Ludeña que grato escucharlo.
Muy bueno Dr Ludeña siempre es excelente que nos brinde cátedra.
Dr. Ludeña una clase muy didáctica, y su explicación sobre el daño y la responsabilidad civil excelentte!!
Muy bueno. Fundamental para entender.
Muy bien explicado Dr. Ludeña ; el daño causado, es el elemento clave de la responsabilidad civil, ya que ante la falta de este no haría nada que indemnizar o reparar, siendo así una lesión o menoscabo a la persona, pues esta jurídicamente protegido.
Daño emergente; es un daño patrimonial, está referida a lo que se ha gastado por el daño sufrido.
El lucro cesante; es un daño patrimonial, hace referencia a lo que se ha dejado de percibir como consecuencia del daño.
El daño extrapatrimonial; es aquella que lesiona la integridad de la persona; que puede ser daño moral o daño a la persona.
Gracias Dr. Ludeña por compartir con nosotros su facilidad de comprender al respecto del daño como elemento de la responsabilidad civil, tema que con lleva confusiones en algunos casos.
Muchas gracias por su aporte doctor Ludeña, un placer escucharlo, muy entendibles sus exposiciones.
Excelente aporte Doctor Ludeña.
Gracias por sus aportes Dr. Ludeña. Nos ayuda mucho en nuestros conocimientos.
Muy importante este tema Dr. Ludeña, ya que en los sistemas de responsabilidad civil, lo fundamental es el resarcimiento de los daños causados a la víctima.
Excelente Dr. Ludeña, bien especifico, muchas gracias y siga enseñando ya que tiene mucho que aportar hacia los jóvenes universitarios y con respecto al tema, considero que la responsabilidad civil es la que se encarga de resarcir los daños de la victima, entonces si no existiera un daño causado, no habría necesidad de obtener una indemnización
Buena ponen Dr. Ludeña. Su dinámica para la explicación del tema es adecuada y permite que el alumno pueda captar mejor la enseñanza.
Gracias por la clase.
Excelente disertación Dr. Ludeña
excelente disertación Doctor Ludeña .
Una explicación magistral, en el daño extra patrimonial también debe considerarse el proyecto de vida, como el caso de Paolo Guerrero con Magaly Medina que la indemnización por el daño al proyecto de vida fue 200 mil soles que fue independiente a la sentencia de privación de libertad.
Dctr. Ludeña, estoy muy agradecida por este tema del " Derecho de Daño" ya que nos llena de conocimiento con el autor LIZARDO TABUADA y nos ayuda ver la diferencia de "contractual y extra contractual". gracias !!!
El daño como elemento fundamental e esencial de la responsabilidad civil contractual y extracontractual, es el análisis material a ello de resarcir o indemnizar. Asimismo, decirle que gracias por la excelente cátedra.
Excelente doctor! Una explicación muy clara y precisa con repsecto al daño en la responsabilidad civil!
El daño viene a ser el elemento mas importante, ya que si no existe daño no se podrá llevar a cabo la responsabilidad civil. excelente tema doctor
El daño un elemento importante en la responsabilidad civil, gracias doctor por la explicación.
Dinámico y fluido. LO MÁXIMO Dr. Ludeña
Excelente cátedra Dr. Ludeña.
Gracias Doc. Por los alcances brindados es este tema sobre el elemento de la responsabilidad civil, el.daño y que este factor es primordial para determinar la reparacion del daño causado, asi mismo brindara un mayor conocimiento haciendo, una comparacion legislativa con Mexico en el cual lo regulan como un Derecho de Daño causado.
Gracias por ayudarnos a comprender uno de los elementos sobre la responsabilidad civil tema de suma importancia para nosotros gracias dr Ludeña
El daño o también conocida como derecho de daños, elemento importante, de existir ausencia de este elemento no hubiera motivo para resarcir o indemnizar, el daño tiene dos elementos: daño patrimonial que corresponde al daño emergente y lucro cesante, y por otro lado el daño extrapatrimonial que viene a ser el daño moral y daño a la persona, indudablemente profesor Ludeña un tema más de la responsabilidad civil de suma importancia como futuros abogados, y la didáctica para guiarnos excelente, felicitaciones profesor por ese aporte en cada vídeo...
El daño en el ámbito jurídico es el detrimento, perjuicio. Menoscabo. Dolor o molestia causado a otro en su patrimonio o en su persona gracias por brindarnos esta información doctor
Excelente explicación Doctor Gerardo Ludeña,Muchas gracias por compartir sus conocimientos muy interesante el tema del daño es un elemento fundamental que si cae en ausencia no habría nada que indemnizar o resarcir ,No habría Responsabilidad civil.El daño se divide en dos daños patrimonial (daño emergente y lucro cesante) y extrapatrimonial (daño moral y Daño a la persona ).
Muchas gracias por el aporte Dr. Ludeña 👏👏👏🙋♂️
Excelente ponencia Dr. saludos cordiales.
Excelente Dr. Ludeña, un gran aporte.👍
Muy buena explicación Dr. Ludeña; sobre el tema del daño; sus clases nos ayudan a seguir aprendiendo.
Gracias por compartir esta valiosa información sobre el daño, ya que como sabemos este es el causante denuna futura indemnización y es el eje por ende imprescindible en la responsabilidad civil.
Dr Ludeña Gerardo excelente explicación acerca del el daño como elemento fundamental de la responsabilidad civil
Muy buena cátedra Dr Gerardo.
El daño resulta ser un factor importante para la Responsabilidad Civil, puesto que sin este no habría que indemnizar o reparar, así pues, el daño es definido como aquel menoscabo o lesión a un interés jurídicamente protegido. Tenemos dos clases: patrimonial (daño emergente y lucro cesante) y extrapatrimonial (daño moral y a la persona). Y ambos se refieren a la responsabilidad contractual o extracontractual.
Es muy importante leer a Lizardo Taboada.
Muy interesante doctor
La noción de pena ilumina los caracteres del resarcimiento. Por ejemplo, el daño moral se concibe como agravio, como pena al que produce un detrimento a otro. Buena Explicación Dr.
Excelente Dr. Ludeña. se entiende que para ejecutar una indemnización tiene que existir un Daño que se produce por medio una causa ya sea por dolo o culpa. los daños pueden ser patrimoniales o extrapatrimoniales.
Excelente ponencia acerca del daño ... esto nos sirve tanto en la práctica como para la teoría en la Universidad ya que quienes sigan el derecho civil esto es muy importante. Yaniret Linares Paitan
Muy bueno, gracias Dr. Pues sin el daño no existiría responsabilidad civil, por ende es un elemento esencial, pues este se divide en daño a la persona y daño a la moral.
Exitos Dr.
Una buena manera de entender un buen libro respecto a la responsabilidad civil del Dr. Lizardo Taboada, el Derecho de Daños o mas conocida como Responsabilidad Civil es un tema bajo constante cambio y usted Dr. Gerardo Ludeñas explica en buen cristiano los supuestos de la responsabilidad civil y nos hace cuestionar la norma. Buen vídeo.
Excelente doctor. Como bien se sabe que el daño es uno de los elementos principales. Que sin ello no habría forma de como poder indemnizar o también poder resarcir. Muy buena ponencia doctor.
El daño como eje de la responsabilidad civil y siempre imprescindible, buen video doctor.
La carencia, la falta de cumplimiento genera automáticamente un daño tanto contractual o extracontractual, la responsabilidad civil se centra en el derecho de daños.
Excelente su determinación respecto al elemento del DAÑO, Dr. Gerardo.
Este elemento son efectos negativos que derivan de la lesión de un interés protegido ya sea de forma patrimonial y extrapatrimonial.
Muy importante el tema doctor, pues, el daño es muy crucial dentro de la responsabilidad civil ya que de allí deviene su eje principal.
Muchas gracias Dr Ludeña por compartir información de forma clara, nos servirá mucho para nuestra carrera profesional.
Excelente cátedra doctor muchas gracias por la grandiosa explicación que nos dio sobre el derecho de daño
Buena Catedra, Doctor, nos llena de conocimientos es muy importante conocer los elementos de responsabilidad civil y en donde se encuentra en marcado el daño...
Gracias por el refuerzo y la cátedra Dr. Ludeña, excelente tema. Saludos.
El daño es uno de los requisitos esencial ante una responsabilidad civil tanto moral, patrimonial y causado. Buena exponencia doc. :D
Excelente exposición Dr. Ludeña, temas importantes sobre el daño
Gran comentario Dr sobre uno de los elementos fundamentales de la responsabilidad civil.
Mucha felicitaciones Por compartir sus conocimientos con todos nosotros , muy buena exposición y buenos fundamentos .
Felicitaciones una excelente catedra con una técnica pedagógica de altura Dr. Ludeña
Buena catredra Dr. Ludeña y excelente explicación sobre el daño en la responsabilidad civil.
Excelente ponencia, bien explicado y entendible. Muchas gracias Dr. Gerardo Ludeña.
Importante tema el Daño, gracias por compartir sus conocimientos Doctor Ludeña.
Excelente video!
Excelente ponencia doctor, requisito fundamental para atribuir la responsabilidad civil
Sin daño no hay responsabilidad civil. Exitos Dr
Excelente Dr Ludeña muy buena cátedra.
Excelente doctor ludeña siempre compartiendo su conocimiento
Muy buena ponencia doctor ludeña excelente ,vamos adquiriendo nuevos conocimientos 👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏
Un tema muy interesante Dr. Ludeña, el daño es otro de los elementos esenciales de la responsabilidad civil para brindar una indemnización que con ello se pueda reparar o restaurar el daño causado.
Bastante clara y concisa la idea de lo que es el daño como eje de la responsabilidad civil.