Estimado Elías Joel Bravo Ayala, en líneas generales no es posible emitir boletas de ventas con fecha anterior, salvo sean emitidas desde SEE SOL donde puede consignar una fecha que no sea anterior a 2 días de la fecha actual. Saludos.
Estimado Shawol OT5, puede emitir sus comprobantes electrónicos cualquier día de la semana, recuerde tener en cuenta el numeral 1 del artículo 4º de la Reglamento de Comprobantes de Pago: www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/1999/007.pdf Saludos.
Estimado Yerardo Ulloa, Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
Colsulta, si yo tengo un negocio en inscrito en REGIMEN ESPECIAL. en la cual debo debo emitir boleta y factura. mi pregunta es si yo emito boleta, debo pagar el 18% del impuesto ? o solo pago 18% de las facturas emitidas?
Estimado contribuyente, para emitir una factura indica de manera separa el valor de venta, el IGV y el precio, y para el caso de una boleta no debe de separar los importes y se debe consignar solo el precio el cual ya incluye el impuesto. Para la declaración mensual, se consideran boletas y facturas emitidas. Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion. Saludos.
@@SUNATOficial disculpe yo he realizado anteriormente factura el cual yo proveo lo que es pollo fresco y en mis factura siempre hemos incluido el igv ya puesto ahí pero incluía todo en el total
@@yosselinponceleon6793 Estimada, el IGV (Impuesto General a las Ventas) es un impuesto que grava todas las fases del ciclo de producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere. Más detalles en: orientacion.sunat.gob.pe/3053-concepto-tasa-y-operaciones-gravadas-igv-empresas , emprender.sunat.gob.pe/node/154 Por lo cual, el monto total de la factura es el valor de venta más el IGV. Saludos.
Si solo emito facturas electrónicas y recibo facturas electrónicas, esos archivos me parece que se almacenan en la sunat, entonces mis libros electrónicos se llenan automáticamente? y mis declaraciones mensuales y mi renta anual se calcula automáticamente?
Estimado Sebastian Raul Osorio Atusparia, le sugerimos revisar la Resolución de Superintendencia N° 123-2021/SUNAT, mediante el cual se crea el Reporte de Ventas que contiene información de los ingresos de los contribuyentes en base a la información de los comprobantes de pago electrónico registrados y que, de confirmarse su contenido por parte del contribuyente, formará parte de los ingresos en su declaración mensual de IGV-Renta y así facilitarle su llenado. Mas información en: www.gob.pe/institucion/sunat/informes-publicaciones/2505302-reporte-de-ventas Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
La sunat ha considerado los negocios que están por lugares o zonas que el Internet no tiene una conexión constante, o más bien es imposible permanser intercomectados, donde para Ingresar a u a página web solo gira y gira. Cuál es el plan de contingencia
Estimada Dalila Correa Alvarez, las empresas que han sido designados como emisores electrónicos de comprobantes de pago, pueden emitir en formato pre impreso en una situación de contingencia, cuando por causas ajenas al emisor electrónico, no puede emitir sus comprobantes de pago de manera electrónica. (Ejemplo : interrupción del servicio de energía eléctrica por un desastre natural, se encuentre ubicado en una zona geográfica con baja o nula conexión a Internet, entre otros). Cuando emitan un comprobante de pago impreso por contingencia deberán comunicarlo su Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE), o a la SUNAT en caso emitan sus comprobantes electrónicos directamente del portal de la SUNAT, a fin de que sea registrado en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) que se utiliza para el registro de los comprobantes electrónicos. Para mayor información sobre el procedimiento de contingencia en el siguiente enlace: cpe.sunat.gob.pe/informacion_general/procedimiento_contingencia Saludos.
Pregunta,recibi una esquela donde la sunat me dice que a partir de 01 de enero debo emitir comprobantes electronicos,pero antes de ayer salio un comunicado que se posterga hasta setiembre.Podrían informarme si hago caso omiso a la obligación de la esquela y espero setiembre para emitir electrónicamente mis comprobantes
Estimado contribuyente, de acuerdo a la R.S. 279- 2019 Y modificatorias, si obtuvo ingresos mayores o iguales a 23 UIT y menores a 75 UIT al 31.12.2019 le correspondería ser emisor electrónico a partir del 01.09.2021. La última modificación se dio con la R.S. 221 - 2020. Saludos.
Estimado AlonsoPLZ, las ventajas de los comprobantes electrónicos son el ahorro, conservación del medio ambiente, seguridad y validez legal, disponibilidad, integración con otras aplicaciones, obtención de información en tiempo real. En caso de tener algún inconveniente con la emisión de comprobantes electrónicos desde el Portal de SUNAT puede recibir asistencia de un especialista informático mediante el siguiente chat: sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/ Saludos.
Sugerencia :traten de hacer un en vivo sin ruidos .... Creo q estoy escuchando desde una persona gritar hasta un gallo 🤦🏻♀️🤦🏻♀️ y no se entiende Nada 😤😤😤😤
En caso no emití la boleta de un mes y llegó el otro mes ¿Puedo emitir boletas con la fecha del mes anterior?
Estimado Elías Joel Bravo Ayala, en líneas generales no es posible emitir boletas de ventas con fecha anterior, salvo sean emitidas desde SEE SOL donde puede consignar una fecha que no sea anterior a 2 días de la fecha actual.
Saludos.
Puedo facturar cualquier día de la semana? Incluso domingos?
Estimado Shawol OT5, puede emitir sus comprobantes electrónicos cualquier día de la semana, recuerde tener en cuenta el numeral 1 del artículo 4º de la Reglamento de Comprobantes de Pago: www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/1999/007.pdf
Saludos.
Si tengo una empresa me conviene mejor sacar un internet a nombre de ruc o como persona natural
Para el gasto y el IGV sería a nombre de tu empresa.
Estimado Yerardo Ulloa, Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles:
www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
Colsulta, si yo tengo un negocio en inscrito en REGIMEN ESPECIAL. en la cual debo debo emitir boleta y factura. mi pregunta es si yo emito boleta, debo pagar el 18% del impuesto ? o solo pago 18% de las facturas emitidas?
Estimado contribuyente, para emitir una factura indica de manera separa el valor de venta, el IGV y el precio, y para el caso de una boleta no debe de separar los importes y se debe consignar solo el precio el cual ya incluye el impuesto. Para la declaración mensual, se consideran boletas y facturas emitidas.
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
Saludos.
@@SUNATOficial disculpe yo he realizado anteriormente factura el cual yo proveo lo que es pollo fresco y en mis factura siempre hemos incluido el igv ya puesto ahí pero incluía todo en el total
@@yosselinponceleon6793 Estimada, el IGV (Impuesto General a las Ventas) es un impuesto que grava todas las fases del ciclo de producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere. Más detalles en: orientacion.sunat.gob.pe/3053-concepto-tasa-y-operaciones-gravadas-igv-empresas , emprender.sunat.gob.pe/node/154
Por lo cual, el monto total de la factura es el valor de venta más el IGV.
Saludos.
Terrible el vídeo. Mucha bulla.
Si solo emito facturas electrónicas y recibo facturas electrónicas, esos archivos me parece que se almacenan en la sunat, entonces mis libros electrónicos se llenan automáticamente? y mis declaraciones mensuales y mi renta anual se calcula automáticamente?
Estimado Sebastian Raul Osorio Atusparia, le sugerimos revisar la Resolución de Superintendencia N° 123-2021/SUNAT, mediante el cual se crea el Reporte de Ventas que contiene información de los ingresos de los contribuyentes en base a la información de los comprobantes de pago electrónico registrados y que, de confirmarse su contenido por parte del contribuyente, formará parte de los ingresos en su declaración mensual de IGV-Renta y así facilitarle su llenado. Mas información en: www.gob.pe/institucion/sunat/informes-publicaciones/2505302-reporte-de-ventas
Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
La sunat ha considerado los negocios que están por lugares o zonas que el Internet no tiene una conexión constante, o más bien es imposible permanser intercomectados, donde para Ingresar a u a página web solo gira y gira. Cuál es el plan de contingencia
Estimada Dalila Correa Alvarez, las empresas que han sido designados como emisores electrónicos de comprobantes de pago, pueden emitir en formato pre impreso en una situación de contingencia, cuando por causas ajenas al emisor electrónico, no puede emitir sus comprobantes de pago de manera electrónica. (Ejemplo : interrupción del servicio de energía eléctrica por un desastre natural, se encuentre ubicado en una zona geográfica con baja o nula conexión a Internet, entre otros).
Cuando emitan un comprobante de pago impreso por contingencia deberán comunicarlo su Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE), o a la SUNAT en caso emitan sus comprobantes electrónicos directamente del portal de la SUNAT, a fin de que sea registrado en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) que se utiliza para el registro de los comprobantes electrónicos.
Para mayor información sobre el procedimiento de contingencia en el siguiente enlace:
cpe.sunat.gob.pe/informacion_general/procedimiento_contingencia
Saludos.
Pregunta,recibi una esquela donde la sunat me dice que a partir de 01 de enero debo emitir comprobantes electronicos,pero antes de ayer salio un comunicado que se posterga hasta setiembre.Podrían informarme si hago caso omiso a la obligación de la esquela y espero setiembre para emitir electrónicamente mis comprobantes
Estimado contribuyente, de acuerdo a la R.S. 279- 2019 Y modificatorias, si obtuvo ingresos mayores o iguales a 23 UIT y menores a 75 UIT al 31.12.2019 le correspondería ser emisor electrónico a partir del 01.09.2021. La última modificación se dio con la R.S. 221 - 2020.
Saludos.
Buena información pero su audio malisimo y se escucha otras cosas para ser Sunat.
¿Cuál ventaja? ¿La de las empresas que ofrecen facturación electrónica? SI LA WEB DE LA SUNAT FALLA A CADA RATO
Estimado AlonsoPLZ, las ventajas de los comprobantes electrónicos son el ahorro, conservación del medio ambiente, seguridad y validez legal, disponibilidad, integración con otras aplicaciones, obtención de información en tiempo real.
En caso de tener algún inconveniente con la emisión de comprobantes electrónicos desde el Portal de SUNAT puede recibir asistencia de un especialista informático mediante el siguiente chat: sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/
Saludos.
Sugerencia :traten de hacer un en vivo sin ruidos .... Creo q estoy escuchando desde una persona gritar hasta un gallo 🤦🏻♀️🤦🏻♀️ y no se entiende Nada 😤😤😤😤
Jajajaja cierto amigo
Un