Teoría General del Acto Jurídico.

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  • Опубликовано: 9 апр 2022

Комментарии • 18

  • @mariafranciscaruizantilaf1521
    @mariafranciscaruizantilaf1521 День назад

    Muchas gracias, me encanta que repita las cosas una y otra vez, ayuda a memorizar las definiciones y comprenderlas

  • @anamariamunozsoto6405
    @anamariamunozsoto6405 Год назад +9

    Gracias Profesor . Estoy siguiendo sus clases, son muy Utiles y Excelentela explicacion. Que Dios lo Bendiga. Amen.

  • @juanameza3079
    @juanameza3079 2 года назад +11

    Super bueno el resumen, solo una acotacion en el minuto 10:20 al dar el ejemplo de la mayoría de edad se dice que sería el inicio de la capacidad de goce , y realmente es la de ejercicio , solo esa precisión, excelente el video breve pero super explicativo y transversal, gracias.

    • @marcelozunigacruz2774
      @marcelozunigacruz2774  2 года назад +8

      Estimada Juana: efectivamente, el concepto al que me refería era la capacidad de ejercicio. Gracias por su precisión. Saludos

    • @gloriaortega917
      @gloriaortega917 Год назад

      @@marcelozunigacruz2774 seco

  • @carowai8870
    @carowai8870 11 месяцев назад +2

    Súper claro, muchas gracias por su explicación!

  • @eliusalem7722
    @eliusalem7722 10 месяцев назад

    Excelente. Clarísimo todo lo expuesto. Muchas gracias

  • @B10ja
    @B10ja Год назад +1

    Excelente video, muchas gracias!

  • @Textra62
    @Textra62 Год назад

    Excelente resumen y exposición del A.J. felicitaciones@

  • @sebastianvalenzuelafarias3079
    @sebastianvalenzuelafarias3079 Год назад +5

    Muy buen video explicativo, preciso, conciso y además los ejemplos tienden a aclarar dudas.

  • @lfct553
    @lfct553 10 месяцев назад

    👏👏👏👏 EXCELENTE EXPLICACIÓN PROFESOR

  • @user-cb8ek3yc3t
    @user-cb8ek3yc3t 10 месяцев назад

    Excelente explicación, muchas gracias!

  • @zoraidaufre8203
    @zoraidaufre8203 10 месяцев назад

    Wuaoooooooooooooooooo entendido perfecto. Gracias

  • @damiancartermuller1306
    @damiancartermuller1306 7 месяцев назад

    Grande Marcelo!!

  • @julioGarcia-ks3hy
    @julioGarcia-ks3hy Год назад

    Muy bien explicado atendiendo a los hechos para definir el acto jurídico. Con relación a los cuasicontratos otro sector de la doctrina los clasifica dentro de los actos jurídicos lícitos pues se trata de actos del autor o unilaterales con fines lícitos reconocidos por el cc. donde interviene la voluntad y produce efectos jurídicos, en este caso se dice que en los hechos no interviene la voluntad, sino en los actos con relevancia jurídica.

    • @BudaThorfinn-dd6bo
      @BudaThorfinn-dd6bo 9 месяцев назад +2

      sé a la parte de la doctrina a que te refieres, yo voy en sentido de la persona que realizó este video (los cuasicontratos son una especie de hechos jurídicos distintos de los actos jurídicos) en el caso del código civil chileno del artículo 2284 se desprende que es un hecho voluntario licito no convencional, en el mismo sentido el artículo 1437 al hablar de las fuentes de las obligaciones señala al cuasicontrato como una fuente distinta al contrato (que es una especie de convención y esta a su vez una especie de acto jurídico)

  • @luisillanes569
    @luisillanes569 Год назад

    Buen video, solo tengo una duda acerca de la clasificación de la *CONCEPCIÓN* como Hecho Jurídico de la Naturaleza, es decir , no mediaría la voluntad del ser humano o lo haría de manera mínima , insignificante, será tan mínima e insignificante la participación ?? … 🤔

    • @BudaThorfinn-dd6bo
      @BudaThorfinn-dd6bo 9 месяцев назад

      es visto desde una visión objetiva, del mismo modo se podría argumentar que la muerte podría ser programada. pero se refiere a una visión objetiva del hecho de la muerte y la concepción