Irrenunciabilidad de los Derechos Laborales - Dr. Jorge Toyama Miyagusuku

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  • Опубликовано: 21 окт 2024

Комментарии • 7

  • @zoniapoma442
    @zoniapoma442 2 года назад

    Gracias clarisimo!

  • @luisalfonsoduquebuitrago3729
    @luisalfonsoduquebuitrago3729 4 года назад +2

    Felicitaciones, sus vídeos son excelentes, son totalmente claros. Saludos desde Medellín Colombia.

  • @nirce24
    @nirce24 2 года назад +1

    El principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales previsto en el inciso 2) del artículo 26″ de la Constitución Política del Perú, hace referencia a la regla de no abrogación e irrenunciabilidad de los derechos reconocidos al trabajador por la Constitución y la Ley, negando validez jurídica a todo acto del trabajador que implique una renuncia a sus derechos laborales, constituyendo de esta forma una limitación a la autonomía de la voluntad del trabajador.

  • @aderlynjhonnyniquenherrera1611
    @aderlynjhonnyniquenherrera1611 7 лет назад +9

    Hay un error de tipeo: Debe ser tan solo "Opera..."

  • @emiliotorres4472
    @emiliotorres4472 3 года назад

    Doctor una consulta he trabajado desde el año 2013 al 2016 y luego del 2019 al 2020 y solo me quieren liquidar los dos últimos años, como haría para q me liquiden del 2013 al 2016 pues la empresa dice q esa deuda ya prescribió.