CÓMPUTO DE LOS PLAZOS

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  • Опубликовано: 24 мар 2022
  • #SeriesAFFAN #CÁLCULOSYNÚMEROS
    Capítulo 2: CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
    DIFERENCIA ENTRE TÉRMINO Y PLAZO
    CAPÍTULO V
    PLAZOS
    ARTÍCULO 45. Cómputo de tiempo. En el cómputo de los plazos legales, en toda clase de procesos, se observarán las reglas siguientes:
    a) El día es de veinticuatro horas, que empezará a contarse desde la media noche, cero horas.
    b) Para los efectos legales, se entiende por noche el tiempo comprendido entre las dieciocho horas de un día y las seis horas del día siguiente.
    c) Los meses y los años se regularán por el número de días que les corresponde según el calendario gregoriano.
    d) Terminarán los años y los meses, la víspera de la fecha en que han principiado a contarse.
    e) En los plazos que se computen por días no se incluirán los días inhábiles. Son inhábiles (1) los días de feriado que se declaren oficialmente, (2) los domingos y los sábados cuando por adopción de jornada continua de trabajo o jornada semanal de trabajo no menor de cuarenta (40) horas, se tengan como días de descanso y (3) los días en que por cualquier causa el tribunal hubiese permanecido cerrado en el curso de todas las horas laborales.
    f) Todo plazo debe computarse a partir del día siguiente al de la última notificación, salvo el establecido o fijado por horas, que se computará como lo establece el artículo 46 de esta ley.
    En materia impositiva el cómputo se hará en la forma que determinen las leyes de la materia.
    PLAZO POR HORA
    ARTÍCULO 46. Horas. El plazo establecido o fijado por horas, se computará tomando en cuenta las veinticuatro horas del día a partir del momento de la última notificación o del fijado para su inicio.
    Si se tratare de la interposición de un recurso, el plazo se computará a partir del momento en que se inicia la jornada laborable del día hábil inmediato siguiente.
    EJEMPLO PLAZO POR HORAS
    Si notifican una liquidación en una ejecución de trabajo, se pudiera interponer el recurso de RECTIFICACIÓN en 24 horas.
    Si notifican el día 26 de octubre de 2021 a las 14 horas, ¿hasta que momento se puede presentar el recurso?
    1.Considerando que los plazos para interponer recursos, empiezan a correr a partir momento en que se inicia la jornada laborable del día hábil inmediato siguiente.
    2.Considerando que el plazo por horas se computará tomando en cuenta las veinticuatro horas del día.
    3.Se puede interponer el recurso, hasta el día 28 de octubre de 2021, a las 8 horas.
    EJEMPLO PLAZO POR DÍAS
    Si notifican el día 26 de octubre de 2021 una resolución administrativa de una dependencia de un ministerio que tiene superior jerárquico denegando una petición, ¿hasta que momento se puede interponer el recurso de revocatoria?
    1.Considerando que el plazo para interponer recurso de revocatoria es de 5 días hábiles.
    2.Considerando que todo plazo empieza a correr al día siguiente.
    3.Considerando que los plazos por días no se computarán días inhábiles.
    4.Se puede interponer el recurso, hasta el día 3 de noviembre de 2021.
    EJEMPLO PLAZO POR MESES
    Si notifican la resolución de un recurso administrativo de revocatoria que declara sin lugar el recurso, el día 26 de octubre de 2021. ¿hasta que momento se puedo presentar la demanda del proceso contencioso administrativo?
    1.Considerando que el plazo para interponer la demanda del proceso contencioso administrativo es de 3 meses.
    2.Considerando que todo plazo se empieza a contar a partir del día siguiente al de la notificación (27 de octubre de 2021).
    3.Considerando que los plazos por meses se cuentan meses calendario y vencen en la víspera.
    4.Se puede presentar la demanda hasta el día 26 de enero de 2022.
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Комментарии • 16

  • @kennysandoval9469
    @kennysandoval9469 2 года назад +1

    Excelente tema, gracias por el apoyo... hace poco gane la fase privada y estudie por mi cuenta y con sus videos, todo es dedicación y visualizar ese objetivo. Bendiciones.

    • @affanacademia
      @affanacademia  2 года назад +1

      Nos complace saber que aprobó su examen técnico profesional . Es el fruto de todo el esfuerzo, dedicación, disciplina y empeño con el que se preparó para ese momento 😊

  • @vane.22T
    @vane.22T Год назад

    Excelente explicación Licenciado. Recién veo el contenido y ya he comprendido más los temas. Bendiciones

  • @claudiaordonez3382
    @claudiaordonez3382 5 месяцев назад

    Muchas gracias!

  • @manuelzacarias5604
    @manuelzacarias5604 Год назад

    Buen contenido para la práctica

  • @evelyngonzalez6566
    @evelyngonzalez6566 2 года назад +3

    Excelente explicación

    • @affanacademia
      @affanacademia  2 года назад +1

      De nada. Esperamos poder seguir apoyándote con estos videos

  • @dayanaalocon1906
    @dayanaalocon1906 Год назад

    Explica muy bien,Me esta ayudando Mucho

    • @affanacademia
      @affanacademia  Год назад

      Nos da gusto saberlo, éxitos en tu preparación😉

  • @virgiliohernadez3951
    @virgiliohernadez3951 3 месяца назад

    Hola Lic, disculpe, me podria indicar en qué materias se considera que todos los días y horas son hábiles?

  • @miriamconcepcionguerrasica8818
    @miriamconcepcionguerrasica8818 2 года назад +1

    muchas gracias por las sentencias, sirven de complemento práctico

    • @affanacademia
      @affanacademia  2 года назад +1

      Gracias por comentar, estamos siempre a la orden. Bendiciones

  • @manolitomontoya2794
    @manolitomontoya2794 2 года назад +1

    Lic, disculpe en relación a si me vence un plazo en un día inhábil, se corre al día anterior, cual es el fundamento...que es diferente en materia tributaria que se prorroga...

  • @magdachuga8701
    @magdachuga8701 Год назад

    DESVELANDONOS....

  • @hugoperez7284
    @hugoperez7284 6 месяцев назад

    Excelente explicación Licenciado, perdone el abuso como puedo interpretar el articulo 50 de la LEY DEL OJ, que se entiende por impedimento calificado o notorio, por favor

    • @affanacademia
      @affanacademia  6 месяцев назад

      Hola Hugo, gracias por tu comentario ✨
      Te comento que un Impedimento Calificado es toda circunstancia que se da por caso fortuito o fuerza mayor por. Ejemplo la enfermedad de alguna de las partes o la imposibilidad material del Juez.
      El Impedimento Notorio es un hecho notorio de conocimiento general. Por ejemplo los bloqueos o una cuestion natural que sea nacional o que afecte a un determinado lugar como la pandemia.
      Es un gusto saludarte 😊