Excelente tema, gracias por el apoyo... hace poco gane la fase privada y estudie por mi cuenta y con sus videos, todo es dedicación y visualizar ese objetivo. Bendiciones.
Nos complace saber que aprobó su examen técnico profesional . Es el fruto de todo el esfuerzo, dedicación, disciplina y empeño con el que se preparó para ese momento 😊
Excelente explicación Licenciado, perdone el abuso como puedo interpretar el articulo 50 de la LEY DEL OJ, que se entiende por impedimento calificado o notorio, por favor
Hola Hugo, gracias por tu comentario ✨ Te comento que un Impedimento Calificado es toda circunstancia que se da por caso fortuito o fuerza mayor por. Ejemplo la enfermedad de alguna de las partes o la imposibilidad material del Juez. El Impedimento Notorio es un hecho notorio de conocimiento general. Por ejemplo los bloqueos o una cuestion natural que sea nacional o que afecte a un determinado lugar como la pandemia. Es un gusto saludarte 😊
Lic, disculpe en relación a si me vence un plazo en un día inhábil, se corre al día anterior, cual es el fundamento...que es diferente en materia tributaria que se prorroga...
Explica muy bien,Me esta ayudando Mucho
Nos da gusto saberlo, éxitos en tu preparación😉
Muchas gracias!
Excelente tema, gracias por el apoyo... hace poco gane la fase privada y estudie por mi cuenta y con sus videos, todo es dedicación y visualizar ese objetivo. Bendiciones.
Nos complace saber que aprobó su examen técnico profesional . Es el fruto de todo el esfuerzo, dedicación, disciplina y empeño con el que se preparó para ese momento 😊
Excelente explicación
De nada. Esperamos poder seguir apoyándote con estos videos
Excelente explicación Licenciado. Recién veo el contenido y ya he comprendido más los temas. Bendiciones
Shsh
Hola Lic, disculpe, me podria indicar en qué materias se considera que todos los días y horas son hábiles?
Excelente explicación Licenciado, perdone el abuso como puedo interpretar el articulo 50 de la LEY DEL OJ, que se entiende por impedimento calificado o notorio, por favor
Hola Hugo, gracias por tu comentario ✨
Te comento que un Impedimento Calificado es toda circunstancia que se da por caso fortuito o fuerza mayor por. Ejemplo la enfermedad de alguna de las partes o la imposibilidad material del Juez.
El Impedimento Notorio es un hecho notorio de conocimiento general. Por ejemplo los bloqueos o una cuestion natural que sea nacional o que afecte a un determinado lugar como la pandemia.
Es un gusto saludarte 😊
Lic, disculpe en relación a si me vence un plazo en un día inhábil, se corre al día anterior, cual es el fundamento...que es diferente en materia tributaria que se prorroga...
DESVELANDONOS....
Buen contenido para la práctica
muchas gracias por las sentencias, sirven de complemento práctico
Gracias por comentar, estamos siempre a la orden. Bendiciones