MI duda es respecto a la controversia que hay con el decreto de la UMA ya que se menciona la desindexion del salario mínimo en leyes federales respecto a prestaciones en dicho decreto, y ahí pega con respecto a la prima de antigüdad
No, la regla es que se paga si el salario diario es mayor a dos veces el salario mínimo, esta se debe pagar hasta dos veces el salario mínimo, si es menor a esta cantidad se paga al salario que tenga la persona.
Buen día, las incapacidades por enfermedad general afectan el cómputo de los días para los15 años?? Es decir ya cumplí 15 años pero estuve incapacitada por 5 meses cuando cumplía el año 10 laborado. Agradezco su amable comentario.
Buen dia Licenciado excelente informacion mi duda es si presente mi renuncia por cesantia por pension tengo derecho a prima de antigüedad cumpli 7 años en la empresa y 60 de edad Tengo derecho a prima de antigüedad??? Gracias de antemano
Buenas tardes, si trabajaste en empresas del sector privado si tienes derecho al pago de la prima de antigüedad, para el personal que trabajo en el sector publico, ellos no tienen derecho a esta prestación. son doce días por cada año trabajado, como tope hasta dos veces el salario mínimo, si tu salario era superior a las dos veces el salario mínimo.
Ami me están despidiendo según por mí discapacidad ke obtuve dentro de la empresa puedo cobrar el pago por antigüedad por despido injustificado y por discriminación
Si te están despidiendo sin causa justificada, si tienes derecho a solicitar el pago de la prima de antigüedad, si no te la quieren pagar, entonces se puede demandar por despido injustificado y reclamar además del pago de la prima de antigüedad la indemnización constitucional y el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. También se puede demandar por discriminación y se demanda lo mismo que en un despido injustificado.
Acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador, manifestar eso que le hicieron firmar la renuncia, y que a la fecha no le han dado nada. hay que tomar en cuenta que ya pasaron cuatro meses, y la Ley Federal del Trabajo establece solo 60 días o se a dos mese para poder entablar una demanda, si n o se hace dentro de esta termino y se presenta después ya no tiene efectos jurídicos
Me liquidaron y me pagaron la prima de antiguedad de 2 años unicamente aunque tengo 2 años 11 meses. Me dicen que es a año completo no hay pago proporcional.
La prima de antigüedad se paga en forma proporcional son 12 días por año lo que equivale a un día por mes de cada año, en articulo 162 de la Ley Federal del Trabajo esta claramente establecido, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador y exponer esta queja llevando la copia del finiquito. le debieron pagar 35 días con tope de hasta dos veces el salario mínimo si la cantidad que gana es superior a los dos salarios mínimos.
Los viente días por año se pagan siempre y cuando se haya demandado la reinstalación, si hubiera emitido un laudo condenatorio ordenando a la empresa la reinstalación, y la empresa se negara a reinstalar al trabajador, en ese momento es cuando se pueden cobrar los 20 días por año.
Los de correos de mexico tenemos derecho a la prima de antigüedad por que me fui por edad y años de servicio y no me la quieren pagar y cause baja el 1/03/2023 ojala me la quieren pagar
Buenas tardes, si se puede comprobara la antigüedad, claro que si se tiene derecho a ala prima de antigüedad, si eres despedido con o sin causa justificada o bien si renuncias en forma voluntaria, siempre y cuando tengas mas de 15 años de servicio comprobados, aquí lo importante es acreditar la antigüedad, ya que como lo comentas te dieron de alta en el IMSS hasta el 2017, a la fecha serian 7 años. se pudiera acreditar la antigüedad con recibos de pago, alguna carta que hubiera dado el patrón en donde aparezca la fecha de ingreso.
Buenas noches, disculpa mi ignorancia, tengo entendido que no importa el sueldo que recibas, siempre se calcula en base al salario mínimo vigente? Me puedes aclararlo por favor.
Buenas tardes, la prima de antigüedad se paga con el doble salario mínimo si ganas mas de dos veces el salario mínimo, sin ganas menos de esa cantidad, se calcula al salario nominal, articulo 162 de la Ley Federal del Trabajo
Si estabas dado de alta en el IMSS con un contrato individual de trabajo, y si se termina la obra claro que si procede el pago de la prima de antigüedad, como parte del finiquito por dicha terminación, el fundamento es el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo. Cuando no procede el pago de la prima de antigüedad, es cuando renuncias a tu trabajo voluntariamente y tienes menos de 15 años de trabajo.
Buenos días, claro que si ya sea por renuncia voluntaria o por despido justificado o injustificado, en el caso de la renuncia voluntaria se deben tener por lo menos 15 años de servicio, y en los despidos justificado o injustificado, no importa la antigüedad, recordemos que el pago es de 12 días de por año trabajado, a razón de hasta dos veces el salario mínimo si el sueldo diario rebasa esta cantidad.
Buenas Tardes, la prima de antigüedad se paga cuando el trabajador renuncia voluntariamente y tiene mas de 15 años de servicios, o bien cuando se le despide de manera injustificada, en este caso no importa la antigüedad, o bien cuando el trabajador rescinde su relación de trabajo de manera justificada, en este otro caso no importa la antigüedad.
Buenas Tardes, no la prima de antigüedad no se paga a los trabajadores que se encuentran dentro del apartado "B" del artículo 123 de la Constitución como es su caso.
Buenas tardes la prima de antigüedad como tal no, a lo que tienen derecho es al pago de los quinquenios que se establecen en la fracción IV del artículo 43 de la Ley Federal del Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Estado
@@gerardoasuncionfloresgomez39 No se puede cobrar la prima de antigüedad trabajando, está solo procede el pago una vez que se da por terminada la relación de trabajo, en renuncia voluntaria se deben de tener más 15 años de servicio si se tiene menos antigüedad no procede el pago.
Tengo 13 años de trabajo en una empresa transnacional y me han estado haciendo acoso laboral desde hace varios años . Que puedo pelear con factibilidad de ganar ?
Se puede presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajador y exponer el caso, o bien se puede rescindir el contrato individual de trabajo, siempre y cuando se tengan pruebas para realizar esa rescisión, el éxito de ganar esta en las pruebas para acreditar ese acoso laboral.
MI duda es respecto a la controversia que hay con el decreto de la UMA ya que se menciona la desindexion del salario mínimo en leyes federales respecto a prestaciones en dicho decreto, y ahí pega con respecto a la prima de antigüdad
No la UMA no tiene relación con la prima de antigüedad
Se puede pagar la prima con el salario integrado en la junta de conciliación
No, la regla es que se paga si el salario diario es mayor a dos veces el salario mínimo, esta se debe pagar hasta dos veces el salario mínimo, si es menor a esta cantidad se paga al salario que tenga la persona.
Buen día, las incapacidades por enfermedad general afectan el cómputo de los días para los15 años?? Es decir ya cumplí 15 años pero estuve incapacitada por 5 meses cuando cumplía el año 10 laborado. Agradezco su amable comentario.
Buenas tardes, si las incapacidades son del IMSS no hay problema para efectos de la antigüedad.
Buen dia Licenciado excelente informacion mi duda es si presente mi renuncia por cesantia por pension tengo derecho a prima de antigüedad cumpli 7 años en la empresa y 60 de edad
Tengo derecho a prima de antigüedad??? Gracias de antemano
Buenas tardes, si trabajaste en empresas del sector privado si tienes derecho al pago de la prima de antigüedad, para el personal que trabajo en el sector publico, ellos no tienen derecho a esta prestación.
son doce días por cada año trabajado, como tope hasta dos veces el salario mínimo, si tu salario era superior a las dos veces el salario mínimo.
@@franciscotrejogutierrez agradezco su respuesta licenciado aclaro mi duda exitos
Ami me están despidiendo según por mí discapacidad ke obtuve dentro de la empresa puedo cobrar el pago por antigüedad por despido injustificado y por discriminación
Si te están despidiendo sin causa justificada, si tienes derecho a solicitar el pago de la prima de antigüedad, si no te la quieren pagar, entonces se puede demandar por despido injustificado y reclamar además del pago de la prima de antigüedad la indemnización constitucional y el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
También se puede demandar por discriminación y se demanda lo mismo que en un despido injustificado.
HOLA BUENAS NOCHES MI ESPOSA TRABAJO 39 AÑOS YA FIRMÓ SU RENUNCIA VOLUNTARIA HACE 4 MESES Y NO QUIEREN PAGARLE. QUE ME RECOMIENDA HACER
Acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador, manifestar eso que le hicieron firmar la renuncia, y que a la fecha no le han dado nada.
hay que tomar en cuenta que ya pasaron cuatro meses, y la Ley Federal del Trabajo establece solo 60 días o se a dos mese para poder entablar una demanda, si n o se hace dentro de esta termino y se presenta después ya no tiene efectos jurídicos
TIENE DERECHO A QUE SE LE PAGUE LA PRIMA DE ANTIGUEDAD
Me liquidaron y me pagaron la prima de antiguedad de 2 años unicamente aunque tengo 2 años 11 meses. Me dicen que es a año completo no hay pago proporcional.
La prima de antigüedad se paga en forma proporcional son 12 días por año lo que equivale a un día por mes de cada año, en articulo 162 de la Ley Federal del Trabajo esta claramente establecido, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador y exponer esta queja llevando la copia del finiquito.
le debieron pagar 35 días con tope de hasta dos veces el salario mínimo si la cantidad que gana es superior a los dos salarios mínimos.
La duda es cuando se debe pagar los 20 dias por año por mo reinstalar al tranajador
Los viente días por año se pagan siempre y cuando se haya demandado la reinstalación, si hubiera emitido un laudo condenatorio ordenando a la empresa la reinstalación, y la empresa se negara a reinstalar al trabajador, en ese momento es cuando se pueden cobrar los 20 días por año.
Los de correos de mexico tenemos derecho a la prima de antigüedad por que me fui por edad y años de servicio y no me la quieren pagar y cause baja el 1/03/2023 ojala me la quieren pagar
Tengo 19 años trabajando para la misma empresa y hasta el 2017 me dieron de alta en el seguro tengo derecho a la prima de antigüedad?
Buenas tardes, si se puede comprobara la antigüedad, claro que si se tiene derecho a ala prima de antigüedad, si eres despedido con o sin causa justificada o bien si renuncias en forma voluntaria, siempre y cuando tengas mas de 15 años de servicio comprobados, aquí lo importante es acreditar la antigüedad, ya que como lo comentas te dieron de alta en el IMSS hasta el 2017, a la fecha serian 7 años.
se pudiera acreditar la antigüedad con recibos de pago, alguna carta que hubiera dado el patrón en donde aparezca la fecha de ingreso.
Buenas noches, disculpa mi ignorancia, tengo entendido que no importa el sueldo que recibas, siempre se calcula en base al salario mínimo vigente? Me puedes aclararlo por favor.
Buenas tardes, la prima de antigüedad se paga con el doble salario mínimo si ganas mas de dos veces el salario mínimo, sin ganas menos de esa cantidad, se calcula al salario nominal, articulo 162 de la Ley Federal del Trabajo
@@franciscotrejogutierrez muchas gracias
En caso de una terminación de obra de construcción, aplica la prima, hay algún fundamento?
Si estabas dado de alta en el IMSS con un contrato individual de trabajo, y si se termina la obra claro que si procede el pago de la prima de antigüedad, como parte del finiquito por dicha terminación, el fundamento es el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo. Cuando no procede el pago de la prima de antigüedad, es cuando renuncias a tu trabajo voluntariamente y tienes menos de 15 años de trabajo.
Buenas tardes licenciado tengo 21 años trabajando en la misma empresa tengo derecho a la prima de antigüedad? Tengo el cargo de supervisor
Buenos días, claro que si ya sea por renuncia voluntaria o por despido justificado o injustificado, en el caso de la renuncia voluntaria se deben tener por lo menos 15 años de servicio, y en los despidos justificado o injustificado, no importa la antigüedad, recordemos que el pago es de 12 días de por año trabajado, a razón de hasta dos veces el salario mínimo si el sueldo diario rebasa esta cantidad.
Soy maestra (SEP) y tengo 34 años de servicio, estoy en trámites de pensión por invalidez. Podría cobrar la prima de antigüedad
Se puede cobrar hasta que se resuelva la pensión por invalidez
Hola si tengo 4aos trabajando y no me quieten far prima de antiwedad
Buenas Tardes, la prima de antigüedad se paga cuando el trabajador renuncia voluntariamente y tiene mas de 15 años de servicios, o bien cuando se le despide de manera injustificada, en este caso no importa la antigüedad, o bien cuando el trabajador rescinde su relación de trabajo de manera justificada, en este otro caso no importa la antigüedad.
BUENAS NOCHES. soy pensionado . COBRO POR PENSIONISSSTE . TRABAJE 36 AÑOS EN EL GCDMX (TRES DEPENDENCIAS ) TENGO DERECHO A LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD ?
Buenas Tardes, no la prima de antigüedad no se paga a los trabajadores que se encuentran dentro del apartado "B" del artículo 123 de la Constitución como es su caso.
Gracias.
Buenas tardes abogado. Un maestro que se separa voluntariamente de su trabajo. Tiene derecho a la prima. Cierto o falso?
Buenas tardes la prima de antigüedad como tal no, a lo que tienen derecho es al pago de los quinquenios que se establecen en la fracción IV del artículo 43 de la Ley Federal del Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Estado
Soy maestra de escuela particular me despidieron y no quieren pagar la prima de antiguedad yo eh laborado desde 24/04/2017 a la fecha. Puedo pelearla?
Claro que si la prima de antigüedad se paga por un despido injustificado o justificado, es un derecho irrenunciable.
Hola Lic me podrá enviar su número para informarle.
Si es por riesgo de trabajo?
Si también en una terminación de la relación de trabajo por riesgo de trabajo
PUEDO COBRAR MI PRIMA DE ANTIGUEDAD,AUN ESTANDO TRABAJANDO ACTIVAMENTE
?
No la prima de antigüedad se cobra cuando se termina la relación de trabajo bajo ciertos criterios.
DISCULPE CONTADOR QUE PASARIA SI SE COBRA LA PRIMA DE ANTIGUEDAD AUN ESTANDO LABORANDO @@franciscotrejogutierrez
@@gerardoasuncionfloresgomez39 No se puede cobrar la prima de antigüedad trabajando, está solo procede el pago una vez que se da por terminada la relación de trabajo, en renuncia voluntaria se deben de tener más 15 años de servicio si se tiene menos antigüedad no procede el pago.
Si po
Hola podra enviar su número para platicar mi situación. Gracias.
Buenas tardes, por este medio formule su consulta y con mucho gusto se la respondo.
Cuánto cobra usted por sus servicios
Dependiendo el tema que se trate
Tengo 13 años de trabajo en una empresa transnacional y me han estado haciendo acoso laboral desde hace varios años . Que puedo pelear con factibilidad de ganar ?
Se puede presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajador y exponer el caso, o bien se puede rescindir el contrato individual de trabajo, siempre y cuando se tengan pruebas para realizar esa rescisión, el éxito de ganar esta en las pruebas para acreditar ese acoso laboral.