Gracias y felicitaciones por el logro alcanzado.Valdría la pena intentar quitarle la acción retroactiva que tiene la ley/89’del año /90’esa ley castro con su vigencia retroactiva los 9 años que teníamos la esperanza de recibir la pensión gracia los educadores que fuimos nombrados entre el año/81!y el año/89.
Gracias por esas buenas noticias Dios lo Bendiga Doctor ustedes son los mejores Y felicitaciones por la oficina que tienen en la ciudad de Cali valle Es muy buena la atención
Cordial saludo Si las cesantías parciales o definitivas, no se pagan dentro de los 70 días hábiles siguientes a la radicación de la petición, se tiene derecho al pago de un día de salario por cada día de retraso. Para mayor información, póngase en contacto con nuestras líneas de atención 3146552186 - 3117719906 www.asleyes.com
Buenas tardes. Gracias por la información e ilustración jurídica del Doctor JOSÉ EDUARDO ORTIZ VELA , en representación de su grupo jurídico AS LEYES, excelentes profesionales y defensores de nuestros derechos como maestros.
Cordial saludo Para mayor información, comuníquese a nuestras líneas de atención: 314 655 2186 - 311 771 9906 y nuestro equipo jurídico le asesorará. www.asleyes.com
Gracias Abogado por esta valiosa ilustración sobre el tema. Dios te bendiga siempre y siga abogando por nuestros derechos. Somos maestros de Colombia, una profesión noble y digna para quienes la ejerció es por vocación y no por ocasión
Buenos días, soy docente pensionado por invalidez , trabaje en 1985 y 87 haciendo licencias, luego hora cátedra, en el 90 me nombraron tiempo completo. Tengo derecho a pensión gracia ????? Mil gracias
Cordial saludo Agradecemos su confianza en nuestro trabajo. Con el objetivo de brindarle la asesoría correspondiente, le invitamos a comunicarse a nuestras líneas de atención 3146552186 - 3117719906. ¡COBERTURA NACIONAL! - www.asleyes.com
Hola Con el fin de brindarte la asesoría correcta, agradecemos te comuniques a líneas de atención 314 655 2186 - 311 771 9906 para que nuestro equipo jurídico te atienda.
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Buena noche, esto significa que los nombrados a partir de 1981 en adelante así hallan sido nombrados por un ente territorial no tiene derecho a la pensión gracia?
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.Muchas gracias por sus excelentes orientaciones.
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Gracias y felicitaciones por el logro alcanzado.Valdría la pena intentar quitarle la acción retroactiva que tiene la ley/89’del año /90’esa ley castro con su vigencia retroactiva los 9 años que teníamos la esperanza de recibir la pensión gracia los educadores que fuimos nombrados entre el año/81!y el año/89.
Gracias por esas buenas noticias
Dios lo Bendiga Doctor ustedes son los mejores
Y felicitaciones por la oficina que tienen en la ciudad de Cali valle
Es muy buena la atención
Buenas una pregunta la retroactiva quienes tienen derecho y va ono hasta los nombrados hasta el 1997 o que características deben de tener???????
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Buenas tardes.
Gracias por la información e ilustración jurídica del Doctor JOSÉ EDUARDO ORTIZ VELA , en representación de su grupo jurídico AS LEYES, excelentes profesionales y defensores de nuestros derechos como maestros.
Buenas tardes. Dios les bendiga.
Donde reclama uno,hay que poner abogado.?
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Gracias Abogado por esta valiosa ilustración sobre el tema. Dios te bendiga siempre y siga abogando por nuestros derechos. Somos maestros de Colombia, una profesión noble y digna para quienes la ejerció es por vocación y no por ocasión
Buenos días, soy docente pensionado por invalidez , trabaje en 1985 y 87 haciendo licencias, luego hora cátedra, en el 90 me nombraron tiempo completo. Tengo derecho a pensión gracia ????? Mil gracias
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Entonces los docentes que fueron nombrados por el MINISTERIO DE EDUCACION ANTES DE 1989...
Hola
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y a los docentes nacionales?no tenemos derecho?solo territoriales?
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Por favor una pregunta: Ante qué entidad debo solicitar mi pensión gracia?
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Si se pretende un descongestionar de salas del Consejo de Estado y Tribunales....que pasará con los casos en proceso...
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Dr yo fui nombrada por ente territorial alcalde 8 febrero de 1988..no tengo derecho entonces?
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Buena noche, esto significa que los nombrados a partir de 1981 en adelante así hallan sido nombrados por un ente territorial no tiene derecho a la pensión gracia?
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Buenos días. Porfa los nombrados en el 1984 no tendrían derechos a la pensión gracia?
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Quedan por fuera los nacionales!
Docente territorial?municipio..depto..nación?