Muchas gracias a ti por verlos. Encantado de poder echar una mano dentro de mis posibilidades. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola buenas, muchas gracias por el vídeo. En mi caso, divido en 2 los gastos de guardería pagados directamente por nosotros(quitando cheques guardería y comunidad de Madrid) y a mí sí me sale a devolver el 15% de la cantidad pero en el caso de mi mujer sale el 15% a devolver en la casilla 1044 y lo suma al resto de deducciones autonómicas, pero no produce ningún efecto sobre el resultado general de la declaración que salía anterior a meterlo… por qué puede ser? Porque ella ya tiene metidos los gastos de la guardería y ha alcanzado el tope? El tema está en que la cantidad del 15% si le sale, pero no produce efecto en el total después… espero haberme explicado. Gracias y disculpa el rollo.
Hola Julián, si que puede ser porque tu mujer haya llegado al tope de deducciones. En mi escuela tengo algún caso como el vuestro. La pena es que , en este caso, no puedes deducirte tu el 100%. De todas formas, te recomiendo llamar a la AEAT y hacerles la pregunta a ellos directamente. Un cosa importante, en esta deducción que solo es por escolaridad, los pagos por cheques de empresa no hay que descontarlos. No lo pone en ningún sitio, salvo que hayan cambiado la norma y yo lo desconozca. Lo digo porque me hablas de que has descontado los cheques guardería y los de la Comunidad de Madrid como dos cosas diferentes. Lo que si hay que tener claro es que solo es por escolaridad, no incluye la alimentación ni otros conceptos, y que lo que queda excluido es el dinero financiado con fondos públicos (becas CAM). Los cheques de empresa, los pagas tu con tu nómina. Donde este concepto está excluido es en el modelo 233. No obstante, te recomiendo llamar a la AEAT y asegurarte de todo. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
@@Pequeguay David, duda resuelta. He hablado con IRPF de la AEAT esta mañana y por partes: lo que pagas como cheque guardería por la empresa se puede meter como bien decías en la casilla 1044 pero no en la 233, por lo tanto, de las dos personas de la pareja que lo tenga así o las dos si cada una lo hace para un hijo, o lo tienen dividido, etc., tiene que meter tanto la mitad si pagan algo a medias de una cuenta bancaria más la parte de cheque guardería. Por otro lado, lo máximo que te puedes desgravar por la parte autonómica es la cantidad que salga en la casilla 546, por lo que en el caso de mi mujer ya con las deducciones que tenía metidas previamente cubría ese límite de la casilla 546, por eso no variaba el resultado a la hora de meter el importe en la casilla 1044. Muchísimas gracias y espero ayudar a quien pueda. Abrazos!
@@JulianGarcia-lc9zs Hola Julián. Es así. Cuando la madre ya ha llegado al tope de deducción no puede deducirse más. Como te decía es una pena que en ese caso no dejen poner el 100% al otro progenitor. Y gracias tu apunte y ampliar la información. Seguro que sirve de ayuda. Un saludo!
Hola! Muchas gracias! No se si me puedes aclarar una duda. Cuando vas a solicitar la deduccion autonomica en la casilla 1044 te pide rellenar los gastos abonados excluyendo subvenciones, que tendra que poner el 50% la madre y el 50% el padre, pero al gasto total hay wue restarle los cheques guarderia de empresa o solo la beca de la CAM? Quiero decir, los cheques guarderia de empresa de mi marido se considera como subvencion? Me entra la duda porque la parte estatal de deducción de maternidad por gastos de escolaridad me viene rellena sola en el borrador con lo que ha mandado la guarderia y tambien pone gastos exentos de subvenciones y solo han descontado la beca de la CAM. Entonces entiendo que no se considera subvencion el cheque de la enpresa , porque no voy a poner en la estatal una cosa y en la autonomica otra no !? Espeeo que me puedas ayudar porque llevamos un quebradero de cabeza para hacer la declaración que no hay quien se aclare...
Hola Irene. Los cheques de empresa no son una subvención, son una retribución en especie. Lo que dice la norma de esta deducción es que solo se podrán descontar los gastos de escolaridad que no estén subvencionados con fondos públicos (es decir, la beca). El resultado de la casilla 613 y de la 1044 no suele ser el mismo importe porque hay conceptos diferentes. No obstante, ante la duda, te recomiendo llamar a la AEAT y que te la resuelvan si te queda alguna más. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Muchas gracias David por la información que nos facilitas. Si el pago de la guardería lo realizo mediante edenred ¿podemos añadirlo a la declaración igualmente? ¿En caso de ser así hay que tener alguna consideración? Gracias
Hola Agustín. La normativa y la propia web de la AEAT dice: "En el caso de hijos o descendientes que estén escolarizados en el primer ciclo de Educación Infantil a que se refiere el artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la base de deducción estará constituida exclusivamente por las cantidades satisfechas por el concepto de escolaridad que no se abonen mediante precios públicos ni mediante precios privados autorizados por la Administración". En este caso, yo creo que no habla nada de los importes satisfechos por cheque de retribución flexible, por lo que entiendo que si se podrían añadir a la declaración (cosa que no ocurre en el modelo 233). Lo puedes ver también en mi web pequeguay.com/deduccion-gastos-educativos/ , y abajo de la misma, hay un enlace directo a la web de la AEAT donde se pueden ver las bases. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola, me surge una duda con respecto a la casilla 1044 (deducción por gastos educativos de la CAM). Me queda claro que hay que restar el importe del cheque guardería de la CAM, pero hay que restar el importe resultante de la deducción incluida por la escuela infantil en el modelo 233 ( 83e mensuales si se han acudido 11 meses) ? Gracias !
Hola Laura. Pues en principio no, ya que se está presentando en el mismo ejercicio y son dos deducciones diferentes. La norma habla de que no se puede incluir el dinero pagado con fondos públicos (como puede ser la beca). El modelo 233 es una deducción, por lo que entiendo que está fuera de esa denominación, pero es una pregunta muy interesante que voy a compartir con mis compis que se dedican a hacer rentas y la pongo encima de la mesa. Gracias por tu comentario. Un saludo.
Hola Antonio. No se muy bien a que deducción te refieres, si es a alguna que atañe a las Escuelas Infantiles (que son las que yo controlo) o es algo que no tiene que ver con estar escolarizado y es solo por ser familia numerosa. Si me lo aclaras, intento ayudarte. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Buenas, gracias por el video. No me termina de quedar claro que importe hay que meter. En la guardería cobran una cuota de horario general (que incluye la comida), luego unos extras por horario ampliado y luego otros extras si quieres desayuno o merienda. También cobran 30 euros en concepto de clase de inglés (es obligatorio). Y lo pago normalmente con cheque guardería. Entonces, que tendría que sumar, solo el horario general? el coste de la comida que viene en el horario general no viene especificado, ¿tendría que consultarlo para restarlo? Y entiendo que en este caso aquí no entran mi matrícula ni gastos por material ni informes de notas etc, ¿es correcto?
En esta deducción solo se puede meter la escolaridad, si hablamos del primer ciclo (0-3 años). Ni la laimentación, ni los idiomas, ni el material escolar ni los uniformes. Si tienes dudas de cuanto es el concepto de escolaridad, habla con tu escuela. Un saludo.
Hola David, muchas gracias por las aclaraciones!! Sonnde gran ayuda. Si tengo una duda respecto a la beca cam, ya que como normalmente va el pago con retraso, este año no llegó hasta diciembre y mi escuela me ha ido regularizando en los recibos del propio diciembre y ya de 2024 hasta saldar. Siendo asi, entiendo que en la deducción autonomica para 2023 puedo incluir todo el coste de la escolarización (cuota mensual menos comedor). Gracias de nuevo!
Hola Nacho. Habla con tu escuela, pero si lo hacen bien, en principio no puedes deducirte el total de la escolaridad y tendrás que descontar la beca. La cuestión es que, independientemente de cuando llega la beca y se puede descontar, en el modelo 233, estamos obligados a poner la cantidad subvencionada por la beca aunque no haya llegado. Se que es algo surrealista, pero es lo que hay. Hace dos años, las becas llegaron en enero, y aún así, en el 233 tuvimos que dejar reflejado el importe de la beca aunque no se hubiera abonado. La cuestión es que la beca se concede por 11 meses (septiembre a julio), y por tanto puedes tener problemas si te intentas deducir todo el importe (aunque realmente lo hayas pagado). Al final, como se descuenta con carácter retroactivo, yo no intentaría desgravarme todo. Y de cara al curso que viene, estaría pendiente de solo descontarme desde enero. No obstante, si te quedan dudas, te aconsejo que llames a la AEAT, y que sean ellos los que te den la certeza de lo que te puedes desgravar. Espero haberte ayudad, y si te gustan los vídeo, puedes dejarme un like y suscribirte al canal. Ayuda para seguir haciendo cositas. Saludos!
@@Pequeguay muchas gracias! Intentaré hablar con hacienda pero mi escuela en el 233 (reflejado en los datos fiscales de mi mujer) solo ha marcado como importe subvencionado en 2023, 220€ que regularizaron en diciembre...
@@nachosm1392 220€?. No tiene ningún sentido (por lo menos para mí), ya que la beca mensual es de 133€ y son 4 meses... Es raro. Habla primero con tu escuela a ver que han hecho con la beca, pregúntales el motivo de poner 220€ subvencionados, y tenlo en cuenta para las cuentas del año que viene ya que si no te han puesto más importe subvencionado, en el 2024, tendrán que añadir las cantidades no presentadas en este ejercicio fiscal.
Gracias por tu ayuda David, mi duda es poco común, mi domicilio fiscal está en Madrid porque vivo allí la mayor parte del año por motivos laborales, pero mi familia (esposa e hijas 1 y 3 años) en Barcelona, que es donde tenemos ubicada la unidad familiar. Yo hago la declaración en la Comunidad de Madrid, tendría derecho a esta deducción? Entiendo que mi 50% como padre al pagar mis impuestos en Madrid algo se podría hacer. Gracias
Buenos días Jose. En principio esta deducción es, efectivamente para familias o personas empadronadas o que hagan la declaración en la Comunidad de Madrid. Dicho esto, yo entiendo que en tu caso podrías desgravarte el 50%... pero me surge la duda al tener a parte de la unidad familiar en Barcelona, ya que la normativa insiste mucho en lo de "unidad familiar" En este caso mi recomendación sería que llamaras a la AEAT y que ellos te saquen de dudas al 100%. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Una consulta mi hijo está en una guardería que le consultamos sobre ello y sólo nos dijo que ellos solo nos podrían dar un certificado.la deducción es para todas las guardias independientemente si están registradas o no en la comunidad?
Hola!. Está deducción es solo para escuelas infantiles privadas autorizadas por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Si son otro tipo de centros alternativos y "guarderías", no puedes desgravarte este 15%. Saludos
Muchas gracias por el vídeo de gran utilidad! Sabrías decirme si los gastos de escolaridad que se detallan incluye la matrícula del curso? Sabes si se tiene derecho a la deducción aunque hayas pasado por ticket guardería de empresa las cuantías? Saludos!!!
Hola Javi. Esta deducción es solo por escolaridad y restando el dinero pagado con fondos públicos (beca). Lo tienes claro en el vídeo, y en los enlaces de la descripción puedes acceder a la normativa de la AEAT por si te queda alguna duda. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Gracias por la respuesta, pero me puedes aclarar por favor si se puede incluir en esta deducción autonómica la cantidad total de escolaridad aunque la hayas pasado por ticket guardería de empresa(retribución flexible)? O pasaría como en la deducción estatal y solo podría pasar los 83,33€?
Hola David. Yo tengo una duda, sobre la deducción por gasto de enseñanza de idiomas, son las siguientes, 1. Se puede desgravar si tu hijo está cursando FP de grado medio? Me parece haber leído que solo es hasta educación básica. 2. Si tengo de gastos 900€ tengo que poner 450€ para mi mujer y 450 para mi? O no se puede poner todo? Gracias
Hola Ismael. Yo estoy muy centrado en las ayudas al primer ciclo de educación infantil, pero te dejo el enlace de la AEAT donde puedes ver exactamente lo que buscas. sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c17-deducciones-autonomicas-cuota/comunidad-madrid/gastos-educativos.html Espero que te sirva de ayuda. Si quieres puedes suscribirte al canal y dejar un like. Saludos.
Hola Carmen. Según la normativa no habría que restar el cheque de retribución flexible (edenred por ejemplo), ya que habla solo de, poner el concepto de escolaridad, y restar lo pagado con fondos públicos (beca). Te dejo un enlace a mi web donde está todo explicado y además puedes acceder directamente al apartado justo de la AEAT donde está la normativa. pequeguay.com/deduccion-gastos-educativos/ Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola David muchísimas gracias por tu video. Esto es compatible con la casilla 613 de incrementos de gastos de guardería? En el cole de mi niña me dicen que ya t lo desgravas ahí y que no se puede meter la escolaridad en la casilla 1044. Que te pueden sancionar
Hola Ana. Por supuesto que es compatible con el modelo 233 (casilla 613). Esta es una deducción autonómica por gastos de escolaridad, la otra es una deducción de Hacienda, por lo tanto estatal. Son compatibles, aunque los importes no serán los mismos ya que en esta deducción no entra el comedor, ni la matrícula. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
hola gracias por el video, no encuentro la casilla 1044, ¿sabes en cual apartado está ? Edito: ya la encontré, está en deducciones autonomicas. Gracias!!
Hola!. Exacto, está en las deducciones autonómicas. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola David, una pregunta, ¿la matricula se puede incluir? (en le que se incluye Servicio seguro escolar etc.) ¿Y si en el importe está incluido el importe de la comida, como separamos ese importe?
Hola Marta. En esta deducción solo se puede incluir la escolaridad en el primer ciclo de educación infantil. El importe de la comida lo puedes preguntar en tu escuela. Entiendo que tendrán unos precios publicados o por lo menos te los habrán enviado, donde desgloses todos los conceptos. De todas formas, si quieres ver mejor lo que te comento, te paso este link a mi web, donde explico estas cosas y que están sacadas directamente de la web de la AEAT. pequeguay.com/deduccion-gastos-educativos/ Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
@@Pequeguay Si el problema es que pone cuota fija X importe y por esto tengo la duda, no desglosa nada. Y entiendo entonces que la matrícula si que se puede incluir no?
@@martaalonso6841 Hola Marta. NO, en esta deducción autonómica no se puede incluir el importe de la matrícula. Solo lo pagado por el concepto de "escolaridad" durante el año 2023. Y también hay que descontar la beca de la Comunidad de Madrid y el comedor. Creo que te estas confundiendo con el modelo 233 (casilla 613), donde ahí ya aparece la cantidad marcada por la escuela y que no va a coincidir con el importe de esta deducción.
@@martaalonso6841 Y si tu escuela no desglosa el comedor, les puedes preguntar a ellos, porque si luego te piden un certificado desde hacienda, y ellos te lo hacen desglosado por conceptos, te supondrá un problema. Saludos.
Hola Carlos. Como te comento en el vídeo, esta es una deducción exclusiva para Escuelas privadas ya que en las escuelas públicas el concepto de "escolaridad" es gratuito y solo pagáis alimentación, que no es deducible en esta etapa. Estas son las pequeñas cosas que no se conocen y que, junto con la beca y el modelo 233, hacen que las privadas tengamos un coste real muy similar a las públicas. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola David, a mi me surge una duda , imagina pagas 1000 y cheques cam percibes 500 en la 613 aparece solo 500 y luego en la 1044 vuelvo a meter esos 500? O eso es duplicar? Y puedo meterlo yo todo o mi marido debe meter el 50%? Ayudame sí puedes Gracias
Hola Laura. No duplicas porque son deducciones de dos administraciones diferentes (una es estatal y la otra de la Comunidad de Madrid). En este modelo solo puedes meter la escolaridad, no el resto de conceptos que si salen en la casilla 613 (Comedor, matrícula y horario ampliado), y la otra diferencia es que en este modelo si puedes meter los cheques de empresa, porque la normativa dice que lo único que no se puede desgravar de esa escolaridad, es el importe financiado con fondos públicos (beca, por ejemplo, por lo que el importe no tendrá nada que ver con la casilla 613. Espero haberte ayudad. Puedes dejarme un like, y suscribirte al canal si te parece interesante la información. Gracias!
Gracias como siempre David por compartir cosas siempre interesantes y de forma tan generosa ❤.
Gracias a ti Elena, por verme y aguantarme 😂
Muchas gracias por tu ayuda David, un placer ver tus videos. Son muy recomendables para aclarar dudas y ver todo lo que nos podemos deducir.
Muchas gracias a ti por verlos. Encantado de poder echar una mano dentro de mis posibilidades. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola buenas, muchas gracias por el vídeo. En mi caso, divido en 2 los gastos de guardería pagados directamente por nosotros(quitando cheques guardería y comunidad de Madrid) y a mí sí me sale a devolver el 15% de la cantidad pero en el caso de mi mujer sale el 15% a devolver en la casilla 1044 y lo suma al resto de deducciones autonómicas, pero no produce ningún efecto sobre el resultado general de la declaración que salía anterior a meterlo… por qué puede ser? Porque ella ya tiene metidos los gastos de la guardería y ha alcanzado el tope? El tema está en que la cantidad del 15% si le sale, pero no produce efecto en el total después… espero haberme explicado. Gracias y disculpa el rollo.
Hola Julián, si que puede ser porque tu mujer haya llegado al tope de deducciones. En mi escuela tengo algún caso como el vuestro. La pena es que , en este caso, no puedes deducirte tu el 100%. De todas formas, te recomiendo llamar a la AEAT y hacerles la pregunta a ellos directamente. Un cosa importante, en esta deducción que solo es por escolaridad, los pagos por cheques de empresa no hay que descontarlos. No lo pone en ningún sitio, salvo que hayan cambiado la norma y yo lo desconozca. Lo digo porque me hablas de que has descontado los cheques guardería y los de la Comunidad de Madrid como dos cosas diferentes. Lo que si hay que tener claro es que solo es por escolaridad, no incluye la alimentación ni otros conceptos, y que lo que queda excluido es el dinero financiado con fondos públicos (becas CAM). Los cheques de empresa, los pagas tu con tu nómina. Donde este concepto está excluido es en el modelo 233. No obstante, te recomiendo llamar a la AEAT y asegurarte de todo.
Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
@@Pequeguay David, duda resuelta. He hablado con IRPF de la AEAT esta mañana y por partes: lo que pagas como cheque guardería por la empresa se puede meter como bien decías en la casilla 1044 pero no en la 233, por lo tanto, de las dos personas de la pareja que lo tenga así o las dos si cada una lo hace para un hijo, o lo tienen dividido, etc., tiene que meter tanto la mitad si pagan algo a medias de una cuenta bancaria más la parte de cheque guardería. Por otro lado, lo máximo que te puedes desgravar por la parte autonómica es la cantidad que salga en la casilla 546, por lo que en el caso de mi mujer ya con las deducciones que tenía metidas previamente cubría ese límite de la casilla 546, por eso no variaba el resultado a la hora de meter el importe en la casilla 1044. Muchísimas gracias y espero ayudar a quien pueda. Abrazos!
@@JulianGarcia-lc9zs Hola Julián. Es así. Cuando la madre ya ha llegado al tope de deducción no puede deducirse más. Como te decía es una pena que en ese caso no dejen poner el 100% al otro progenitor. Y gracias tu apunte y ampliar la información. Seguro que sirve de ayuda. Un saludo!
Hola! Muchas gracias! No se si me puedes aclarar una duda. Cuando vas a solicitar la deduccion autonomica en la casilla 1044 te pide rellenar los gastos abonados excluyendo subvenciones, que tendra que poner el 50% la madre y el 50% el padre, pero al gasto total hay wue restarle los cheques guarderia de empresa o solo la beca de la CAM? Quiero decir, los cheques guarderia de empresa de mi marido se considera como subvencion?
Me entra la duda porque la parte estatal de deducción de maternidad por gastos de escolaridad me viene rellena sola en el borrador con lo que ha mandado la guarderia y tambien pone gastos exentos de subvenciones y solo han descontado la beca de la CAM. Entonces entiendo que no se considera subvencion el cheque de la enpresa , porque no voy a poner en la estatal una cosa y en la autonomica otra no !? Espeeo que me puedas ayudar porque llevamos un quebradero de cabeza para hacer la declaración que no hay quien se aclare...
Hola Irene. Los cheques de empresa no son una subvención, son una retribución en especie. Lo que dice la norma de esta deducción es que solo se podrán descontar los gastos de escolaridad que no estén subvencionados con fondos públicos (es decir, la beca). El resultado de la casilla 613 y de la 1044 no suele ser el mismo importe porque hay conceptos diferentes. No obstante, ante la duda, te recomiendo llamar a la AEAT y que te la resuelvan si te queda alguna más. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Muchas gracias por tu rápida respuesta y tu vídeo aclaratorio , te dejo el me gusta !
Muchas gracias David por la información que nos facilitas. Si el pago de la guardería lo realizo mediante edenred ¿podemos añadirlo a la declaración igualmente? ¿En caso de ser así hay que tener alguna consideración? Gracias
Hola Agustín. La normativa y la propia web de la AEAT dice: "En el caso de hijos o descendientes que estén escolarizados en el primer ciclo de Educación Infantil a que se refiere el artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la base de deducción estará constituida exclusivamente por las cantidades satisfechas por el concepto de escolaridad que no se abonen mediante precios públicos ni mediante precios privados autorizados por la Administración". En este caso, yo creo que no habla nada de los importes satisfechos por cheque de retribución flexible, por lo que entiendo que si se podrían añadir a la declaración (cosa que no ocurre en el modelo 233). Lo puedes ver también en mi web pequeguay.com/deduccion-gastos-educativos/ , y abajo de la misma, hay un enlace directo a la web de la AEAT donde se pueden ver las bases. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola, me surge una duda con respecto a la casilla 1044 (deducción por gastos educativos de la CAM).
Me queda claro que hay que restar el importe del cheque guardería de la CAM, pero hay que restar el importe resultante de la deducción incluida por la escuela infantil en el modelo 233 ( 83e mensuales si se han acudido 11 meses) ? Gracias !
Hola Laura. Pues en principio no, ya que se está presentando en el mismo ejercicio y son dos deducciones diferentes. La norma habla de que no se puede incluir el dinero pagado con fondos públicos (como puede ser la beca). El modelo 233 es una deducción, por lo que entiendo que está fuera de esa denominación, pero es una pregunta muy interesante que voy a compartir con mis compis que se dedican a hacer rentas y la pongo encima de la mesa. Gracias por tu comentario. Un saludo.
Muchas gracias por la rápida respuesta. Cuando lo consultes puedes publicar la respuesta aquí? Gracias!
Interesante,puedes explicar el de familias númerosas?
Hola Antonio. No se muy bien a que deducción te refieres, si es a alguna que atañe a las Escuelas Infantiles (que son las que yo controlo) o es algo que no tiene que ver con estar escolarizado y es solo por ser familia numerosa. Si me lo aclaras, intento ayudarte. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Buenas, gracias por el video. No me termina de quedar claro que importe hay que meter. En la guardería cobran una cuota de horario general (que incluye la comida), luego unos extras por horario ampliado y luego otros extras si quieres desayuno o merienda. También cobran 30 euros en concepto de clase de inglés (es obligatorio). Y lo pago normalmente con cheque guardería. Entonces, que tendría que sumar, solo el horario general? el coste de la comida que viene en el horario general no viene especificado, ¿tendría que consultarlo para restarlo? Y entiendo que en este caso aquí no entran mi matrícula ni gastos por material ni informes de notas etc, ¿es correcto?
En esta deducción solo se puede meter la escolaridad, si hablamos del primer ciclo (0-3 años). Ni la laimentación, ni los idiomas, ni el material escolar ni los uniformes. Si tienes dudas de cuanto es el concepto de escolaridad, habla con tu escuela. Un saludo.
Hola David, muchas gracias por las aclaraciones!! Sonnde gran ayuda. Si tengo una duda respecto a la beca cam, ya que como normalmente va el pago con retraso, este año no llegó hasta diciembre y mi escuela me ha ido regularizando en los recibos del propio diciembre y ya de 2024 hasta saldar. Siendo asi, entiendo que en la deducción autonomica para 2023 puedo incluir todo el coste de la escolarización (cuota mensual menos comedor). Gracias de nuevo!
Hola Nacho. Habla con tu escuela, pero si lo hacen bien, en principio no puedes deducirte el total de la escolaridad y tendrás que descontar la beca. La cuestión es que, independientemente de cuando llega la beca y se puede descontar, en el modelo 233, estamos obligados a poner la cantidad subvencionada por la beca aunque no haya llegado. Se que es algo surrealista, pero es lo que hay. Hace dos años, las becas llegaron en enero, y aún así, en el 233 tuvimos que dejar reflejado el importe de la beca aunque no se hubiera abonado. La cuestión es que la beca se concede por 11 meses (septiembre a julio), y por tanto puedes tener problemas si te intentas deducir todo el importe (aunque realmente lo hayas pagado). Al final, como se descuenta con carácter retroactivo, yo no intentaría desgravarme todo. Y de cara al curso que viene, estaría pendiente de solo descontarme desde enero. No obstante, si te quedan dudas, te aconsejo que llames a la AEAT, y que sean ellos los que te den la certeza de lo que te puedes desgravar. Espero haberte ayudad, y si te gustan los vídeo, puedes dejarme un like y suscribirte al canal. Ayuda para seguir haciendo cositas. Saludos!
@@Pequeguay muchas gracias! Intentaré hablar con hacienda pero mi escuela en el 233 (reflejado en los datos fiscales de mi mujer) solo ha marcado como importe subvencionado en 2023, 220€ que regularizaron en diciembre...
@@nachosm1392 220€?. No tiene ningún sentido (por lo menos para mí), ya que la beca mensual es de 133€ y son 4 meses... Es raro. Habla primero con tu escuela a ver que han hecho con la beca, pregúntales el motivo de poner 220€ subvencionados, y tenlo en cuenta para las cuentas del año que viene ya que si no te han puesto más importe subvencionado, en el 2024, tendrán que añadir las cantidades no presentadas en este ejercicio fiscal.
Gracias por tu ayuda David, mi duda es poco común, mi domicilio fiscal está en Madrid porque vivo allí la mayor parte del año por motivos laborales, pero mi familia (esposa e hijas 1 y 3 años) en Barcelona, que es donde tenemos ubicada la unidad familiar. Yo hago la declaración en la Comunidad de Madrid, tendría derecho a esta deducción? Entiendo que mi 50% como padre al pagar mis impuestos en Madrid algo se podría hacer. Gracias
Buenos días Jose. En principio esta deducción es, efectivamente para familias o personas empadronadas o que hagan la declaración en la Comunidad de Madrid. Dicho esto, yo entiendo que en tu caso podrías desgravarte el 50%... pero me surge la duda al tener a parte de la unidad familiar en Barcelona, ya que la normativa insiste mucho en lo de "unidad familiar" En este caso mi recomendación sería que llamaras a la AEAT y que ellos te saquen de dudas al 100%. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Una consulta mi hijo está en una guardería que le consultamos sobre ello y sólo nos dijo que ellos solo nos podrían dar un certificado.la deducción es para todas las guardias independientemente si están registradas o no en la comunidad?
Hola!. Está deducción es solo para escuelas infantiles privadas autorizadas por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Si son otro tipo de centros alternativos y "guarderías", no puedes desgravarte este 15%. Saludos
Muchas gracias por el vídeo de gran utilidad! Sabrías decirme si los gastos de escolaridad que se detallan incluye la matrícula del curso? Sabes si se tiene derecho a la deducción aunque hayas pasado por ticket guardería de empresa las cuantías?
Saludos!!!
Hola Javi. Esta deducción es solo por escolaridad y restando el dinero pagado con fondos públicos (beca). Lo tienes claro en el vídeo, y en los enlaces de la descripción puedes acceder a la normativa de la AEAT por si te queda alguna duda. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Gracias por la respuesta, pero me puedes aclarar por favor si se puede incluir en esta deducción autonómica la cantidad total de escolaridad aunque la hayas pasado por ticket guardería de empresa(retribución flexible)? O pasaría como en la deducción estatal y solo podría pasar los 83,33€?
Hola David. Yo tengo una duda, sobre la deducción por gasto de enseñanza de idiomas, son las siguientes, 1. Se puede desgravar si tu hijo está cursando FP de grado medio? Me parece haber leído que solo es hasta educación básica. 2. Si tengo de gastos 900€ tengo que poner 450€ para mi mujer y 450 para mi? O no se puede poner todo?
Gracias
Hola Ismael. Yo estoy muy centrado en las ayudas al primer ciclo de educación infantil, pero te dejo el enlace de la AEAT donde puedes ver exactamente lo que buscas. sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c17-deducciones-autonomicas-cuota/comunidad-madrid/gastos-educativos.html Espero que te sirva de ayuda. Si quieres puedes suscribirte al canal y dejar un like. Saludos.
Para calcular los 30000 pc se cuenta lo que se percibe por baja de paternidad
Hola Francisco. Entiendo que para el cálculo de los ingresos familiares, hay que contabilizar todos los ingresos familiares. Un saludo.
Muy claro, una cosa, ¿en esta deducción se resta también el cheque guardería tipo Edenred? Muchas gracias
Hola Carmen. Según la normativa no habría que restar el cheque de retribución flexible (edenred por ejemplo), ya que habla solo de, poner el concepto de escolaridad, y restar lo pagado con fondos públicos (beca). Te dejo un enlace a mi web donde está todo explicado y además puedes acceder directamente al apartado justo de la AEAT donde está la normativa. pequeguay.com/deduccion-gastos-educativos/ Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola David muchísimas gracias por tu video. Esto es compatible con la casilla 613 de incrementos de gastos de guardería? En el cole de mi niña me dicen que ya t lo desgravas ahí y que no se puede meter la escolaridad en la casilla 1044. Que te pueden sancionar
Hola Ana. Por supuesto que es compatible con el modelo 233 (casilla 613). Esta es una deducción autonómica por gastos de escolaridad, la otra es una deducción de Hacienda, por lo tanto estatal. Son compatibles, aunque los importes no serán los mismos ya que en esta deducción no entra el comedor, ni la matrícula. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
hola gracias por el video, no encuentro la casilla 1044, ¿sabes en cual apartado está ?
Edito: ya la encontré, está en deducciones autonomicas. Gracias!!
Hola!. Exacto, está en las deducciones autonómicas. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
donde esta la casilla 1044??
Hola Gema. La tienes en la declaración de la Renta, en la parte de deducciones autonómicas.
Hola David, una pregunta, ¿la matricula se puede incluir? (en le que se incluye Servicio seguro escolar etc.) ¿Y si en el importe está incluido el importe de la comida, como separamos ese importe?
Hola Marta. En esta deducción solo se puede incluir la escolaridad en el primer ciclo de educación infantil. El importe de la comida lo puedes preguntar en tu escuela. Entiendo que tendrán unos precios publicados o por lo menos te los habrán enviado, donde desgloses todos los conceptos. De todas formas, si quieres ver mejor lo que te comento, te paso este link a mi web, donde explico estas cosas y que están sacadas directamente de la web de la AEAT. pequeguay.com/deduccion-gastos-educativos/ Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
@@Pequeguay Si el problema es que pone cuota fija X importe y por esto tengo la duda, no desglosa nada. Y entiendo entonces que la matrícula si que se puede incluir no?
@@martaalonso6841 Hola Marta. NO, en esta deducción autonómica no se puede incluir el importe de la matrícula. Solo lo pagado por el concepto de "escolaridad" durante el año 2023. Y también hay que descontar la beca de la Comunidad de Madrid y el comedor. Creo que te estas confundiendo con el modelo 233 (casilla 613), donde ahí ya aparece la cantidad marcada por la escuela y que no va a coincidir con el importe de esta deducción.
@@martaalonso6841 Y si tu escuela no desglosa el comedor, les puedes preguntar a ellos, porque si luego te piden un certificado desde hacienda, y ellos te lo hacen desglosado por conceptos, te supondrá un problema. Saludos.
Vestuarios gaste 84€ de mi hijo el pequeño, pongo la cantidad de 84 a mitades para mi mujer y para mi?
Y las escuelas públicas que pagamos sobre 100€??
Hola Carlos. Como te comento en el vídeo, esta es una deducción exclusiva para Escuelas privadas ya que en las escuelas públicas el concepto de "escolaridad" es gratuito y solo pagáis alimentación, que no es deducible en esta etapa. Estas son las pequeñas cosas que no se conocen y que, junto con la beca y el modelo 233, hacen que las privadas tengamos un coste real muy similar a las públicas. Gracias por tu comentario y si quieres puedes dejarme un "me gusta" y suscribirte al canal donde vamos sacando todo este tipo de informaciones. Un saludo.
Hola David, a mi me surge una duda , imagina pagas 1000 y cheques cam percibes 500 en la 613 aparece solo 500 y luego en la 1044 vuelvo a meter esos 500? O eso es duplicar? Y puedo meterlo yo todo o mi marido debe meter el 50%?
Ayudame sí puedes
Gracias
Hola Laura. No duplicas porque son deducciones de dos administraciones diferentes (una es estatal y la otra de la Comunidad de Madrid). En este modelo solo puedes meter la escolaridad, no el resto de conceptos que si salen en la casilla 613 (Comedor, matrícula y horario ampliado), y la otra diferencia es que en este modelo si puedes meter los cheques de empresa, porque la normativa dice que lo único que no se puede desgravar de esa escolaridad, es el importe financiado con fondos públicos (beca, por ejemplo, por lo que el importe no tendrá nada que ver con la casilla 613. Espero haberte ayudad. Puedes dejarme un like, y suscribirte al canal si te parece interesante la información. Gracias!