Mil gracias! Estoy haciendo un primer repaso general a toda la contabilidad financiera utilizando su libro de casos prácticos y no se imagina lo bien que me ha venido esta diferencia... Genial genial, explica usted genial.
Buenas tardes, gracias por este vídeo tan útil. Tengo una duda con la provisión por desmantelamiento cuando existe un inmovilizado en curso o montaje con duración de 18 meses por ejemplo. La duda es, ¿cuándo nace la provisión por desmantelamiento?. Si hubiera unos pagos parciales al proveedor antes de la entrada en funcionamiento del inmovilizado ¿se podrían contabilizar como anticipos del IM cuenta (239) y cuando entre en funcionamiento el IM compensar los anticipos y dar de alta la provisión?. Yo entiendo que aún no tengo el control del bien hasta que entre en condiciones de funcionamiento y se consideran anticipos. Es que la resolución del ICAC hace referencia al activo en curso en la página 18.444, en el segundo párrafo del pto. 2 referente a la provisión.
Es correcto que el ICAC indica que en los inmovilizados en curso puede asociarse una provisión por desmantelamiento, lo que no dice como hacerlo. Personalmente, lo que haría sería actualizar la provisión con el efecto financiero a la fecha que entre en funcionamiento, luego repartir este importe en proporción al importe invertido en el activo en curso y aflorarlo a ese momento, haré otro video de este tema.
Gracias por el vídeo! Una pregunta: el IVA de la provisión por desmantelamiento, ¿cuando se registraría? En el momento de registrar la provisión o cuando realicemos el pago. Gracias de antemano.
Hola!! Una pregunta! Si por ejemplo tenemos una provisión por desmantelamiento a 5 años y nos dan un tipo de interés del 5% para los 2 primeros años y del 6% para los tres restantes, el valor actual de la provisión de calcularía aplicando los 2 porcentajes o únicamente el porcentaje a la fecha de compra de la máquina? Muchas gracias
Si se estima que son tipos de actualización por tramos si que se podría hacer, ahora bien, en el vídeo mío, la idea es que primero aplico el 5% y al cabo de dos años se modifica la tasa de actualización al 6%, lo que nos obliga a recalcular el importe de la provisión. Un saludo.
Mil gracias! Estoy haciendo un primer repaso general a toda la contabilidad financiera utilizando su libro de casos prácticos y no se imagina lo bien que me ha venido esta diferencia... Genial genial, explica usted genial.
Gracias por el comentario. Un saludo
Buenas tardes, gracias por este vídeo tan útil. Tengo una duda con la provisión por desmantelamiento cuando existe un inmovilizado en curso o montaje con duración de 18 meses por ejemplo. La duda es, ¿cuándo nace la provisión por desmantelamiento?.
Si hubiera unos pagos parciales al proveedor antes de la entrada en funcionamiento del inmovilizado ¿se podrían contabilizar como anticipos del IM cuenta (239) y cuando entre en funcionamiento el IM compensar los anticipos y dar de alta la provisión?. Yo entiendo que aún no tengo el control del bien hasta que entre en condiciones de funcionamiento y se consideran anticipos.
Es que la resolución del ICAC hace referencia al activo en curso en la página 18.444, en el segundo párrafo del pto. 2 referente a la provisión.
Es correcto que el ICAC indica que en los inmovilizados en curso puede asociarse una provisión por desmantelamiento, lo que no dice como hacerlo. Personalmente, lo que haría sería actualizar la provisión con el efecto financiero a la fecha que entre en funcionamiento, luego repartir este importe en proporción al importe invertido en el activo en curso y aflorarlo a ese momento, haré otro video de este tema.
Gracias por el vídeo! Una pregunta: el IVA de la provisión por desmantelamiento, ¿cuando se registraría? En el momento de registrar la provisión o cuando realicemos el pago. Gracias de antemano.
En el momento que se haga el desmantelamiento y dispongamos de la factura
@@anamariaayatsvilanova9625 Muchas gracias!
Tengo su libro; estoy preparando una opo con su ayuda. Vienen bien este tipo de videos ;)
Gracias por los comentarios.
Hola!! Una pregunta!
Si por ejemplo tenemos una provisión por desmantelamiento a 5 años y nos dan un tipo de interés del 5% para los 2 primeros años y del 6% para los tres restantes, el valor actual de la provisión de calcularía aplicando los 2 porcentajes o únicamente el porcentaje a la fecha de compra de la máquina?
Muchas gracias
Si se estima que son tipos de actualización por tramos si que se podría hacer, ahora bien, en el vídeo mío, la idea es que primero aplico el 5% y al cabo de dos años se modifica la tasa de actualización al 6%, lo que nos obliga a recalcular el importe de la provisión. Un saludo.