Aspectos destacados de la Nulidad de la asamblea del consorcio.

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  • Опубликовано: 24 окт 2024

Комментарии • 21

  • @MarianelaDesages
    @MarianelaDesages  3 года назад +4

    En el presente vídeo se desarrollan los aspectos destacados de la nulidad de las asambleas, pueden ser muy variados los posibles vicios de la asamblea, aquí a modo de ejemplo, se nombran sólo algunos de ellos, por supuesto que no se puede abarcar todos los posibles vicios, ya que pueden ser muchos y diversos, según las circunstancias particulares de cada caso.
    Como se mencionó en el vídeo, la nulidad de asamblea es a través de una acción judicial, así lo establece el art. 2060 CCyC último párrafo. ¡Saludos!

  • @patriciasaleh5835
    @patriciasaleh5835 8 месяцев назад

    Plantee la impugnación en los plazos indicados antes de los 15 días corridos. A su vez se llevó a cabo al inspector de justicia por violentar instrumentos privados. Vemos como sigue en lo penal. Fue pir carta documento. Explica que lo anota en el acta lo impugnado. Presentó un borrador sin ni siquiera presentar los poderes. Escribió por cualquiera.

  • @valentinaibarra7103
    @valentinaibarra7103 2 года назад +1

    Hola, disculpe consulta cuáles son los pasos a realizar y pedir la nulidad de una asamblea, ya k la somos 4 propietarios k no estamos de acuerdo y no pudimos ir a la reunión .
    Si o si tenemos k poner un abogado o lo podemos hacer mediante derecho al consumidor ? Soy de CABA !

    • @MarianelaDesages
      @MarianelaDesages  2 года назад +1

      Buenas tardes. La nulidad de la asamblea la debe dictar el juez, es decir a través de un proceso judicial en que se determina la nulidad de un asamblea. Pueden iniciar la acción un/ a propietario/a, como todo litigio debe ser con asistencia de abogado/a ¡Saludos!

  • @manusam9820
    @manusam9820 Год назад

    Como se computan los votos cuando 1 propietario es titular de varios Dptos?

    • @MarianelaDesages
      @MarianelaDesages  Год назад +1

      Buenas tardes,
      En el vídeo que copio a continuación se trata el tema de su pregunta.
      ruclips.net/video/o7BKwEWfUIw/видео.html
      Debe tenerse en cuenta lo establecido por el primer párrafo del art. 2060 del CCyC: "Las decisiones de la asamblea se adoptan por mayoría absoluta computada sobre la totalidad de los propietarios de las unidades funcionales y se forma con la doble exigencia del número de unidades y de las partes proporcionales indivisas de éstas con relación al conjunto...." .
      ¡Saludos!

    • @manusam9820
      @manusam9820 Год назад

      @@MarianelaDesages espectacular muchas gracias. Voy a ver El vídeo

    • @MarianelaDesages
      @MarianelaDesages  Год назад

      @@manusam9820 ¡Gracias!

    • @manusam9820
      @manusam9820 Год назад

      @@MarianelaDesagesHola! las deudas en las Expensas... caducan o prescriben después de 2 AÑOS? Que interés puede cobrar el administrador? ...

  • @patriciasaleh5835
    @patriciasaleh5835 8 месяцев назад

    Pero como se impugna y ante quien se impugna??? Son dias corridos los 30 dias? Y se lleva a cabo la impugnacion por demanda judicial. Como legalizas el reclamo??

    • @MarianelaDesages
      @MarianelaDesages  8 месяцев назад +1

      Buenas tardes. Son treinta días corridos (art. 2060 CCyC).
      La nulidad de la asamblea la debe dictar el juez, es decir, a través de un proceso judicial en que se determina la nulidad de un asamblea. Pueden iniciar la acción un/ a propietario/a, como todo litigio debe ser con asistencia de abogado/a. Saludos.

    • @patriciasaleh5835
      @patriciasaleh5835 8 месяцев назад +1

      Muy clara dra. Saludos!!!

    • @michelaleon2881
      @michelaleon2881 3 месяца назад

      Dra. le hago una consulta, en cuanto a los vicios que debe contener la asamblea para solicitar la nulidad. Un propietario puede solicitar judicialmente la nulidad por el solo hecho de que no está de acuerdo con la decisión tomada, demostrando el perjuicio etc ? O solo deben ser vicios formales, de mayorías, de plazos, del temario la orden del día

  • @celeste3835
    @celeste3835 2 года назад

    Hola Dra puede una persona sin recursos economicos para poner un abogado defenderse ya que muchas veces mienten y por mayoria de votos se aprueba. Gracias

    • @MarianelaDesages
      @MarianelaDesages  Год назад

      Buenas tardes, en el consorcio las decisiones se adoptan por mayoría. En el supuesto que las decisiones sean en conformidad con el Código y al reglamento (y demás leyes) serán válidas dichas decisiones.
      Si se trata de un supuesto de incumplimiento por parte del/la administrador/a, y el edificio esta ubicado en la CABA, podrá denunciarlo por incumplir la ley 941 (ley que creó el RPA -registro publico de administradores) actualmente se puede realizar en en forma digital el trámite de la denuncia y es gratuita. Saludos.

  • @valentinaibarra7103
    @valentinaibarra7103 2 года назад

    Hola , gracias x tu explicación k como soy nueva en el tema me cuesta entender los términos , te comento k el administrador realizó una reunión k fuimos notificados y k casi nadie fue , somos 10 unidades y fueron dos o tres personas amistades del mismo , ya k hay varios k están enfermos x ser personas mayores uno k no está nunca y debe expensas hace más de dos años,y el resto trabajadores k apenas llegamos a fin de mes ,la reunión fue fines del mes pasado, y en el nuevo resumen de expensas comunica del aumento de más 200% y de continuar su mandato una locura lo k sucede , nadie sabe nada y no participa ,yo k no entiendo mucho , ya k es la primera vez k vivo en una unidad k lo maneja un admistrador , hace un poco más de dos años y k en este periodo no hizo nada solo hizo lo k sus amistades necesitaban ,y con gente k no hizo el trabajo correctamente .El resto pagamos lo k necesitamos arreglar . Mí consulta k debo hacer para impugnar este aumento desmesurable ? X favor espero respuesta gracias cual son los pasos correctos a seguir. Gracias

  • @patriciasaleh5835
    @patriciasaleh5835 3 года назад

    Sino pasas a judiciales y lis mismos abogados es otro temita no menor.

  • @Ale-py6iy
    @Ale-py6iy 3 года назад

    Ok, pero no decis si se pide la nulidad de una asamblea ordinaria de una administracion a la que no se le renueva el mandato y que ademas el acta ni representa la realidad de lo que sucedio en la asamblea, que pasa si se elije otra administracion entrante? Que pasa con esa asamblea que se intenta impugnar, que pasa con la administracion saliente y la entrante?

    • @patriciasaleh5835
      @patriciasaleh5835 3 года назад

      Dice cosas muy basicas. No va a cuestiones de fondos como por ejemplo si un administracion no invita a la totalidad de los pripoietarios. Invita solo a los que saben que lo van a votar y al propietario que no lo notificaron quedo afuera sin ninguna forma de dar lugar a una posible nulidad. Otra de esas formas es que un solo propietario te viene con 50 poderes va ganar lo wue hace ese unico propietario. Asi son las cosas. Lo que no se dice es las truchadas permanentes que hacen trodos los adm.

    • @celesteiglesias858
      @celesteiglesias858 3 года назад +1

      @@patriciasaleh5835 tal cual, son todas cosas muy básicas. y generales. no va a los casos concretos prácticos que se dan.

    • @MarianelaDesages
      @MarianelaDesages  2 года назад +1

      @@celesteiglesias858 Muy buenas tardes, claro como usted indica, que no se determinan casos en concreto, porque este es una canal destinado a estudiantes/abogados/as o público general, para cuestiones informativas, por ello es que se analizan los aspectos más destacados generales, y se brinda como ejemplo supuestos hipotéticos. No está destinado, este canal, para asesoramiento de casos particulares. Muchas Gracias, saludos cordiales.