A partir del minuto 4:30-35 hablan sobre los cursos vencidos o algo parecido... Pero mi inquietud es confrontar el artículo 27 de la norma entre los numerales 4 (2º párrafo) y el 5º en el parágrafo 1 dónde el primero me habla de que tan pronto el trabajador ingresé cómo nuevo a una empresa debe hacer el reentrenamiento, pero al mirar el segundo (numeral 5, parágrafo 1) dice que los cursos tomados anteriormente a la norma 4272 mantendrán su vigencia hasta cumplir con su tiempo... Y para mí eso hace que las empresas sigan solicitando/exigiendo hasta por un año más que los trabajadores tengan vigente un curso de alturas bajo la 1409. Que punto predomina ahí el numeral 4 o el 5, esa es mi inquietud? Gracias.
@HSEQ #Certificados ¿Una persona natural que quiere hacer el curso, osea no pertenece a ninguna empresa? ¿No puede hacer el curso por no tener una relación laboral?
Es verdad, deja un vacío grande con los trabajadores independientes, que un día hacen alpinismo, al otro día andamios, etc. Obvio el contratante hace la afiliación a la ARL. Pero por ejemplo una ama de casa que necesita que le pinten la fachada de la casa, que contrata con don chucho, que es independiente, es juicioso y tiene su afiliación a seguridad social (la ama de casa lo afilia a riesgo 5), es hasta súper juicioso y lleva hasta los andamios certificados, hasta permiso de alturas tiene porqué con él trabaja un coordinador de alturas. El trabajo está presupuestado para hacerlo solo en tres horas. Será que la ama de casa le va a mandar a realizar el curso de alturas? No se, la nueva resolución tienen muchas cosas buenas, pero ocupa generar más capacidad de infringirla por las personas "informarles".
Muy importante este asunto de los que no tenemos ningún tipo de vinculación laboral y hacemos trabajo en alturas. Cómo hacemos para realizar el reentrenamiento?
según la norma todo trabajador autorizado deben estar formado en los procedimientos específicos de la actividad económica o de la empresa, la pregunta es que estos se hagan en un centro de entrenamiento? en este orden de ideas es que los centros de entrenamientos deben crear mecanismos u escenarios de cada estándar especifico de cada empresa, esto me parece muy complejo ya que los centros de entrenamientos no podrán dar capacidad para todas los estándares de cada empresa, por esta razón es mejor crear uvaes , para que las empresas hagan su propio entrenamiento a sus trabajadores, creería que la norma debe ser mas especifica con el tema de reentrenamiento y capctacion.
los de los certificados es un ARMA de doble filo... porque le acaba la guachafita a las grandes empresas que pedían el curso como requisito pero al mismo tiempo puede obligar a muchos a que entren a estas empresas como independientes para no pagarles el curso y que traigan el curso (las astucia de los abogados) y bacano porque acaba con esos empleados deshonrados que entraban a compañías solo por tener el curso e irse a otra empresa
Te ofrecemos aplicativo excel totalmente formulado y alineado a los requisitos legales para trabajos en alturas. Gráficas e indicadores automatizados. Valor $1.300.000 + IVA. Informes solo whatsAPP: 316 363 52 16.
Cordial saludo; como dicen muchos compañeros hay muchos vacíos y mi pregunta es la siguiente, yo como tal trabajo con x empresa de instalación de tejas metálicas y fachadas, en Medellín, pero voy a hacer un tabajo en cambio de fachadas e instalación de tejados en la empresa Alpina en sopó Cundinamarca, entones debo de certificar a los colaboradores en trabajos en altura nuevamente para ésta actividad en esa empresa o como sería la cosa. Gracias y quedo atento, de antemano pido disculpas por mi ignorancia
Buenas tardes , si voy hacer el curso de reentrenamiento pero no estoy trabajando para alguna empresa en particular , que pasaría con mi certificado ?,teniendo en cuenta que ahora a partir d e la nueva Resolución indica que llevaría nombre de empresa y Arl
Creo que se hacen la leyes para cumplirlas. Lo que me da risa es que se hacen llamar profesionales en alturas y nunca he visto el primer profesional suspendido de un edificio de 30 o 40 pisos ? "Para eso no son profesionales o simplemente son profesionales para firmar papeles" De cara a la nueva ley creo que no tiene céntimo que unas personas que no cuentan con la exposición al riesgo nos hagan cumplir con unos estándares que ellos no entienden. Nunca hablan de estandarizar un salario para aquellas personas que arriesgamos la vida por el lucro de una empresa. Ahora los cargos de coordinadores quedan abolidos si no eres profesionales no podríamos avalar ninguna actividad en ese orden de ideas ya como coordinadores no hay nada que hacer.
@@saulnustezmunoz25 De acuerdo con el tema de los salarios Alto Riesgo significa que es mayor el riesgo extremo, entonces si debería ser mejor pagado, en cuanto a lo de llenar documentos o legalizar y no exponerse al riesgo de altura, pues no es mi caso, subo reviso y me cuelgo también, es mas ensayo los equipos antes de, buen día.
@@saulnustezmunoz25 Firmar papeles? Si supiera el riesgo tan grande que asume un profesional con avalar una tarea y firmar un permiso. Y así como se cree mucho en cuanto a conocimiento, debería saber que esto es un negocio para los centros de entrenamiento que nada tiene que ver con un profesional. Y si te afecta tanto, estudia y capacítate. Si tan relajado cree que es el rol de un profesional sst
Hola , me ayudan a salir de una duda. Será que ahora con el requisito del curso de 50 horas para coordinadores, este curso (50hrs) podrá ser incluido en el programa de capacitación para que los colaboradores lo realicen en horario laboral ? Es que en la empresa donde trabajo están exigiendo q lo deben tener pero q lo deben hacer en sus tiempos libres.
Hola hola, cómo siempre gracias por la información... Ahora me queda una duda. En la Resol. 1409, art. 17 había un párrafo que dice: "Cuándo se trata de trabajo en rutinarios a cambio de permiso de trabajo en alturas debe implementarse una lista de chequeo que será revisada y verificada en sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas". En la Resol. 4272 no está, ¿Quiere decir que será 1 permiso de trabajo por cada día?
Buenas noches , muy buena información ,tengo una pregunta. Si soy una persona independiente que realiza acompañamiento a empresas que requieren mi servicio ,cada empresa debe realizarme la reinduccion para trabajo en alturas?
Esa parte de cómo deben ir los certificados la verdad es Algo muy complicado, todos sabemos q la norma dice q el empleador es quién debe pagar el curso de trabajador, pero para nadie es un secreto q los contratistas y varias empresas le exigen al trabajador q debe llevar el curso, sin gastos para cada trabajador xq aveces no hay lugares donde les den una estabilidad laboral ... Que mal está parte
Este es el enlace para la conferencia www.activaocupacional.com/trabajo-en-alturas-resolucion-4272-de-2021/
Bna tarde para los cordinadores de TA . Tambien se debe realizar el reentrenamiento cada que inicia en una empresa
Que llevo o que paso de fondo que el ministerio de trabajo añadiera el nombre de la empresa en el certificado ?
A partir del minuto 4:30-35 hablan sobre los cursos vencidos o algo parecido... Pero mi inquietud es confrontar el artículo 27 de la norma entre los numerales 4 (2º párrafo) y el 5º en el parágrafo 1 dónde el primero me habla de que tan pronto el trabajador ingresé cómo nuevo a una empresa debe hacer el reentrenamiento, pero al mirar el segundo (numeral 5, parágrafo 1) dice que los cursos tomados anteriormente a la norma 4272 mantendrán su vigencia hasta cumplir con su tiempo... Y para mí eso hace que las empresas sigan solicitando/exigiendo hasta por un año más que los trabajadores tengan vigente un curso de alturas bajo la 1409. Que punto predomina ahí el numeral 4 o el 5, esa es mi inquietud?
Gracias.
@HSEQ #Certificados ¿Una persona natural que quiere hacer el curso, osea no pertenece a ninguna empresa? ¿No puede hacer el curso por no tener una relación laboral?
Es verdad, deja un vacío grande con los trabajadores independientes, que un día hacen alpinismo, al otro día andamios, etc. Obvio el contratante hace la afiliación a la ARL. Pero por ejemplo una ama de casa que necesita que le pinten la fachada de la casa, que contrata con don chucho, que es independiente, es juicioso y tiene su afiliación a seguridad social (la ama de casa lo afilia a riesgo 5), es hasta súper juicioso y lleva hasta los andamios certificados, hasta permiso de alturas tiene porqué con él trabaja un coordinador de alturas. El trabajo está presupuestado para hacerlo solo en tres horas. Será que la ama de casa le va a mandar a realizar el curso de alturas? No se, la nueva resolución tienen muchas cosas buenas, pero ocupa generar más capacidad de infringirla por las personas "informarles".
Muy importante este asunto de los que no tenemos ningún tipo de vinculación laboral y hacemos trabajo en alturas. Cómo hacemos para realizar el reentrenamiento?
Normal lo hacen
según la norma todo trabajador autorizado deben estar formado en los procedimientos específicos de la actividad económica o de la empresa, la pregunta es que estos se hagan en un centro de entrenamiento? en este orden de ideas es que los centros de entrenamientos deben crear mecanismos u escenarios de cada estándar especifico de cada empresa, esto me parece muy complejo ya que los centros de entrenamientos no podrán dar capacidad para todas los estándares de cada empresa, por esta razón es mejor crear uvaes , para que las empresas hagan su propio entrenamiento a sus trabajadores, creería que la norma debe ser mas especifica con el tema de reentrenamiento y capctacion.
los de los certificados es un ARMA de doble filo... porque le acaba la guachafita a las grandes empresas que pedían el curso como requisito pero al mismo tiempo puede obligar a muchos a que entren a estas empresas como independientes para no pagarles el curso y que traigan el curso (las astucia de los abogados) y bacano porque acaba con esos empleados deshonrados que entraban a compañías solo por tener el curso e irse a otra empresa
Sera que si se cumplirá
Te ofrecemos aplicativo excel totalmente formulado y alineado a los requisitos legales para trabajos en alturas. Gráficas e indicadores automatizados. Valor $1.300.000 + IVA. Informes solo whatsAPP: 316 363 52 16.
Cuanto cuesta el soware
que dice la norma sobre las personas que pagamos curso de re-entrenamiento,como independiente
Saludos, ¿que sucede con los profesionales que trabajamos independientes en varios sectores realizando estos acompamientos?
COMO HAGO SI SOY UNA EMPRESA QUE PRESTA SERVICIOS A VARIAS EMPRESAS Y LAS CONDICIONES CAMBIAN. GRACIAS
¿Cuántas horas de intensidad debe tener el curso de reentrenamiento?
Cordial saludo; como dicen muchos compañeros hay muchos vacíos y mi pregunta es la siguiente, yo como tal trabajo con x empresa de instalación de tejas metálicas y fachadas, en Medellín, pero voy a hacer un tabajo en cambio de fachadas e instalación de tejados en la empresa Alpina en sopó Cundinamarca, entones debo de certificar a los colaboradores en trabajos en altura nuevamente para ésta actividad en esa empresa o como sería la cosa.
Gracias y quedo atento, de antemano pido disculpas por mi ignorancia
Buen dia entonces las certificaciones del SENA quedan Abolidos o no los Darian mas segun lo hablado
Buenas tardes , si voy hacer el curso de reentrenamiento pero no estoy trabajando para alguna empresa en particular , que pasaría con mi certificado ?,teniendo en cuenta que ahora a partir d e la nueva Resolución indica que llevaría nombre de empresa y Arl
En la empresa donde vayas a ingresar, te tiene que certificar, así seas contratista.
Y entonces el SENA ya no emitiria mas los certificados??
Creo que se hacen la leyes para cumplirlas.
Lo que me da risa es que se hacen llamar profesionales en alturas y nunca he visto el primer profesional suspendido de un edificio de 30 o 40 pisos ? "Para eso no son profesionales o simplemente son profesionales para firmar papeles"
De cara a la nueva ley creo que no tiene céntimo que unas personas que no cuentan con la exposición al riesgo nos hagan cumplir con unos estándares que ellos no entienden.
Nunca hablan de estandarizar un salario para aquellas personas que arriesgamos la vida por el lucro de una empresa. Ahora los cargos de coordinadores quedan abolidos si no eres profesionales no podríamos avalar ninguna actividad en ese orden de ideas ya como coordinadores no hay nada que hacer.
@@saulnustezmunoz25 De acuerdo con el tema de los salarios Alto Riesgo significa que es mayor el riesgo extremo, entonces si debería ser mejor pagado, en cuanto a lo de llenar documentos o legalizar y no exponerse al riesgo de altura, pues no es mi caso, subo reviso y me cuelgo también, es mas ensayo los equipos antes de, buen día.
@@constructoragcg1362 colgar no suspender y creo que eso no es un lenguaje técnico para un profesional de seguridad y salud en el trabajo.
pues interprételo como quiera y tampoco se dice suspender, sinos vamos a lenguaje técnico se dice ascenso y descenso, se ahoga en un vaso con agua.
@@saulnustezmunoz25 Firmar papeles? Si supiera el riesgo tan grande que asume un profesional con avalar una tarea y firmar un permiso.
Y así como se cree mucho en cuanto a conocimiento, debería saber que esto es un negocio para los centros de entrenamiento que nada tiene que ver con un profesional.
Y si te afecta tanto, estudia y capacítate. Si tan relajado cree que es el rol de un profesional sst
Hola, eso significa que la resolución 4272 de 2021 deroga la 1409 de 2012 ?? Gracias ☺️
Si
@@yeimispallaresberdugo3328 gracias
Hola , me ayudan a salir de una duda. Será que ahora con el requisito del curso de 50 horas para coordinadores, este curso (50hrs) podrá ser incluido en el programa de capacitación para que los colaboradores lo realicen en horario laboral ? Es que en la empresa donde trabajo están exigiendo q lo deben tener pero q lo deben hacer en sus tiempos libres.
no, esto debe ser en horario laboral.
Buenas tardes es verdad que va a salir una nueva resolución para los coordinadores de alturas que deben ser técnicos?
Creo que esta norma sigue dejando grandes vacios y no son claros con muchos conceptos que dejan a libre interpretacion.
Esta resolución tiene muchas dudas sin respuestas...
No se tocó el tema de los puntos de anclaje, las líneas de vida
Hola hola, cómo siempre gracias por la información...
Ahora me queda una duda. En la Resol. 1409, art. 17 había un párrafo que dice: "Cuándo se trata de trabajo en rutinarios a cambio de permiso de trabajo en alturas debe implementarse una lista de chequeo que será revisada y verificada en sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas".
En la Resol. 4272 no está, ¿Quiere decir que será 1 permiso de trabajo por cada día?
Excelente información 🙂😐✨muchas gracias,aunque Esta norma deja vacíos para los líderes de área.
Gracias por la informacion
Muchas gracias por el aporte.
excelente video!
Buenas noches , muy buena información ,tengo una pregunta. Si soy una persona independiente que realiza acompañamiento a empresas que requieren mi servicio ,cada empresa debe realizarme la reinduccion para trabajo en alturas?
conforme a la nueva resolución a partir de finales de Julio, si
Por más vídeos así 🙏💪
Excelente ❤️
Si el trabajador lleva menos de 18 meses, se debe realizar el reentrenamiento de 8 horas?
Esa parte de cómo deben ir los certificados la verdad es Algo muy complicado, todos sabemos q la norma dice q el empleador es quién debe pagar el curso de trabajador, pero para nadie es un secreto q los contratistas y varias empresas le exigen al trabajador q debe llevar el curso, sin gastos para cada trabajador xq aveces no hay lugares donde les den una estabilidad laboral ... Que mal está parte
Excelente aclaración
Excelente video, muchas gracias
Excelente ilustración