Discapacidad. Novedades. Trabajo social. Ley 8/2021 del 2 de junio

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  • Опубликовано: 7 ноя 2024

Комментарии • 25

  • @josevicentecarbonell7440
    @josevicentecarbonell7440 Год назад

    Esperaba una critica mas relacionada con el desempeño del trabajo social en los procesos de prestación de apoyo al ejercicio de la capacidad civil, allende una presentación general de la ley. Muchas gracias.

  • @MariaAngeles-sx2uq
    @MariaAngeles-sx2uq Год назад +1

    Hola buenas yo tengo una discapacidad y he sufrido maltrato por parte de mi familia pedí ayuda a servicios sociales y me dijeron que la única ayuda que podían darme era una cita cada dos meses para hacer seguimiento

  • @neuspiqueras7467
    @neuspiqueras7467 2 года назад +1

    Un discapacitado puede elegir las medidas que quiere para su bien? Yo estoy en un centro y no quiero estar ahí solo quiero medidas ambulatorias es posible que elija yo las medidas?

    • @alexandrasocialplanet
      @alexandrasocialplanet  2 года назад

      Puedes pedir una revisión de las medidas, lo puedes realizar en cualquier momento y entiendo que podrás escoger entre aquellas establecidas legalmente la que mejor se adapta a tus circunstancias.

  • @jesusmariodortaalvarez2574
    @jesusmariodortaalvarez2574 Год назад +1

    Puede un guardador de hecho reconocido por un juez firmar para cerrar una cuenta bancaria a cero de su esposa enferma de Alzheimer?

  • @11lco50
    @11lco50 2 года назад

    Si en una empresa te contratan por cupo de discapacidad, tienes que especificar que tipo de discapacidad tienes?

  • @beatrizalvarezortiz3790
    @beatrizalvarezortiz3790 3 года назад +1

    Qué bien explicado! Muchas gracias 😊

    • @alexandrasocialplanet
      @alexandrasocialplanet  3 года назад +1

      Gracias Beatriz por tu comentario. Me hace muy feliz saber que te ha ayudado. ☺️

  • @David-wo9gq
    @David-wo9gq Год назад +1

    Buenas,
    Ha pasado mucho desde este video y igual ya ni lo veis el comentario, pero yo lo estoy viviendo ahora en 2023 y puedo dar fe de que para que sirve la ley 8/2021.
    PARA NADA!!!!!!!!!
    Yo en teoría soy guardador de hecho (hijo y conviviente) de una persona con una discapacidad que no le permite tomar ningún tipo de decisión por lo que ya no caben las medidas preventivas de que ella me nombre a mi nada ante notario porque no sabe lo que esta firmando, ni tampoco firmar.
    Bien pues, después de decirme un abogado que no necesito ir al juzgado para nada que lo de la incapacidad y el tutor ya no existe, que hay otras cosas judiciales pero que para los tramites mas comunes de la vida diaria de la persona sirve perfectamente que yo la represente como "guardador de hecho". Pues se ha demostrado que no es así.
    Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), tramite viudedad, aclarar que en dicho estamento tienen una norma propia basada en la Ley 8/2021 que es el conocido como criterio de gestión 33/2021, donde se reconoce que el guardador de hecho sin necesidad de intervención judicial podrá realizar los tramites de la presentación de documentación para dicho tramite de petición de pensión de viudedad acreditándose con el libro de familia y el certificado de convivencia, además de acreditar la discapacidad de la persona.
    Bueno, pues no uno, ni dos, (que podrían estar despistados) sino que 3 gestores distintos de dicha institución (INSS), no conocen dicha norma ni la ley y no me permitieron realizar la gestión. Reclamándome la resolución judicial que me nombrara tutor legal de la persona cuando eso ya no existe.
    Y no sigo con mas ejemplos porque este es el mas aberrante dado el carácter de institución publica de la Seguridad Social, pero podría seguir con mas ejemplos como en Hacienda, como en el banco, como en el ayuntamiento, etc., etc..............
    Si alguien lee esto, mi consejo es que se vaya directamente a un abogado y interponga una demanda para que lo nombren por sentencia judicial "Curador" que se llama ahora, porque de lo contrario todo serán problemas. Y a poder ser si la persona ya no tiene capacidad mental para autogestionar ninguna de las actividades de su vida, le pida al juez que le ponga en la sentencia que es autorizado para todos los aspectos de la vida del discapacitado, de lo contrario, tendrá que acudir al juzgado cada vez que quiera realizar un tramite que la entidad ante la que quiera realizar dicho tramite considere que la sentencia no lo recoge.........
    Saludos

    • @susanag.5354
      @susanag.5354 Год назад

      @david
      Hola David,
      Como nos podemos poner en contacto? Me gustaria hablar contigo. Un Saludo

  • @charlibraun9022
    @charlibraun9022 2 года назад

    hola, por favor podrias ayudarme, me dieron una discapacidad mental de un 65% en españa, soy español. y estoy viviendo en un coche. en los servicios sociales, me dicen que me busque la vida. que debo hacer, denunciar a mi asistenta social. tienen derecho los servicios sociales a tratarme asi como objeto? cuales son mis derechos frente a esta situacion? muchisimas gracias. te agradeceria muchisimo tu respuesta.

  • @robot12396
    @robot12396 2 года назад +1

    Una pregunta la ley es universal o es una ley en España. Un saludo cordial desde buenos Aires capital.

  • @angelluisnunezribera3302
    @angelluisnunezribera3302 2 года назад

    Hola por favor
    Podrías ayudarme con las dudas sobre la discapacidad e incapacidad
    Gracias

    • @alexandrasocialplanet
      @alexandrasocialplanet  2 года назад

      Podrías concretar un poco más tus dudas y quizás pueda contestarte mediante otro vídeo. Pero en términos generales el reconocimiento de la incapacidad se mantiene en el ámbito de la Seguridad Social ( por temas laborales) , la discapacidad es un reconocimiento de cada comunidad autónoma, que obteniendo un mínimo de 33% puedes obtener ventajas de descuentos, bonificaciones, acceso a servicios incluso pensiones no contributivas si alcanzas el 65%. Luego la antigua " incapacidad " legal que hablaba de que otra persona sustituyera en algunos o todos los aspectos de la vida a la persona incapacitada. Esto solo lo hace un Juez. Este procedimiento ha cambiado, que es lo que trato en el vídeo.

  • @Sodjer1990FPA
    @Sodjer1990FPA 2 года назад

    Hola! Y si estoy en manos a cargo de una entidad, fundación o taller las tomos yo las decisiones o ellos con esta nueva ley? (sed sinceros)

    • @antoniolledo8276
      @antoniolledo8276 2 года назад +1

      Faltan tres años.todos esos derechos están en el aire.asta que no recibas esa sentencia judicial..no se puede hacer nada..la ley lla se sacó i con atrasos.a hora falta.las tramitaciones.judiciales.son tres años.si no as estirado la pata antes.

    • @Sodjer1990FPA
      @Sodjer1990FPA 2 года назад

      @@antoniolledo8276 3 años para que? Yo ya fui a jucios y gane supongo no estoy incapacitado y puedo hacer lo que quiera con mi dinero, pero pienso que la curatela la tiene el taller. Yo tengo las hojas medidas cautelares que es la sentencia, no?

    • @antoniolledo8276
      @antoniolledo8276 2 года назад +1

      @@Sodjer1990FPA no me referí a eso.me referí.que para esta nueva ley requiere dinero.y también esfuerzos por parte del estado.si no sería imposible.y muchas reformas.

  • @victorm.ubedatarajano2711
    @victorm.ubedatarajano2711 2 года назад

    Yo tengo la incapacidad total absoluta por el INSS y tuve que pasar Tribunal por la Dirección General de Dependencia y Discapacidad para que me reconocieran una discapacidad, dado que una sentencia del TS de 2019 reconoce que sólo tienen la exclusividad de otorgar una discapacidad a las comunidades autónomas y por ende con mi incapacidad no tenía derecho a nada.

  • @antoniomartinez-ye5cg
    @antoniomartinez-ye5cg 2 года назад

    esto esta mui bien pero todo esto se materializara dentro de 3 años .de pendiendo también de las necesidades de cada persona i se ajusta

    • @antoniolledo8276
      @antoniolledo8276 2 года назад

      Para este nuevo proyecto.senecesita mucho.dinero.de dónde lo sacaran.con la inflación tan gruesa.que hay en España.