Los frutos de los bienes gananciales devengados extinguida la comunidad SON gananciales, art.485 CCYC "Los frutos y rentas de los bienes indivisos ACRECEN a la indivisión".
Pregunta, los frutos de un bien ganancial del marido, luego de la separacion de hecho y hasta la disolucion por divorcio, son propios o gananciales? Y luego de la disolucion de la sociedad conyugal?
Excelente. Me parece haber vuelto a cursar y escuchar un super genio de profe.
EXCELENTE!!!! GRACIAS DOCTOR.
Gracias
excelente profe
Gracias de nuevo. lo mire de nuevo.
muchas gracias!!
Los frutos de los bienes gananciales devengados extinguida la comunidad SON gananciales, art.485 CCYC "Los frutos y rentas de los bienes indivisos ACRECEN a la indivisión".
Pregunta, los frutos de un bien ganancial del marido, luego de la separacion de hecho y hasta la disolucion por divorcio, son propios o gananciales? Y luego de la disolucion de la sociedad conyugal?
Muy buen expositor
Clarísimo