Si Buenos días entonces para la reliquidación se debe hacer desde la fecha en que entro a regir la ley que fué el 1 de abril del 94 y si tengo en éstos momentos 26 años cotizados como sería la reliquidación mil gracias por la atención prestada
Buenos dias.Respetuosa pregunta:a partir de cuando se puede reclamar pensión de acuerdo a la sentencia SL138-2024.Colpensiones olímpicamente contesta que al no estar UNIFICADA, ellos no van a modificarvel cálculo.Yo tengo 1.290 semanas y esto es un saludo a la bandera.Hay algo que se pueda hacer que no sea someterse a una eterna demanda? Gracias.
@@LauraDominguez-es6lw Son vendedores de humo.No hay nada que se pueda hacer,salvo interponer una demanda que se demora lo que el juzgado quiera.Vana ilusión.
Reitero un herror en la aclaracion cuandorige la ley abril 1 de 2994 mis semanas 1402 que opcion tendria al respecto
Buenas tardes, en mi caso tengo 643 semanas cotizadas, pero no cotizo desde el 2007, por cuestiones de salud yo puedo reclamar
La pregunta sera respondida en este programa: ruclips.net/video/5KQkkX0AZek/видео.html
Que hay que hacer para que hagan la liquidación de esta nueva forma
Esta pregunta se responde en vivo en el siguiente consultorio: ruclips.net/video/7uZy-fnaO-o/видео.html
Colpensiones no está reconociendo lo que dijo la corte constitucional del artículo SL 138 que toca hacer doctor
Si Buenos días entonces para la reliquidación se debe hacer desde la fecha en que entro a regir la ley que fué el 1 de abril del 94 y si tengo en éstos momentos 26 años cotizados como sería la reliquidación mil gracias por la atención prestada
Buenos dias.Respetuosa pregunta:a partir de cuando se puede reclamar pensión de acuerdo a la sentencia SL138-2024.Colpensiones olímpicamente contesta que al no estar UNIFICADA, ellos no van a modificarvel cálculo.Yo tengo 1.290 semanas y esto es un saludo a la bandera.Hay algo que se pueda hacer que no sea someterse a una eterna demanda? Gracias.
Es verdad en los fondos privados dicen que nos las calculan así. Que se puede hacer?
@@LauraDominguez-es6lw Son vendedores de humo.No hay nada que se pueda hacer,salvo interponer una demanda que se demora lo que el juzgado quiera.Vana ilusión.
Labore y cotise desde1964 hasta😅 el año 199😅1 sgun ley de abril1. De 1994 wue opcion hay paramo reeliquidacion
Y que toca hacer demandar ??
Lleva 10 minutos diciendo lo mismo, hable sobre el tema cuando tenga más dominio del tema