LIC. ERIKA AYALA REGNIER: En el ámbito del Derecho civil o penal existe la prueba anticipada aquella producida en una fase o etapa anterior a aquella que ha previsto ordinariamente el procedimiento de que se trate.
Claro, la prueba anticipada existe en caso que se considere que por un hecho futuro dicha prueba pueda perderse, pero al momento que se demuestre que no se perdió la prueba, dicha prueba anticipada queda nula. De nada
USAR TESTIMONIOS DE TESTIGOS NACIONALES E INTERNACIONALES PARA CLARIFICAR CUALQUIER DUDA SI ES POSIBLE
El tiempo que pasa es la verdad que huye. Principio básico de la investigación y de la criminalística..
OCUPAR EL HISTÓRICO DE LAS PRUEBAS MÁS EL TESTIMONIO DE TESTIGOS NACIONALES E INTERNACIONALES.
LIC. ERIKA AYALA REGNIER: En el ámbito del Derecho civil o penal existe la prueba anticipada aquella producida en una fase o etapa anterior a aquella que ha previsto ordinariamente el procedimiento de que se trate.
Claro, la prueba anticipada existe en caso que se considere que por un hecho futuro dicha prueba pueda perderse, pero al momento que se demuestre que no se perdió la prueba, dicha prueba anticipada queda nula. De nada
Muy bueno.
Muy real...