Que propietarios NO están obligados a pagar la Comunidad Propietarios

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  • Опубликовано: 28 ноя 2024

Комментарии • 73

  • @fernandoprieto576
    @fernandoprieto576 3 месяца назад

    me ha gustado mucho su video, Sr. Miguel si en una comuinidad hay un piso con dos propietarios y ha una derrama en la comunidad , esta obligadas a pagar su parte proporcional. Gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  3 месяца назад +1

      Las derramas se deben de pagar en función del coeficiente de la vivienda. Si son varios propietarios estos tendrán que ponerse de acuerdo entre ellos, pero a la comunidad debe de llegarle el dinero de la derrama por la vivienda.
      Saludos
      Miguel
      691564359

  • @yoman8027
    @yoman8027 Год назад

    8:28 Tengo una duda con esto. Me está reclamando recibos y la vivienda la tiene la promotora, pero es que yo, técnicamente, aún no soy el propietario. No he podido conseguir crédito hipotecario y estoy a la espera de que los bancos me entreguen los documentos necesarios para poder renunciar al piso (es una VPO). Ni siquiera me han entregado las llaves.
    ¿Estoy obligado a pagar yo o la promotora?

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Hola. A veces nos resulta complicado contestar con la información que vds. nos aportan. Si vd. no tiene un contrato de compra-venta o bien una escritura de compra-venta, está claro que no le corresponde porque no son propietarios de esa vivienda. Espero que no haya un documento por el cual se le pueda exigir el pago de esta deuda pendiente que le reclaman.
      Saludos
      Miguel
      691564359

  • @LOL-xq3ph
    @LOL-xq3ph 9 месяцев назад

    Muchas gracias por tu respuesta, pero me gustaría preguntarle al community manager en qué se gasta el dinero.
    De hecho me dijo que el coste del seguro comunitario era de 3000 euros y el coste de la limpieza de escaleras de 2040 euros. Entonces la tarifa fija anual es 5040 euro
    Nuestro apartamento era pequeño, con sólo 17 puertas.
    Entonces fui a verlo en privado. El precio del seguro y el coste de la limpieza de escaleras son 1.650€ cada uno. Gastos de seguro (el seguro no es obligatorio en Barcelona).
    La limpieza cuesta 1.050 €.
    Cuota fija anual 2700 euro
    Mintió, y personalmente dudo que haya estado involucrada en malversación de fondos de la cuenta de la comunidad porque han pasado casi nueve años desde que fue reelegida y la comunidad nunca ha celebrado una reunión.

    • @LOL-xq3ph
      @LOL-xq3ph 9 месяцев назад

      550x17 es 9350 euro
      Esto es razonable para comunidades de alto nivel con ascensores o vigilancia de seguridad.
      En otras palabras, el costo de una casa mejor es 660 por año o 880 por año, lo cual es razonable. .
      Pero como tenemos tan pocos apartamentos y tan pocos residentes, personalmente creo que esto no es razonable.
      En privado, le pedí a la compañía de seguros y a la empresa de limpieza que lo averiguaran.
      El precio ronda los 2700 euros al año.
      Si cancelas el seguro el precio rondará incluso los 1100
      Ahora no sé si debería explicar esta situación al resto de la comunidad.

    • @LOL-xq3ph
      @LOL-xq3ph 9 месяцев назад

      Porque 9350-3000 son todos 6350 euros
      Pero cada vez que necesitamos dinero, nuestra cuenta comunitaria siempre se queda sin dinero.
      De hecho, nunca antes me habían preocupado los problemas de las cuentas comunitarias, pero siempre sentí que la cantidad era incorrecta.
      Y cada vez que reparan la comunidad tenemos que volver a pagar, usaron el dinero que pagué para reparar el muro del otro lado, y el muro en el que vivo casi se está pudriendo.

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  9 месяцев назад +1

      Hola, disculpa pero esta sección es para preguntar sobre posibles dudas existentes en la comunidad de propietarios, pero no caben los posibles comentarios personales aunque esté razonablemente comentados.
      Gracias
      Miguel
      691564359

  • @rociomarzar8422
    @rociomarzar8422 2 года назад +2

    En mi comunidad no hay estatutos ni seguro y yo quiero q este td legal pero muchos propietarios no quieren ya q es un gasto más y ellos no viven ahí los pisos los tienen alquilado.que puedo hacer,gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  2 года назад +2

      Estimada Rocio:
      Una comunidad puede tener o no estatutos. Lo normal es que los tenga pero sino esos estatutos estarán integrados en una escritura pública que se llama escritura de división horizontal o escritura de constitución. Con respecto al seguro si hablas de Madrid , Valencia, etc. es un gasto exigible y por lo tanto se debería tener, si no lo tuvieras toda la responsabilidad sería de la propia comunidad.
      Gracias
      Saludos
      Miguel

  • @marisantana7455
    @marisantana7455 Год назад

    Hola en el edificio donde vivo , de 4 plantas y 4 viviendas , una de las propiedades se convirtió en vivienda vacacional, la propietaria informó fuera de junta de vecinos , la pregunta es , le corresponde pagar diferente a su cuota normal ? Teniendo en alquiler su vivienda Se están deteriorando las zonas comunes y subiendo los gastos de luz y agua . Gracias .

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Buenos días Mari:
      En esta cuestión que plantea debemos irnos a lo que dice el artículo 17.12 de la LPH que dice textualmente lo siguiente:
      12. El acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los términos establecidos en la normativa sectorial turística, suponga o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Asimismo, esta misma mayoría se requerirá para el acuerdo por el que se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice dicha actividad, siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%. Estos acuerdos no tendrán efectos retroactivos
      Un cordial saludo
      Miguel
      691564359

    • @marisantana7455
      @marisantana7455 Год назад

      @@migueladminfergal-administ7538 Buenos días y muchas gracias por su respuesta , compartiré la información con el resto de los vecinos, lo tendré muy encuenta , otra vez más muchas gracias. Saludos.

  • @gemaviaderovillegas8501
    @gemaviaderovillegas8501 2 года назад +1

    Buenos días,vivo en un complejo de 10 chalet,actualmente no hay comunidad ni la a habitado Nunca desde 1993 que es cuando el año de construcción,hay 3 vecinos que quieren poner comunidad,me puedo negar a ello?ya que no tenemos ninguna zona común como piscinas jardines etc…cada chalet esta individual con su propio jardín y su correspondiente vallado (es lo único que tenemos en común la valla que divide)en mi casa el garaje de mi vecino pega a la pared de mi garaje nada más no hay ninguna zona común más..yo no quiero que pongan comunidad para tener que pagar para nada…me puedo negar a ello?Muchas gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  2 года назад +1

      Estimada Gema:
      Las cuestiones entre la medianera de su vivienda y el garaje es un tema entre particulares. Si lo que pretenden es hacer unas normas que sirvan para la constitución de la comunidad y para proponer una actividad regulada como comunidad tendrá que atenerse a lo que diga la mayoría. Mayoría simple. Una comunidad bien organizada siempre tendrá mas fuerza ante organismos públicos, bien sea ayuntamiento, Comunidad, etc.
      Saludos

  • @leonorcamacholozano3265
    @leonorcamacholozano3265 Год назад

    Saludos. Tengo una duda y quisiera consultarle. Somos una comunidad de 6 pisos y dos bajos , queremos pintar la fachada y no sabemos que cuota deben pagar los dueños de los locales. Uno de ellos es un taller y lo pinta diferente al resto y el otro pertenece a uno de los vecinos que habitan en el bloque. ¿Podría orientarme?
    Gracias.

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад +2

      Buenos días Leonor.
      La fachada a no ser que en una reunión os hayáis decidido por pagarla de forma igualitaria, hay que pagarla en función del coeficiente de la vivienda, Este coeficiente viene en la escritura de división horizontal/estatutos. el hecho de que un local vaya pintado de otra forma no significa que no tenga las mismas obligaciones que el resto de los propietarios.
      Un cordial saludo
      Miguel
      691564359

    • @leonorcamacholozano3265
      @leonorcamacholozano3265 Год назад +1

      @@migueladminfergal-administ7538 muchas gracias

  • @yolandaamoelorza9301
    @yolandaamoelorza9301 6 месяцев назад

    Buenas tardes quería hacer una consulta . En una comunidad de 8 propietarios 2 de ellos pusieron silla salvaescalera los de la segunda planta pagando solo ellos , ahora uno del primer piso quiere tener acceso a la silla . Como hay que hacer?

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  6 месяцев назад +1

      buenas tardes. En estos casos lo que tienen que valorar el coste de la silla salva-escaleras y repartir el gasto entre los tres propietarios. Vds. podrán recibir la cantidad de dinero que previamente han puesto. También pueden valorar si el tercer propietario interesado tiene que pagar los intereses derivados desde que se puso la silla salva-escaleras hasta la fecha.
      Un cordial saludo.
      Miguel
      691564359

    • @yolandaamoelorza9301
      @yolandaamoelorza9301 6 месяцев назад

      @@migueladminfergal-administ7538 muchísimas gracias por su atención muy amable.
      Un saludo 🙋

  • @alexissantosleon8211
    @alexissantosleon8211 5 месяцев назад

    Siomos una comunidad horizontal en la que las viviendas de atrás como la mía no tiene entrada ni portería ni garages están hacia la calle de atrás y se acordó que cada uno de los de atrás la pintura es cosa propia ,, tengo que pagar sin percibir ninguna presentación al respecto? . Gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  6 дней назад

      Hola Alexis.
      Si esto lo habéis decidido en Junta y nadie lo ha impugnado, habría que darlo como válido. Tendrías que paga si así se ha decidido por mayoría

  • @almanzorpistufi3265
    @almanzorpistufi3265 6 месяцев назад

    Si en una comunidad hay dos escaleras independientes, no comunican entre si, si una escalera opta por poner un ascensor esta obligada la otra escalera a pagarlo aun cuando no lo pueda usar, muchas gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Месяц назад

      Buenos días Sr. Almanzor.
      Si una comunidad tiene dos escaleras independientes se debería hacer una subcomunidad para que los propietarios de esa escalera pagara por el beneficio que le pueda reportar la instalación del ascensor.
      Ahora bien, dependerá lo que diga los estatutos sobre las aportaciones de los vecinos para la instalación de los elementos comunes, en este caso del ascensor y si todos los propietarios quedan obligados a ello.
      Un cordial saludo.
      Miguel
      691564359

  • @isabelgalacherodriguez3670
    @isabelgalacherodriguez3670 Год назад

    Hola
    Perdone y no hay ninguna cláusula que ampare a personas que esten en vulnerabilidad ?
    Un saludo

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад +1

      Estimada Isabel:
      Las personas que tengan vulnerabilidad no están exentas del pago de la comunidad, según la ley de propiedad horizontal. Si bien puede vd. solicitar una ayuda a través de los servicios sociales del ayuntamiento donde vd. se encuentre. El Ayuntamiento le exigirá una serie de papeles donde le solicitará todos sus datos económicos y en base a ello decidirán alguna aportación económica si procede.

    • @isabelgalacherodriguez3670
      @isabelgalacherodriguez3670 Год назад

      @@migueladminfergal-administ7538 Hola Miguel
      Gracias por contestar
      Preguntaba por el ascensor que quieren instalar
      Un abrazo

  • @_makiman
    @_makiman 3 года назад +1

    si acabo de heredar un piso pero tengo un inquilino y hace uso de los servicios comunitarios y yo no aunq no le cedi los derechos de uso, debo pagar la comunidad de propietarios??

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  3 года назад +1

      Lo primero que debe de hacer es legalizar su situación para que entre otras cosas sea reconocida su situación por el inquilino, a partir de ese momento deberían ponerse de acuerdo las partes y hacer un nuevo contrato. Tenemos un artículo con sentencias del tribunal supremo sobre arrendamientos que creo puede resultarle interesante adminfergal.es/jurisprudencia-en-arrendamientos-urbanos-por-el-tribunal-supremo-2-000-2-021/
      Saludos
      Miguel

  • @jordisolano1273
    @jordisolano1273 Год назад

    Buenas tardes, en este caso quisiera saber si las personas mayores 89años tienen alguna excepción o ayudas para pagar la comunidad de propietarios y en la comunidad quieren cambiar el vestíbulo de entrada pero este está bien, como se demuestra que es una mejora innecesaria? Y es solo por estética

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  11 месяцев назад

      Buenos días Jordi:
      Según la Ley de Propiedad Horizontal que no es la misma para Cataluña que para el resto de España, todos los propietarios tienen la obligación de ser Presidentes sin limite de edad a no ser que esta se imponga en la comunidad vía mayoría simple y que esta quede reflejada en acta.
      No hay tampoco ninguna ayuda a los mayores para que paguen la comunidad de otra manera que no sea la establecida en la misma.
      Si quieren cambiar el vestíbulo de la entrada y este está en perfectas condiciones entiendo que se debería entrar en la excepción del artículo 17.4 de la LPH que dice lo siguiente: " 4. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
      No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.
      No podrán realizarse innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario, si no consta su consentimiento expreso.".
      Un cordial saludo.
      Miguel
      691564359

  • @maribelcampananavarro2231
    @maribelcampananavarro2231 2 года назад +1

    Si los vecinos te rompen los timbres hacen reparaciones sin avisar no arregla la escalera de entrada a tu casa rompen mi buzón ,me quieren cobrar sin presentar factura ni presupuesto ,ahora están pintando la escalera sin decirme nada.
    Tengo que pagar ? Ellos quieren que pague una cantidad sin presentarme facturas . Gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Estimada Maribel. Para realizar reparaciones, al menos en España, sería necesario que estén aprobadas previamente en una junta general. No obstante, si es por mantenimiento y este es necesario, el Presidente puede hacerlo en virtud del artículo 10 de la LPH.
      Un saludo
      Miguel
      691564359

  • @txingudirun2600
    @txingudirun2600 Год назад

    Todos los vecinos tienen obligacion de pagar los gastos de colocacion de un ascensor ? Aun viviendo en un bajo que la puerta de la casa está en la calle , buzón , etc y no toca para nada el portal al vivir a ras de suelo de la calle ... gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Buenos días Txingudirun:
      Habrá que estar a lo que digan la escritura de división horizontal/estatutos de la Comunidad pero en circunstancias normales todos los propietarios están obligados a participar en base a su coeficiente en los gastos de la instalación del ascensor. No hay excepciones. Las excepciones las podrían poner los vecinos en la junta de propietarios.
      Reciba un cordial saludo
      Miguel
      691564359

    • @txingudirun2600
      @txingudirun2600 Год назад

      @@migueladminfergal-administ7538 ok gracias

  • @justomartinez4587
    @justomartinez4587 Год назад

    Me gustaría saber , ya que te sigo y noto que eres un entendido en comunidades...tengo un local en una comunidad, y lo tengo como un negocio, hasta donde son mis obligaciones de pago y arreglos de dicha comunidad? Y entraría los arreglos dentro del edificio, cuando yo no hago uso de dicho edificio?

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  11 месяцев назад

      Buenos días Justo:
      El local pagará en virtud de lo que indique la Escritura de división horizontal del edificio o/y los estatutos. Si en la escritura de división horizontal del edificio dirá quien esta obligados al pago y en que coeficiente y quienes estarán exentos y de que parte del reparto de gastos.
      Un cordial saludo
      Miguel
      691564359

  • @mustadris.l4599
    @mustadris.l4599 2 года назад

    Hola Miguel una pregunta yo tengo un local como almacén en la comunidad de propietarios son 5 ellos pagan la cuota mensual entre 30€a 50€ y yo estoy pagando 110 € dicen que yo tengo más metros en local como lo ves? gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  2 года назад +2

      Hola Mustadri:
      La obligación de pago en una comunidad de propietarios, salvo que se diga lo contrario, debe de realizarse por coeficiente, si su local tiene mas metros lo lógico es que pague mas. No obstante, si se lee la escritura de división horizontal del edificio o estatutos podrá comprobar como esta constituido el edificio y los m2 de su local con respecto a los demás.
      Saludos
      Miguel

  • @fernandorogado4222
    @fernandorogado4222 Год назад

    Buenos días:
    En mi comunidad, compuesta de locales y viviendas, tenemos el servicio de conserjería. Tenemos estatutos en los que se exime a los locales de los gastos de portal, ascensor, patio y jardín interior y piscina, por no hacer uso de ellos, ya que los locales tienen su propio acceso desde la calle, pero no se hace alusión alguna a los gastos de conserjería, por tanto, con arreglo al artículo 9.1.e) está obligado el propietario de local a contribuir, conforme a su coeficiente de propiedad asignado en el título constitutivo, a los gastos de conserjería?. Si fuera así, para el caso de querer eximirle de dicho gasto a los locales, sería necesariamente convocar una junta en el que figura como orden del día la Exoneración a locales del gasto de conserjería, cuyo acuerdo tenía que adoptarse por "unanimidad", es decir con el voto en contra de un vecino, no habría exoneración.
    Me puede decir si estoy en lo cierto o confundido?.
    Muchas gracias
    Saludos cordiales
    Nando

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  11 месяцев назад +1

      Estimado Fernando:
      Le pongo la contestación de la exoneración de gastos propuesta por Maria José Polo en Sepin Editorial:
      "Aunque es este un tema ya tratado en otras ocasiones, no está exento de polémica, por lo que nos ha parecido apropiado volver a escribir al respeto aclarando algunas dudas que parecen seguir existiendo.
      El artículo 9.1.e) de la LPH señala como una de las obligaciones de todo propietario la de “contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización”, de lo que, hemos de concluir que, la exoneración es una excepción a esta regla general por lo que habrá de estarse a lo “especialmente establecido” para poder determinar cuándo a un comunero se le puede eximir del abono de algún gasto comunitario, teniendo en cuenta que, como señala la regla 2 de este precepto legal la no utilización de un elemento o servicio común, sea la causa para eximir del cumplimiento de esta obligación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17.4.
      De este modo, el que la vivienda o local permanezcan cerrados por cualquier circunstancia, no legitima al propietario para dejar de abonar estos gastos, como establecen, entre otras, las sentencias de la AP Madrid, de 18/09/2017 (SP/SENT/925228) y de 29/03/2011 (SP/SENT/633530). Del mismo modo, si la vivienda está siendo ocupada por una tercera persona, arrendatario, cónyuge no propietario, etc., el obligado con la Comunidad será, siempre, el propietario, con independencia de las relaciones internas entre las partes.
      Los gastos comunes de la Comunidad de Propietarios: obligación legal y exoneración
      Así, se deberán pagar los gastos comunes, pese a no tener acceso al portal, no poder usar el ascensor, escaleras, etc., pues las características específicas de cada propiedad ya debieron ser tenidas en cuenta en el momento de fijación de la cuota de participación, como señala el párrafo 2 del artículo 5, por lo que, incluso en el caso en el que se trata de un nuevo servicio común que no puedan utilizar, caso de los locales a pie de calle cuando se instala un ascensor, todos deberán afrontar los gastos que se deriven, salvo acuerdo específico en contra, en cuyo caso, la jurisprudencia viene admitiendo que, pese a que se trataría de una modificación del Título y, por lo tanto, sería preceptivo en acuerdo unánime, artículo 17.6 de la LPH, esta decisión se podrá adoptar válidamente por el mismo quorum que la principal, como ha señalado la sentencia del TS de 13/09/2010 (SP/SENT/524328).
      No serán causas que permitan la falta de pago supuestos tales como, la suscripción de un seguro individual, pues si todos los propietarios estarán obligados al pago del comunitario, el hecho de que ya tengan determinadas coberturas en el privado no será la excusa para dejar de pagar aquel, como señala la sentencia de la AP Cádiz, Sec. 5.ª, 171/2012, de 10/04/2012 (SP/SENT/679540); la instalación de un sistema privativo, por ejemplo, de calefacción, existiendo un servicio general, la decisión unilateral de desvincularse, no puede ser la causa de la falta de pago; la agregación física dos propiedades, pues al no haber existido una modificación registral, continúan siendo independientes y cada una de ellas tendrá sus obligaciones comunitarias, en este sentido citamos la sentencia de la AP de Murcia de 13/10/2020 (SP/SENT/1073739) o la falta de capacidad económica de los propietarios, así se ha pronunciado la sentencia de la AP de Valencia de 28/09/2020 (SP/SENT/1073550), en este caso, la Comunidad podrá exigir, como en cualquier otro supuesto, la deuda.
      Espero haber respondido a su comentario.
      Saludos.
      Miguel
      691564359

    • @fernandorogado4222
      @fernandorogado4222 11 месяцев назад

      @@migueladminfergal-administ7538
      Muchísimas gracias Miguel.
      Saludos cordiales y felices fiestas.
      Un abrazo

  • @jihanexis
    @jihanexis 4 года назад

    hola !!Acabo de comprar un casa en una urbanización.la cual no tengo plaza garaje. Y la casa está endependiente. todavia no estoy viendo ayi.por qué estoy haciendo una obra. está endependiente..no uso nada en común con los vecinos.estoy obligada a pagar la comunidad???. lo único que hacen es cambia la bombilla al frente de mi puerta.un saludo y muchas gracias.

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  3 года назад +1

      En primer lugar es necesario revisar la escritura de obra nueva y División Horizontal para comprobar como está definido su inmueble. En caso de ser parte de la Comunidad de Propietarios deberá de sufragar los gastos oportunos para el sostenimiento de la finca según regula el art. 9 de la LPH.
      Un saludo

  • @LOL-xq3ph
    @LOL-xq3ph 9 месяцев назад

    hola buenas,Vivo en un edificio de 4 pisos. sin ascensor ,Pero la cuota de comunidad hay que pagarla 550 euros al año.

    • @LOL-xq3ph
      @LOL-xq3ph 9 месяцев назад

      Ahora descubrí que me estafaron y me gasté casi 16.000 euros en comunidad por 4 plantas sin ascensor.No hay ascensor ni garaje, sólo un edificio normal y corriente de cuatro plantas. Y la zona pública de las escaleras no es grande.

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  9 месяцев назад +1

      Hola 550 € al año, son 46 € al mes. A mi no me parece una cantidad extraordinariamente alta para pagar los gastos de la comunidad. Por supuesto no se puede dejar de pagar la cuota de la comunidad, en todo caso plantear el tema en la próxima junta general que tengan e indicar una posible disminución de la cuota siempre que el presupuesto de gastos de la comunidad lo permita.
      Saludos
      Miguel
      691564359

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  9 месяцев назад +1

      para las derramas extraordinarias serán las que se acuerden en las junta generales. Tiene que ir a dichas reuniones para hablar de las deficiencias existentes y el dinero que se requiere para hacer frente a ese gasto.
      Saludos
      Miguel
      691564359

    • @LOL-xq3ph
      @LOL-xq3ph 9 месяцев назад

      Muchas gracias por tu respuesta, pero le pregunto al administrador de la comunidad dónde se gasta el dinero.
      De hecho me dijo que el coste del seguro comunitario era de 3000 euros y el coste de la limpieza de escaleras de 2040 euros.
      Nuestro apartamento era muy pequeño, con sólo 17 puertas.
      Así que lo comprobé por privado. El precio del seguro y el coste de la limpieza de las escaleras eran 1.650 euros cada uno. El coste del seguro (y el seguro no es obligatorio en Barcelona).
      El suplemento de limpieza es de 1.050EURO
      Ella mintió y yo personalmente sospecho que estuvo involucrada en la malversación de fondos de la cuenta de la comunidad porque han pasado casi nueve años desde que fue reelecta y la comunidad nunca ha tenido una reunión.
      @@migueladminfergal-administ7538

  • @antoniorochaaviles6211
    @antoniorochaaviles6211 2 года назад

    Hola un vecino tiene alquilado un local y el inquilino se niega a pagar el agua cuando el solo gasta el 50% del agua y el propietario dice que no le llamemos más que ni paga ni pagará me podían aconsejar .muchas gracias

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  2 года назад +1

      Buenos días Antonio.
      El responsable último del pago del agua es el propietario. Que el administrador ponga al inquilino como segundo pagador no significa que sea este inquilino al obligado al pago. Deberán dirigirse al propietario y reclamarle las cantidades pendientes de pago por lo judicial si fuera necesario.
      Saludos.
      Miguel

    • @antoniorochaaviles6211
      @antoniorochaaviles6211 2 года назад

      @@migueladminfergal-administ7538 si ,es lo que pensábamos no tenemos ni la dirección del propietario para comunicarle que le vamos a denunciar .y es el primer paso que tenemos que dar .creo yo .muchas gracias por responderme ,un saludo

  • @monig6614
    @monig6614 4 года назад +3

    Interesante la información , he llegado hasta aquí porque tengo dudas, vivo en una casa donde el bajo es de otro propietario que acaba de venderlo y me he puesto en contacto con el nuevo propietario para informarle de que deberíamos pintar la fachada y arreglar y reparar las infiltraciones del tejado y se niega pues dice que no es su tejado y que ahora mismo no puede hacerse cargo, me parece muy fuerte porque no vive ahí, lo tiene alquilado con lo cual lo a comprado como una inversión. No se que hacer, si ponerlo en manos de un abogado valdría la pena o no pues no me puedo permitir mas gastos de los que ya tengo, ¿que opina? Me gustaría saber su opinión, muchas gracias.

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  4 года назад +1

      Buenos días. Por favor haga este comentario a través de nuestro blog y le contestamos gustosamente. Busque en el blog este título y vaya al final al apartado de comentarios y escriba lo. Muchas gracias. Miguel. Www.admi fergal.es

  • @eduardorosalesherrera7137
    @eduardorosalesherrera7137 2 года назад

    ,hola,,yo solo quiero saber si teniendo un bajo sueldo por cambios forzados en el trabajo,podría dejar de pagar la comunidad por ser además de abusiva ,es injusta a mí parecer ,,tan solo cobro 600€ al mes ,,de ahí sale todos los gastos ,y no puedo con ellos ,cada mes me cuesta más hacerme con los gastos.😔

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  2 года назад

      Hola Eduardo. Siento mucho su situación, pero la Comunidad tiene unos gastos y vd. tiene la obligación de pagar igual que el resto de los propietarios. No hay posibilidad de exonerarle de los gastos a no ser que todos los propietarios estén de acuerdo

    • @eduardorosalesherrera7137
      @eduardorosalesherrera7137 2 года назад

      @@migueladminfergal-administ7538 gracias por contestar,no me queda otra que aguantar con los gastos ,impuestos ,etc etc ,con 40 años ahí días en la semana que sigo pidiendo comida a mi madre ,es frustrante ,,😔,gracias de nuevo ,saludos.

  • @paularuiz8153
    @paularuiz8153 2 года назад

    Soy propietaria de un piso,soy jubilada y quiero hacer la limpieza de la escalera,para pagar los gastos k me corresponde de la comunidad,ya que la Sña k lo hacía esta de baja. La presidenta se niega, ti3ne derecho a negarse?

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Buenos días Paula. Eso no lo puede hacer. Lo podría hacer de forma voluntaria pero sin el trueque de realizar el servicio a cambio de que se le condone la deuda. En el caso de que se hiciera legal tendrían que estar avalado por la junta de propietarios previamente a que vd. este dada de alta como autónoma para ejercer esta labor de forma profesional..
      Saludos
      Miguel
      691564359

  • @clubpruebas9184
    @clubpruebas9184 2 года назад +1

    Hola Miguel, una consulta, en nuestra comunidad han cambiado los interfonos por unos con video-portero, el administrador, ha decidio excluir al local del pago de su cuota que asciende a algo más de 2000 € porque le interesa tener a este propietario contento ya que tiene un coeficiente del 24%, no existen estatutos de la comunidad ni en le escritura de división horizontal se exonera al local de ningún tipo de pago, en Cataluña nos regimos por el libro V del Código Civui, pero entiendo que aunque el local dispone de puerta individual de acceso y no utiliza el video-portero teniendo en cuenta que además si contribuye con el resto de gastos, debe de contribuir también con la instalación de este video-portero, que te parece Miguel. Saludos

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Buenos días. Como bien has comentado y razonado. Dependerá lo que diga la escritura de división horizontal y los estatutos. Si no dice nada, se estará a lo que se indique en el reparto de gastos de forma habitual. Pero si se le pone un video portero al local, lo lógico es que este pague lo que se indica en su coeficiente y si le toca pagar el 24% del total de la derrama tendrá que hacerlo.
      Saludos
      Miguel
      691564359

    • @clubpruebas9184
      @clubpruebas9184 Год назад

      @@migueladminfergal-administ7538 Hola Miguel, gracias por la respuesta, así lo veo yo, el video portero no es que se ponga al local, el video portero es para la comunidad, creo que para el caso es lo mismo, el local no utiliza el video portero al igual que no utiliza el acensor y si que paga su mantenimiento, independientemente de que utilice un servicio o no, entiendo que si no esta excluido del gasto en cuestión debe de contribuir acorde a su coeficiente, es correcto?.
      Gracias.

  • @franciscomartinez9564
    @franciscomartinez9564 2 года назад

    Y si la pensión no llega al SMI y no te llega?

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Estimado Francisco.
      Las Comunidades de Propietarios no entienden de Salarios Mínimos, etc. Si tu vives en una vivienda tienes la obligación de pagar la parte que te corresponda en función de tu coeficiente.
      Un cordial saludo.
      Miguel
      691564359

  • @mariaformosa2398
    @mariaformosa2398 Год назад

    Quisera saber que aparte de pagar.todos los meses una cumonidadal año tanbien

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  Год назад

      Hola Maria: Su obligación es pagar la cuota mensual que se haya acordado en la reunión de los propietarios y aquellas derramas que se propongan para el pago de obras especiales. Son obras puntuales que nada tienen que ver con las posibles obras de mantenimiento.
      Saludos
      Miguel
      691564359

  • @FatimaRodriguez-su9lt
    @FatimaRodriguez-su9lt 2 года назад

    Quien tiene derecho de la limpieza del chunt comunitario?????

    • @migueladminfergal-administ7538
      @migueladminfergal-administ7538  2 года назад

      La limpieza del shunt la debe de hacer siempre la comunidad de propietarios, a no ser que alguien haga un mal uso de la misma. En ese caso quien debe hacerlo es la comunidad.
      Saludos
      Miguel

  • @juanmanavarro4460
    @juanmanavarro4460 4 года назад

    Gracias, me ha parecido muy útil. Ahora ya sé proceder en el caso de mi comunidad de propietarios.