L quería saber Yo soy José Luis Ortega García quería saber si van a voy a recibir esa pensión o cómo voy a tratar de hacer llegar es a ustedes lo que quiero saber ustedes ya lo vieron estoy aquí estoy Ortega Ortega
Voy a iniciar ese camino y les felicito, porque ha sido el video más ilustrativo y sensato que he mirado. Gracias y mientras inicio trámites, me educaré con uds.
Excelente ejemplo y muy buena explicación, ojalá puedan hacer los complementos al mismo para explicarnos todo lo de los impuestos a los que está sujeto el pago de la pensión, y si ustedes ven la posibilidad de que se derogue el cobro de dichos impuestos o si se puede uno amparar o inconformar por el cobro abusivo y desconsiderado de dichos impuestos, ya que son únicamente pensiones de subsistencia.
Solo pagas impuestos si percibes más de quince salarios mínimos, que serían actualmente unos $48,600, Con todo respeto pero ¿este monto se te hace de "subsistencia"?
Hola, me podrías decir en qué parte?, he visto toso el video siguiendo los pasos y saqué todo perfecto pero no sé de donde viene el decreto, me ayudarías mucho.
Excelente información, completa y paso a paso. Sólo no me queda claro en el ejemplo como se determinan los incrementos adicionales. Me pueden ayudar con eso?. Saludos!!
Hola muy bien explicado podrás poner un ejemplo de pension en caso de enfermedad como sería y si dejaste de trabar akgunos años como se considera las semanas a cotizar.
soy una persona de 60 años pero deje de cotizar en el año 1999, tengo 517 semanas cotizadas, mi pregunta es: ¿para la conservacion de derechos tengo que trabajar y cotizar un año para poderme pensionar a los 60 años? de antemano muchas gracias por su respuesta, en verdad que sus tutoriales son importantisimos
Mi situación es la siguiente, Deje de cotizar en el año 2002 y posterior mente me di de alta con un patrón particular por un mes me dio el seguro, para no perder el seguro seguí pagando el seguro por medio del banco y ahorita me esta poniendo muchas travas el IMSS EJEMPLO doble número de afiliación Doble número de curp y de afiliación y no tomándome en cuenta el año que cotice (2017 a 2018), argumentando que no aparecen en la computadora, Cuyos requisitos ya los cumpli y me volvió a argumentar pidiéndome el estado de cuenta del afore, lo realice y por ultimo me argumento el IMMS que tenia que hacer un escrito de negativa de pencion
Buenas noches, muy explicito felicidades. Tengo 2 dudas y son las siguientes: 1. Si estamos tanto mi esposa como yo inscritos en la modalidad 40 y ya llevamos más de un año efectuando las aportaciones, que pasaría si en el transcurso del trámite fallece alguno de los dos, se pierde lo logrado hasta ese momento? 2. Asimismo si una vez habiendo logrado la pensión por vejez que es el objetivo fallece uno o ambos, la misma pregunta quien tiene derecho a la pensión lograda por cada uno? Cabe aclarar que ambos hemos perdido a nuestros padres y tenemos 3 hijos mayores de 25 años, Gracias por su respuesta
@@silvinomixtega7698 si estás cotizando con el IMSS y cumples con todos los requisitos para pensionarte, entonces si te puedes pensionar sin importar en qué empresa trabajes.
Hola, muchas gracias por la explicación, muy buena y puntual. Sólo me queda la duda de si a la cantidad final le quitan impuestos o se deposita neto, gracias
Todo muy bién explicado, solamente que en el cálculo de Incrementos, la multiplicación de 98,049.95x0.0196x18.5=35,552.91 en el ejemplo da 35,516.63. En la última tabla en el minuto 25:10 los valores obtenidos para asignaciones (15%) los resultados son sacados de la cuantía mensual y sumados a esta. Después modifica los valores tomando en cuenta la columna de la pensión mensual, más el 15% por asignaciones y cambia la cantidad de la pensión total mensual. La pregunta es: Lo correcto es sacar el 15% por asignación de la columna de la pensión mensual y no de la columna de la cuantía mensual? Muchas Gracias por Aclarar la duda. Le doy un pulgar hacia arriba!!
Estoy pensionada a los 60 años me jubile tengo como l800 semanas cotizadas pero después de tiempo me acordé del importe del INFONAVIT ahora se que se fue para mi pensión, este lo puedo retirar del IMSS para adquirir un departamento.
Excelente información PODRIAS HACER UN VIDEO DONDE SE ME EXPLIQUE PORQUE EN UNA PENSION EL PRIMER MES SALE MAS ALTA LA CANTIDAD DE DINERO QUE LOS SIGUIENTES MESES.
Yo vivo en EE.UU. y cuando estuve embarazada de mi última hija fui a la TEXAS Health and Human Services Commission y califique para que me dieran servicio médico o sea Medicaid. Si una mujer embarazada califica para este servicio no deja de trabajar (salvo que el médico lo ordene) y claro que también calificas para “Estampillas de comida” o sea Food Stamps. El servicio médico para tu familia menor de 18 años es gratis y para la madre embarazada. Cuando nace la criatura la madre va a revisión médica, una sola vez después de los días requeridos) luego los niños menores de 18 seguirán recibiendo beneficios más no la madre.
Hola buena noche ... 1) ._ El 11% ( incremento por decreto ) aplica para todas los cálculos para pensionarse o hay algun caso o excepción ? 2)._ En el caso de que haya un ascendiente familiar beneficiario y depende de mi ....pero tiene pensión imss mínima ....aplica el 10 % para el cálculo de mi pensión ? Gracias anticipadas por sus respuestas ....
Hola, tengo 62 años, tengo más de 1200 semanas cotizadas, pero como hace 14 años que dejé de cotizar y solo por eso no me puedo pensionar, imagínese que difícil que me contraten un poco más de un año para que se actualice mi conservación de derechos, he batallado mucho con esto, tremendo obstáculo para los que hemos trabajado toda nuestra vida ☹️
Hola. Yo soy especialista en pensiones,jubilaciones, pensiones por viudez,pensión por orfandad,pensión por incapacidad y negativa de pensión. Sí por algún motivo dejaste de cotizar,has perdido derecho a pensionarte.Existe la forma de adquirir derechos y obligaciones,para obtener una pensión.Recuperar Saldos de Afore,Sar 92,Vivienda 97 y Ahorros Voluntarios. No olvides que puedes pedir tú Pre-Calificación INFONAVIT,para obtener recursos;para mejora del lugar dónde vives,para hacer lo qué siempre quisiste hacer hace 5 ó 10 años!! Me llamo Erick García # cel:5539841220
Contador Contado, felicidades por su canal y por el contenido muy útil y claro para nosotros, tengo dos preguntas que me pueden muy importantes que me gustaría que me ayudara a aclarar. 1) ¿Se puede acceder al plan o modalidad 40 aún cuando se tenga una relación laboral vigente en el IMSS en el régimen obligatorio, con la finalidad de aumentar el porcentaje o monto de la pensión? 2) ¿Que sucedería si en el sexenio del actual Presidente cambia la ley del IMSS para pensiones en cuanto a la cesantía, nos afectaría? Su servidor está en la Ley 73. Saludos y muchas gracias?
Para contratar la Mod. 40 debes estar sin relación laboral. Por Ley una nueva Ley no se puede aplicar si es en perjuicio del interesado, pero actualmente vemos cosas...
Hola buenas tardes le agradezco mucho la información que realmente está muy entendible. Solo le pido como otras personas, que pudiera hacer un ejercicio con salario bajo, ya que muchas personas ganan menos de mil pesos a la semana y creo que podría ser un factor importante ante la cantidad que pudieran recibir. Reciba un cordial saludo y un abrazo con el respeto que me merece.
Te felicito por la información, tengo una pregunta yo nunca cotice para el IMSS y las pensiones, tengo 53 años y me gustaría saber, si trabajo una plataforma como Uber si puedo cotizar para mi pensión, de antemano gracias
Ya cumplí 60 años y sigo cotizando mi pregunta es si previo a pedir mi baja a mi patrón el imss me puede hacer un cálculo de mi posible pensión y como la podría solicitar? Gracia de antemano y felicidades por su canal
ya tiene mucho este video.. pero veo que la tabla de cuantia basica es diferente a la que esta en el Ley de 1973... es por alguna razón? Saludos y gracias!!
Es verdad excelente vídeo, muy bien explicado perfecta edición, volumen y sobre todo lo mas importante el contenido, muchas gracias por hacerlo, ya que después de estar investigando varios artículos, tu vídeo es el mas claro y explicito.
Agradeceré me informe si el sueldo mensual que se registra como trabajadora doméstica, lo aplican igual como si se percibiera de una contratación en empresa.
Podria explicar los articulos 484 y 486 de la Ley Federal del Trabajo en lo que se refiere a la toma de bases para indemnizaciones por Riesgos de trabajo, de antemano muchas gracias por compartir sus conocimientos y una duda Licenciado apartir del año 2018 ya se usa como divisor el Valor de la UMA en Curso para determinar el grupo salarial del asegurado ?
este ejercicio podrías decirnos cómo realizar la hoja de excel y así solo poner los factores que cambiarían los resultado. ahora sí en el porcentaje de la esposa15% fallece, te lo quitan o te lo sustituyen por la ayuda existencial?
cual es el calculo cuando ya tienes mas de 10 años sin cotizar y tienes 659 semanas cotizadas al tener las 52 semanas para la conservación de derechos cual seria mas o menos la pensión de antemano gracias
Es el mejor video de pensiones que he visto, lo explicas muy bien, pero me surgio una duda. Para la pensión se considera el SMV o la UMA? Espero me puedas ayudar con eso.
hola muy buen video sobre pensiones IMSS pero me genera una duda en las cuentas de cuantia de incrementos anuales no me salen las cuentas me salen 35,552.91 lo podrias aclarar de donde te salen 35,516.63 para que el vide este al 100
Son años cumplidos pero si presentas tu solicitud de pensión seis meses y un día después de haber cumplido años, se te considera con un año más para tu cálculo. Para aclarar, si tienes 60 años, 5 meses, 29 días se te considera de 60 años, pero si tienes 60 años, 6 meses y 1 día se te considera de 61 años. Sustento legal Artículo 171 de a Ley del 73, que a la letra dice: "... Se aumentará un año a los cumplidos cuando la edad los exceda en seis meses."
Hola buena tarde yo en este momento estoy operada de una rodilla protesis completa voy a tener derecho a una pension con 213 semanas por ahora en el mes de julio todabia no estoy dada de alta sigo con incapacidad
Muchas gracias por la explicación, muy buena! una duda, en mi caso el año pasado dejé de cotizar al IMSS, considerando que tengo 54 años y tengo 1,300 semanas cotizadas, eso quiere decir que tengo 6.25 años para jubilarme y que me reconozcan mis semanas anteriores, entonces sí podría obtener mi jubilación a los 60 años, sin necesidad de ingresar a la modalidad 40?
En marzo cumplí 68 años desde el 2002 ya no trabajo para ninguna empresa, tengo un trabajo informal, pertenezco a la ley del 73,tengo sobre 1,400 semanas cotizadas y tengo la confirmación de semanas cotizadas expedidas por el IMSS , que debo de hacer ya que ninguna empresa me va a contratar para estar activo cotizando por año y medio??
Y si deje de cotizar en el 2006 y entre a trabajar en el 2018 pero ya cumplí los 61 años y quiero pensiónarme como me van hacer los cálculos sobre mis semanas cotizadas
@@contadorcontado Me fue mal porque fue más bajo el importe de la pensión de lo que calcule en este video el problema es que en el imss manejaron un salario base de cotización menor al que saque en su página del imss donde se refleja el número de cotización y el salario base de cotización del patrón y ellos dicen que al salario base de cotización se le hacen ajustes y tengo dudas al respecto aún no firmo la resolución y pienso ir a la delegación del imss en Puebla estoy confundida. Podría darme una orientación por favor. Gracias. Saludos.
La ley que me corresponde es la de 1973. Tengo 1846 semanas cotizadas y el salario base de cotización que el patrón aporto es de $550.47 los últimos 7 años. Y el IMSS lo bajo a $447.00 no me acuerdo los centavos por eso lo redondeo y no estoy de acuerdo en que me haya bajado el salario base de cotización por eso no me dio la cantidad que me salio siguiendo los paso del video. Espero y puedas orientarme gracias.
No sé qué hacer 😔 soy promotora y mi trabajo es principalmente cargar cajas repetitivamente los 6 días de la semana y me salió una hernia, cada que hago esfuerzo me duele y el IMSS no me da cita para cirujía ni incapacidades, y en la empresa les urge que siga trabajando... si renuncio cómo me voy a atender sin IMSS? 😭
Duda, que pasa con los incrementos que hay y habrá (según anuncian) en los salarios mínimos, la UMA subirá? O los ingresos por pensión se estancan perjudicando al pensionado?
Tengo una duda, mi padre está a punto de pensionarse y es de la ley anteriror. Pero él tenía ya cómo 15 años sin cotizar y este último año está trabajando para completar las 52 semanas cotizadas. El problema es que haciendo el cálculo de los últimos 5 años cotizados para obtener el promedio de pensión que le corresponde, sale muy bajo, muy inferior al mínimo. A poco le tocaría tan poquito de pensión? Que no aplicaría el salario mínimo para la pensión? Quien me puede sacar de esa duda?
Hola, disculpe se soy jubilada imss, podria decirme por favor, puedo trabajar de nuevo en una depependencia del issste?, y en tal caso de que si pueda, debo avisar que soy jubilada o hacer algún trámite especial.
Si me diagnosticaron parkinson y tengo 43 años puede el imss pensionarme? Tengo 808 semanas cotizadas con un salario variable de 300 a 780 sbc en los últimos 5 años y la primera vez k cotice fue en el 95 espero me pueda orientar saludos
El mejor video y explicado de todos los que e visto gracias y felicidades
A
Boys a resivir pencio de71anos pencionado y como aserlo
L quería saber Yo soy José Luis Ortega García quería saber si van a voy a recibir esa pensión o cómo voy a tratar de hacer llegar es a ustedes lo que quiero saber ustedes ya lo vieron estoy aquí estoy Ortega Ortega
N
Zb
Por fin entendí claramente cómo es determinante el número de semanas cotizadas😅. Mil gracias por tan detallada explicación
Voy a iniciar ese camino y les felicito, porque ha sido el video más ilustrativo y sensato que he mirado. Gracias y mientras inicio trámites, me educaré con uds.
Excelente ejemplo y muy buena explicación, ojalá puedan hacer los complementos al mismo para explicarnos todo lo de los impuestos a los que está sujeto el pago de la pensión, y si ustedes ven la posibilidad de que se derogue el cobro de dichos impuestos o si se puede uno amparar o inconformar por el cobro abusivo y desconsiderado de dichos impuestos, ya que son únicamente pensiones de subsistencia.
Solo pagas impuestos si percibes más de quince salarios mínimos, que serían actualmente unos $48,600, Con todo respeto pero ¿este monto se te hace de "subsistencia"?
magnífica esplicacion, el que sabe sabe, uds. forman grupos para dar clases, asesoramiento, trámites para jubilarse.
Gracias Señor Le enviado, Excelente Presentación sobres las Pensiones.
eres el mejor amigo. ya había consultado a muchos más y eres el más explícito. gracias por ser un experto.
Yo, nuevamente, ya encontré su explicación del decreto y su 11% de incremento, gracias
Hola, me podrías decir en qué parte?, he visto toso el video siguiendo los pasos y saqué todo perfecto pero no sé de donde viene el decreto, me ayudarías mucho.
@@claudiasosa3854 con mucho gusto Claudia en el minuto 10:16 del video en la parte de abajo se indica en letras verdes.
El mejor video que he visto explicando sobre la pensión y su cálculo.
Felicitaciones.
Buenas tardes.
Excelente explicación, la mejor de todas las que he observado.
Felicidades.
Saludos cordiales.
Excelente información, completa y paso a paso. Sólo no me queda claro en el ejemplo como se determinan los incrementos adicionales. Me pueden ayudar con eso?. Saludos!!
Hola muy bien explicado podrás poner un ejemplo de pension en caso de enfermedad como sería y si dejaste de trabar akgunos años como se considera las semanas a cotizar.
Magnifica exposición mejor que muchos cursos que he tomado, felicidades
Muchísimas gracias, excelente presentación
soy una persona de 60 años pero deje de cotizar en el año 1999, tengo 517 semanas cotizadas, mi pregunta es: ¿para la conservacion de derechos tengo que trabajar y cotizar un año para poderme pensionar a los 60 años? de antemano muchas gracias por su respuesta, en verdad que sus tutoriales son importantisimos
Mi situación es la siguiente,
Deje de cotizar en el año 2002 y posterior mente me di de alta con un patrón particular por un mes me dio el seguro, para no perder el seguro seguí pagando el seguro por medio del banco y ahorita me esta poniendo muchas travas el IMSS
EJEMPLO
doble número de afiliación
Doble número de curp y de afiliación y no tomándome en cuenta el año que cotice (2017 a 2018), argumentando que no aparecen en la computadora,
Cuyos requisitos ya los cumpli y me volvió a argumentar pidiéndome el estado de cuenta del afore, lo realice y por ultimo me argumento el IMMS que tenia que hacer un escrito de negativa de pencion
EXCELENTE INFORMACION A HECHARLE MUCHA GANA AL TRABAJO Y BUSCAR UNA BUENA PENSION
Muchas gracias excelente tutoríal
Buenas noches, muy explicito felicidades.
Tengo 2 dudas y son las siguientes:
1. Si estamos tanto mi esposa como yo inscritos en la modalidad 40 y ya llevamos más de un año efectuando las aportaciones, que pasaría si en el transcurso del trámite fallece alguno de los dos, se pierde lo logrado hasta ese momento?
2. Asimismo si una vez habiendo logrado la pensión por vejez que es el objetivo fallece uno o ambos, la misma pregunta quien tiene derecho a la pensión lograda por cada uno? Cabe aclarar que ambos hemos perdido a nuestros padres y tenemos 3 hijos mayores de 25 años,
Gracias por su respuesta
En la ley 97 lo administra la AFORE o la aseguradora, ya que existen diferentes modalidades para pensionarse bajo esta ley.
Quisiera saber si el IMSS te pensiona. No importa en que empresa se trabaje
@@silvinomixtega7698 si estás cotizando con el IMSS y cumples con todos los requisitos para pensionarte, entonces si te puedes pensionar sin importar en qué empresa trabajes.
Gracias x compartir tus conocimientos, excelente explicación
BUENAS TARDES. me gustaría que hicieran este mismo calculo pero con monto de modalidad 40 de 2019 a tope. Gracias y saludos.
Muchas gracias, muy bien explicado, por que además nos indica en qué artículos de ley se basa
Gracias genial trabajo tienes etica y gracias al inai bien hecho los felicito
Excelente, muchas gracias!
Hola, muchas gracias por la explicación, muy buena y puntual. Sólo me queda la duda de si a la cantidad final le quitan impuestos o se deposita neto, gracias
me gustaría si subiera vídeo de administración de cuentas por cobrar...gracias??
Gracias! un video excelente que ofrece un gran servicio a los que deseamos pensionarnos. GRACIAS
Deberían de pensionar alos 50 para que chingaos alos 65 apenas y vamos a poder caminar alos 65
Hola! Ustedes me podrían ayudar con el trámite de la pensión?
Todo muy bién explicado, solamente que en el cálculo de Incrementos, la multiplicación de 98,049.95x0.0196x18.5=35,552.91 en el ejemplo da 35,516.63. En la última tabla en el minuto 25:10 los valores obtenidos para asignaciones (15%) los resultados son sacados de la cuantía mensual y sumados a esta. Después modifica los valores tomando en cuenta la columna de la pensión mensual, más el 15% por asignaciones y cambia la cantidad de la pensión total mensual. La pregunta es: Lo correcto es sacar el 15% por asignación de la columna de la pensión mensual y no de la columna de la cuantía mensual?
Muchas Gracias por Aclarar la duda. Le doy un pulgar hacia arriba!!
hola buena tarde
una disculpa pero ya que veo que le entendio me gustaria saber el calculo de los incrementos para que me sirven?
Ana Monarrez . Aumentan la cuantía de la pensión.
@@1954bony oh. Muchas gracias
Estoy pensionada a los 60 años me jubile tengo como l800 semanas cotizadas pero después de tiempo me acordé del importe del INFONAVIT ahora se que se fue para mi pensión, este lo puedo retirar del IMSS para adquirir un departamento.
Excelente información PODRIAS HACER UN VIDEO DONDE SE ME EXPLIQUE PORQUE EN UNA PENSION EL PRIMER MES SALE MAS ALTA LA CANTIDAD DE DINERO QUE LOS SIGUIENTES MESES.
Porque le pagan retroactivo de la fecha de la baja o del cumplimiento de la edad.
Yo vivo en EE.UU. y cuando estuve embarazada de mi última hija fui a la TEXAS Health and Human Services Commission y califique para que me dieran servicio médico o sea Medicaid. Si una mujer embarazada califica para este servicio no deja de trabajar (salvo que el médico lo ordene) y claro que también calificas para “Estampillas de comida” o sea Food Stamps. El servicio médico para tu familia menor de 18 años es gratis y para la madre embarazada. Cuando nace la criatura la madre va a revisión médica, una sola vez después de los días requeridos) luego los niños menores de 18 seguirán recibiendo beneficios más no la madre.
Gracias por la Información. Buen día. 😎👍
Hola buena noche ...
1) ._ El 11% ( incremento por decreto ) aplica para todas los cálculos para pensionarse o hay algun caso o excepción ?
2)._ En el caso de que haya un ascendiente familiar beneficiario y depende de mi ....pero tiene pensión imss mínima ....aplica el 10 % para el cálculo de mi pensión ?
Gracias anticipadas por sus respuestas ....
Esta perfectos todo los q nos explica aserca De las pensiones
Hola, tengo 62 años, tengo más de 1200 semanas cotizadas, pero como hace 14 años que dejé de cotizar y solo por eso no me puedo pensionar, imagínese que difícil que me contraten un poco más de un año para que se actualice mi conservación de derechos, he batallado mucho con esto, tremendo obstáculo para los que hemos trabajado toda nuestra vida ☹️
Así es, desgraciadamente.☹️
Yo estoy en las mismas circunstancias y no es justo!!!!!
Hola. Podrían hacer un video sobre Infonavit. Todas las maneras de utilizar este fondo. Gracias por sus videos, son muy claros y útiles.
Hola.
Yo soy especialista en pensiones,jubilaciones, pensiones por viudez,pensión por orfandad,pensión por incapacidad y negativa de pensión.
Sí por algún motivo dejaste de cotizar,has perdido derecho a pensionarte.Existe la forma de adquirir derechos y obligaciones,para obtener una pensión.Recuperar Saldos de Afore,Sar 92,Vivienda 97 y Ahorros Voluntarios.
No olvides que puedes pedir tú Pre-Calificación INFONAVIT,para obtener recursos;para mejora del lugar dónde vives,para hacer lo qué siempre quisiste hacer hace 5 ó 10 años!!
Me llamo Erick García
# cel:5539841220
Muy buena información gracias
Muy bien pero pero mi esposo hace poco se pensionó y le dieron de 120 mil que tenia cotizado solo le dieron 15 mil se te hace gusto
Debió demandar en conciliación y arbitraje para que le den el resto .
Que gran video , en serio es de lo mejor, te ganaste un nuevo suscriptor, felicidades
Contador Contado, felicidades por su canal y por el contenido muy útil y claro para nosotros, tengo dos preguntas que me pueden muy importantes que me gustaría que me ayudara a aclarar.
1) ¿Se puede acceder al plan o modalidad 40 aún cuando se tenga una relación laboral vigente en el IMSS en el régimen obligatorio, con la finalidad de aumentar el porcentaje o monto de la pensión?
2) ¿Que sucedería si en el sexenio del actual Presidente cambia la ley del IMSS para pensiones en cuanto a la cesantía, nos afectaría? Su servidor está en la Ley 73. Saludos y muchas gracias?
Para contratar la Mod. 40 debes estar sin relación laboral.
Por Ley una nueva Ley no se puede aplicar si es en perjuicio del interesado, pero actualmente vemos cosas...
Hola buenas tardes le agradezco mucho la información que realmente está muy entendible. Solo le pido como otras personas, que pudiera hacer un ejercicio con salario bajo, ya que muchas personas ganan menos de mil pesos a la semana y creo que podría ser un factor importante ante la cantidad que pudieran recibir. Reciba un cordial saludo y un abrazo con el respeto que me merece.
Muchas gracias, explicación clara
Excelente explicación gracias
Excelente video, una pregunta cuánto pagaría mensualmente en modalidad 40, con salario topado, en pesos y como se calcula, les agradezco
Puedes checar nuestro vídeo de modalid 40, saludos
Te felicito por la información, tengo una pregunta yo nunca cotice para el IMSS y las pensiones, tengo 53 años y me gustaría saber, si trabajo una plataforma como Uber si puedo cotizar para mi pensión, de antemano gracias
Ya cumplí 60 años y sigo cotizando mi pregunta es si previo a pedir mi baja a mi patrón el imss me puede hacer un cálculo de mi posible pensión y como la podría solicitar? Gracia de antemano y felicidades por su canal
Yo te puedo hacer el cálculo. Comunícate: fjisida@gmail.com.
ya tiene mucho este video.. pero veo que la tabla de cuantia basica es diferente a la que esta en el Ley de 1973... es por alguna razón? Saludos y gracias!!
Es verdad excelente vídeo, muy bien explicado perfecta edición, volumen y sobre todo lo mas importante el contenido, muchas gracias por hacerlo, ya que después de estar investigando varios artículos, tu vídeo es el mas claro y explicito.
Ýp
Agradeceré me informe si el sueldo mensual que se registra como trabajadora doméstica, lo aplican igual como si se percibiera de una contratación en empresa.
Podria explicar los articulos 484 y 486 de la Ley Federal del Trabajo en lo que se refiere a la toma de bases para indemnizaciones por Riesgos de trabajo, de antemano muchas gracias por compartir sus conocimientos y una duda Licenciado apartir del año 2018 ya se usa como divisor el Valor de la UMA en Curso para determinar el grupo salarial del asegurado ?
El el mejor canal de contabilidad!!! Muchas gracias
Tengo que presentar la documentación en la UMF o en la subdelegación? Es pensión por cesantía
Gracias x tu video, me estas ayudando mucho
Un poco complejo para principiantes. Pero aceptable. Saludos
este ejercicio podrías decirnos cómo realizar la hoja de excel y así solo poner los factores que cambiarían los resultado. ahora sí en el porcentaje de la esposa15% fallece, te lo quitan o te lo sustituyen por la ayuda existencial?
cual es el calculo cuando ya tienes mas de 10 años sin cotizar y tienes 659 semanas cotizadas al tener las 52 semanas para la conservación de derechos cual seria mas o menos la pensión de antemano gracias
Felicidades, muy buen video. Sólo tengo una duda, ¿en estos cálculos no interviene la UMA?
Si, en el minuto 18:27 “en veces del salario mínimo” en ves del salario mínimo es la UMA.
@@1954bony Gracias!
¿Para el calculo de la pensión cuantos salarios mínimos se deben considerar?
Mil gracias. Claro y lógico.
Es el mejor video de pensiones que he visto, lo explicas muy bien, pero me surgio una duda.
Para la pensión se considera el SMV o la UMA? Espero me puedas ayudar con eso.
Debió haber sido con la UMA no con el SMDF
hola muy buen video sobre pensiones IMSS pero me genera una duda en las cuentas de cuantia de incrementos anuales no me salen las cuentas me salen 35,552.91 lo podrias aclarar de donde te salen 35,516.63 para que el vide este al 100
FELICIDADES EXCELENTE GRACIAS, SUS DATOS PARA CONTACTARLOS.
Excelente los calculos como te puedo localizar
Muy Buena explicación. Preunta: Para el cálculo de la edad, cual es el criterio, años cumplidos a o se toma en cuenta los días o meses?
Son años cumplidos pero si presentas tu solicitud de pensión seis meses y un día después de haber cumplido años, se te considera con un año más para tu cálculo. Para aclarar, si tienes 60 años, 5 meses, 29 días se te considera de 60 años, pero si tienes 60 años, 6 meses y 1 día se te considera de 61 años. Sustento legal Artículo 171 de a Ley del 73, que a la letra dice: "... Se aumentará un año a los cumplidos cuando la edad los exceda en seis meses."
Buenos días una pregunta es muy necesario k m den d baja en el IMSS x k toda vía estoy cotizando y ya en 11 días cumplo 60 años
¡Hola! Necesito de su asesoría para poder pensionarme. Felicidades Excelente vídeo. Gracias
EL MEJOR VIDEO,,,GRACIAS
Hola buena tarde yo en este momento estoy operada de una rodilla protesis completa voy a tener derecho a una pension con 213 semanas por ahora en el mes de julio todabia no estoy dada de alta sigo con incapacidad
Quedo a sus órdenes, soy especialista en la materia, mi número es 5551881234
hola, una duda si la persona no quiere pensionarse pero quiere retirar su afore es posible?
Excelente explicación Lic. muchas gracias, la mejor información que he recibido, bendiciones.
Donde encuentro % por asignaciones? Ya sea por hijos menores de 25años. Gracias
Muchas gracias por la explicación, muy buena! una duda, en mi caso el año pasado dejé de cotizar al IMSS, considerando que tengo 54 años y tengo 1,300 semanas cotizadas, eso quiere decir que tengo 6.25 años para jubilarme y que me reconozcan mis semanas anteriores, entonces sí podría obtener mi jubilación a los 60 años, sin necesidad de ingresar a la modalidad 40?
Hola, Yo estoy pensionado por cesantia desde los 62.5 anos. ya cumpli los 65 anos. que debe hacer para actualizar mi pension
Super super gracias Amigos.
Para determinar el salario presentado en VSM más bien en vez de ser el salario mínimo vigente, es la UMA diaria, no?
Así es.
Podria hacer un video informativo sobre la modalidad 40?
En marzo cumplí 68 años desde el 2002 ya no trabajo para ninguna empresa, tengo un trabajo informal, pertenezco a la ley del 73,tengo sobre 1,400 semanas cotizadas y tengo la confirmación de semanas cotizadas expedidas por el IMSS , que debo de hacer ya que ninguna empresa me va a contratar para estar activo cotizando por año y medio??
bien explicado y claro,gracias x compartir sus conocimientos
Me podrías asesorar, tengo 64 años, en 2015 fue mi último registro en el seguro social, quiero saber si tengo derecho a jubilación.
Soy estudiante y tengo un número de seguro social, pero me pide que haga una aportación a la AFORE de mi preferencia y eso es lo que no entiendo
Es decir, que después de los 65 años pierdes el derecho sobre ciertas ramas de la pensión sino la solicitas con tiempo????
Nooo, no se pierde el derecho a nada.
Y si deje de cotizar en el 2006 y entre a trabajar en el 2018 pero ya cumplí los 61 años y quiero pensiónarme como me van hacer los cálculos sobre mis semanas cotizadas
Buen video lo hice espero que el resultado que me dio sea el correcto. Gracias saludos.
Nos avisas qué tal te fue ;).
@@contadorcontado Me fue mal porque fue más bajo el importe de la pensión de lo que calcule en este video el problema es que en el imss manejaron un salario base de cotización menor al que saque en su página del imss donde se refleja el número de cotización y el salario base de cotización del patrón y ellos dicen que al salario base de cotización se le hacen ajustes y tengo dudas al respecto aún no firmo la resolución y pienso ir a la delegación del imss en Puebla estoy confundida. Podría darme una orientación por favor. Gracias. Saludos.
La ley que me corresponde es la de 1973. Tengo 1846 semanas cotizadas y el salario base de cotización que el patrón aporto es de $550.47 los últimos 7 años. Y el IMSS lo bajo a $447.00 no me acuerdo los centavos por eso lo redondeo y no estoy de acuerdo en que me haya bajado el salario base de cotización por eso no me dio la cantidad que me salio siguiendo los paso del video. Espero y puedas orientarme gracias.
@@contadorcontado buenos dias, cual es su tel para contactarle
Gracias
No sé qué hacer 😔 soy promotora y mi trabajo es principalmente cargar cajas repetitivamente los 6 días de la semana y me salió una hernia, cada que hago esfuerzo me duele y el IMSS no me da cita para cirujía ni incapacidades, y en la empresa les urge que siga trabajando... si renuncio cómo me voy a atender sin IMSS? 😭
Duda, que pasa con los incrementos que hay y habrá (según anuncian) en los salarios mínimos, la UMA subirá? O los ingresos por pensión se estancan perjudicando al pensionado?
Desde luego el UMA perjudica al pensionado ya que es menor al salario mínimo.
Tengo una duda, mi padre está a punto de pensionarse y es de la ley anteriror. Pero él tenía ya cómo 15 años sin cotizar y este último año está trabajando para completar las 52 semanas cotizadas. El problema es que haciendo el cálculo de los últimos 5 años cotizados para obtener el promedio de pensión que le corresponde, sale muy bajo, muy inferior al mínimo. A poco le tocaría tan poquito de pensión? Que no aplicaría el salario mínimo para la pensión? Quien me puede sacar de esa duda?
muy bien explicado
excelente video Contador, una pregunta, a las cantidades finales se les resta ISR?
Buenas tardes con la ley del 73 te regresan tu dinero del afore todo o se queda en el afore gracias
Excelente tutoria te has ganado un Nuevo suscriptor y un like, maestro
.hola tengo 59 años y mas de 1200 semanas ccotizadas la pregunta es me puedo pensionar en este momento.
muy buena explicación, muy claro
Alludame yo no entiendo. ¿Tu entiendes!
Hola, disculpe se soy jubilada imss, podria decirme por favor, puedo trabajar de nuevo en una depependencia del issste?, y en tal caso de que si pueda, debo avisar que soy jubilada o hacer algún trámite especial.
Excelente explicación
Excelente explicación 👌
Si me diagnosticaron parkinson y tengo 43 años puede el imss pensionarme? Tengo 808 semanas cotizadas con un salario variable de 300 a 780 sbc en los últimos 5 años y la primera vez k cotice fue en el 95 espero me pueda orientar saludos
YO BLANCA MTZ.YA TENGO 70 AÑOS.DESDE QUE ME JUBILE.Y TENGO MI ESPOSO TAMBIEN TIENE UNA PENCIONCITA MAS PEQUEÑA
que buen video ,muchas gracias, muy bien explicado