No se trata de derogar la ley se trata de hacerla clara se abusa y se aplica mal la ley esta se creo en Colombia para casos de narcotrafico y lavado pero en Perú a criterio de un fiscal se puede aplicar para todos los casos y no es así se tergiversa y se aplica para todo delito
El problema no reside en señalar a dedo que delito o no, existe enriquecimiento ilicito de muchas formas no solo narcotrafico, el tema está que se aplica la extinción de dominio a un investigado el cual sigue siendo inocente hasta que haya una sentencia. Es lo mismo que hacen con la detención preliminar y prisión preventiva, la teoría está bien pero se falla en la práctica.
@christianmendoza7771 tu lo has dicho en la práctica los fiscales tipifican cualquier delito como organización criminal, con todo respeto pero la mayoría de fiscales no tiene la preparación adecuada, no basta con solo ser abogado sino una especialización en criminalistica
La extinción de dominio es autónoma porque, incluso si en un proceso penal se dictamina a favor del acusado, este no consigue demostrar el origen de su patrimonio.
No se trata de derogar la ley se trata de hacerla clara se abusa y se aplica mal la ley esta se creo en Colombia para casos de narcotrafico y lavado pero en Perú a criterio de un fiscal se puede aplicar para todos los casos y no es así se tergiversa y se aplica para todo delito
El problema no reside en señalar a dedo que delito o no, existe enriquecimiento ilicito de muchas formas no solo narcotrafico, el tema está que se aplica la extinción de dominio a un investigado el cual sigue siendo inocente hasta que haya una sentencia. Es lo mismo que hacen con la detención preliminar y prisión preventiva, la teoría está bien pero se falla en la práctica.
@christianmendoza7771 tu lo has dicho en la práctica los fiscales tipifican cualquier delito como organización criminal, con todo respeto pero la mayoría de fiscales no tiene la preparación adecuada, no basta con solo ser abogado sino una especialización en criminalistica
La extinción de dominio es autónoma porque, incluso si en un proceso penal se dictamina a favor del acusado, este no consigue demostrar el origen de su patrimonio.