En verdad estos videos ayudan muchísimo, estoy apunto ingresar a la licenciatura, aunque no tenga un conocimiento total de la materia, ayudan muchísimo para darse una idea. Espero sigan subiendo más videos!
Cuando el defensor acepta que el defendido fue el culpable desde el inicio ya nada hay que hacer, agrégale que la juez al parecer tiene como antecedente y origen el MP. La misma juez narra todo como quien ya ha decidido que el imputado es realmente quien causó los daños y el posible robo que nunca quedó establecido en la audiencia, repito, si no hay sustracción de bienes no hay robo.
Solo faltaba que le impusiera la prision preventiva justificada para que la odiara yo, qué mal trabajo de esta jueza. Pregunta porque robo agravado? No es robo simple?
Que vergüenza de la defensa: 1 el señor es guardia, su presencia no es causa de delito. 2 las cosas encontradas al rededor de los daños no es responsabilidad del acusado, no sólo había celulares, había camas, colchones, llantas y demás y eso no es causa de que el tenga algo que ver con ello. 3 no hay robo si acaso daños a propiedad ajena. 4 pero eso tendrán que demostrarlo el mp presentando pruebas y no solo su palabra. Hay demasiadas irregularidades en este procedimiento. No se puede acusar a alguien de robo si no hay sustracción. Menos si quien es acusado está obligado a estar presente en el área El defensor debió presentar las llamadas recibidas a su defendido. Como defensa es un asco.
lo detienen los policias a las 10:15 am y es asta las 13:35 pm que lo ponen a disposicion al Agente del Ministerio publico aqui no se cumple con lo dispuesto en el articulo 16 constitucional en su parrafo 5° en el que asu letra dice: Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención. por lo tanto la jueza no debio calificar de legal ladetencion puesto que no se cumplio con lo dispuesto en el mensionado articulo.
La defensa ninca invocó la presuncion de inocencia, toda vez que a todas luces se lucidaba la deficiencia de medios de pueba. Aunada a esto nunca hizo aplomo de su sano juicio. Que mal esta el sistema de justucia.
En verdad estos videos ayudan muchísimo, estoy apunto ingresar a la licenciatura, aunque no tenga un conocimiento total de la materia, ayudan muchísimo para darse una idea. Espero sigan subiendo más videos!
"Puesto que el es primo delincuente" dicho por la defensa debe de ser un indicador de incapacidad de la defensa.
Cuando el defensor acepta que el defendido fue el culpable desde el inicio ya nada hay que hacer, agrégale que la juez al parecer tiene como antecedente y origen el MP.
La misma juez narra todo como quien ya ha decidido que el imputado es realmente quien causó los daños y el posible robo que nunca quedó establecido en la audiencia, repito, si no hay sustracción de bienes no hay robo.
Solo faltaba que le impusiera la prision preventiva justificada para que la odiara yo, qué mal trabajo de esta jueza.
Pregunta porque robo agravado? No es robo simple?
Has de ser de oficio el abogado
Me sorprende como llevan a cabo las audiencias de control de detención en Puebla. Muy mal esa Juez.
Que vergüenza de la defensa:
1 el señor es guardia, su presencia no es causa de delito.
2 las cosas encontradas al rededor de los daños no es responsabilidad del acusado, no sólo había celulares, había camas, colchones, llantas y demás y eso no es causa de que el tenga algo que ver con ello.
3 no hay robo si acaso daños a propiedad ajena.
4 pero eso tendrán que demostrarlo el mp presentando pruebas y no solo su palabra.
Hay demasiadas irregularidades en este procedimiento.
No se puede acusar a alguien de robo si no hay sustracción.
Menos si quien es acusado está obligado a estar presente en el área
El defensor debió presentar las llamadas recibidas a su defendido.
Como defensa es un asco.
Si hubiece salido corriendo el inputado con 15 celurares nunca hubieran sabido quien fue"
Y x que la gerente ,no presento ,las llamadas ,o amenazas que le hicieron ,y x que no lo declaró,y las amenazas de las demás , tiendas?
lo detienen los policias a las 10:15 am y es asta las 13:35 pm que lo ponen a disposicion al Agente del Ministerio publico aqui no se cumple con lo dispuesto en el articulo 16 constitucional en su parrafo 5° en el que asu letra dice: Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o
inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil
más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la
detención.
por lo tanto la jueza no debio calificar de legal ladetencion puesto que no se cumplio con lo dispuesto en el mensionado articulo.
Me queda claro que no se sube la audiencia con el objetivo de que la gente se ponga del Fondo (que es una pena), más bien del proceso de la audiencia!
Que desesperante debe ser vivir con ese señor 🤣
Siii está de hueva, jaja
La defensa ninca invocó la presuncion de inocencia, toda vez que a todas luces se lucidaba la deficiencia de medios de pueba. Aunada a esto nunca hizo aplomo de su sano juicio.
Que mal esta el sistema de justucia.
Le puse velocidad x2 de reproducción al vídeo, y aun así, es muy lento😅
Yo también 😅
Has de ser de oficio el abogado no no lo defiende no nada nada más callado decir que se vaya a la abreviado mejor