Hora de comida. Supuestos en que forma parte de la jornada laboral.

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  • Опубликовано: 2 ноя 2024

Комментарии • 25

  • @consueloruizvenegas1071
    @consueloruizvenegas1071 Год назад

    Excelentes sus videos me han ayudado mucho en mis estudios, mil gracias 😊

  • @fernandadominguez1636
    @fernandadominguez1636 3 месяца назад

    Hola!
    Tengo un tema en el trabajo por mas de un año hemos trabajado 8 horas en donde se incluía nuestra hora de comida.
    Cambiaron de coordinador y ahora nos pide 8 horas laborales mas 1 de comida= 9 horas.
    Pero en nuestro contrato no se específico nada de ser una jornada discontinua (4 laborales 1 de descanso, 4 horas laborales)

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  3 месяца назад

      @@fernandadominguez1636 Hola. Habría qué analizar el contrato o las condiciones que pactaron al inicio del vínculo. De ello dependerá si tiene derecho a hacer un reclamo,’por ejemplo de horas extras o hasta dar por terminado el vínculo si le cambiaron las condiciones laborales. Saludos y sigo a sus órdenes👋

  • @blancarosamedinamedina3417
    @blancarosamedinamedina3417 Год назад +1

    En el horario estatal la jornada es de 8 horas laborales y en ningún momento las 2 horas que se toma de 12 m. A 2 p.m no forma parte de la jornada laboral ya que el empleado entra a las 8: 00 a.m. sale almorzar a las 12:00 m. Y retoma en trabajo a las 2:00 p.m y sale a la 6:00 p.m, de ésta manera está cumpliendo las 8 horas laborales

  • @FamiliaTopeteComparan
    @FamiliaTopeteComparan 2 месяца назад

    Ya está algo viejo este video pero…. Hay alguna jurisprudencia que señale en qué momento de la jornada laboral se puede salir a comer?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  2 месяца назад

      Hola. No existe como tal una jurisprudencia o criterio que indique de forma específica la hora para salir a comer, pues las partes tienen libertad para determinar la hora para ello, siempre que su disfrute no intervenga con el disfrute de otros derechos o se superen los máximos legales. Saludos

  • @edmhdz
    @edmhdz 25 дней назад

    Buen vídeo, en mi trabajo de noche tengo un turno de 22:00 a 6:00, y nos dan 2 dias de descanso, hace unas semana el jefe nuevo nos dijo que solo descansaria un solo dia pero con el mismo horaro, les comente que eso ya seria tiempo extra, pero no me lo quieren pagar por que dicen que es mi hora de comida, cabe decir que durante la noche las instalaciones estan completamente cerradas y nadie puede entrar y salir, y que debo estar alerta ante cualquier cosa que suceda y contestando llamadas cada 30 minutos. ¿Tienen razon o si me deben pagar ese tiempo?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  25 дней назад +1

      Hola. La Ley Federal del Trabajo establece que el turno nocturno tendrá una duración máxima de siete horas. Si usted labora de las 22:00 a 6:00 horas, por lo que atendiendo ese horario, no es posible que "salga" de la fuente de empleo a descansar y consumir alimentos, de ahí que sí deben pagarle una hora extra diaria. Ello, aun cuando pueda descansar y consumir alimentos dentro de su jornada, pues el hecho de que no tenga opción de salir de la fuente de empleo para hacerlo, obliga a considerar una hora extra diaria. Saludos

    • @edmhdz
      @edmhdz 24 дня назад

      @@vidajurisdiccional muchas gracias por su respuesta

  • @diegoguizar3555
    @diegoguizar3555 9 месяцев назад

    No me quedó o no entendí bien el tema, pero te expongo lo que está pasando y está por pasar en la empresa en donde trabajo; bien, es una ensambladora que para empezar no cuenta con el permiso para desempeñar ese giro, la entrada es a las 7 y salimos a las 3 de la tarde L-S, con media hora de comida dentro de las instalaciones ya que no se permite salir, ellos dicen que para eso tenemos comedor dentro de la instalación, aunado a eso, se han estado poniendo más estrictos, tal cual que van a reducir la media hora de comida a tan solo 20 minutos, hasta donde entendí eso no está permitido ante la ley no?
    En dado caso que lo quieran aplicar a que instancia debo acudir?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  9 месяцев назад +2

      Hola. El tiempo mínimo de descanso debe ser de media hora, lo que implica que menos de ese tiempo se considera ilegal. Ahora, si resulta que sólo les dan media hora de descanso, ese tiempo debe considerarse como tiempo efectivo en la jornada laboral. Así, si usted ingresa a laborar a las 7:00 y sale a las 15:00 horas, considero le están tomando en cuenta esa media hora como parte de su jornada normal, así que en ese caso, la empresa no viola derecho alguno en su perjuicio. Ahora que si considera que en su trabajo están estableciendo jornadas extenuantes o inhumanas, por ejemplo sólo permitirles descansar 20 minutos, o las condiciones en general son inhumanas, por ejemplo, no permitirles sentarse a cada determinado momento, ni tampoco ir al baño o tomar dentro de su jornada, eso puede considerarse como jornadas inhumanas, lo que está penado por la ley como delito. Ante ese tipo de circunstancias, incluyendo que la empresa está operando de forma ilícita o en condiciones que pongan en peligro la salud o integridad de las personas, puede denunciar de forma anónima a las secretarías del trabajo locales, cada entidad tiene la propia. O si no desea hacerlo mediante instancias locales, puede presentar de forma anónima queja ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en la página oficial aparecen estos datos para ello: Centro de mando 5530002700, extensions 65338, 65388 y 65394 o el correo institucional inspección federal@stps.gob.mx
      También, puede recibir orientación por parte de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en los números 5559982000 extensiones 44782, 83, 85, 86, 88, 89, 90 y 91. 8007172942 y 8009117877 o al correo orientaciónprofedet@stps.gob.mx
      Le deseo éxito. Saludos

  • @viajesativo755
    @viajesativo755 2 месяца назад

    Entonces si estoy de 9 am a 6 pm de l a v y me dan 1 hrs de comida deberia de salir a las 5? Puesto que la hora esta incluída en la jornada laboral?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  2 месяца назад

      Hola. Si su jornada es de 9:00 a 18:00 horas, con una hora para comer, es correcto que salga a las 18:00 horas. Diferente sería sí sólo le otorgaran 30 minutos para descansar, ya sea fuera o dentro de la fuente de trabajo, por ser media hora, sí forma parte de la jornada, por lo que en ese caso, usted debería salir a las 17:00 horas. Saludos

    • @viajesativo755
      @viajesativo755 2 месяца назад

      @@vidajurisdiccional investigando, note que mi jornada se le considera "discontinua" pero si deberían dejarme salir a mi hora cosa que no hace la empresa, gracias

  • @judithwolf9288
    @judithwolf9288 Год назад

    En una fabrica en la q estaba la jornada era de 10 horas y sólo daban 45 minutos de trabajo y te tomaban como jornada discontinua. Ademas trabajan sábados de 8 a 5pm. No entiendo bien del tema pero jornadas de 10 horas es una pasada porq además tenias q estar de pie esas 10 horas. Y luego se encabronaban porq no aceptabas voluntariamente el tiempo extra. Tiene 2 semanas de jornadas de 12 horas de lunes a viernes y 10 horas en sábado. No entiendo de leyes pero no parece muy legal. Es una pasada y las señoras se dejan.

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  Год назад

      Hola. Así como lo narra, esas jornadas son ilegales. La Constitución y la Ley Federal del Trabajo prevén que la jornada máxima semanal es de 48 horas, en una jornada diurna. Sin embargo, esta puede verse disminuida cuando se trata de jornada noctura, que es de 7 horas, y mixta, de 7 y media horas diarias. Así, cualquier tiempo que exceda de esas jornadas, se considera tiempo extra. La vigente Ley Federal del Trabajo prevé la obligación de los patrones de instalar sillas o sillones para que los trabajadores tomen descansos. Aún así, algunos patrones, tienen ese tipo de jornadas, en donde por el tipo de trabajo, deben permitir que los trabajadores descansen determinado tiempo, por lo que en términos de la legislación laboral e interpretaciones que ha hecho la Corte, se pueden considerar inhumanas, ante la falta de descansos cortos. Por ello, si a pesar de que exista Sindicato dentro de esa empresa, no se pone solución a ese tipo de jornadas, pueden denunciar de forma anónima ante la Inspección del Trabajo, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Saludos

  • @axelmartinez6671
    @axelmartinez6671 10 месяцев назад

    Trabajo 9 horas con 1 hora de comida pero solo cuentan 8 horas por dia ahi donde queda esa media hora dentro de la jornada esta bien asi como lo maneja mi empresa o esta mal?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  10 месяцев назад

      Hola. Como lo contabiliza la empresa donde trabaja, está bien. Sólo se consideraría como parte de su jornada, si el tiempo de descanso es media hora o si es más, si no puede salir de la fuente de trabajo a descansar. Ejemplo, un “velador”. Saludos!

  • @Aslarwolf
    @Aslarwolf Год назад

    Si trabajo 11 horas al dia y tengo una hora de comida?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  Год назад +2

      Hola. La Constitución Federal prevé una jornada máxima de 48 horas semanales. Pero las partes pueden pactar distribuirlas de la forma que más les convenga, de tal forma que esas 48 horas las pueden agotar en cinco días, a fin de que el trabajador descanse sábados y domingos o cualquier otro día; a ello se le conoce como una contratación o jornada especial. Luego, si no pactó con su patrón una jornada especial y labora 11 horas diarias, menos una hora de comida y/o descanso, y tiene una jornada diurna (8 horas diarias), entonces usted está laborando dos horas extras diarias. Saludos

  • @ramirosantoszarate2605
    @ramirosantoszarate2605 Год назад

    VI SU EXCELENTE VIDEO, EN LO REFERENTE A LAS HORAS EXTRAS, SI UN TRABAJADOR (A) LABORA HORAS EXTRAS Y EL TRABAJADOR REBASA 3 VECES A LA SEMANA, LABORANDO SOLO 2 HORAS DIARIAS, 3 VECES A LA SEMANA, LAS HORAS POSTERIORES A ESAS 6 HORAS TRABAJADAS POS LOS 3 DÍAS, LAS QUE SE TRABAJEN DEPUÉS DE ESAS HORAS, ¿DEBEN SER PAGADAS AL TRIPLE, AUN CUANDO NO EXCEDAN LAS 9 HORAS ESTIPULADAS EN LA LEY? O COMO SE APLICA EN ALGUNOS CRITERIOS QUE EL PAGO TRIPLE DEBE HACERSE REBASANDO LAS 9 HORAS, SIN IMPORTAR SI LAS REALIZA DENTRO DE LOS TRES DÍAS O MÁS, EN EL ENTENDIDO DE QUE YA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ESTABLECE 2 LÍMITES NO MÁS DE 3 VECES A LA SEMANA Y NO MÁS DE 3 HORAS POR DÍA?

    • @vidajurisdiccional
      @vidajurisdiccional  Год назад +1

      Hola. Solo se pagan horas extras al triple, a partir de la décima hora extra a la semana, sin importar casos como el que explica. Además, a partir de la décima hora extra a la semana, como regla general, es carga del trabajador demostrar que las laboró. Las primeras nueve horas extras a la semana es carga del patrón desvirtuar que el trabajador las laboró. Art. 784, fracción VIII, Ley Federal del Trabajo. Saludos👋

  • @blancarosamedinamedina3417
    @blancarosamedinamedina3417 Год назад +1

    Si la jornada laboral es de 8 horas diarias y la hora de almuerzo está contada en la jornada laboral entonces lo que trabajaría sería solo 7 joras diarias