Profesora y Dra con ud entiendo cada tema de Derechos Reales. Excelentes clases y explicación. Si todos los docentes fueran como UD. Espero aprobar el Martes recupero segundo parcial. Muchas gracias
vivo en una reserva municipal , estamos tramitando la regularizacion por parte del municipio, que sucede si i vecino me construye parcialmente dentro de mi lote ,una vez loteado la reserva municipal?
El dominante no tiene la obligacion de comprar, pero si lo hace se extinguiria la servidumbre porque seria titular de ese terreno, y ya no habria dos titulares diferentes, sino uno solo. Y ambos inmuebles tendrian salida a la via publica, por lo que deja de ser necesaria la servidumbre
Doctora, usted es una excelente docente. Gracias por sus clases. Me ayudaron a entender todo con claridad y me sirvieron para preparar mis examenes. Sus explicaciones son una garantía de aprendizaje y entusiasmo por el derecho. ❤
Dra. Las mejoras necesarias no son una obligación para el fundo dominante, sino que un derecho, ya que el codigo utiliza la palabra "puede" en lugar de utilizar "debe". Es decir, que el titular del fundo sirviente no podría exigir las mejoras, salvo que estas esten estipuladas en el acto constitutivo.
Hola, primero feliciitar por el video, excelente explicacion. Queria hacer una consulta respecto a la servidumbre de paso por un inmueble. Se debe contratar a un ingeniero agrimensor para rectificar la mensura original respecto de la nueva servidumbre de paso con sus medidas o solamente se constituye por escritura publica especificando ahi las medidas y de que servidumbre se trata?
podria dar un ejemplo porque todo en generalizaciones es dificil de entender. Tenemos inmuebles que quedan sin salida a camino en la realidad, puede hacersele un camino pero podria ser antieconomico porque por ejemplo podria hacerse un camino sobre un humedal. Pero como hacer un camino en un humedal es antiecologico y caro por el movimiento de suelos. Podria ser que ese inmueble sin salida tuviera una mejor salida saliendo por un campo vecino. Pero podria ser que el vecino porque no quiere o porque no se lleva bien con el que necesita salida, no acceda a una servidumbre en su inmueble.
chapeau!! un aplauso por sus videos, la claridad de conceptos que ud maneja y como los comunica, hacen que podamos aprender quienes estamos interesados en la materia. Muchas gracias!
La verdad que aprecio mucho que haya profesores que expliquen como ud!!👏🏼 Soy estudiante de Cr Público y tengo que aprender sobre Derecho Civil, mis profesores son muy textuales, se remiten a lo que está en el código y no dan tanta explicación, por lo que me costaba comprender los temas. Hoy me encuentro estudiando para el examen final de esta materia y gracias a que la encontré en RUclips siento que he terminado de comprender los temas!! Por más profesores como ud que explique con toda esta paciencia y ejemplos 👏🏼👏🏼👏🏼👏🏼 muchas gracias
Pregunta ¿el titular del fundo sirviente puede oponerse al uso indebido de la servidumbre de paso? en el caso en que el ejercicio del titular del fundo dominante no use el paso para el mero transito, sino también como estacionamiento.
Profesora me encanta su forma de explicar , de trasmitir sus conocimientos , le agradezco porque gracias a su explicación aprobé y promocione derechos reales
Excelente... Gracias! Pero si aparece en la escritura del terreno sirviente? Pero ya hoy el terreno dominante ya tiene en frente de su terreno una calle pública? (Antes no tenía salida, pero hoy sí). Muchas gracias!!!
Muy buena expicación! Consulta: en el caso de que el dominante adquiera un inmueble contiguo por el cual pudiere hacer un paso a la vía pública, en ese caso el fundo sirviente puede ejercer derecho de extinguir la servidumbre de tránsito por su terreno?
Muchísimas gracias, me sirve mucho su explicación y me encanta la forma en la que explica ya que es muy entendible, además da muchos ejemplos para lograr entender y aprendí más con usted que con mí profesora que no se toma el tiempo de explicar correctamente. Saludos y gracias 🌹
Muchas gracias , hermosa PERSONA , me atrevo porque soy estudiante de derecho y debo tener algun añito mas que vos , excelente docente y muy humana gracias gracias gracias !!!
Gracias Doctora! me ha ayudado muchísimo a preparar esta materia. Y ha logrado que me guste. Usted es una docente maravillosa. Gracias por todo, un afectuoso abrazo desde Misiones.
Disculpe, estimada, tengo una duda. ¿La circunstancia de que una servidumbre sea convencional determina por sí misma su carácter de personal? Eso es lo que surge de sus palabras en el video. A mi la verdad me genera reparos, ya que bien podría constituirse una servidumbre convencionalmente con inherencia a los fundos a los que se incorpora, con prescindencia de quien sea el titular del fundo dominante y, en tal caso, ya no sería servidumbre personal, sino real, ya que sería inherente a los fundos y no a la persona que se sirve de ella. Ello es más notorio en el caso de la servidumbre a perpetuidad. ¿Puede aclararme este punto? Desde ya, le agradezco. Saludos.
Por lo que entiendo, las personas no podrian constituir de manera convencional una servidumbre perpetua, porque es un acuerdo puramente entre esos titulares, y si cambia alguno de los titulares (por enajenacion o causa de muerte) ese acuerdo quedaria sin efecto. A menos claro que el nuevo titular llegue al mismo acuerdo. Es lo que entiendo, capaz me equivoco
La amo doctora! Lo difícil e incomprensible en sus palabras se vuelve absolutamente claro! Muchísimas gracias por esta excelente clase!
La felicito por su manera de explicar, con su contenido aprendí demasiado!!
Excelente.aplaudo de pie a esta docente!!
Doctora mil gracias por estos videos gracias a Ud. Aprobe DR un lujo como hace que uno se interese por esta asignatura tan importante
Profesora y Dra con ud entiendo cada tema de Derechos Reales. Excelentes clases y explicación. Si todos los docentes fueran como UD. Espero aprobar el Martes recupero segundo parcial. Muchas gracias
Dra. Usted es un tesoro nacional! ♥
que Genia! no deje de subir videos! se agradece de gran manera la riqueza de sus conocimientos!
Exelente profesora!!me encanta escucharla y la forma didáctica que tiene.
Me encantó escucharla. Clarisimo y tan bien explicado. Realmente gracias.
Muchas gracias ❤
Ese derecho se adquiere por un valor
Gracias!!!!! Espectacular explicación
genia :)
vivo en una reserva municipal , estamos tramitando la regularizacion por parte del municipio, que sucede si i vecino me construye parcialmente dentro de mi lote ,una vez loteado la reserva municipal?
Y que pasa si la servidumbre le dice al dominante. Mejor t vendo el espacio de terreno por dónde tendrás que transitar
El dominante no tiene la obligacion de comprar, pero si lo hace se extinguiria la servidumbre porque seria titular de ese terreno, y ya no habria dos titulares diferentes, sino uno solo. Y ambos inmuebles tendrian salida a la via publica, por lo que deja de ser necesaria la servidumbre
Y ya no hay servidumbre. Los inmuebles tienen que pertenecer a personas distintas
Tan simple como maravillosa y comprensible. Una clase perfecta!!!
Me enamoró la manera en que explica. 😍 Y creo que también de ella. 😍
Doctora, usted es una excelente docente. Gracias por sus clases. Me ayudaron a entender todo con claridad y me sirvieron para preparar mis examenes. Sus explicaciones son una garantía de aprendizaje y entusiasmo por el derecho. ❤
Usted doctora tiene una vocación innata por la docencia. Gracias por existir ❤️ explica tan claro, ojalá haya más profesionales como usted
Dra. Las mejoras necesarias no son una obligación para el fundo dominante, sino que un derecho, ya que el codigo utiliza la palabra "puede" en lugar de utilizar "debe". Es decir, que el titular del fundo sirviente no podría exigir las mejoras, salvo que estas esten estipuladas en el acto constitutivo.
Hola, primero feliciitar por el video, excelente explicacion. Queria hacer una consulta respecto a la servidumbre de paso por un inmueble. Se debe contratar a un ingeniero agrimensor para rectificar la mensura original respecto de la nueva servidumbre de paso con sus medidas o solamente se constituye por escritura publica especificando ahi las medidas y de que servidumbre se trata?
podria dar un ejemplo porque todo en generalizaciones es dificil de entender. Tenemos inmuebles que quedan sin salida a camino en la realidad, puede hacersele un camino pero podria ser antieconomico porque por ejemplo podria hacerse un camino sobre un humedal. Pero como hacer un camino en un humedal es antiecologico y caro por el movimiento de suelos. Podria ser que ese inmueble sin salida tuviera una mejor salida saliendo por un campo vecino. Pero podria ser que el vecino porque no quiere o porque no se lleva bien con el que necesita salida, no acceda a una servidumbre en su inmueble.
El valor.de la servidumbre como le doy el precio.
se aplica en las ciudades o solo en zonas rurales?
chapeau!! un aplauso por sus videos, la claridad de conceptos que ud maneja y como los comunica, hacen que podamos aprender quienes estamos interesados en la materia. Muchas gracias!
Muchas gracias Doctora
La quiero de profesora
Puede el predio dominante cerrar la servidumbre de paso y construir sobre la servidumbre?
Muy buena explicación, real, buen esquema, excelente comunicación, gracias.
La verdad que aprecio mucho que haya profesores que expliquen como ud!!👏🏼 Soy estudiante de Cr Público y tengo que aprender sobre Derecho Civil, mis profesores son muy textuales, se remiten a lo que está en el código y no dan tanta explicación, por lo que me costaba comprender los temas. Hoy me encuentro estudiando para el examen final de esta materia y gracias a que la encontré en RUclips siento que he terminado de comprender los temas!!
Por más profesores como ud que explique con toda esta paciencia y ejemplos 👏🏼👏🏼👏🏼👏🏼 muchas gracias
Pregunta ¿el titular del fundo sirviente puede oponerse al uso indebido de la servidumbre de paso? en el caso en que el ejercicio del titular del fundo dominante no use el paso para el mero transito, sino también como estacionamiento.
Profesora me encanta su forma de explicar , de trasmitir sus conocimientos , le agradezco porque gracias a su explicación aprobé y promocione derechos reales
Muchas gracias Dra. Por la ecxelente explicación. La claridad y la paciencia con la que explica me clarificó el tema. Mil gracias
realmente una genia la dra, una clase excelente. me encanto. gracias por su generosiidad
Las mejores clases del mundo 👏👏👏👏👏👏👏
Excelente... Gracias!
Pero si aparece en la escritura del terreno sirviente? Pero ya hoy el terreno dominante ya tiene en frente de su terreno una calle pública? (Antes no tenía salida, pero hoy sí). Muchas gracias!!!
Habria que citar para destituir la servidumbre en ese caso, a menos que se constituya una personal
Muy buena expicación! Consulta: en el caso de que el dominante adquiera un inmueble contiguo por el cual pudiere hacer un paso a la vía pública, en ese caso el fundo sirviente puede ejercer derecho de extinguir la servidumbre de tránsito por su terreno?
Espectacular sus clases ,excelente Profesora!!!muy didáctica!!
EXCELENTE EXPLICACIÓN EN TODOS SUS VÍDEOS....
Excelente Explicacion.. Muchas Gracias Profe. Excelente clase
Muchísimas gracias, me sirve mucho su explicación y me encanta la forma en la que explica ya que es muy entendible, además da muchos ejemplos para lograr entender y aprendí más con usted que con mí profesora que no se toma el tiempo de explicar correctamente.
Saludos y gracias 🌹
Muchas gracias , hermosa PERSONA , me atrevo porque soy estudiante de derecho y debo tener algun añito mas que vos , excelente docente y muy humana gracias gracias gracias !!!
Porque la clase dominante fue más conveniente que la servidumbre
Gracias Doctora! me ha ayudado muchísimo a preparar esta materia. Y ha logrado que me guste. Usted es una docente maravillosa. Gracias por todo, un afectuoso abrazo desde Misiones.
Grande!! doc. saludos!!!! es de mucha utilidad sus clases, debo rendir el final.. gracias gracias
Disculpe, estimada, tengo una duda. ¿La circunstancia de que una servidumbre sea convencional determina por sí misma su carácter de personal? Eso es lo que surge de sus palabras en el video. A mi la verdad me genera reparos, ya que bien podría constituirse una servidumbre convencionalmente con inherencia a los fundos a los que se incorpora, con prescindencia de quien sea el titular del fundo dominante y, en tal caso, ya no sería servidumbre personal, sino real, ya que sería inherente a los fundos y no a la persona que se sirve de ella. Ello es más notorio en el caso de la servidumbre a perpetuidad.
¿Puede aclararme este punto? Desde ya, le agradezco.
Saludos.
Por lo que entiendo, las personas no podrian constituir de manera convencional una servidumbre perpetua, porque es un acuerdo puramente entre esos titulares, y si cambia alguno de los titulares (por enajenacion o causa de muerte) ese acuerdo quedaria sin efecto. A menos claro que el nuevo titular llegue al mismo acuerdo.
Es lo que entiendo, capaz me equivoco
Grandiosa, desde Venezuela complementando mis clases de derecho con las suyas. I love U
Muchas gracias doctora me ayuda mucho para el parcial!💖
Muchas.gracias .por.tan.inportant.orientacion
Prox video de la Servidumbre Ecológica
Muy bien explicado, saludos.
Gracias Doctora !!! Clarisima la explicacion
Gracias por compartir
Excelentes sus clases!!! Me ayuda mucho a estudiar!
Excelente explicación, se entiende perfecto!
Muy buena clase. Que lindo tema
Te amo profe
Fabulosa explicacion
Gracias 😍
Nacionalidad de legislación?
Argentina