La sentencia que ordena cambiar la Constitución Mexicana

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  • Опубликовано: 13 дек 2024

Комментарии • 90

  • @MiguelCarbonellS
    @MiguelCarbonellS  Год назад +20

    Aqui pueden ver el texto completo de la sentencia: centrocarbonell.online/2023/01/27/sentencia-del-caso-tzompaxtle-tecpile-y-otros-vs-mexico/

    • @1968NORMANDO
      @1968NORMANDO Год назад

      GRACIAS DOCTOR

    • @mariarangel4743
      @mariarangel4743 Год назад

      Arma de dos filos por la ineptitud de MP delincuentes libres como el caso de la coordinadora del grupo de alto impacto de Oaxaca Lic García que a 16 meses del homicidio del papá de mis hijos no es hora de que solicité la sábana de llamadas y los posibles homicidas siguen haciendo de las suyas como el echo de que a mí también intentaron matarme y amenazas con desaparecer más gente

    • @juancarlos9009
      @juancarlos9009 Год назад

      Gracias por compartir

  • @estebantepo433
    @estebantepo433 Год назад +20

    Para tener un contexto más amplio es importante investigar porque o por quien dió esa resolución y de ahí tendremos una mejor idea de dónde proviene el interés si es por humanismo real o un interés por dejar como siempre en indefensión a la víctima ya que los que tienen para pagar la justicia pronto y expedita, se fugan!!

    • @anumrabadam9678
      @anumrabadam9678 Год назад +4

      Esteban, son más los inocentes y víctimas del gobierno, que los culpables que se van, los culpables que se van, se han ido, de hecho a la mayoría nunca pisaron un tribunal!

    • @misol8381
      @misol8381 Год назад +4

      Esteban, si supiera cuantas personas privadas de su libertad, por falsas denuncias hay. Y después se investiga.
      Muchas de ellas de bajos recursos.
      Es injusto e inhumano.

  • @irmacruz978
    @irmacruz978 Год назад +9

    Tenemos un gobierno supra nacional de hecho.
    Un gobierno de jueces que ordena a nuestras instituciones y decide nuestros destinos.
    ¿Quien lo eligio?
    ¿Cómo llegamos hasta este punto?
    Hoy todo es jubilo, mañana... ¿quien sabe?
    ¿Quien va a detenerlos?
    No se, piensenlo bien.

  • @aronvalenciamendoza4485
    @aronvalenciamendoza4485 Год назад +6

    Más allá de figuras jurídicas, lo que realmente se debe combatir es la corrupción! Con las modificaciones que se hagan o se dejen de hacer, no cambia el hecho de que haya políticos que aceptan dinero para ignorar la seguridad de los pueblos, así como los fiscales no generalizo! Pero si hay muchos que se venden más fácil que una cariñosa! Y así podemos hablar de muchos otros servidores públicos

  • @LuisCastaneda-xx8zs
    @LuisCastaneda-xx8zs Год назад +7

    Mire Doctor Carbonell y lastima que la señora Aristegui no lea esto. Una cosa es el deber ser y otra lo que en realidad es. En México, las diversas autoridades de policía, judiciales y el poder judicial, hacen de las normas constitucionales y de las leyes que de ella se derivan, un uso instrumental perverso porque las aplican a su modo y con las excepciones que mejor les convienen. Nadamas de entrada, y usted lo sabe, esas autoridades no respetan los tratados y acuerdos de Derechos Humanos y discúlpeme la grosería, jueces, ministerios públicos y las diversas policías...se pasan por el arco del triunfo toda esta cauda de legislaciones internacionales y locales, incluyendo a lss respectivas instituciones de Derechos Humanos, las locales y la nacional. Así que no nos vengan con que es una observación al gobierno actual, cuando que es algo que atañe a las policías y al poder judicial, que se pasan por el arco del triunfo toda esa reglamentación y eso es desde antes y siempre, durante los gobiernos de PRI y PAN...Es más, y lo que es peor, esos acuerdos internacionales y locales, les sirven perfectamente a los jueces y a los Ministerios Públicos para hacer justicia selectiva y liberar a los delincuentes, a la delincuencia organizada y dejar adentro a gente que cae en sus garras y que sólo les sirve para hacer como que hacen justicia, pero que para esas autoridades, es como quien tiene un corral de donde escogen víctimas, es decir, para esas autoridades la persecución y el castigo de los delitos es un negocio y nada más que eso...y digame usted Doctor si es o no cierto...

  • @hirampinera7702
    @hirampinera7702 Год назад +6

    También era obligatorio garantizar los derechos humanos para todas las personas y por parte de todas las autoridades a partir del caso Radilla Pacheco y cuando algunos jueces y magistrados empezaron a aplicar la disposición de la CIDH, el Consejo de la Judicatura llamó a cuentas a esos juzgadores y la SCJN interpretó el artículo 133 y le dio la vuelta a la disposición convencional, la cuestión es, ahora si se va a someter la SCJN a ese dictado?

    • @pablob.toscano9379
      @pablob.toscano9379 Год назад +2

      Exactooo! Y la SCJN convirtió el nombre Radilla Pacheco en algo parecido a una marca registrada, hizo mucha pompa y hasta se adjudicó el caso como mérito propio. Nemo auditur propriam turpitudinem allegans, dice el principio general... ¿no?

  • @jokalsf
    @jokalsf Год назад +12

    En resúmen, Fiscalía ponte a trabajar para acreditar la necesidad de la prisión preventiva.

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas Год назад

      Si, porque es un tema nacional y no se puede permitir imposiciones de extranjeros

  • @franciscocambalayosa5618
    @franciscocambalayosa5618 Год назад +4

    Dr. Carbonell, muy buenas tardes, saludos desde Guayaquil Ecuador, le agradecería, ilustrarnos, además, como quedaría sobre la prisión preventiva, en paises de la región, que pertenecen al sistema Interamericano de Derechos Humanos, considerando que inclusive la Constitución 2008, como usted tiene pleno conocimiento, la figura de la prisión preventiva también tiene rango constitucional.

  • @Mrkarate9
    @Mrkarate9 Год назад +5

    "DERECHOS HUMANOS CONTENIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES. CONSTITUYEN EL PARÁMETRO DE CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL, PERO CUANDO EN LA CONSTITUCIÓN HAYA UNA RESTRICCIÓN EXPRESA AL EJERCICIO DE AQUÉLLOS, SE DEBE ESTAR A LO QUE ESTABLECE EL TEXTO CONSTITUCIONAL. " Tesis P./J. 20/2014 (10a.)

  • @valentealcantara8595
    @valentealcantara8595 Год назад +14

    Y los que verdaderamente son criminales, ¿dónde queda el derecho a la protección de la presunta víctima?

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas Год назад +3

      Ahí es donde entra en conflicto la moral de la Constitución mexicana con la moral de la CIDH (que tiene una moral muy díscola sino veamos la intromisión de la ideología de género en la CIDH). No podemos dejar que un organismo supra estatal nos gobierne con sus políticas ajenas a nuestra cultura

    • @valentealcantara8595
      @valentealcantara8595 Год назад +5

      @@fernandoortegacardenas en otro país no dudarían en apelar o buscar la revisión de su sentencia, ya sea en lo general o en particular, aquí con voz callada y mirada al piso, nos subordinamos a un interés ajeno.

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas Год назад +2

      @@valentealcantara8595 Eso se debe a que estos organismos supraestatales están politizados y en la mayoría de casos por morales ajenas a nuestra cultura latinoamericana

    • @valentealcantara8595
      @valentealcantara8595 Год назад +2

      Inclusive me atrevo a pensar si dentro de esos intereses existe alguno que se vincule a la delincuencia organizada??? Son quienes más ganan con esto.

    • @jokalsf
      @jokalsf Год назад +5

      La solución es que la fiscalía esté más preparada y haga su trabajo, para acreditar que se necesita la prisión preventiva

  • @nallelyvargas2780
    @nallelyvargas2780 Год назад +3

    Lo que dijo la SCJN es que no está dentro de sus competencias el estudio de la convencionalidad de la constitución. Y que esperarían este caso y el de Alpízar

  • @franciscoalmaraz
    @franciscoalmaraz Год назад +8

    Ahora resulta que Aristegui, quiere enseñar derecho constitucional al Maestro, a veces la ignorancia provoca ridículo "carmelita no distingue el significado de las palabras"

    • @davidmelchor2221
      @davidmelchor2221 Год назад +1

      Pésima entrevistadora

    • @pablob.toscano9379
      @pablob.toscano9379 Год назад +1

      La ignorancia provoca ridiculo, dices, y una lengua brincoteando en el piso como pez fuera del agua...
      "Carmelita" hizo las preguntas más incómodas y con qué elegancia.

  • @alejandroolvera694
    @alejandroolvera694 Год назад +1

    YA NO MAS PRISION PREVENTIVA PARA PERSONAS SIN ANTECEDENTES PENALES Y QUE NO HAN COMETIDO DELITOS CON ANTERIORIDAD Y NO MAS PRISION PREVENTIVA A LAS PERSONAS QUE SOLO ESTAN COMO SOSPECHOSAS HASTA QUE SE DEMUESTRE CABALMENTE LO CONTRARIO

  • @pablob.toscano9379
    @pablob.toscano9379 Год назад

    También dijo que se ha dicho que hay que indemnizar por error judicial... y hace poco en el caso del policía no le dieron nada, pero para modificar la constitución ahí sí se van a mover. 100% obligatoria??? y dónde están los restos de Don Rosendo Radilla??? Matización... No me amen... Las sentencias no son vacilantes, son sentencias!!!

  • @inescerdamedina4308
    @inescerdamedina4308 Год назад +2

    EU es el país con mayor población carcelaria en prisión preventiva ¿Ya hubo sentencia por parte de la Corte Interamericana para que se elimine también en ese país? ¿Qué tal en Brasil, Paraguay, Argentina?

  • @hectorbautistaolmedo7422
    @hectorbautistaolmedo7422 Год назад

    Buenos días, soy abogado, durante 28 años fui servidor público en la Fiscalía de la CDMX, ya estoy pensionado, pero quisiera saber por cultura jurídica, si alguien me puede compartir la sentencia a qué hace referencia el doctor Carbonel?.

  • @hectoraurelioroblesvazquez5506

    Ordena modificar o reformar. Art. 135 constitucional.
    Para cambiar la constitución es un procedimiento diverso.

  • @super55141
    @super55141 Год назад

    Un ente externo no puede someter a nuestra constitución. México es un estado soberano y no puede ser rehén de abogados que se frotan las manos teniendo una puerta más para liberar delincuentes ricos que les pagarán millones por estas mañas

  • @leyinforleyinfor
    @leyinforleyinfor Год назад +1

    Con relación a lo anterior, no hay que generalizar; toda vez que una cosa es el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y, otra cosa son los Poderes que lo componen,

  • @miguelangelcuestagarcia6075
    @miguelangelcuestagarcia6075 Год назад +1

    Aunque si bien se habla del arraigo se dice en delincuencia organizada pero el mismo lo dijo ya no sucede ya que esta medida sucedió con Felipe Calderón

  • @miguelangelcuestagarcia6075
    @miguelangelcuestagarcia6075 Год назад

    Considero que Miguel se equivocó en el artículo 16 no sé señala la modificación que refiere lo de la prisión preventiva más bien debería ser el artículo 19 dónde se refiere a los delitos de prisión preventiva

  • @L.fantita
    @L.fantita Год назад

    💜✌️🫶🥹Gracias Dr. Carbonell

  • @Mrkarate9
    @Mrkarate9 Год назад +2

    Y la excepción que establece la Contradicción de Tesis 293/2011 para este tipo de conflictos?

    • @quetzalcoatlahaukin9616
      @quetzalcoatlahaukin9616 Год назад +1

      pacta sun servanda, espero entiendas

    • @fartaloresta3807
      @fartaloresta3807 Год назад +2

      Solo es excepción como lo marca el artículo 1 constitucional que nos llevaría al 29 constitucional y sería por parte del presidente de la República con aprobación del congreso y para los casos de invasión, perturbar el orden nacional, etc. Pero tendría que justificar el peligro de la nación para suprimir algún tipo de derecho humano y ser específico ante que se refiera la supresión sin poder ser ambiguo.

    • @davidmelchor2221
      @davidmelchor2221 Год назад

      Artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados

  • @miguela.flores2373
    @miguela.flores2373 Год назад

    Era un hecho, la presión preventiva es violatoria de derechos humanos y constitucional. Eligió la SCJN verse obligada. Ahora deben entender los ministros que se opusieron al proyecto de que es ilegal la presión preventiva.

  • @fernandoortegacardenas
    @fernandoortegacardenas Год назад +10

    Hay que tener cuidado con el control de convencionalidad, hay que tomar esta sentencia con beneficio de inventario porque puede afectar al derecho a libre determinación de los pueblos. Así un organismo "político" supraestatal puede convertirse en gobernante de un pueblo soberano. La Constitución es la norma política y moral de cada Estado y ningún organismo supraestatal puede pedir se la altere a no ser por los mecanismos democráticos que prevé la propia Constitución.

    • @valentealcantara8595
      @valentealcantara8595 Год назад +1

      Amén.

    • @johnnyhyrano
      @johnnyhyrano Год назад +4

      México ratificó en el Senado de la República la Convención americana de Derechos Humanos en ejercicio de la soberanía y cuando en ejercicio de esa misma soberanía se reconoció la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. No hay tal imposición al margen de la soberanía nacional. Pacta Sunt Servanda.

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas Год назад +1

      @@johnnyhyrano Una cosa es aceptar en el sistema nacional un Tratado internacional y otra muy diferente una resolución que se dice es jurisdiccional de organismos supraestatales que contraríen la Constitución nacional. Qué prevalece un juez extraño o la Constitución???? Eh ahí el dilema

    • @johnnyhyrano
      @johnnyhyrano Год назад +2

      @@fernandoortegacardenas bueno en principio por un lado la misma Constitución reconoce la constitucionalidad de los derechos humanos de fuente internacional.
      Y por el otro lado la propia constitución mexicana establece el principio pro persona según el cual ante un conflicto de este tipo de normas se debe preferir aquella norma o interpretación que sea más favorable a la persona.

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas Год назад +1

      @@johnnyhyrano Exacto!! Por eso no se puede permitir la imposición normativa de un organismo supraestatal ajeno a la democracia nacional y menos cuando sus financistas no tienen paralelo con la moral del Estado Nacional!!

  • @MiguelGonzalezMadrid
    @MiguelGonzalezMadrid Год назад

    La conclusión en las líneas finales del párrafo 219 de la sentencia recaída al caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México (de 7 de noviembre de 2022) es contundente y precisa: "[...] las magistraturas y órganos vinculados a la administración de justicia en todos los niveles están en la obligación de ejercer ex officio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, y en esta tarea, deben tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte Interamericana, intérprete última de la Convención Americana". Este criterio jurisprudencial ha sido reiterado por la Corte IDH en distintos casos, incluidos algunos contra el Estado mexicano. Por tanto, no concierne solamente a los temas de arraigo y de prisión preventiva, sino a todos los actos de autoridad de todos los niveles, en el caso, especialmente a las autoridades impartidoras de justicia. En una palabra, el control de convencionalidad debe ser ejercido ex officio en todas las materias que incidan en los derechos humanos y fundamentales. El problema es que muchas de esas autoridades (y no solamente los jueces y las juezas) han omitido ese control. Es lamentable que así ocurra en México, porque el control de regularidad constitucional que, por ejemplo, realizan los jueces y las juezas, debe implicar también el control de convencionalidad por efecto del contenido del artículo 1° de la CPEUM y de la forma como establecen los criterios jurisprudenciales del Pleno de la SCJN desde 2011, precisamente para garantizar el mismo valor y la unicidad de los derechos humanos en los ámbitos del derecho interno y del derecho internacional de los derechos humanos. Al respecto, las personas capacitadoras en control convencional (que ya está subsumido cuando hablamos de control de regularidad constitucional desde 2011) tienen mucho trabajo para sensibilizar, educar y actualizar la formación de las diversas autoridades mexicanas de todos los niveles y órdenes de gobierno, incluso las administrativas y las de carácter político. Del mismo modo, los legisladores deben tomar nota del caso y de la reiteración de criterios de la Corte IDH, con la obligación de actualizar las normas aplicables en las actuaciones y los procesos judiciales, para que estas sean consistentes también con el control de convencionalidad en todos sus parámetros.

  • @ricardocastro5773
    @ricardocastro5773 Год назад +1

    Que raro que estas organizaciones internacionales, quieran cambiar las constituciones de los Países, violando ipso facto la soberanía de cada uno de ellos.

    • @abogangstech
      @abogangstech Год назад

      Bueno, debe tomar en cuenta los siguientes 2 puntos:
      1. No es que ellos quieran cambiar, es que hubo una petición de una o un conjunto de personas a la CIDH una vez que cumplieron con el principio de definitividad, en este caso Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile y otros vs el Estado Mexicano.
      2. No violan la soberanía; es como decir: "me robaron mi carro pero el ratero tiene la factura endosada a su nombre con mi firma" es decir; no hay robo. Cómo en este caso no puede decir que violan la soberanía si México suscribió la Convención Américana de Derechos Humanos y la ratificó, por lo que quedó sujeta a su cumplimiento y si lees el artículo 33 de esa convención, habla sobre la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
      No sólo es hablar por hablar o escribir por escribir, no estoy muy de acuerdo en este tipo de resoluciones pero habrá que mejorar como país, más con las instituciones dedicadas al ordenamiento penal.

  • @conmemo32
    @conmemo32 Год назад +1

    Bueno y como se llama el juicio ô sentencia ?

  • @super55141
    @super55141 Год назад

    Cómo se llamó el programa? "DEFENDIENDO DELINCUENTES"

  • @josepeniche367
    @josepeniche367 Год назад

    No a la PPO!

  • @manuelaguilar1609
    @manuelaguilar1609 Год назад +1

    ¿Cambiar la CPEUM?, sic.
    Lo correcto ess adecuar vía reforma la CPEUM y leyes reglamentarias como lo es el CNPP, asínlo indica en su resolución en relación al ARRAIGO y la PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA (y la PP JUSTIFICADA).

  • @juvenalherbertbadillo1821
    @juvenalherbertbadillo1821 Год назад +1

    Ya era justo para México ya que es un país de normas y estatutos y no de derecho ya que la ley se hizo para violarla desde las propias instituciones privadas en función violatorias para toda persona desde sus orígenes ya que el colegio de abogados no tiene que verse sorpre dido ya que la carta magna de México no es respetada ni por ellos mismos ya que México el país se convirtió en a corporación y ellos muy bien saben lo que significa que como resultado todas las corporaciones incorporadas viokantido derecho inalienable a los seres humanos con contratos que son desde su origen fraude ya que los policías no respetan ni saben lo que es una jurisdicción ni lo que es la Constitución y más aún se toman atribuciones que no les corresponden vemos policías corporativos violando diariamente los derechos de los hombres y mujeres por desconocer el derecho que también ellos por su ignorancia gracias a la mala educación de un país o mejor dicho corporación ahora con una enseñanza laica desde su origen ya por Constitución y que no enseñan desde la escolaridad a como defenderse del peor enemigo el gob..... Ya que la ley es inmutable y lo que se conoce por ley es solo una norma impuesta y que los servidores públicos son eso s e r v I d o r e s públicos y que cuando llegas una oficina ya te esta pidiendo dinero al igual que las mordidas por los propios policías agentes de tránsito así mismo deben de ser las placas para los autos gratis ya que el auto es tuyo y no tiene por qué estar registrado en un contrato fraudulento desde su origen al igual que las casas y tienes que pagar tu que eres el ser vivo a un papel o corporación que si la prese tas en un juzgado como un papel podría hablar presentarse si que un personaje tiene que representar esa actuación y que tu como hombre o mujer si no sabes por qué no sabes actuarás y te condenarás desde su origen por identificarte con tu nombre legal cosa que no eres esa identificación te pone en estado de Interdicto y no puedes ser escuchado y necesitas de un abogado que hable por un muerto en un lenguaje hecho para que alguien pague ya que se habla de dinero la ley no exime de su ignorancia pero quien te lo enseñó en toda tu enseñanza nadie tendrías que haber aprendido del legaleze y esto es otro fraude desde su origen.

    • @nemesis8740
      @nemesis8740 Год назад

      Qué aburrido, ni siquiera te leí, pero lo más irónico es que tú si me leíste

    • @juvenalherbertbadillo1821
      @juvenalherbertbadillo1821 Год назад

      @@nemesis8740 jugaste como todos lo hacen sin siquiera saber donde comirnza lo moral y donde comienza lo inmoral ya que en ambos caminos como el bien y el mal quien puede decidir solo el creador por eso como bien lo dijiste que aburrido ni siquiera te leí. Pero cuanta gente se encuentra en la cárcel por crímenes que no cometió y son juzgados como personajes de una obra literaria con derechos de autor lo que conocen como gobierno si me equivoco solo hace falta ser más consciente para saber que decir letrado a un abogado es una ofensa que el mismo sistema hace para quienes lo representan en sí no es nada ,,,, pero por eso desde su origen el contrato que te da la personalidad eres juzgado como interdictum con las letras capitales capitis deminutio máxima por usar el nombre legal aunque no lo haya leído y lo haya juzgado le deceo que este muy bien y que es mejor el conocicierto.

  • @gloriagonzalez6284
    @gloriagonzalez6284 Год назад +5

    La Corte Interamericana se volvió el jefe del sistema judicial de México 😝 quién les dió tal poder, cuando los mexicanos dijimos que los queríamos mandando.

    • @neoabogado_797
      @neoabogado_797 Год назад +2

      Así es. , Exactamente mi estimada Colega.

    • @johnnyhyrano
      @johnnyhyrano Год назад +4

      México le dio ese poder cuando se ratificó la Convención americana de Derechos Humanos en ejercicio de la soberanía y cuando en ejercicio de esa misma soberanía se reconoció la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    • @cristianhernandez5426
      @cristianhernandez5426 Год назад +1

      Es antidemocrático, si. Pero ahora sí a quien le rezamos? México siempre está lleno de este tipo de cosas, si quieres presumir de ser un país de primer orden esto es lo que pasa. Y sino salirse de la CIDH.

  • @javiercabrera6558
    @javiercabrera6558 Год назад

    la Arustegui como que es medio ignorante, pues confunde lo que es arraigo y prisión preventiva oficiosa.

  • @ZK103
    @ZK103 Год назад

    desde el 2012 vengo diciendo y recriminado que el sistema penal mexicano es violatorio a la reforma del 2008 en el sistema penal y en el 2011 en la reforma sobre derechos humanos... reformas constitucionales.
    Y apenas están gritando...bola de hipócritas

  • @eduardoavila6930
    @eduardoavila6930 Год назад +1

    Entonces a la mayoria ya se les violaron sus derechos y por lo tanto es una detencion ilegal

  • @anumrabadam9678
    @anumrabadam9678 Год назад

    Un parteaguas y una esperanza ante el gobierno dictatorial que se ha declarado como la cuarta transformación!

  • @Mrkarate9
    @Mrkarate9 Год назад +1

    Esto es prácticamente: "inconstitucionalidad por inconvencionalidad"...

  • @guillermoaguirre7289
    @guillermoaguirre7289 Год назад

    Ojalá y que el gobierno mexicano no se someta a las imposiciones de la Corte Interamericana de derechos humanos que lo único que provocará con esa absurda resolución es que exista mayor impunidad.
    Total apoyo para el gobierno de Andrés Manuel López Obrador a efecto de que no cumpla con las arbitrarias imposiciones de la Corte.
    Mexicanos seamos realistas, desde que existen las Comisiones de Derechos Humanos la ingobernabilidad en el Estado Mexicano ha ido en aumento y la corrupción ha dejado a millones de víctimas sin justicia.
    Si aceptamos como sociedad tal imposición y permitimos que el gobierno acate tremenda protección a los delincuentes que son los primeros en no respetar los Derechos Humanos de las víctimas de sus delitos, después no nos quejemos con el aumento de la violencia.
    Que empiecen por Estados Unidos de América que son el País que más Derechos Humanos violenta, incluso fuera de su territorio y jurisdicción.

  • @JoseLuisMartinez-yj1tr
    @JoseLuisMartinez-yj1tr Год назад +2

    Atendiendo la Sentencia
    de la Corte Interamericana
    de los Derechos Humanos
    Le toca a la SCJN, al Congreso y/o al Ejecutivo si es nrcesario,
    COMO OBLIGADOS EN REPRESENTACION DEL
    ESTADO MEXICANO,
    Hacerlo antes de 6 meses
    a partir de su comulgacion
    Respecto de la prisión preventiva oficiona y el arraigo
    modificar oficialmente
    La Constitución