Comentar, que de la experiencia en el estudio preparando una oposición, y de la práctica en el ejercicio de la profesión, derivada la posibilidad práctica, y en el uso específico de una profesión; de ser capaz de usar los conocimientos asentados en un método de interiorización de los conocimientos teóricos y uso práctico. Es por ello, en esta generosidad de compartir la experiencia de lo que consideras útil en el esfuerzo de aprender; como categoría general y extensible; lo que me gusta de este vídeo y otros como este. Es que es útil esta fuente de conocimiento y experiencia tuya, no solo para aquel que oposita; si no también para otros ámbitos de uso, en los cuales se debe adquirir nuevos conocimientos. Estas formas, modelos conceptuales de información, a ser asimilados, sean en lo profesional o privado, que compartes en esta serie de vídeos de tu propia experiencia; tienen utilidad por lo decantado o refinado de la práctica a la hora de usarlos y transmitir aquello que es de utilidad a la hora de adquirir nuevos conocimientos. Agradezco sinceramente lo que dices y me hace sentir celoso , por no poder tener el lujo de tenerte entre la esfera de amigos accesible o al alcance de la mano, y que me gustaría tenerte y sentarme para escucharte. Tu entorno vital de amigos o conocidos , no son conscientes del lujo que representas, a pesar de sentirlo o intuirlo; hay que tener la imposibilidad física y practica de tu amistad para valora lo que vales . Un fuerte y sincero abrazo y gracias.
Antes de nada, permítame mostrarle mis agradecimientos por sus vídeos, ideas y ánimos. Personalmente, curso el último curso del grado en Derecho y en estos años me ha producido cierto rechazo el estudio de los preceptos de forma literal. Observo que Ud., a raíz de su ejemplo del artículo 12 de la LEC, no lo cita de forma literal, sino que en aquellas partes no tan sustanciales del artículo utiliza sinónimos o expresiones similares. Esto, ante una futura oposición, sería igualmente válido y correcto o por el contrario se nos exigirá la literalidad de los preceptos? Disculpe el ''rollo'' y gracias de antemano. Un saludo!
La falta de literalidad es una de las principales causas de suspenso...eso que nos decían en el cole de "dilo con tus propias palabras,"...va a ser que no
Comentar, que de la experiencia en el estudio preparando una oposición, y de la práctica en el ejercicio de la profesión, derivada la posibilidad práctica, y en el uso específico de una profesión; de ser capaz de usar los conocimientos asentados en un método de interiorización de los conocimientos teóricos y uso práctico. Es por ello, en esta generosidad de compartir la experiencia de lo que consideras útil en el esfuerzo de aprender; como categoría general y extensible; lo que me gusta de este vídeo y otros como este. Es que es útil esta fuente de conocimiento y experiencia tuya, no solo para aquel que oposita; si no también para otros ámbitos de uso, en los cuales se debe adquirir nuevos conocimientos. Estas formas, modelos conceptuales de información, a ser asimilados, sean en lo profesional o privado, que compartes en esta serie de vídeos de tu propia experiencia; tienen utilidad por lo decantado o refinado de la práctica a la hora de usarlos y transmitir aquello que es de utilidad a la hora de adquirir nuevos conocimientos.
Agradezco sinceramente lo que dices y me hace sentir celoso , por no poder tener el lujo de tenerte entre la esfera de amigos accesible o al alcance de la mano, y que me gustaría tenerte y sentarme para escucharte. Tu entorno vital de amigos o conocidos , no son conscientes del lujo que representas, a pesar de sentirlo o intuirlo; hay que tener la imposibilidad física y practica de tu amistad para valora lo que vales . Un fuerte y sincero abrazo y gracias.
Fantástico, eres el único coach que explica cómo memorizar de forma efectiva y eficiente
Antonio, muchas gracias por tu comentario. No me tengo por coach, la verdad, pero gracias.
Muchas gracias!
Antes de nada, permítame mostrarle mis agradecimientos por sus vídeos, ideas y ánimos. Personalmente, curso el último curso del grado en Derecho y en estos años me ha producido cierto rechazo el estudio de los preceptos de forma literal. Observo que Ud., a raíz de su ejemplo del artículo 12 de la LEC, no lo cita de forma literal, sino que en aquellas partes no tan sustanciales del artículo utiliza sinónimos o expresiones similares. Esto, ante una futura oposición, sería igualmente válido y correcto o por el contrario se nos exigirá la literalidad de los preceptos? Disculpe el ''rollo'' y gracias de antemano. Un saludo!
La falta de literalidad es una de las principales causas de suspenso...eso que nos decían en el cole de "dilo con tus propias palabras,"...va a ser que no