Buenas noches Yo soy repartidor en plataforma uber, estoy como pagos provisionales y solo tengo el régimen de plataforma, me quite el régimen de sueldos y salarios, por lo cual mis ingresos son 100% de la plataforma. Por lo que he aprendido en este tiempo es que si optas por pagos definitivos, no podrás deducir gastos, y el iva que vas a pagar es del 8% del total de tus ingresos, a demas si estas como pagos definitivos y quieres cambiarte a pagos provisionales tendrás que esperar 5 años o bien superar 300,000 pesos de ingresos, en automático ascienda te cambiara de esquema. Ahora si tu tienes el régimen de sueldos y salarios, y ademas tienes el régimen de plataformas y estas como pagos definitivos no podrás hacer la declaración anual, ya que se va a remover de tus obligaciones la declaración anual, y no podrás deducir gastos del año. Y si optas por pagos provisionales tendrás que pagar el 16% de iva del total de ingresos del mes, podrás deducir gastos mensualmente , y podrás presentar la declaración anual ya que estará en tus obligaciones. Y en cuestión de las retenciones por parte de las plataformas tu puedes revisar las retenciones que emitió la plataforma a tu nombre siguiendo los siguientes pasos: portal del SAT ➡en el menu donde dice FACTURA ELECTRONICA ➡ CANCELA Y RECUPERA LAS FACTURAS ➡ INGRESA TU CONTRASEÑA O EFIRMA PARA INGRESAR ➡CONSULTA CFDI(MENU FRANJA VERDE ARRIBA DE TU RFC) ➡RETENCIONES E INF. DE PAGOS ➡RETENCIONES RECIBIDAS ➡ Si necesitas la retenciones del mes de diciembre búscala en el mes de enero del siguiente año ya que las plataformas hacen las retenciones después del mes (A mi uber me manda las retenciones por correo y en ocasiones cancelan retenciones y una buena manera para saber si las cancelaron es revisando en el portal del sat ). Gracias a que revise las retenciones del mes de diciembre en el portal del sat me di cuenta de que uber no cancelo 2 retenciones ocasionándome duplicados y por lo tanto tengo que disque pagar el doble, pero aun no lo hago tengo que ir a uber para que las cancelen. Espero que a alguien le sirva lo que compartí en este comentario.
Disculpa cuando dices "Y si optas por pagos provisionales tendrás que pagar el 16% de iva del total de ingresos del mes, podrás deducir gastos mensualmente , y podrás presentar la declaración anual ya que estará en tus obligaciones", quiere decir que se hará el pago del 16% tambien de lo que ganas en el régimen de sueldos y salarios o eso sigue normal al año se aplica lo que siempre se aplica de manera normal? gracias
@@Contabilidadentuidioma ¿es cierto que si estoy en regimen de plataformas en pagos provisionales y también en sueldos y salarios ya no podré declarar deducciones personales del regimen de sueldos y salarios? estoy super revuelta con eso, un contador me dijo que podía continuar con mis deducciones personales en regimen de sueldos y salarios ya que es independiente de estar en regimen de plataformas en pagos provisionales, ¿podrías aclararme esta duda?
Si puedes deducir gastos personales que apliquen para el régimen de sueldos y salarios y además los correspondientes a plataformas tecnológicas. Si requieres asesoría personalizada y profesional, ponte en contacto vía WhatsApp, haciendo clic en este enlace:wa.me/message/PWEQVRT6OOETK1
FELICIDADES CONTADOR EL MEJOR VIDEO QUE HE VISTO EN YOU TUBE MUY BIEN EXPLICADO DE PRINCIPIO A FIN, YO TRIBUTABA EN LOS DOS ESQUEMAS EN UBER EN PAGOS DEFINITIVOS Y EN DIDI EN PAGOS PROVISIONALES. AL FINAL TODO QUEDO EN PAGOS PROVISIONALES PORQUE TENGO MUCHOS GASTOS PORQUE REPARTO EN MOTO Y PURA GASTADERA DE REFACCIONES Y REPARACIONES, ESTE VIDEO ME SIRVIO PARA ACLARAR ALGUNAS DUDAS PARA AMBOS ESQUEMAS . ENHORABUENA Y LE DESEO LO MEJOR PARA UD Y SU FAMILIA ... BENDICIONES
Contador, excelente explicación, muy detallada mediante este comparativo del ejercicio. Con mucho gusto me suscribo a su canal para seguir aprendiendo y estaré al pendiente de las transmisiones en vivo de los días jueves. Saludos y enhorabuena.
información bastante clara y aclarando que esquema es el mas recomendable, definitivamente el provisional, ya que aplica para los contribuyentes que mensualmente tienen gastos y que les permite acreditarse el IVA que llegue a generar, por las declaraciones previamente presentadas, saludos!!!
Saludos; es correcto, el factor o variable más importante a considerar al elegir el esquema tributario de pagos provisionales son los gastos, ya que en la medida que éstos ocurran, el IVA acreditable ayudará significativamente a que el pago de dicho impuesto disminuya; sin olvidar que, de igual forma, los gastos serán considerados en la declaración anual como deducciones autorizadas, lo que podría generar, incluso, devolución de ISR.
muchas gracias por el video, muy bien explicado pero si considero que es mucho mejor pagos definitivos, porque la única forma de no pagar ese iva es tener gastos por un 50% de tus ingresos, ahora si a eso le sumamos gasolina mas el iva de terceros te queda 20% de ganancia lo cual considerando los montos que pagan las plataformas, digo no conviene.
Saludos, al existir dos esquemas de pago de impuestos, en el régimen de plataformas tecnológicas, la elección de uno de ellos no es generalizada; lo que le puede convenir a un contribuyente, puede ser totalmente distinto para otro; a final de cuentas, el factor de decision está en los gastos.
Hola buenas noches, excelente explicación, es precisamente lo que uno busca, ver los distintos panoramas en como se van comportando los números, muchas gracias!!!!!
Gracias contador, excelente presentación. Tengo dudas sobre los gastos que se pueden deducir, sin embargo en uno de los comentarios te hacen la pregunta y recomiendas uno de tus videos, así que allá voy. Like y suscrito. Saludos desde Boca del Río, Veracruz.
Contabilidad en mi idioma... el título no pudo ser más exacto!!... gracias por la explicación a detalle. Una pregunta, como puedo saber si me dieron de alta en pago provisional o definitivo?... la primer declaración fue en ceros porque no tenía aún movimientos. Gracias de antemano!
Para saber en qué esquema tributario estás, genera una constancia de situación fiscal en el portal del SAT; hay un tutorial al respecto en uno de mis primeros videos.
Hola contador, pregunta de oro. Estoy por facturar un auto de agencia con mis datos fiscales, pero tengo el régimen de pagos definitivos. (Así lo prefiero porque realmente lo usaré poco y no quiero andar batallando con facturas). Si llegara el momento en que requiera cambiarme a pagos provisionales puedo meter ese auto a deducción? (Estoy consciente que perderé el beneficio del IVA y del ISR del primer año por ejemplo, pero tengo entendido que el beneficio del ISR es del 25% de 175000 durante 4 años). Gracias por su atención
Respuesta corta: NO. El egreso por la adquisición del auto te sirve para el periodo y ejercicio en que se llevó a cabo la compra. El beneficio fiscal de deducibilidad y depreciación corre a partir de la fecha de compra manifestada en la factura (CFDI) y no en el momento que a ti te convenga iniciar dicho proceso. Saludos.
Excelente video mi Lic. yo estoy en rappi y tengo ya casi un año que no me paro en la plataforma y yanose que onda con eso apenas ando viendo otra vez en que situacion estoy gracias por explicar un tema mucha importancia
Dependerá de tu decisión de continuar trabajando para Rappi o no, para dar de baja el régimen fiscal de Plataformas Tecnológicas o seguir manteniéndolo activo; cualquiera que sea tu decisión, deberás cumplir con tus obligaciones fiscales.
Eres grandioso, explicas super bien, Felicidades y Gracias por tomarte el tiempo para elaborar los videos y poder compartir tu conocimiento, Gracias Gracias!!
Muy buena explicación Contador, analizando las 2 opciones desde un punto de vista practico y conveniente para cada contribuyente según sea su caso particular, gracias por compartir Contador, saludos desde Puebla
Hola, buen día. Podrías hacer un ejercicio similar para mercado entregas? Y decir que conviene más, Definitivos o provisionales? Excelentes videos, saludos
Tengo otros vídeos donde hablo al respecto, cuando tengas oportunidad búscalos aquí en el canal de RUclips. También tengo cursos grabados al respecto (con costo) por si te interesan. Saludos
Muy bien explicado, no se si puedes hacer un comparativo de los XML de retención. Desde el punto de vista que cuando te deposita UBER no te salen las cuentas. Y asi aplicar tu ejemplo,, como decimos los contadores de Atras hacia adelante.
Buen día, excelente video!! Muy clara explicación!! en mi caso estoy bajo el régimen de sueldos y salarios, y declaro anualmente. Comencé a vender en mercado libre hace un año de manera simultánea a mi empleo, y mercado libre retiene los impuestos porque cargué mi RFC de persona física. Mi duda es, si mercado libre ya me retiene y declaró anualmente en el régimen de sueldos y salarios, debo realizar alguna modificación en mi régimen o declarar también esos ingresos en mercado libre (menores a $300,000.00) mil gracias!!
Saludos; por supuesto que debes realizar una modificación fiscal, y ésta es dar de alta el régimen de plataformas tecnológicas y declarar los ingresos obtenidos por dicho régimen; que en tu caso, por lo que mencionas, son los ingresos obtenidos por las ventas realizadas en Mercado Libre.
Actualmente estoy en el RIF, estoy suspendido, quiero reanudar actividad y únicamente dedicarme al reparto de alimentos al 100%, al elegir el régimen plataformas tecnologícas seguire formando parte del RIF y haciendo declaraciones bimestrales o plataformas tecnologicas elimina al RIF?
Saludos; con base en lo que comentas, donde indicas que únicamente te dedicarás al reparto (al 100%), entonces no tienes porqué mantener el RIF, lo puedes dar de baja y tener únicamente dado de alta el régimen de plataformas tecnológicas.
@@Contabilidadentuidioma Ultima duda contador, pero tengo entendido que si lo doy de baja en un futuro si quiero abrir un negocio ya no podria regresar al RIF solo a persona fisica con actividad empresarial, abria manera de dar de alta las plataformas digitales y no perder el RIF?
Contador: muchas felicidades y muchas gracias por la información presentada en este video, es de gran utilidad, ya que disipa todas las dudas al respecto de este tema. Te deseo la mejor de las suertes y mucho éxito en tus próximos proyectos. Bendiciones para tí.
Voy encontrando este canal y está explicado muy bien y con buena vibra, gracias contador. Tengo una duda, yo estoy en pagos definitivos hace 1 año y meses, PERO estoy por superar los 300,000 de ingresos al año, ¿me puedo mover a provisionales o tengo que esperar hasta los 5 años? Graciaaas, ya me suscribí al canal y activé las notificaciones, gran contenido!
¡Muchas gracias por tus comentarios!... En el momento que rebases 300 mil pesos de ingresos acumulados en el año, el SAT en automático te vas a sacar del esquema de pagos definitivos y te pondrá en el esquema de pagos provisionales; esto sucede al año siguiente al que rebasaste dicho ingreso; ahora, si no superas los 300 pesos, tendrás que estar en definitivos por cinco años.
Muchas gracias por el excelente video, explicado para nosotros que no somos contadores (sali de mis dudas). Solo tengo una duda como se va a gestionar el esquema que mas nos conviene, de antemano gracias por la atenciones prestadas.
Saludos. La mejor forma para elegir el esquema tributario que más te conviene es, sin lugar a dudas, haciendo un análisis de ingresos y gastos; para ello, recomiendo ampliamente que lo lleves a cabo con un profesional (Contador o Administrador) de tu entera confianza para que te explique con lujo de detalles cuál es la mejor opción en tu caso en particular.
Buen video. Gracias. Tomaré de base tu calculo para hacer dos cambios 1) 50% pago efectivo y 50% pago con tarjeta y de ahí los movere en porcentajes de 5% con tope de 75% y 25% para ver cómo afecta sin gastos con eso obtendre la composición ideal de proporcionalidad y la comparare vs la real que actualmente tengo. Y 2) partiendo del ejemplo que pones ingresos 10,000 con gastos de 12,500 no me resulta adecuado no porque no se pueda dar (gastos imprevistos) sino porque así como lo muestras debes tener más gastos que ingresos y eso no es lo que busca uno aún y cuando lo compensen en meses siguientes. Pondré gastos totales desde 40% de los ingresos hasta 60% con un incremento de 5% . Te felicito buen video y haré esos ajustes a mi realidad
Excelente información en mi caso vendo artesanías en mercado libre y los únicos gastos que tengo son gastos medicos/medicamentos y compra de materiales para mi negocio. Mi duda es si son válidas las facturas de gastos medicos porq es precisamente donde gasto mas de 1000 pesos en el tratamiento que lleva mi hijo y una servidora. Ojalá pudiera ayudarme en esta duda para decidirme en los pagos
Los gastos médicos y medicamentos relacionados con los mismos SÍ son deducibles de impuestos para Contribuyentes del Régimen de Plataformas Tecnológicas y entran en la categoría de Deducciones Personales; lo anterior y MUY IMPORTANTE, siempre y cuando se haya elegido el Esquema Tributario de Pagos Provisionales.
Muy buen video, seria genial si puedes hacer uno asi para vendedores de amazon, mercado libre, etc y que pasa con el isr cuando son montos altos, osea mas de 10k talvez unos 100 mil o mas, ya que cuanto mas ganas mas te quitan de isr, segun entiendo
Pregunta: Los honorarios contables, también son deducibles..? Podría proporcionarnos algún medio de comunicación, para contratar sus servicios contables..
Contador, excelente explicación, en el caso de los que empiezan un negocio de comida y quieren entrar en plataformas para aumentar ingresos, el ejercicio aplica de la misma forma?
¡WOOOW! Excelente video, explicas de manera muy amena la información fiscal, qué bueno que me encontré este canal, gracias. ¿Cuándo se elige el esquema, al momento de inscribirte al régimen de plataformas tecnológicas? ¿Puede haber problemas con Uber/DiDi si eliges el esquema de pagos prov.? ¿Tienes un video en donde digas las declaraciones a lasque estás obligado cuando entras a este régimen? De antemano gracias por la lecturas de mis dudas.
¡Gracias por tus comentarios!... Sí, el esquema tributario se elige al momento de dar de alta el régimen de plataformas tecnológicas... No, las plataformas no tienen ninguna injerencia en tu elección de esquema tributario... Sí, si tengo un video donde hablo sobre tus obligaciones fiscales; aquí el enlace: ruclips.net/video/uPGaQACiLf0/видео.html
Saludos. De forma general, tener dos regímenes fiscales activos no te afecta en nada; de forma particular, tus ingresos aumentarán y tendrás que pagar el ISR correspondiente en la declaración anual y el IVA en las declaraciones provisionales.
Buenas tardes, ¿desde que momento se hace el computo para presentar la declaración de impuestos mensual por pago definitivo?, desde que se recibe el primer ingreso o desde que se da de alta en el régimen citado en el esquema de pagos definitivos; entendiéndose que apenas estamos cumpliendo con el primer requisito para trabajar en estas plataformas digitales y todavía habrá que esperar a que se complete todo el proceso para empezar a laborar. De antemano muchas gracias. Excelente video.
Saludos. Tu obligación fiscal de presentación de declaraciones inicia en la fecha de alta del régimen y la actividad económica correspondiente; dicha fecha está estipulada en tu constancia de situación fiscal.
Y los que ganamos del canal de youtube tenemos q registrar los ingresos...??? Acá en mex se notificará al sat los. Q cobren más de 15 enUs tarjetas de devito me gustaría un video sobre esto gracias???
Que tal pues hice mi ejercicio y me gustara que por favor me dieras tu opinión de lo que encontré...... prácticamente mi proporción queda 50% efectivo y 50% tarjeta y pues resulta que como de los pagos en efectivo no se me retuvo iva 8% e isr 2.1%.....pues esos los debo (ya sea declaracion provisional o definitiva)....lo cual quiere decir que entre mas tenga de ese tipo mas le debo al SAT y que lo ideal sería para ellos que solo existieran los pagos con tarjeta.....y que para obtener saldos a favor en la declaración definitiva necesito tener gastos de alrededor del 80 al 90% de los ingresos mes a mes para hacer ese iva acreditable (lo cual no sucede), porque implicaría que los ingresos prácticamente son para cubrir los gastos.....¡¡viva mexico!!
Los gastos, en definitiva, no son lineales, y el SAT entiende eso... Un mes puedes generar gastos mínimos y otro mes generar muchos gastos que compense el IVA de meses venideros. Lo importante, en el caso de elegir el esquema de pagos provisionales, no es únicamente tener la posibilidad de acreditar el IVA mensualmente, sino también la opción de deducir los gastos operativos (deducciones autorizadas) y los gastos personales (deducciones personales) en la declaración anual y, de esta forma, también tener la opción de obtener devolución de impuestos. Con base en los análisis que has hecho, seguramente podrás elegir la mejor opción para ti. Saludos.
Excelente información, tengo una duda... en el caso de uso de plataformas digitales pero no como repartidor sino en plataformas de venta como mercadolibre o amazon.... al no tener esos gastoa taaan fuertes mes con mes... convendria mas el definitivo o aigue siento mejor opcion provisional?
Cada situación es particular; siempre será importante hacer un análisis de tus costos de ventas, costos operativos y costos administrativos para saber con precisión qué esquema tributario te conviene más. Acércate con tu Contador para que te ayude a hacer dicho análisis y tomar la mejor decisión. Saludos.
Muy buena explicacion contador, una pregunta, ¿son iguales las comisiones del 8% para definitivos y 16% para provisionales, para los repartidores de mercado envios?, muchos saludos.
Saludos... Por los porcentajes que comentas, pienso que te refieres al IVA; tomando en cuenta eso, te comento que la tasa de IVA no es una comisión. Por otro lado, existen tres tipos de IVA relacionados con el régimen de plataformas tecnológicas: 1) IVA trasladado y su tasa es del 16%, 2) IVA acreditable y su tasa también es del 16% y 3) IVA retenido, que su tasa es del 8%. Los tres tipos de IVA aplican para todos los contribuyentes del régimen de plataformas, SIN IMPORTAR que actividad lleven a cabo. En el caso de los contribuyentes que eligieron el esquema de pagos definitivos, no pueden usar el IVA acreditable.
Buenas tardes, tengo una duda en cuanto a la emisión de CFDI's de contribuyentes que tributan en el régimen de plataformas. Tengo un contribuyente de Didi, cobra ingresos con tarjeta (donde el aplicativo le retiene impuestos y emite una constancia de pagos y retenciones), y también cobra ingresos en efectivo. Según entiendo el artículo 113-B, fracción II, inciso C, interpreto que los contribuyentes que tributen en dicho régimen y obtengan ingresos de manera independiente a través de plataformas tecnológicas, "solo deberán emitir CFDI por dichos ingresos". Ahora bien, por los ingresos que cobren mediante tarjeta y en donde el aplicativo les retenga un impuesto, no hay necesidad de emitir un CFDI, ya que quiero pensar que la constancia de pagos y retenciones lo ampara, ¿estoy interpretando la LISR correctamente? Gracias anticipadas.
Con mucho gusto te podemos dar informes del precio y disponibilidad de una sesión personalizada o el costo del servicio contable que requieres.. Si estás enfrentando una situación particular o tienes dudas, preguntas o inquietudes en específico y requieres que personalmente revisemos tu caso, puedes ponerte en contacto con nosotros, enviándonos un mensaje a nuestras cuentas de Telegram o WhatsApp, haciendo clic en el enlace correspondiente: Telegram: t.me/ContabilidadEnTuIdiomaTelegram WhatsApp: wa.me/message/PWEQVRT6OOETK1 En horario de lunes a viernes de 9:00 AM a 10:00 PM o sábados de 10:00 a 8:00 PM También puedes llamar al 442-540-4506 / 442-685-5165 de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM y sábados de 10:00 AM a 4:00 PM No olvides visitar nuestra página de Internet en www.TuContadorDePlataformas.com
Gracias por el vídeo. ¿El ISR a pagar tanto en las declaraciones provisionales como en la anual es del 1% si rebaso los $300,000 de ingresos? ¿O puede llegar al 35%? Gracias.
El ISR en las declaraciones provisionales se calcula con base en el porcentaje asignado a cada actividad económica dentro del régimen de Plataformas Tecnológicas y para la Anual se calcula con base en la tabla Anualizada para dicho impuesto.
Hola contador excelente explicación, yo tengo una duda si tengo mi auto lo rento a una plataforma digital y solo tengo ingresos por medio de la aplicación y nada en efectivo, es mejor que opte por el pago definitivo o el pago provisional? Espero su respuesta.
Si tienes mucho gastos y los puedes comprobar, el esquema de pagos provisionales es lo mejor. Si tienes pocos gastos y no los puedes comprobar, el esquema de pagos definitivos es la mejor opción.
Contador, ¿si estás dado de alta en dos regímenes diferentes no puedes escoger pagos definitivos? Por ejemplo si estoy en sueldos y salarios y plataformas digitales.
Es correcto; por ley, si obtienes ingresos por otro régimen fiscal, adicional al de plataformas tecnológicas, no puedes elegir el esquema tributario de pagos definitivos.
Buen dìa Erick, gusto saludarte y gracias pr tomarte tu tiempo para informarnos sobre estos temas. En caso el chofer no sea el propietario del auto, que esquema tributario le convendría mas si el no tienes gastos del auto, si acaso solo de su herramienta de trabajo como lo es el celular?
Si requieres asesoría personalizada, puedes adquirir alguno de los servicios que ofrezco; ponte en contacto vía Telegram: t.me/Erik_ContabilidadEnTuIdioma
lOS INGRESOS EN EFECTIvo son los que la plataforma no hizo ninguna deducción pro que ay plataforma como rappi que si aunque te den efectivo directamente los usuarios si le hace la deducción a ese efectivo, como se trata en ese caso
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Hola. Es correcto, en el esquema de pagos provisionales debes facturar todos los productos y servicios que adquieras y que sean indispensables para la actividad económica que tengas.
Hola buen dia. Excelente exposición. Solo una duda. En el caso de que unicamente este recibiendo ingresos por medio una plataforma de hospedaje, y este dada de alta en pagos definitivos. ¿debo presentar declaraciones provisionales, o no? Muchas gracias por la respuesta
Buen día! En el esquema de pago definitivos como tal no presentas declaraciones provisionales ni declaración anual ni tampoco declaración informativa pero habria que checar bien cuál es tu caso, ya que desconocemos los detalles de tu situación. Con gusto puedes comunicarte con nosotros por WhatsApp al número 4425404506 para proporcionarte el costo de una asesoría, analizar tu caso y aclarar tus dudas. Quedamos a tus órdenes. Saludos!
Contador, justo ahora yo estoy en el regimen simplificado de confianza ya que así me lo indicaron en el SAT pues cuando fui a inscribirme les informé que quería abrir un negocio que por cuestiones de covid y falta de mobiliario solo trabajaría con plataformas como DIDI y Rappi, como aún no comenzaba a funcionar he estado presentando mis declaraciones en 0 desde agosto, ya estoy comenzando con el proceso para inscribirme, mi pregunta es: Al estar en este regimen ¿Existe la diferencia entre pagos definitivos y pagos provisionales o simplemente debo generar mi factura de venta al publico en general y presentar mis obligaciones como lo indica mi constancia?
Por ley, NO puedes declarar ingresos obtenidos de plataformas tecnológicas en el RESICO, forzosamente debes de actualizar tus obligaciones fiscales y dar de alta el régimen de plataformas tecnológicas; si bien puedes mantener el RESICO (aparentemente, ya que hay controversia al respecto), en dicho régimen únicamente podrás declarar los ingresos que obtengas fuera o diferentes a plataformas tecnológicas.
Gran aporte, una duda si estoy como pagos definitivos pero recibí un dividendo por ser integrante de una sociedad, esto me obliga a salirme del régimen?
Tengo una duda, yo trabajo como promotora de telefonía en una empresa (como empleada), pero ya nos pasaron a controlarnos por una plataforma digital, y en la plataforma nos piden los sellos y la contraseña para ellos cambiarnos de régimen (de hecho ellos no nos dieron esa información solo nos están obligado), y en un flayer muy bonito nos dicen que nos podemos afiliar en el régimen voluntario del seguro social, ¿con estás acciones de la empresa, ya vamos a dejar de ser empleados con todos los beneficios que esto conlleva, para ser prestadores de servicios?, ¿Y qué tan peligroso es qué subamos a esta plataforma los sellos digitales y la contraseña fiscal?
Muy buena explicación! Pero me quedo una duda, si yo soy asalariado, del GOBIERNO FEDERAL y recibo mi sueldo por nómina y ese es mi mayor ingreso, ya que trabjo DIDI y Uber solo los fines de semana, ¿me conviene más el esquema de pagos definitivos? ¿si puedo ponerme en ese régimen? no puedo facturar gasolina y mantenimiento? muchas gracias.
Elegir entre un esquema u otro, no depende de cuánto tiempo le dediques a la actividad, sino del volumen de gastos que tengas con respecto de la misma. En el esquema de pagos definitivos no puedes deducir gastos ni acreditar impuestos de los mismos.
Excelente video contador.... Una pregunta, si una persona registra su auto como socio flotilla y yo me doy de alta como conductor para trabajar su coche, quien tiene que presentar la declaración, de antemano le agradezco su respuesta !!!
En estricto sentido y apegándonos a lo que se establece en la Ley, ambos contribuyentes deben presentar su declaración de impuestos, ya que ambos están obteniendo ingresos por la realización de una actividad económica.
Excelente explicación, muy buen video. Tengo una duda en el caso de pagos provisionales el IVA retenido es al 8 % y no el 16 %? ya que veo que manejas los mismos $560 para ambos casos. Saludos
Hola ¡Muchas gracias por tu comentarios! Con relación a tu pregunta, en todos los casos, es decir, pagos provisionales o definitivos y cualquier actividad económica, en el régimen de plataformas tecnológicas, la retención de IVA es del 8%. Si requieres asesoría personalizada o servicios contables especializados en el régimen de plataformas, ponte en contacto al 442-685-5165 de lunes a viernes en horario de oficina.
Porque cuando se deducen impuestos en pagos provisionales, se reduce el IVA únicamente del efectivo, pero sigue pagando el IVA retenido por la plataforma? Es decir, la plataforma sigue reteniendo el 8% de los 7000 que se cobraron por intermediación y esos no se pueden deducir? ya que al final de ese primer ejemplo en provisionales el pago total fue de 770, que es ISR de 210 + 560 de el IVA retenido por la plataforma, que es el 8% del los 7000 que se pagaron por medio de la plataforma? Es decir, solamente sería ventaja ese esquema sí la persona recibe pagos en efectivo?. Ya que según lo que veo, la plataforma sigue reteniendo si o si el 8% del IVA de los 7000 y ese no se deduce pues no fue restado del pago total de impuestos en el ejemplo
En el Esquema de Pagos Provisionales, el 8% de IVA retenido por los ingresos obtenidos mediante intermediarios que lleva a cabo la plataforma tecnológicas, SÍ se puede acreditar; por otro lado, no existe retención, ni de IVA, ni de ISR sobre los ingresos obtenidos directamente del usuario; sobre ese tipo de ingreso se tiene que pagar la tasa completa del IVA que es del 16%. Al final, el importe de IVA que se determine pagar, en el esquema de Pagos Provisionales, aún se puede disminuir acreditado el IVA de gastos.
Gran video, justo me estoy suscribiendo a tu canal por la calidad del contenido. Me surge una duda, qué pasa con los vendedores de Mercadolibre? Estoy indeciso si entrar en ese rubro, empezaría con ventas y ganancias muy reducidas y no hay mucho que pueda deducir, teléfono, luz y quizás celular. Conviene la segunda opción o de plano los pagos definitivos? Al mes cálculo ganancias super bajas de $2000 o $3000 al inicio. Aunque eso de los 5 años... Ouch. Incluso se podría incluir todo lo que compre para vender como artículos esenciales de mi trabajo y deducirlos? Suena fantasioso, perdón por la ignorancia.
Saludos, si requieres una asesoría personalizada donde te pueda ayudar a aclarar tus dudas y responder preguntas más puntuales, te invito a adquirir alguno de los paquetes de asesoría que tengo disponibles; si te interesa, ponte en contacto; aquí te dejo el enlace a mi Telegram: t.me/Erik_ContabilidadEnTuIdioma
Esa tabla ya no la tengo disponible, pero tengo cursos y talleres al respecto, con costo obviamente, por si estás interesado. Para mayores informes, me puedes llamar o enviar un mensaje de WhatsApp al 4426855165 de lunes a viernes en horario laboral. Saludos.
Excelente video Lic. Solo me quedo la duda si en el esquema de pagos definitivos no se meten los gastos? De antemano gracias por el apoyo y la atención. Buen día
Gracias por tus comentarios… Es correcto, en el esquema tributario de pagos definitivos, no es válido acreditar el IVA de gastos, si es que a eso te refieres. Saludos.
Muy buena explicación! Pero me quedo una duda, si yo soy asalariado, trabajo para una empresa y recibo mi sueldo por nómina y ese es mi mayor ingreso, ya que Uber lo usaría solo los fines de semana, me conviene más el esquema de pagos definitivos, pero si puedo ponerme en ese régimen ? Ya que recibo otros ingresos (por parte de la empresa donde trabajo)
Saludos. La elección del esquema tributario, entre pagos provisionales o definitivos, dependerá, entre otras cosas, del nivel de gastos operativos que llegues a tener. Por otro lado, no hay ningún tipo de inconveniente por el hecho de tener esos dos regímenes fiscales activos, me refiero a sueldos y salarios y plataformas tecnológicas.
Buenas tardes Contador Erik, espero se encuentre bien, lo felicito por su excelente explicación la cual es muy segura, veraz y profesional, asi es conviene mas el esquema de pagos provisionales para deducir gastos y que el iva acreeditable de compras y gastos se mayor que el IVA Cobrado o traslado de los ingresos y asi pagar menos impuestos.
Excelente video, solo una duda en cuestión de ventas de bienes por plataformas (mercado libre) podría funcionar igual el de provisional, me refiero a los gastos?
Hola, muchas gracias por tu video. Efectivamente luego de casi un año de que lo sacaste, nos sigue ayudando a los que vamos llegando a este tipo de esquemas. Tengo una duda, había leído que no se podía deducir (acreditar) en el esquema de plataformas tecnológicas. Por ejemplo en mi caso que quiero vender en Mercado Libre o Amazon, igualmente puedo acreditar gastos por ejemplo de gasolina, seguro, contador, etc?
Saludos. El poder o no acreditar el IVA de gastos, NO depende del régimen fiscal (en este caso, estamos hablando del régimen fiscal de plataformas tecnológicas), sino del esquema tributario que elijas (entre pagos provisionales o pagos definitivos); dicha elección también tiene algunas variantes a considerar.
tengo una duda, los gastos en este regimen deben ser pagados tambien por medios electronicos para ser deducibles? ejemplo la gasolina, que no se debe pagar en efectivo para que sea deducible, excepto los RIF que si tienen la opcion de pagarla en efectivo... Gracias
Hola, Carmen; es correcto, los gastos, en el régimen de Plataformas Tecnológicas, deben ser pagados preferentemente con medios bancarios; el pago de combustible, forzosamente debe ser pagado con medios bancarios.
Excelente video muchas gracias solo tengo una duda, los 300 mil que no debes de rebasar de ingresos anuales para optar por definitivo son ingresos netos sin iva?
La elección del esquema tributario, no depende del tipo de ingresos que obtengas, depende EN GRAN MEDIDA, del monto de gastos que generes, tanto operativos como deducciones personales..
Saludos; la emisión de un CFDI (factura) de ingresos por las ventas realizadas al público en general, NO está determinada por el esquema tributario en el que estés (pagos definitivos o provisionales); la obligación de emisión de un CFDI por los ingresos que percibas, lo determina el art. 29 del Código Fiscal de la Federación, así que es por Ley.
hola buen dia estoy viendo tu video. muy tarde pero viendo. y solo me queda duda el pago total de declaracion alomejor pagaras mas cada mes o.menos cada mes. pero no hago anual. y en cambio la declaracion con retencion podras pagar menos acreditando solo el iva con tus gastos. pero eso solo es el pago parcial. cada mes y cuando llega la declaracion anual tienes que pagar mas. la parcial sera con favor al iva. pero al.año tendras que pagar isr. restante mas pagas. has el ejercicio anual y sera mas atractiva el.pago definitivo. ademas que segun el sat. no te aceptan todos los gastos. yo tengo el año 2021 y segun el contador el sat no acepto 2100. en la deduccion de impuesto.
Gracias por ver nuestros videos y compartirnos tu caso. Si tienes alguna duda en particular, comunicate con nosotros para una asesoría personalizada. Será un placer para nosotros atenderte. Saludos.
Hola Erick. Gracias por la info. Podrías comentarme si las comisiones que cobra ML por cada producto es acreditable como gasto, ya que equivale en promedio al 15% del precio de venta del producto. Tambien.pagamos del 50 al 60% del envío, aproximadamente $65 a $80 por cada producto. Sr me podrán acreditar. Saludos.
Buen día contador, opté por pagos definitivos en UBER. En la declaración anual aparece acumulado UBER más los sueldos y salarios. Por favor me podría decir que se debe hacer, gracias
Con mucho gusto te puedo dar informes del precio y disponibilidad de una sesión personalizada o el costo del servicio contable que requieres.. Si estás enfrentando una situación particular o tienes dudas, preguntas o inquietudes en específico y requieres que personalmente revise tu caso, puedes ponerte en contacto conmigo, enviándome un mensaje a mi cuenta de Telegram o WhatsApp, haciendo clic en el enlace correspondiente: Telegram: t.me/ContabilidadEnTuIdiomaTelegram WhatsApp: wa.me/1524426855165 En horario de lunes a viernes de 9:00 AM a 10:00 PM o sábados de 10:00 a 8:00 PM También puedes llamar al 442-685-5165 de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM y sábados de 10:00 AM a 4:00 PM
Hola, gracias por esta información. Duda, si el que està dado de alta en la plataforma como Didi, no es el que conduce el auto sino solo està dado de alta en la plataforma, el esquema que le conviene es pagos provisionales, pero al chofer que esquema le conviene si el no tiene gastos de gasolina, asesorías de vehículo, seguro, etc por que no es el dueño del auto? Ojala me puedas apoyar con esta duda.. Saludos
Puedo revisar tu caso de forma personalizada; si requieres este tipo de asesoría , puedes adquirir alguno de los servicios que ofrezco; ponte en contacto vía Telegram: t.me/Erik_ContabilidadEnTuIdioma
Contador espero en algún punto pudiera leér mi comentario y me pueda asesorar un poco. Verá, hace algunos años yo me registre en Uber para trabajar como repartidor, cabe decir que en aquel entonces no existía este nuevo régimen y solo pedían estar en el RIF, pero nunca trabaje hasta hace poco y fue que de la misma manera me enteré de los régimen que están en vigor pero parece ser que debo unos periodos del RIF, (Desde marzo de 2021 hasta la fecha) entonces: Que debo hacer? Cómo los declaro o como los pago? Posteriormente puedo cambiarme al régimen que me corresponde? Puedo declarar esos periodos con mis ingreso de las plataformas para pagar menos? De ante mano gracias por su atención.
Saludos. Habrá que hacer una Revisión y Actualización de Situación Fiscal a la brevedad para determinar todas y cada una de las obligaciones fiscales que tienes pendientes y diseñar un plan de trabajo para solventarlas; para lo anterior, mi más sincera y honesta recomendación es que contrates los servicios de un contador de tu entera y absoluta confianza para que te ayude con el trabajo contable a llevar a cabo.
Buen dia contador, disculpe en el supuesto que yo este en pagos definitivos si yo llegara a superar el tope de 300 mil tendria que hacer alguna modificación o en automático se modificaría
Hola, David! Cuando estás en pagos definitivos y rebasas los 300 mil pesos, el sistema automáticamente te cambiará a pagos provisionales el 1 de Enero del año siguiente.
Contador, excelente video: una duda, en el esquema de p prov no son necesarias las tablas para calcular el isr?, queda entonces asi con el 2.1?. saludos y gracias
Las tablas para calcular el ISR en plataformas tecnológicas quedaron deshabitadas el 31 de diciembre de 2020; a partir del 1 de enero de 2021 el ISR para plataformas tecnológicas se determina a través de porcentajes fijos que cambian dependiendo la actividad.
veo en la tabla que el ISR tu dices que se debe de pagar, conta pero que no el ISR ya lo retiene la plataforma los $63.00? es decir seria pagarlo de nuevo .debería de quedar en tablas a menos que ayas hecho cobros en efectivo seria el total $27.00 nada mas lo que pagarías por los $3,000.00. gracias tengo esa duda
Correcto, el ISR determinado de los ingresos obtenidos medianamente intermediarios, lo cubre la retención efectuada por las plataformas; si hubo ingresos obtenidos directamente del usuario, habrá que pagar el ISR correspondiente.
Pregunta, en pagos definitivos nos dice de no rebasar la cantidad de $300.00 .. esa cantidad es ya bruta con impuesto del 16 incluido .. oh Neta $300.00 + IVA ... Gracias .
Hola; sí, en la declaración anual del régimen de plataformas tecnológicas, puedes deducir todos los gastos facturados, siempre y cuando los hayas declarado en las declaraciones provisionales, los hayas informado en la DIOT correspondiente y hayan sido gastos indispensables para realizar tu actividad económica.
exelente video contador, despejo todas mis dudas. sera posible que compartas la hoja de calculo que usaste en este video o como puedo conseguirla ? de antemano gracias
Súper bien explicado el video 👏Una duda, si estoy como sueldos y salarios (una parte la recibo en nómina y otra en efectivo), ¿cómo calculo el porcentaje con el cual darme de alta en plataformas digitales? sobretodo si apenas empezaré a vender por internet
Dale mayor peso (mayor porcentaje) a la parte que represente mayor ingreso para ti. Ese porcentaje no es necesario que sea extremadamente preciso pero, como te comento, si es importante que el régimen de donde obtendrás mayor ingreso, sea al que le cargues el porcentaje mayor.
Saludos, Santos; justo ese es el trabajo de un contador. Te recomiendo que te acerques con algún colega contador que te ayude al respecto. En Contabilidad En Tu Idioma ofrecemos ese servicio contable por si estás interesado. Te dejo el enlace a mi cuenta de WhatsApp para mayores informes: wa.me/message/LELFT3ROCRNNJ1
Buenas noches
Yo soy repartidor en plataforma uber, estoy como pagos provisionales y solo tengo el régimen de plataforma, me quite
el régimen de sueldos y salarios, por lo cual mis ingresos son 100% de la plataforma.
Por lo que he aprendido en este tiempo es que si optas por pagos definitivos, no podrás deducir gastos, y el iva que vas
a pagar es del 8% del total de tus ingresos, a demas si estas como pagos definitivos y quieres cambiarte a pagos
provisionales tendrás que esperar 5 años o bien superar 300,000 pesos de ingresos, en automático ascienda te cambiara
de esquema.
Ahora si tu tienes el régimen de sueldos y salarios, y ademas tienes el régimen de plataformas y estas como pagos
definitivos no podrás hacer la declaración anual, ya que se va a remover de tus obligaciones la declaración anual, y no
podrás deducir gastos del año.
Y si optas por pagos provisionales tendrás que pagar el 16% de iva del total de ingresos del mes, podrás deducir gastos
mensualmente , y podrás presentar la declaración anual ya que estará en tus obligaciones.
Y en cuestión de las retenciones por parte de las plataformas tu puedes revisar las retenciones que emitió la plataforma
a tu nombre siguiendo los siguientes pasos: portal del SAT ➡en el menu donde dice FACTURA ELECTRONICA ➡
CANCELA Y RECUPERA LAS FACTURAS ➡ INGRESA TU CONTRASEÑA O EFIRMA PARA INGRESAR ➡CONSULTA CFDI(MENU FRANJA VERDE ARRIBA DE TU RFC) ➡RETENCIONES E INF. DE PAGOS ➡RETENCIONES RECIBIDAS ➡ Si necesitas la retenciones del mes de
diciembre búscala en el mes de enero del siguiente año ya que las plataformas hacen las retenciones después del mes
(A mi uber me manda las retenciones por correo y en ocasiones cancelan retenciones y una buena manera para saber
si las cancelaron es revisando en el portal del sat ).
Gracias a que revise las retenciones del mes de diciembre en el portal del sat me di cuenta de que uber no cancelo 2 retenciones
ocasionándome duplicados y por lo tanto tengo que disque pagar el doble, pero aun no lo hago tengo que ir a uber para
que las cancelen.
Espero que a alguien le sirva lo que compartí en este comentario.
Gracias por compartir. Saludos.
Disculpa cuando dices "Y si optas por pagos provisionales tendrás que pagar el 16% de iva del total de ingresos del mes, podrás deducir gastos
mensualmente , y podrás presentar la declaración anual ya que estará en tus obligaciones", quiere decir que se hará el pago del 16% tambien de lo que ganas en el régimen de sueldos y salarios o eso sigue normal al año se aplica lo que siempre se aplica de manera normal? gracias
@@Contabilidadentuidioma ¿es cierto que si estoy en regimen de plataformas en pagos provisionales y también en sueldos y salarios ya no podré declarar deducciones personales del regimen de sueldos y salarios? estoy super revuelta con eso, un contador me dijo que podía continuar con mis deducciones personales en regimen de sueldos y salarios ya que es independiente de estar en regimen de plataformas en pagos provisionales, ¿podrías aclararme esta duda?
Si puedes deducir gastos personales que apliquen para el régimen de sueldos y salarios y además los correspondientes a plataformas tecnológicas. Si requieres asesoría personalizada y profesional, ponte en contacto vía WhatsApp, haciendo clic en este enlace:wa.me/message/PWEQVRT6OOETK1
Bro entonces si voy a repartir comida me recomiendas Uber eats?
FELICIDADES CONTADOR EL MEJOR VIDEO QUE HE VISTO EN YOU TUBE MUY BIEN EXPLICADO DE PRINCIPIO A FIN,
YO TRIBUTABA EN LOS DOS ESQUEMAS EN UBER EN PAGOS DEFINITIVOS Y EN DIDI EN PAGOS PROVISIONALES.
AL FINAL TODO QUEDO EN PAGOS PROVISIONALES PORQUE TENGO MUCHOS GASTOS PORQUE REPARTO EN MOTO Y PURA GASTADERA DE REFACCIONES Y REPARACIONES,
ESTE VIDEO ME SIRVIO PARA ACLARAR ALGUNAS DUDAS PARA AMBOS ESQUEMAS .
ENHORABUENA Y LE DESEO LO MEJOR PARA UD Y SU FAMILIA ... BENDICIONES
Bendiciones, igualmente!
Contador, excelente explicación, muy detallada mediante este comparativo del ejercicio. Con mucho gusto me suscribo a su canal para seguir aprendiendo y estaré al pendiente de las transmisiones en vivo de los días jueves. Saludos y enhorabuena.
Bienvenido!
información bastante clara y aclarando que esquema es el mas recomendable, definitivamente el provisional, ya que aplica para los contribuyentes que mensualmente tienen gastos y que les permite acreditarse el IVA que llegue a generar, por las declaraciones previamente presentadas, saludos!!!
Saludos; es correcto, el factor o variable más importante a considerar al elegir el esquema tributario de pagos provisionales son los gastos, ya que en la medida que éstos ocurran, el IVA acreditable ayudará significativamente a que el pago de dicho impuesto disminuya; sin olvidar que, de igual forma, los gastos serán considerados en la declaración anual como deducciones autorizadas, lo que podría generar, incluso, devolución de ISR.
muchas gracias por el video, muy bien explicado pero si considero que es mucho mejor pagos definitivos, porque la única forma de no pagar ese iva es tener gastos por un 50% de tus ingresos, ahora si a eso le sumamos gasolina mas el iva de terceros te queda 20% de ganancia lo cual considerando los montos que pagan las plataformas, digo no conviene.
Saludos, al existir dos esquemas de pago de impuestos, en el régimen de plataformas tecnológicas, la elección de uno de ellos no es generalizada; lo que le puede convenir a un contribuyente, puede ser totalmente distinto para otro; a final de cuentas, el factor de decision está en los gastos.
Muchísimas gracias hermano
Fue un excelente video 🫶🏻
Un gusto saber que la información que comparto te fue de utilidad. Saludos.
Excelente explicación y desarrollo de cada supuesto, me ayudo muchisimo.
Mil gracias.
Hola buenas noches, excelente explicación, es precisamente lo que uno busca, ver los distintos panoramas en como se van comportando los números, muchas gracias!!!!!
Gracias a ti. Saludos.
tu entiendes de contabilidad cierto?
Gracias, excelente hoja de cálculo para llevar una administración respetable
¡Muchas gracias!
muchas gracias por su apoyo me encanto como lo explico
Muchas gracias. Ayudame a compartir, por favor. Saludos.
Excelente explicación . Me ayudó muchísimo a tomar la decisión. Muchas gracias
Gracias a ti
Gracias contador, excelente presentación. Tengo dudas sobre los gastos que se pueden deducir, sin embargo en uno de los comentarios te hacen la pregunta y recomiendas uno de tus videos, así que allá voy. Like y suscrito.
Saludos desde Boca del Río, Veracruz.
Saludos y a tus órdenes.
Saludos. Que chido que alguien de Querétaro nos ayude. Tus videos son muy educativos
Saludos y gracias
Contabilidad en mi idioma... el título no pudo ser más exacto!!... gracias por la explicación a detalle. Una pregunta, como puedo saber si me dieron de alta en pago provisional o definitivo?... la primer declaración fue en ceros porque no tenía aún movimientos. Gracias de antemano!
Para saber en qué esquema tributario estás, genera una constancia de situación fiscal en el portal del SAT; hay un tutorial al respecto en uno de mis primeros videos.
@@Contabilidadentuidioma gracias!!
Gran video, muy bien explicado, muy claro y excelente ejemplo práctico y muy real... ¡Felicidades! Por más videos así.
Muchas gracias!
Muy buen video amigazo, tendras algun video de como poner en práctica todo esto en el portal del sat ?
Saludos. No tengo ningún video al respecto.
Hola contador, pregunta de oro. Estoy por facturar un auto de agencia con mis datos fiscales, pero tengo el régimen de pagos definitivos. (Así lo prefiero porque realmente lo usaré poco y no quiero andar batallando con facturas). Si llegara el momento en que requiera cambiarme a pagos provisionales puedo meter ese auto a deducción? (Estoy consciente que perderé el beneficio del IVA y del ISR del primer año por ejemplo, pero tengo entendido que el beneficio del ISR es del 25% de 175000 durante 4 años). Gracias por su atención
Respuesta corta: NO. El egreso por la adquisición del auto te sirve para el periodo y ejercicio en que se llevó a cabo la compra. El beneficio fiscal de deducibilidad y depreciación corre a partir de la fecha de compra manifestada en la factura (CFDI) y no en el momento que a ti te convenga iniciar dicho proceso. Saludos.
Excelente video mi Lic. yo estoy en rappi y tengo ya casi un año que no me paro en la plataforma y yanose que onda con eso apenas ando viendo otra vez en que situacion estoy gracias por explicar un tema mucha importancia
Dependerá de tu decisión de continuar trabajando para Rappi o no, para dar de baja el régimen fiscal de Plataformas Tecnológicas o seguir manteniéndolo activo; cualquiera que sea tu decisión, deberás cumplir con tus obligaciones fiscales.
Eres grandioso, explicas super bien, Felicidades y Gracias por tomarte el tiempo para elaborar los videos y poder compartir tu conocimiento, Gracias Gracias!!
¡Muchísimas gracias por tus comentarios! Estoy a la orden. Saludos.
Buena tarde Contador excelente video, donde puedo sacar las facturas de la comisión en Uber?
Directamente en tu aplicativo de Uber
Excelente explicación: sería posible y muy atractivo si pudieras mostrar el cálculo anual para cada modalidad por favor
Saludos. No es posible mostrar un cálculo porque en el esquema de pagos definitivos no se presenta declaración anual,
@@Contabilidadentuidioma y si algun cliente de mercado libre me pide factura? la genero y eso se declara o como?
esto en pagos definitivos
Muy buena explicación Contador, analizando las 2 opciones desde un punto de vista practico y conveniente para cada contribuyente según sea su caso particular, gracias por compartir Contador, saludos desde Puebla
Gracias y a tus órdenes!
Excelente explicación, muchas gracias contador!
A la orden.
Hola, buen día.
Podrías hacer un ejercicio similar para mercado entregas? Y decir que conviene más, Definitivos o provisionales?
Excelentes videos, saludos
Tengo otros vídeos donde hablo al respecto, cuando tengas oportunidad búscalos aquí en el canal de RUclips. También tengo cursos grabados al respecto (con costo) por si te interesan. Saludos
Muy bien explicado, no se si puedes hacer un comparativo de los XML de retención. Desde el punto de vista que cuando te deposita UBER no te salen las cuentas. Y asi aplicar tu ejemplo,, como decimos los contadores de Atras hacia adelante.
Tomaré en cuenta tu sugerencia; muchas gracias!
Excelente, gracias por tu aporte!
Buenísimo el video.👏🏼👏🏼👏🏼👏🏼
Buen día, excelente video!! Muy clara explicación!! en mi caso estoy bajo el régimen de sueldos y salarios, y declaro anualmente. Comencé a vender en mercado libre hace un año de manera simultánea a mi empleo, y mercado libre retiene los impuestos porque cargué mi RFC de persona física. Mi duda es, si mercado libre ya me retiene y declaró anualmente en el régimen de sueldos y salarios, debo realizar alguna modificación en mi régimen o declarar también esos ingresos en mercado libre (menores a $300,000.00) mil gracias!!
Saludos; por supuesto que debes realizar una modificación fiscal, y ésta es dar de alta el régimen de plataformas tecnológicas y declarar los ingresos obtenidos por dicho régimen; que en tu caso, por lo que mencionas, son los ingresos obtenidos por las ventas realizadas en Mercado Libre.
Buenos dias . Contador si tiene el fundamento legal de todos estos calculos saludos cordiales
Claro, art. 113A de la LISR y art. 18J de la LIVA
Actualmente estoy en el RIF, estoy suspendido, quiero reanudar actividad y únicamente dedicarme al reparto de alimentos al 100%, al elegir el régimen plataformas tecnologícas seguire formando parte del RIF y haciendo declaraciones bimestrales o plataformas tecnologicas elimina al RIF?
Saludos; con base en lo que comentas, donde indicas que únicamente te dedicarás al reparto (al 100%), entonces no tienes porqué mantener el RIF, lo puedes dar de baja y tener únicamente dado de alta el régimen de plataformas tecnológicas.
@@Contabilidadentuidioma Ultima duda contador, pero tengo entendido que si lo doy de baja en un futuro si quiero abrir un negocio ya no podria regresar al RIF solo a persona fisica con actividad empresarial, abria manera de dar de alta las plataformas digitales y no perder el RIF?
Contador: muchas felicidades y muchas gracias por la información presentada en este video, es de gran utilidad, ya que disipa todas las dudas al respecto de este tema. Te deseo la mejor de las suertes y mucho éxito en tus próximos proyectos. Bendiciones para tí.
🙏🏼
Voy encontrando este canal y está explicado muy bien y con buena vibra, gracias contador. Tengo una duda, yo estoy en pagos definitivos hace 1 año y meses, PERO estoy por superar los 300,000 de ingresos al año, ¿me puedo mover a provisionales o tengo que esperar hasta los 5 años? Graciaaas, ya me suscribí al canal y activé las notificaciones, gran contenido!
¡Muchas gracias por tus comentarios!... En el momento que rebases 300 mil pesos de ingresos acumulados en el año, el SAT en automático te vas a sacar del esquema de pagos definitivos y te pondrá en el esquema de pagos provisionales; esto sucede al año siguiente al que rebasaste dicho ingreso; ahora, si no superas los 300 pesos, tendrás que estar en definitivos por cinco años.
Hola disculpa cuanto tienes que pagar y cada cuando para menos de 300 mil xfa 🙏🏻
Para saber el monto a pagar de impuestos, se debe hacer la contabilidad correspondiente.
Muchas gracias por el excelente video, explicado para nosotros que no somos contadores (sali de mis dudas).
Solo tengo una duda como se va a gestionar el esquema que mas nos conviene, de antemano gracias por la atenciones prestadas.
Saludos. La mejor forma para elegir el esquema tributario que más te conviene es, sin lugar a dudas, haciendo un análisis de ingresos y gastos; para ello, recomiendo ampliamente que lo lleves a cabo con un profesional (Contador o Administrador) de tu entera confianza para que te explique con lujo de detalles cuál es la mejor opción en tu caso en particular.
Buen video. Gracias. Tomaré de base tu calculo para hacer dos cambios 1) 50% pago efectivo y 50% pago con tarjeta y de ahí los movere en porcentajes de 5% con tope de 75% y 25% para ver cómo afecta sin gastos con eso obtendre la composición ideal de proporcionalidad y la comparare vs la real que actualmente tengo. Y 2) partiendo del ejemplo que pones ingresos 10,000 con gastos de 12,500 no me resulta adecuado no porque no se pueda dar (gastos imprevistos) sino porque así como lo muestras debes tener más gastos que ingresos y eso no es lo que busca uno aún y cuando lo compensen en meses siguientes. Pondré gastos totales desde 40% de los ingresos hasta 60% con un incremento de 5% . Te felicito buen video y haré esos ajustes a mi realidad
Un gusto saber que la información que comparto te es de utilidad. Saludos.
Excelente información en mi caso vendo artesanías en mercado libre y los únicos gastos que tengo son gastos medicos/medicamentos y compra de materiales para mi negocio. Mi duda es si son válidas las facturas de gastos medicos porq es precisamente donde gasto mas de 1000 pesos en el tratamiento que lleva mi hijo y una servidora. Ojalá pudiera ayudarme en esta duda para decidirme en los pagos
Los gastos médicos y medicamentos relacionados con los mismos SÍ son deducibles de impuestos para Contribuyentes del Régimen de Plataformas Tecnológicas y entran en la categoría de Deducciones Personales; lo anterior y MUY IMPORTANTE, siempre y cuando se haya elegido el Esquema Tributario de Pagos Provisionales.
Muy buen video, seria genial si puedes hacer uno asi para vendedores de amazon, mercado libre, etc y que pasa con el isr cuando son montos altos, osea mas de 10k talvez unos 100 mil o mas, ya que cuanto mas ganas mas te quitan de isr, segun entiendo
Únete a las sesiones de asesoría gratuita todos los jueves a las 6:30 PM a través de Facebook o Instagram
Excelente video, muchas gracias.
Hay algún requisito o uso de CFDI específico para que los gastos puedan ser deducibles?
Muchas gracias!... Con relación a tu pregunta, acabo de tener un "En Vivo" donde hablo al respecto: ruclips.net/video/lqQCHAgbXz8/видео.html
Pregunta:
Los honorarios contables, también son deducibles..?
Podría proporcionarnos algún medio de comunicación, para contratar sus servicios contables..
Los honorarios contables SÍ son deducible. Llama o envía WhatsApp al 442-685-5165
Contador, excelente explicación, en el caso de los que empiezan un negocio de comida y quieren entrar en plataformas para aumentar ingresos, el ejercicio aplica de la misma forma?
Sí, el ejercicio aplica de la misma manera.
¡WOOOW! Excelente video, explicas de manera muy amena la información fiscal, qué bueno que me encontré este canal, gracias. ¿Cuándo se elige el esquema, al momento de inscribirte al régimen de plataformas tecnológicas? ¿Puede haber problemas con Uber/DiDi si eliges el esquema de pagos prov.? ¿Tienes un video en donde digas las declaraciones a lasque estás obligado cuando entras a este régimen? De antemano gracias por la lecturas de mis dudas.
¡Gracias por tus comentarios!... Sí, el esquema tributario se elige al momento de dar de alta el régimen de plataformas tecnológicas... No, las plataformas no tienen ninguna injerencia en tu elección de esquema tributario... Sí, si tengo un video donde hablo sobre tus obligaciones fiscales; aquí el enlace: ruclips.net/video/uPGaQACiLf0/видео.html
@@Contabilidadentuidioma gracias por responder.
Súper video , tengo una duda si también tengo otro trabajo ,afecta en algo que mi RFC este bajo el regimen de plataformas tecnologicas?
Saludos. De forma general, tener dos regímenes fiscales activos no te afecta en nada; de forma particular, tus ingresos aumentarán y tendrás que pagar el ISR correspondiente en la declaración anual y el IVA en las declaraciones provisionales.
que va a pasar para la declaración anual por "pagos provisionales" amigo seria bueno que nos comentaras, gracias !
Saludos, Yonathan ¿Cuál es tu duda en específico con relación a lo que va a pasar con la declaración anual?
Yo soy trabajos de didi cuál obcion me conviene más
Buenas tardes, ¿desde que momento se hace el computo para presentar la declaración de impuestos mensual por pago definitivo?, desde que se recibe el primer ingreso o desde que se da de alta en el régimen citado en el esquema de pagos definitivos; entendiéndose que apenas estamos cumpliendo con el primer requisito para trabajar en estas plataformas digitales y todavía habrá que esperar a que se complete todo el proceso para empezar a laborar. De antemano muchas gracias. Excelente video.
Saludos. Tu obligación fiscal de presentación de declaraciones inicia en la fecha de alta del régimen y la actividad económica correspondiente; dicha fecha está estipulada en tu constancia de situación fiscal.
Y los que ganamos del canal de youtube tenemos q registrar los ingresos...??? Acá en mex se notificará al sat los. Q cobren más de 15 enUs tarjetas de devito me gustaría un video sobre esto gracias???
Todo ingreso en cuentas bancarias debe pagar el impuesto correspondiente.
Que tal pues hice mi ejercicio y me gustara que por favor me dieras tu opinión de lo que encontré...... prácticamente mi proporción queda 50% efectivo y 50% tarjeta y pues resulta que como de los pagos en efectivo no se me retuvo iva 8% e isr 2.1%.....pues esos los debo (ya sea declaracion provisional o definitiva)....lo cual quiere decir que entre mas tenga de ese tipo mas le debo al SAT y que lo ideal sería para ellos que solo existieran los pagos con tarjeta.....y que para obtener saldos a favor en la declaración definitiva necesito tener gastos de alrededor del 80 al 90% de los ingresos mes a mes para hacer ese iva acreditable (lo cual no sucede), porque implicaría que los ingresos prácticamente son para cubrir los gastos.....¡¡viva mexico!!
Los gastos, en definitiva, no son lineales, y el SAT entiende eso... Un mes puedes generar gastos mínimos y otro mes generar muchos gastos que compense el IVA de meses venideros. Lo importante, en el caso de elegir el esquema de pagos provisionales, no es únicamente tener la posibilidad de acreditar el IVA mensualmente, sino también la opción de deducir los gastos operativos (deducciones autorizadas) y los gastos personales (deducciones personales) en la declaración anual y, de esta forma, también tener la opción de obtener devolución de impuestos. Con base en los análisis que has hecho, seguramente podrás elegir la mejor opción para ti. Saludos.
Excelente información, tengo una duda... en el caso de uso de plataformas digitales pero no como repartidor sino en plataformas de venta como mercadolibre o amazon.... al no tener esos gastoa taaan fuertes mes con mes... convendria mas el definitivo o aigue siento mejor opcion provisional?
Cada situación es particular; siempre será importante hacer un análisis de tus costos de ventas, costos operativos y costos administrativos para saber con precisión qué esquema tributario te conviene más. Acércate con tu Contador para que te ayude a hacer dicho análisis y tomar la mejor decisión. Saludos.
@@Contabilidadentuidioma Claro esa ya es asesoria mas personalizada y con un honorario de por medio, verdad colega ?
Totalmente de acuerdo 😃😊
Saludos Contador, excelente video. Gracias
A la orden y gracias por seguir pendiente de la información que comparto en el canal.
Muy buena explicacion contador, una pregunta, ¿son iguales las comisiones del 8% para definitivos y 16% para provisionales, para los repartidores de mercado envios?, muchos saludos.
Saludos... Por los porcentajes que comentas, pienso que te refieres al IVA; tomando en cuenta eso, te comento que la tasa de IVA no es una comisión. Por otro lado, existen tres tipos de IVA relacionados con el régimen de plataformas tecnológicas: 1) IVA trasladado y su tasa es del 16%, 2) IVA acreditable y su tasa también es del 16% y 3) IVA retenido, que su tasa es del 8%. Los tres tipos de IVA aplican para todos los contribuyentes del régimen de plataformas, SIN IMPORTAR que actividad lleven a cabo. En el caso de los contribuyentes que eligieron el esquema de pagos definitivos, no pueden usar el IVA acreditable.
Buenas tardes, tengo una duda en cuanto a la emisión de CFDI's de contribuyentes que tributan en el régimen de plataformas. Tengo un contribuyente de Didi, cobra ingresos con tarjeta (donde el aplicativo le retiene impuestos y emite una constancia de pagos y retenciones), y también cobra ingresos en efectivo. Según entiendo el artículo 113-B, fracción II, inciso C, interpreto que los contribuyentes que tributen en dicho régimen y obtengan ingresos de manera independiente a través de plataformas tecnológicas, "solo deberán emitir CFDI por dichos ingresos". Ahora bien, por los ingresos que cobren mediante tarjeta y en donde el aplicativo les retenga un impuesto, no hay necesidad de emitir un CFDI, ya que quiero pensar que la constancia de pagos y retenciones lo ampara, ¿estoy interpretando la LISR correctamente? Gracias anticipadas.
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Gracias por el vídeo. ¿El ISR a pagar tanto en las declaraciones provisionales como en la anual es del 1% si rebaso los $300,000 de ingresos? ¿O puede llegar al 35%? Gracias.
El ISR en las declaraciones provisionales se calcula con base en el porcentaje asignado a cada actividad económica dentro del régimen de Plataformas Tecnológicas y para la Anual se calcula con base en la tabla Anualizada para dicho impuesto.
Hola contador excelente explicación, yo tengo una duda si tengo mi auto lo rento a una plataforma digital y solo tengo ingresos por medio de la aplicación y nada en efectivo, es mejor que opte por el pago definitivo o el pago provisional? Espero su respuesta.
Si tienes mucho gastos y los puedes comprobar, el esquema de pagos provisionales es lo mejor. Si tienes pocos gastos y no los puedes comprobar, el esquema de pagos definitivos es la mejor opción.
Contador, ¿si estás dado de alta en dos regímenes diferentes no puedes escoger pagos definitivos? Por ejemplo si estoy en sueldos y salarios y plataformas digitales.
Es correcto; por ley, si obtienes ingresos por otro régimen fiscal, adicional al de plataformas tecnológicas, no puedes elegir el esquema tributario de pagos definitivos.
Buen dìa Erick, gusto saludarte y gracias pr tomarte tu tiempo para informarnos sobre estos temas.
En caso el chofer no sea el propietario del auto, que esquema tributario le convendría mas si el no tienes gastos del auto, si acaso solo de su herramienta de trabajo como lo es el celular?
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lOS INGRESOS EN EFECTIvo son los que la plataforma no hizo ninguna deducción pro que ay plataforma como rappi que si aunque te den efectivo directamente los usuarios si le hace la deducción a ese efectivo, como se trata en ese caso
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Hola buenas noches, gran explicación, una pregunta, para el esquema de pagos provisionales debo facturar todos los gastos que tenga?
Hola. Es correcto, en el esquema de pagos provisionales debes facturar todos los productos y servicios que adquieras y que sean indispensables para la actividad económica que tengas.
Para isr cuando considero los gastos? No se puede presentar el pago provisional como régimen de actividad empresarial para tomar las deducciones?
En el régimen de plataformas tecnológicas, los gastos, para determinación de ISR, se consideran en la declaración anual.
Explicaciòn sencilla y concreta, muchas gracia
A la orden
Esta increíble el video muchas gracias desde luego que todos tenemos gastos siempre.
Mil gracias
Saludos
Feliz día 🤗👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻
¡Muchas gracias!
Excelente explicación, solo tengo una duda ¿como sé en qué esquema me encuentro?
Puedes saber en qué esquema te encuentras generando una Constancia de Situación Fiscal en el portal de Internet del SAT.
Hola buen dia. Excelente exposición. Solo una duda. En el caso de que unicamente este recibiendo ingresos por medio una plataforma de hospedaje, y este dada de alta en pagos definitivos. ¿debo presentar declaraciones provisionales, o no? Muchas gracias por la respuesta
Buen día! En el esquema de pago definitivos como tal no presentas declaraciones provisionales ni declaración anual ni tampoco declaración informativa pero habria que checar bien cuál es tu caso, ya que desconocemos los detalles de tu situación.
Con gusto puedes comunicarte con nosotros por WhatsApp al número 4425404506 para proporcionarte el costo de una asesoría, analizar tu caso y aclarar tus dudas.
Quedamos a tus órdenes. Saludos!
Contador, justo ahora yo estoy en el regimen simplificado de confianza ya que así me lo indicaron en el SAT pues cuando fui a inscribirme les informé que quería abrir un negocio que por cuestiones de covid y falta de mobiliario solo trabajaría con plataformas como DIDI y Rappi, como aún no comenzaba a funcionar he estado presentando mis declaraciones en 0 desde agosto, ya estoy comenzando con el proceso para inscribirme, mi pregunta es: Al estar en este regimen ¿Existe la diferencia entre pagos definitivos y pagos provisionales o simplemente debo generar mi factura de venta al publico en general y presentar mis obligaciones como lo indica mi constancia?
Por ley, NO puedes declarar ingresos obtenidos de plataformas tecnológicas en el RESICO, forzosamente debes de actualizar tus obligaciones fiscales y dar de alta el régimen de plataformas tecnológicas; si bien puedes mantener el RESICO (aparentemente, ya que hay controversia al respecto), en dicho régimen únicamente podrás declarar los ingresos que obtengas fuera o diferentes a plataformas tecnológicas.
Excelente video. Me puedes pasar por favor el fundamento de las deducciones en el esquema de pagos provisionales.
Deducciones personales: Art. 151 de la LISR. Deducciones autorizadas: Art. 105, fracción II de la LISR
Gran aporte, una duda si estoy como pagos definitivos pero recibí un dividendo por ser integrante de una sociedad, esto me obliga a salirme del régimen?
Hola, Cristián! No te obliga a salirte del régimen, sin embargo tienes que declarar esos ingresos por dividendos en el régimen correspondiente.
Tengo una duda, yo trabajo como promotora de telefonía en una empresa (como empleada), pero ya nos pasaron a controlarnos por una plataforma digital, y en la plataforma nos piden los sellos y la contraseña para ellos cambiarnos de régimen (de hecho ellos no nos dieron esa información solo nos están obligado), y en un flayer muy bonito nos dicen que nos podemos afiliar en el régimen voluntario del seguro social, ¿con estás acciones de la empresa, ya vamos a dejar de ser empleados con todos los beneficios que esto conlleva, para ser prestadores de servicios?, ¿Y qué tan peligroso es qué subamos a esta plataforma los sellos digitales y la contraseña fiscal?
Sin duda tiene sus riesgos porque con la información fiscal que comentas les proporcionaras, pueden emitir facturas a tu nombre
Muy buena explicación! Pero me quedo una duda, si yo soy asalariado, del GOBIERNO FEDERAL y recibo mi sueldo por nómina y ese es mi mayor ingreso, ya que trabjo DIDI y Uber solo los fines de semana, ¿me conviene más el esquema de pagos definitivos? ¿si puedo ponerme en ese régimen? no puedo facturar gasolina y mantenimiento? muchas gracias.
Elegir entre un esquema u otro, no depende de cuánto tiempo le dediques a la actividad, sino del volumen de gastos que tengas con respecto de la misma. En el esquema de pagos definitivos no puedes deducir gastos ni acreditar impuestos de los mismos.
Excelente video contador.... Una pregunta, si una persona registra su auto como socio flotilla y yo me doy de alta como conductor para trabajar su coche, quien tiene que presentar la declaración, de antemano le agradezco su respuesta !!!
En estricto sentido y apegándonos a lo que se establece en la Ley, ambos contribuyentes deben presentar su declaración de impuestos, ya que ambos están obteniendo ingresos por la realización de una actividad económica.
@@Contabilidadentuidioma enterado, muchas gracias por su respuesta contador, que tenga excelente tarde
Cómo sé que gastos pueden acreditarse y cuáles no? Y cómo los acredito?
Mira este video donde hablo al respecto: ruclips.net/video/w-VETU8CnNc/видео.html
Excelente explicación, muy buen video. Tengo una duda en el caso de pagos provisionales el IVA retenido es al 8 % y no el 16 %? ya que veo que manejas los mismos $560 para ambos casos.
Saludos
Hola ¡Muchas gracias por tu comentarios! Con relación a tu pregunta, en todos los casos, es decir, pagos provisionales o definitivos y cualquier actividad económica, en el régimen de plataformas tecnológicas, la retención de IVA es del 8%. Si requieres asesoría personalizada o servicios contables especializados en el régimen de plataformas, ponte en contacto al 442-685-5165 de lunes a viernes en horario de oficina.
Porque cuando se deducen impuestos en pagos provisionales, se reduce el IVA únicamente del efectivo, pero sigue pagando el IVA retenido por la plataforma? Es decir, la plataforma sigue reteniendo el 8% de los 7000 que se cobraron por intermediación y esos no se pueden deducir? ya que al final de ese primer ejemplo en provisionales el pago total fue de 770, que es ISR de 210 + 560 de el IVA retenido por la plataforma, que es el 8% del los 7000 que se pagaron por medio de la plataforma? Es decir, solamente sería ventaja ese esquema sí la persona recibe pagos en efectivo?. Ya que según lo que veo, la plataforma sigue reteniendo si o si el 8% del IVA de los 7000 y ese no se deduce pues no fue restado del pago total de impuestos en el ejemplo
En el Esquema de Pagos Provisionales, el 8% de IVA retenido por los ingresos obtenidos mediante intermediarios que lleva a cabo la plataforma tecnológicas, SÍ se puede acreditar; por otro lado, no existe retención, ni de IVA, ni de ISR sobre los ingresos obtenidos directamente del usuario; sobre ese tipo de ingreso se tiene que pagar la tasa completa del IVA que es del 16%. Al final, el importe de IVA que se determine pagar, en el esquema de Pagos Provisionales, aún se puede disminuir acreditado el IVA de gastos.
Gran video, justo me estoy suscribiendo a tu canal por la calidad del contenido. Me surge una duda, qué pasa con los vendedores de Mercadolibre?
Estoy indeciso si entrar en ese rubro, empezaría con ventas y ganancias muy reducidas y no hay mucho que pueda deducir, teléfono, luz y quizás celular. Conviene la segunda opción o de plano los pagos definitivos? Al mes cálculo ganancias super bajas de $2000 o $3000 al inicio. Aunque eso de los 5 años... Ouch.
Incluso se podría incluir todo lo que compre para vender como artículos esenciales de mi trabajo y deducirlos? Suena fantasioso, perdón por la ignorancia.
Saludos, si requieres una asesoría personalizada donde te pueda ayudar a aclarar tus dudas y responder preguntas más puntuales, te invito a adquirir alguno de los paquetes de asesoría que tengo disponibles; si te interesa, ponte en contacto; aquí te dejo el enlace a mi Telegram: t.me/Erik_ContabilidadEnTuIdioma
Hola , muy buen video, saludos Podría compartir esa tabla?
Esa tabla ya no la tengo disponible, pero tengo cursos y talleres al respecto, con costo obviamente, por si estás interesado. Para mayores informes, me puedes llamar o enviar un mensaje de WhatsApp al 4426855165 de lunes a viernes en horario laboral. Saludos.
Excelente video Lic. Solo me quedo la duda si en el esquema de pagos definitivos no se meten los gastos?
De antemano gracias por el apoyo y la atención. Buen día
Gracias por tus comentarios… Es correcto, en el esquema tributario de pagos definitivos, no es válido acreditar el IVA de gastos, si es que a eso te refieres. Saludos.
@@Contabilidadentuidioma quedo mi duda resuelta Lic. Muchas gracias por su tiempo.
Éxito
Eres el master, me ayudaste justo en lo que necesitaba, gracias
Un gusto saber que la información que comparto te es de utilidad. Saludos 🖖
Excelente explicación gracias Conta Éxito y bendiciones.
Muchas gracias!
lo felicito muy bien explicado contador gracias
A la orden ¡Muchas gracias!
Muy buena explicación! Pero me quedo una duda, si yo soy asalariado, trabajo para una empresa y recibo mi sueldo por nómina y ese es mi mayor ingreso, ya que Uber lo usaría solo los fines de semana, me conviene más el esquema de pagos definitivos, pero si puedo ponerme en ese régimen ? Ya que recibo otros ingresos (por parte de la empresa donde trabajo)
Saludos. La elección del esquema tributario, entre pagos provisionales o definitivos, dependerá, entre otras cosas, del nivel de gastos operativos que llegues a tener. Por otro lado, no hay ningún tipo de inconveniente por el hecho de tener esos dos regímenes fiscales activos, me refiero a sueldos y salarios y plataformas tecnológicas.
@@Contabilidadentuidioma muchas gracias!
Buenas tardes Contador Erik, espero se encuentre bien, lo felicito por su excelente explicación la cual es muy segura, veraz y profesional, asi es conviene mas el esquema de pagos provisionales para deducir gastos y que el iva acreeditable de compras y gastos se mayor que el IVA Cobrado o traslado de los ingresos y asi pagar menos impuestos.
¡Muchas gracias! Saludos.
Excelente video, solo una duda en cuestión de ventas de bienes por plataformas (mercado libre) podría funcionar igual el de provisional, me refiero a los gastos?
Así es, puedes deducir y acreditar los impuestos correspondientes de los gastos INDISPENSABLES para tu actividad económica.
Hola, muchas gracias por tu video. Efectivamente luego de casi un año de que lo sacaste, nos sigue ayudando a los que vamos llegando a este tipo de esquemas. Tengo una duda, había leído que no se podía deducir (acreditar) en el esquema de plataformas tecnológicas. Por ejemplo en mi caso que quiero vender en Mercado Libre o Amazon, igualmente puedo acreditar gastos por ejemplo de gasolina, seguro, contador, etc?
Saludos. El poder o no acreditar el IVA de gastos, NO depende del régimen fiscal (en este caso, estamos hablando del régimen fiscal de plataformas tecnológicas), sino del esquema tributario que elijas (entre pagos provisionales o pagos definitivos); dicha elección también tiene algunas variantes a considerar.
tengo una duda, los gastos en este regimen deben ser pagados tambien por medios electronicos para ser deducibles? ejemplo la gasolina, que no se debe pagar en efectivo para que sea deducible, excepto los RIF que si tienen la opcion de pagarla en efectivo... Gracias
Hola, Carmen; es correcto, los gastos, en el régimen de Plataformas Tecnológicas, deben ser pagados preferentemente con medios bancarios; el pago de combustible, forzosamente debe ser pagado con medios bancarios.
Excelente video muchas gracias solo tengo una duda, los 300 mil que no debes de rebasar de ingresos anuales para optar por definitivo son ingresos netos sin iva?
Correcto, ingresos netos (sin IVA)
Muy bien contador, pero en definitivos si no tengo cobros en efectivo todo por tarjeta, me conviene ?
La elección del esquema tributario, no depende del tipo de ingresos que obtengas, depende EN GRAN MEDIDA, del monto de gastos que generes, tanto operativos como deducciones personales..
Agradezco tu información, muy clara, y muy buena explicacion!
Muchas gracias.
Contador buen día, si elegí pagos definitivos tengo que hacer una factura mensual publico en general? Solo vendo en MercadoLibre.
Saludos; la emisión de un CFDI (factura) de ingresos por las ventas realizadas al público en general, NO está determinada por el esquema tributario en el que estés (pagos definitivos o provisionales); la obligación de emisión de un CFDI por los ingresos que percibas, lo determina el art. 29 del Código Fiscal de la Federación, así que es por Ley.
hola buen dia estoy viendo tu video. muy tarde pero viendo. y solo me queda duda el pago total de declaracion alomejor pagaras mas cada mes o.menos cada mes. pero no hago anual. y en cambio la declaracion con retencion podras pagar menos acreditando solo el iva con tus gastos. pero eso solo es el pago parcial. cada mes y cuando llega la declaracion anual tienes que pagar mas. la parcial sera con favor al iva. pero al.año tendras que pagar isr. restante mas pagas. has el ejercicio anual y sera mas atractiva el.pago definitivo. ademas que segun el sat. no te aceptan todos los gastos. yo tengo el año 2021 y segun el contador el sat no acepto 2100. en la deduccion de impuesto.
Gracias por ver nuestros videos y compartirnos tu caso. Si tienes alguna duda en particular, comunicate con nosotros para una asesoría personalizada. Será un placer para nosotros atenderte. Saludos.
Hola Erick. Gracias por la info.
Podrías comentarme si las comisiones que cobra ML por cada producto es acreditable como gasto, ya que equivale en promedio al 15% del precio de venta del producto.
Tambien.pagamos del 50 al 60% del envío, aproximadamente $65 a $80 por cada producto. Sr me podrán acreditar.
Saludos.
Hola. Todo el gasto relacionado con comisiones es deducible y el impuesto asociado se puede acreditar en las declaraciones provisionales.
Buen día contador, opté por pagos definitivos en UBER. En la declaración anual aparece acumulado UBER más los sueldos y salarios. Por favor me podría decir que se debe hacer, gracias
Con mucho gusto te puedo dar informes del precio y disponibilidad de una sesión personalizada o el costo del servicio contable que requieres..
Si estás enfrentando una situación particular o tienes dudas, preguntas o inquietudes en específico y requieres que personalmente revise tu caso, puedes ponerte en contacto conmigo, enviándome un mensaje a mi cuenta de Telegram o WhatsApp, haciendo clic en el enlace correspondiente:
Telegram:
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En horario de lunes a viernes de 9:00 AM a 10:00 PM o sábados de 10:00 a 8:00 PM
También puedes llamar al 442-685-5165 de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM y sábados de 10:00 AM a 4:00 PM
Tremenda explicación! Me parece muy bien explicado el tema
Muchas gracias!
Hola, gracias por esta información.
Duda, si el que està dado de alta en la plataforma como Didi, no es el que conduce el auto sino solo està dado de alta en la plataforma, el esquema que le conviene es pagos provisionales, pero al chofer que esquema le conviene si el no tiene gastos de gasolina, asesorías de vehículo, seguro, etc por que no es el dueño del auto? Ojala me puedas apoyar con esta duda.. Saludos
Puedo revisar tu caso de forma personalizada; si requieres este tipo de asesoría , puedes adquirir alguno de los servicios que ofrezco; ponte en contacto vía Telegram: t.me/Erik_ContabilidadEnTuIdioma
Contador espero en algún punto pudiera leér mi comentario y me pueda asesorar un poco.
Verá, hace algunos años yo me registre en Uber para trabajar como repartidor, cabe decir que en aquel entonces no existía este nuevo régimen y solo pedían estar en el RIF, pero nunca trabaje hasta hace poco y fue que de la misma manera me enteré de los régimen que están en vigor pero parece ser que debo unos periodos del RIF, (Desde marzo de 2021 hasta la fecha) entonces:
Que debo hacer?
Cómo los declaro o como los pago?
Posteriormente puedo cambiarme al régimen que me corresponde?
Puedo declarar esos periodos con mis ingreso de las plataformas para pagar menos?
De ante mano gracias por su atención.
Saludos. Habrá que hacer una Revisión y Actualización de Situación Fiscal a la brevedad para determinar todas y cada una de las obligaciones fiscales que tienes pendientes y diseñar un plan de trabajo para solventarlas; para lo anterior, mi más sincera y honesta recomendación es que contrates los servicios de un contador de tu entera y absoluta confianza para que te ayude con el trabajo contable a llevar a cabo.
Buen dia contador, disculpe en el supuesto que yo este en pagos definitivos si yo llegara a superar el tope de 300 mil tendria que hacer alguna modificación o en automático se modificaría
Hola, David! Cuando estás en pagos definitivos y rebasas los 300 mil pesos, el sistema automáticamente te cambiará a pagos provisionales el 1 de Enero del año siguiente.
Cuál es lo más viable ?
Provisional o definitivo
Para chófer uber
Depende del volúmen de gastos.
Contador, excelente video: una duda, en el esquema de p prov no son necesarias las tablas para calcular el isr?, queda entonces asi con el 2.1?. saludos y gracias
Las tablas para calcular el ISR en plataformas tecnológicas quedaron deshabitadas el 31 de diciembre de 2020; a partir del 1 de enero de 2021 el ISR para plataformas tecnológicas se determina a través de porcentajes fijos que cambian dependiendo la actividad.
veo en la tabla que el ISR tu dices que se debe de pagar, conta pero que no el ISR ya lo retiene la plataforma los $63.00? es decir seria pagarlo de nuevo .debería de quedar en tablas a menos que ayas hecho cobros en efectivo seria el total $27.00 nada mas lo que pagarías por los $3,000.00. gracias tengo esa duda
Correcto, el ISR determinado de los ingresos obtenidos medianamente intermediarios, lo cubre la retención efectuada por las plataformas; si hubo ingresos obtenidos directamente del usuario, habrá que pagar el ISR correspondiente.
Pregunta, en pagos definitivos nos dice de no rebasar la cantidad de $300.00 .. esa cantidad es ya bruta con impuesto del 16 incluido .. oh Neta $300.00 + IVA ... Gracias .
Saludos, el importe de ingresos de 300 mil pesos son netos (sin IVA).
Que buen video. Muchas gracias por hacerlo tan claro para todas las audiencias
¡Muchas gracias!
Hola amigo. Excelente video. Tengo una duda. Para la declaración anual, todos mis gastos facturados los puedo reducir a mis ingresos
Hola; sí, en la declaración anual del régimen de plataformas tecnológicas, puedes deducir todos los gastos facturados, siempre y cuando los hayas declarado en las declaraciones provisionales, los hayas informado en la DIOT correspondiente y hayan sido gastos indispensables para realizar tu actividad económica.
exelente video contador, despejo todas mis dudas. sera posible que compartas la hoja de calculo que usaste en este video o como puedo conseguirla ? de antemano gracias
La hoja de trabajo es parte de los talleres que doy a contadores, estudiantes de contabilidad, auxiliares administrativos y administradores.
Buen día gracias por la explicación una duda ¿Cuál es el fundamento en pagos definitivos para que en el IVA también se aplique la tasa del 8%?
Art. 18-J y 18-M de la LIVA
Súper bien explicado el video 👏Una duda, si estoy como sueldos y salarios (una parte la recibo en nómina y otra en efectivo), ¿cómo calculo el porcentaje con el cual darme de alta en plataformas digitales? sobretodo si apenas empezaré a vender por internet
Dale mayor peso (mayor porcentaje) a la parte que represente mayor ingreso para ti. Ese porcentaje no es necesario que sea extremadamente preciso pero, como te comento, si es importante que el régimen de donde obtendrás mayor ingreso, sea al que le cargues el porcentaje mayor.
@@Contabilidadentuidioma gracias!
1000Gracias información valiosa.
Pero una pregunta, esa declaración a quien se la mando o como, puede tener la misma estructura que la tuya ??
Saludos, Santos; justo ese es el trabajo de un contador. Te recomiendo que te acerques con algún colega contador que te ayude al respecto. En Contabilidad En Tu Idioma ofrecemos ese servicio contable por si estás interesado. Te dejo el enlace a mi cuenta de WhatsApp para mayores informes: wa.me/message/LELFT3ROCRNNJ1