Esta clara la explicación pero en la vía pública por lo regular las personas realizan señalamientos de criminales que los roban inmediata mente después y son perseguidos y esto es lo interesante esta persona es señalada por la víctima pero ala hora de realizarle la revisión no se le encuentran los objetos instrumentos o producto del delito y no hay información de cámaras entones con lo único que se cuenta es con el señalamiento conforme Alos supuestos de flagrancia ya no procedería y esto es lo que usted y todos los que explican el delito flagrante les falta la balentia para decir abierta mente que si no se cumple con alguno de los requisitos de el supuesto inmediatamente después el policía aún con el señalamiento de la víctima tendria que dejar en ese momento al criminal en libertad pues no se cumple con la regla y esto deriva en dejar a la víctima en total indefensión y con justa razón se podría quejar por negación de servicio pero si nos ponemos en los zapatos del policía si detiene es ilegal y si no detiene es acusado por la víctima entonces porque todos los que explican flagrancia y saben la laguna que hay ninguno explican con claridad este punto que es clave pues la mayoría de las veces el delincuente en su huída se desace de todo objeto que lo incrimine y me gustaría que usted en esa situación con parte afectad dejara ir al delincuente por qué no trae consigo los objetos dejando en total impunidad el delito por eso el policía por lo regular realiza la detención y por señalamiento y se la juega ante el MP entonces yo los invito a qué reflexionen como actuarían en ese momento pues el vídeo prefirio no profundisar y solo lo repitió el texto de flagrancia pero no lo sintió en verdad pues no sebe con la obligación de explicar ante autoridad competente el motivo de el por qué al tener ala vista al imputado con parte afecta decidió no detener para ajustarse al supuesto del inciso ( b. Entonces yo no aplaudo el vídeo como los demás
Muy bien oficial, una pregunta y si se ponen a disposición del MP. A los dos, tanto víctima como victimario ? Y dejemos que el MP decida? Pregunto por qué soy nuevo en esto... Gracias
Buenas tardes! mi pregunta es... ¿el protocolo de primer respondiente aplica para los militares o marinos y pueden ellos realizar funciones de seguridad publica y si es así, que ley los ampara?
Yo soy militar, y hasta donde yo sabía, y por la CIDH y cdh dicen que no podemos ser primer respondiente....... Pero muy buena pregunta, gracias por la información
Me agradó el video. Pregunta, en el supuesto, inmediatamente después, cuando alguien señala, debe contarse,aparte del que señala, también con indicios?
El el retorno de inversiónes 2017 estuvo vigente del 19 de enero hasta el 6 de noviembre , el tesoro escondido de los mexicanos con Ricardo Rocha y Mauricio Montijo lucero El fondo mixto de los pueblos originarios del Norte del país tiene algún correo electrónico para mandarle los documentos PDF originales y video entrevista donde se tiene que dividir en cantidades equitativas más de 822 trillones de dólares dónde Alfonso Romo valida 14 trillones de dlls el día 26 Noviembre 2019 conferencia matutina
me gusto la forma de explicar el tema muchas gracias
que bien explica!
Excelente video muchas gracias
muy bien explicado de facil comprension
Esta clara la explicación pero en la vía pública por lo regular las personas realizan señalamientos de criminales que los roban inmediata mente después y son perseguidos y esto es lo interesante esta persona es señalada por la víctima pero ala hora de realizarle la revisión no se le encuentran los objetos instrumentos o producto del delito y no hay información de cámaras entones con lo único que se cuenta es con el señalamiento conforme Alos supuestos de flagrancia ya no procedería y esto es lo que usted y todos los que explican el delito flagrante les falta la balentia para decir abierta mente que si no se cumple con alguno de los requisitos de el supuesto inmediatamente después el policía aún con el señalamiento de la víctima tendria que dejar en ese momento al criminal en libertad pues no se cumple con la regla y esto deriva en dejar a la víctima en total indefensión y con justa razón se podría quejar por negación de servicio pero si nos ponemos en los zapatos del policía si detiene es ilegal y si no detiene es acusado por la víctima entonces porque todos los que explican flagrancia y saben la laguna que hay ninguno explican con claridad este punto que es clave pues la mayoría de las veces el delincuente en su huída se desace de todo objeto que lo incrimine y me gustaría que usted en esa situación con parte afectad dejara ir al delincuente por qué no trae consigo los objetos dejando en total impunidad el delito por eso el policía por lo regular realiza la detención y por señalamiento y se la juega ante el MP entonces yo los invito a qué reflexionen como actuarían en ese momento pues el vídeo prefirio no profundisar y solo lo repitió el texto de flagrancia pero no lo sintió en verdad pues no sebe con la obligación de explicar ante autoridad competente el motivo de el por qué al tener ala vista al imputado con parte afecta decidió no detener para ajustarse al supuesto del inciso ( b. Entonces yo no aplaudo el vídeo como los demás
Muy bien oficial, una pregunta y si se ponen a disposición del MP. A los dos, tanto víctima como victimario ? Y dejemos que el MP decida? Pregunto por qué soy nuevo en esto... Gracias
actos de molestia seria interesante
Muy bien 👍👍👍👍👍👍👍👍👍
Excelente
Saludos cordiales
Buenas tardes! mi pregunta es... ¿el protocolo de primer respondiente aplica para los militares o marinos y pueden ellos realizar funciones de seguridad publica y si es así, que ley los ampara?
Según esto es homologado y creó que salió en el diario oficial de la Federación
La Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, publicada en Mayo 2019... Ahí con sidera a Guardia Nacional y Fuerzas Permanentes
Yo soy militar, y hasta donde yo sabía, y por la CIDH y cdh dicen que no podemos ser primer respondiente.......
Pero muy buena pregunta, gracias por la información
Me agradó el video. Pregunta, en el supuesto, inmediatamente después, cuando alguien señala, debe contarse,aparte del que señala, también con indicios?
Art 108, 114 , # folio 25389/2020 expediente CONTROLORIA DEL ESTADO DE SONORA 278/2020. Archivo 067/2021
FGR 1057/2021
?
El el retorno de inversiónes 2017 estuvo vigente del 19 de enero hasta el 6 de noviembre , el tesoro escondido de los mexicanos con Ricardo Rocha y Mauricio Montijo lucero
El fondo mixto de los pueblos originarios del Norte del país tiene algún correo electrónico para mandarle los documentos PDF originales y video entrevista donde se tiene que dividir en cantidades equitativas más de 822 trillones de dólares dónde Alfonso Romo valida 14 trillones de dlls el día 26 Noviembre 2019 conferencia matutina
Hola
Si no preguntan nada y no comentan nada por que sera? Mmm
La música se oye más alta que su voz, podría bajar el volumen en sus próximos videos, le quedarían mejor
Y si vas a una academia y pagas por qué te enseñen sin música¿?
Que manera de cantinflear.