CLASE DERECHO PENAL ESPECIAL I. HOMICIDIO Y CONCURSO DE PERSONAS EN LA CONDUCTA PUNIBLE. PARTE I
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- Опубликовано: 23 мар 2020
- EN EL VIDEO ABORDAMOS EL ESTUDIO PRELIMINAR DEL TIPO PENAL DE HOMICIDIO Y DEL CONCURSO DE PERSONAS EN LA CONDUCTA PUNIBLE.
Marco normativo y jurisprudencial:
art. 103 Código Penal.
artículos 28,29 y 30 Código Penal.
-Sentencias CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL.40214.(autor, coautores, determinador, autor mediato y autor mediato en aparatos organizados de poder)
-Sentencias CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL. Rad.30125 (diferencia determinador y autor mediator)
Sentencias CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL.12376 (complicidad)
muchas gracias Doctor, excelente explicación, concisa y clara
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ERES MUY JOVEN,,,,,,,,PERO MAS AUN,,,UN SER MUY CAPAZ E INTELIGENTE
Muchas gracias. Es ud muy amable.
Excelente explicación , mejor imposible !
La manera más clara de entender un determinado tema es reflejarlo en hechos o ejemplos de la cotidianidad, éste se abarcó en su total conocimiento, muchas gracias Mayuris Vergara Serrano Grupo AA Jornada Diurna
¡Perfectamente explicado!
Grupo AB diurno
Bien profe, todo muy claro!
Grupo AB DIURNA
excelente docente con explicaciones bien fundadas, saludos desde palmira valle del cauca. estudiante vi semestre.
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Todos los temas fueron abarcados con claridad. Todo entendido,Profe.
Grupo AB- lV-Diurno.
Muy clara la información profe
Este Hombre me encanta! Explica espectacular! Ha sido de gran ayuda para mis examenes.
Saludos desde Venezuela...
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Muy buena explicación respecto al tema. Grupo AB Diurno 4 semestre
No es mi docente... Pero fue una explicación excelente, muchas gracias por compartir conocimiento
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Buen video
Profesor el tema esta bien explicado
Le iba hacer una pregunta pero ya se la respondió a mi compañera Adriana lozano
Grupo AB, lV semestre
Niguna inquietud al respecto excelente explicación
Luis cuello grupo AD
Sustancial su clase, gracias profe.
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Buenas noches, el contenido se encuentra de manera diáfana y clara. Jose Sierra González, Penal Especial I - IV semestre, jornada diurna.
Profesor usted cuando dice que el homicidio es pluriofensivo no me queda claro muy bien a que se refiere. Gracias!
Fernando José reyes lobo
Grupo AD
Buena explicación profesor y ejemplos muy claros o cotidianos.👍
NOMBRE: Diany Luz España Fuentes
Grupo AA Diurno, Penal Especial I
IV semestre
Doctor una pregunta un familiar cometió un delito y aceptó En primera instancia q beneficio tiene capturado en flagrancia
Hola profe.
Respecto a coautores propios entonces se podría decir que se da cuando concurren autores materiales y siendo varios autores materiales todos ejecutan la acción.
Grupo AB.
la información esta muy completa, excelente explicación
Nombre. Madelyn González
Grupo AD NOCTURNO IVsemestre
Buenas noches profe, principalmente la explicación del tema es excelente y la información es muy explícita. Quería hacerle una pregunta y, es que cuando usted menciona sobre autor material podemos hablar al mismo tiempo sobre autor inmediato o directo? Grupo AB (IV semestre).
Hola, es correcta tu apreciación. Sectores de la doctrina así lo lo catalogan, incluso, algunos doctrinantes no distinguen las clases de coautores en propios e impropios, sin embargo, dicha clasificación es manejada por la Corte Suprema de Justicia. Leer sentencias recomendadas.
Profesor hablo de los sujetos activo y pasivo, pero el segundo no lo tengo claro.
Grupo "AB" IV semestre
Hola Adriana. El sujeto pasivo es sobre quien recae la conducta punible. En el caso de Homicidio, lo será la persona que resulta muerta si el delito se consuma. O la que resulta herida si el Homicidio queda en grado de tentativa. Espero haber aclarado tu duda.
@@UltimaRatioDerechoPenalClases Muchas Gracias profesor.
@@UltimaRatioDerechoPenalClases que pena como me puedo comunicar con usted
Muy buena explicación 👍 AA
Profesor en caso de presentar una demanda por homicidio culposo.
Cuándo se debería presentar una demanda por este tipo homicidio (culposo) ?
demanda??
demanda amigo??
Alguien que sea tan amable y me pase las guías del profe para ver el video
NOMBRE: GIOVANNY CASTRO ATENCIA
GRUPO: AD NOCTURNO PENAL ESP.
MIN: 7:54 ¿si la muerte sobreviene de un animal o un “caso de la naturaleza” ocasionado por el acto de un humano; EJEMPLO: se escapó un tigre en el zoológico “x” y se comió a dos personas ¿sería homicidio culposo ? ¿Cumpliendo el zoológico con las medidas de prevención adecuadas?
MIN 7:56 PREGUNTA RELACIONADA: ¿si soy dueño de una finca donde criamos toros pura sangre, contamos con todas las medidas de protección pero un toro se sale del corral y mata a una persona ¿sería responsable por homicidio?
Hola, en el caso que planteas si el Zoológico o la Finca cumple con todas las medidas de seguridad no tendría porque escaparse ningún animal peligroso. Ahora, en el evento que se escape un animal por negligencia de los cuidadores y que efectivamente cause la muerte de una persona, al tener los cuidadores la posición de garante (fuente de riesgo-leer artículo 25 numeral 1°) podríamos estar en presencia desde un Homicidio Culposo con representación (si se cuida por ejemplo leones y el zoologico no cuenta con rejas elevadas y seguras) hasta un Homicidio a titulo de dolo eventual (si, por ejemplo, el cuidador bajo exceso de confianza deja la rejas abiertas de las jaulas con leones en un día concurrido de visitantes).
En ambos casos, el actuar que provoca la muerte está determinado por una conducta humana, en donde se le exige a los cuidadores en razón del principio de confianza y de la actividad peligrosa que realizan que actúen con el deber de cuidado necesario.
Profe disculpe, acerca de lo que dice el articulo 29 de los autores de la conducta punible, mi pregunta es la siguiente.
El autor es quién realiza la conducta punible, pero este mismo autor puede, realizar la conducta punible por medió de otra persona, aunque el segundo sujeto o segunda persona, haya realizado la conducta punible.
¿El autor sigue siendo la persona que mando a que se realiazara el homicidio, pero no lo realizo con sus propias manos, sino que busco alguién más para que lo realizara?
¿Me hice entender profe?
Hola Ever, en el caso que planteas no sería autor, sino participe según el art. 30 y respondería como Determinador pues dio una orden de matar a una persona que es la que finalmente mata. Espero haber resuelto tu duda. Gracias.
Gracias profe
Penal especial # 1 Grupo AA
4 semestre.
En el articulo 29. Autor. Es autor quien realice la conducta punible por sí misma o utilizando a otro como instrumento. La pregunta es la siguiente.
"utilizando a otro como instrumento" ¿que significa esa parte que encerre en comillas? Si autor es quién realiza la conducta punible.
Ninguna inquietud, todo claro