FOL ON-LINE T 4.2 CÁLCULO DE FINQUITOS E INDEMNIZACIONES

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  • Опубликовано: 14 окт 2024
  • CÁLCULO DE FINIQUITOS E INDEMNIZACIONES POR DESPIDO.

Комментарии • 12

  • @patoopatricio6417
    @patoopatricio6417 10 месяцев назад

    resolvi mi duda muchas gracias.

  • @yolimatorres1358
    @yolimatorres1358 2 года назад +2

    me gustan mucho tus videos gracias a ellos entiendo mucho mejor los temas :)

  • @alejandrohuertaortuno7584
    @alejandrohuertaortuno7584 3 года назад +2

    Muy bien explicado, gracias por la aclaración

  • @caminoprietoconde8962
    @caminoprietoconde8962 2 года назад +1

    Muhas gracias, me ha ayudado una barbaridad.

  • @patoopatricio6417
    @patoopatricio6417 10 месяцев назад

    Buenos dias por favor si las vacaciones son semestrales y trabajo de abril a octubre ..hay paga en Diciembre por favor

  • @victor92496
    @victor92496 2 года назад +1

    Enhorabuena por el vídeo.
    Una cosa por aclarar: a partir del minuto 10 que explicas el cálculo del importe por días de vacaciones, lo haces con el salario mensual, sin incluir las pagas extras. ¿Hay legislación sobre eso?
    Entiendo que deberíamos dividir el salario bruto anual incluyendo pagas extras por 365.

    • @FOL_MadMen
      @FOL_MadMen  2 года назад +1

      Gracias por el comentario. Te aclaro la duda. Se incluirían las pagas extras en el cálculo si las cobrara prorrateadas todos los meses. Como en este caso no es así, no las tenemos en cuenta. El importe de lo que se cobra en vacaciones vendrá determinado por el convenio colectivo, donde especificará que conceptos y complementos salariales se cobran en vacaciones. Puede cobrarse menos que un mes normal porque puede haber complementos que no se cobren en vacaciones (peligrosidad, asistencia, puntualidad...). La única norma que nos puede concretar al detalle lo que se cobra en vacaciones es el convenio colectivo ( mejorable incluso por acuerdos colectivos o por el contrato de trabajo).

  • @edithguive16
    @edithguive16 2 года назад +1

    Te consulto, porque estoy haciendo un trabajo, acerca de un finiquito. En mi caso es un despido por causa objetiva y se da en Febrero. Tambien debo hacer las cuentas x 30 dias o por los dias reales del mes, en este caso 28? Lo mismo si tocan despidos en meses con 31 dias. La cuenta base es sobre 30 en todos los casos o por los dias reales del mes en curso? Gracias!!!

    • @FOL_MadMen
      @FOL_MadMen  2 года назад

      Hola Alma, la distinción está en si la persona trabajadora tiene salario diario o salario mensual. Si hay salario diario, debes tener en cuenta los días del mes (28, 29, 30 o 31). En los ejemplos que yo utilizo, los salarios son mensuales. A la hora pasarlos a días, lo hago en cantidad global anual y dividiendo entre 365 y no dividiendo entre 30, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo en este sentido.

  • @HuberHerradaDJ
    @HuberHerradaDJ 3 года назад +1

    Tienen despacho en palma de Mallorca???

    • @FOL_MadMen
      @FOL_MadMen  3 года назад +1

      No, lo siento. Soy profesor de Formación Profesional.

  • @HuberHerradaDJ
    @HuberHerradaDJ 3 года назад +1

    Necesito acesoramiento