La usucapión o prescripción adquisitiva de un bien o propiedad. La forma de adquirir una propiedad

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  • Опубликовано: 24 янв 2025

Комментарии • 6

  • @supermojito
    @supermojito 4 месяца назад

    Hola. Llevo mas de 20 años viviendo en un piso que se escrituró a nombre de mi madre, desde el año 1997. Actualmente mi madre, ya mayor, está en una residencia. Siempre se me concedio ocupar el piso de buena fe y nunca ha habido ningun litigio por parte de ella ni tampoco de terceros. Me he preocupado en cuidar dicho piso y estar siempre al corriente en los pagos que van todos a mi nombre. Estoy empadronado alli evidentemente. Puedo usucapir dicho piso y cuando conviene hacerlo ? ¿Estando mi madre en vida o cuando fallezca? ¿Como está el tema de impuestos en relacion a la usucapion cuando ésta se produzca? Gracias anticipadas

  • @perf31
    @perf31 8 месяцев назад

    Es un justo título una carta de padre a hija en que le dona una casa?

  • @87409
    @87409 Год назад

    En qué ciudad estáis?

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  Год назад

      Buenos días Eduar,
      Estamos en Valencia, Madrid, Barcelona, Sevilla y Córdoba. Si ninguna de estas ciudades te resulta cercana, podemos atenderte vía Skype, Zoom, etc. Es una modalidad que hacemos con frecuencia para atender clientes de otras zonas de España.
      Te dejo el teléfono por si necesitas más información: 963 202 876
      Si prefieres enviar un mail, este es el correo: info@marinymateo.com
      Muchas gracias!
      Un saludo,

  • @beatrizfondevilla7842
    @beatrizfondevilla7842 3 года назад

    Hola tengo una duda es posible hacer usucapion extraordinaria para adquirir una casa que no tiene dueño porque ha fallecido y no tiene absolutamente ningún familiar y tampoco ha dejado testamento? Quien podría interrumpir dicha usucapion? Se que solo existe una mujer que posee una llave de la casa porque el propietario se la dejo para cuando esté se una de viaje se diera una vuelta por la casa, pero esta señora no tiene intención de apropiarse de la casa pero si de meter a un amigo suyo que pienso que tampoco es legal no? Muchas gracias

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  3 года назад

      Buenas tardes Beatriz,
      La usucapión extraordinaria de inmuebles es posible siempre que se acredite la posesión durante el tiempo que indicamos en la entrevista. Y esta usucapión la puede realizar cualquier persona, sea usted, la señora de las llaves o el amigo de ésta.
      Como es extraordinaria, hay menos requisitos. Quien lo acredite, podrá emprender el procedimiento para usucapir.
      Esperamos haberle podido ayudar.
      Un saludo!