Cálculo de la sanción por presentación extemporánea de la información exógena
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- Опубликовано: 9 сен 2024
- Para realizar el cálculo de la sanción por presentación extemporánea de la información exógena, la cual es mencionada en el artículo 651 del ET, ¿qué valor se debe tomar?
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El artículo 651 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 289 de la Ley 1819 del 2016, menciona las sanciones que recaen en los contribuyentes al no enviar información o enviarla con errores, entre otros casos.
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica cómo se debe realizar el cálculo de la sanción por presentación extemporánea de la información exógena mencionada en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
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Muy util la informacion en especial el Concepto 539 de 2020
Si la empresa en el año 2021 ya pago una sanción con descuento del 50% aplicable por presentar la exógena del año 2020 atrasado y resulta que para el año 2022 que debió haber presentado la exógena del año 2021 pero también se le paso la presentación por 10 días despues ...Se tiene algun beneficio o se debe pagar la sanción el 100%..??
Aplica lo mismo para los medios distritales?
Podrías pasar el link para descargar el archivo en Excel n