Soy de Colombia y buscaba información sobre una de las acciones constitucionales de mi país como lo es la "acción de cumplimiento". Muchas gracias por ese conocimiento brindado.
Apreciado Elvis Arévalo: Muy agradecido por sumarse a la familia académica de "Tribuna Constitucional". le pedimos pueda difundir el canal. Cordial saludo!
Hay un grupo grande q ganaron juisio y todo debengados en una munisipalidad y queda en nada la muniaipalidad los tiene amontonados las resolusiones ya ganadas es un abuso
Apreciado Juanjo Ayala: efectivamente, es un abuso. Sin embargo, en ese caso no procede un Proceso de Cumplimiento (diseñado para normas legales y actos administrativos), sino un Proceso de Ejecución de Resoluciones. Gracias por ser parte de "Tribuna Constitucional"!
Apreciado William Yaja: En tanto la obligación económica esté señalada en una resolución administrativa o en una norma legal, es pasible su exigencia a través del Proceso de Cumplimiento. Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
interesante. Derecho a q la autoridad no abuse de su poder al incumplir un procedimiento establecido. por dolo o culpa. no se si sea una ofensa a la sociedad o al individuo. o un derecho fundamental q se esta protegiendo. o solo un mecanismo . llamado garantia constitucional.
Así es... el gran desafío para ser un auténtico Estado Constitucional de Derecho es que las denominadas "Garantías Constitucionales" sean efectivas. Gracias por sumarse a esta "Tribuna" del conocimiento jurídico.
excelente Dr. Guido, estaré pendiente de sus videos. Es importante y eficaz su conocimiento.
Apreciado Alejandro: muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
No deje de hacer contenido, grande Doctor, un verdadero maestro!
Gracias a ti Jhower Marin por ser parte de este medio. Un cordial saludo...!!!
programa 102!!! gracias Dr. Guido por su generosidad de alcanzar conocimiento gratuitamente
Gracias a tí Josue por seguir Tribuna Constitucional.
Soy de Colombia y buscaba información sobre una de las acciones constitucionales de mi país como lo es la "acción de cumplimiento". Muchas gracias por ese conocimiento brindado.
Al contrario, apreciado Carlos: gracias por ser parte de "Tribuna Constitucional". Un gran abrazo hasta Colombia.
Excelente Dr. Guido gracias por los vídeos son de muchísima ayuda. Saludos desde Cusco
De nada, Fabrizzio Sequeiros.
Gracias a ti por ser parte de este medio jurídico.
Un cordial saludo hasta el Cusco...!!!
Excelente contenido Dr. Aguila, se ganó un nuevo suscriptor 👍🏻
Apreciado Elvis Arévalo: Muy agradecido por sumarse a la familia académica de "Tribuna Constitucional". le pedimos pueda difundir el canal. Cordial saludo!
Gracias Dr. Guido, por las lecciones impartidas
Saludos, Yelitza
Gracias Yelitza. Abrazo!!!
Muy entendíble y muy bien explicado Doctor, muchas gracias por compartir con nosotros 😊
Gracias a ti Majo Bendezu por ser parte de este medio.
Un cordial saludo...!!!
me encantan sus videos, muchas gracias
Apreciada Diana: Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
Buena doctor, se entendió muy bien
Apreciado César: muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
Excelente contenido, me sirvió mucho
Apreciada Daniela: Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
Hay un grupo grande q ganaron juisio y todo debengados en
una munisipalidad y queda en nada la muniaipalidad los tiene amontonados las resolusiones ya ganadas es un abuso
Apreciado Juanjo Ayala: efectivamente, es un abuso. Sin embargo, en ese caso no procede un Proceso de Cumplimiento (diseñado para normas legales y actos administrativos), sino un Proceso de Ejecución de Resoluciones. Gracias por ser parte de "Tribuna Constitucional"!
Vuela a ayacucho Dr. GUIDO. Se recuerda cuando se tomo una foto conmigo y ud estaba con una niñita. Muchos saludos y gracias por la clase.
Gracias por seguir Tribuna Constitucional Haley.
Un fuerte abrazo...!!!
Excelente explicacion ,felicito.
Muy agradecido Dr. Luis Guevara.
Excelente 👍
Apreciado doctor Iván Vásquez León, un cordial saludo!
Sigo con màs videos, por favor
Estimada Stefani Milagros: Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional". Con la bendición de Dios, hemos llegado al millar de programas.
Gracias Doctor, una deuda económica provenientes de Pactos Colectivos del sector estatal, procede su pago con una acción de cumplimiento?
Apreciado William Yaja:
En tanto la obligación económica esté señalada en una resolución administrativa o en una norma legal, es pasible su exigencia a través del Proceso de Cumplimiento.
Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
interesante. Derecho a q la autoridad no abuse de su poder al incumplir un procedimiento establecido. por dolo o culpa. no se si sea una ofensa a la sociedad o al individuo. o
un derecho fundamental q se esta protegiendo. o solo un mecanismo . llamado garantia constitucional.
Así es... el gran desafío para ser un auténtico Estado Constitucional de Derecho es que las denominadas "Garantías Constitucionales" sean efectivas. Gracias por sumarse a esta "Tribuna" del conocimiento jurídico.