20.-MANDAMIENTO CIVIL. PRIMERA PARTE

Поделиться
HTML-код
  • Опубликовано: 29 сен 2024
  • Recorremos toda la Ley de Enjuiciamiento Civil, explicando los distintos supuestos que pueden darse en el examen en relación al mandamiento en el ámbito civil.

Комментарии • 18

  • @xosetrejo279
    @xosetrejo279 4 года назад +5

    Belen el articulo que nos hablan de titulos ejecutivos creo que no es el articulo 519 es el articulo 517 qu es el primer articulo del libro III ,Titulo I Capitulo primero De las sentencias y demas titulos ejecutivos. Compruebalo por lo demas tus videos son geniales. Gracias

  • @vicenteconcepcion3428
    @vicenteconcepcion3428 6 лет назад

    Pero si lo diligencia elmandamiento la parte lo Solicita al juzgado pero mi pregunta es aquí quien manda el mandamiento?

  • @mariap5543
    @mariap5543 7 лет назад +3

    Hola Belen. Creo que es el articulo 517, y no el 519 al que haces referencia en el video. Saludos.

  • @jeremidelgado6109
    @jeremidelgado6109 7 лет назад +1

    Que bueno tus vídeos Belén ...desde luego si apruebo la oposición será gracias a ti ,muchas gracias

  • @AnaGarcia-in7yy
    @AnaGarcia-in7yy 3 года назад

    Gracias ❤️

  • @nicolasinigoaranda8761
    @nicolasinigoaranda8761 6 лет назад

    Hola Belen, lo primero gracias por tus vídeos. Cuando haces referencia al artículo 524 creo que es el 521.

  • @antonioalvarezdelgado8191
    @antonioalvarezdelgado8191 7 лет назад

    Eres la mejor,necesito que seas mi profesora,puede ser??????????

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  7 лет назад +1

      Gracias por tus comentarios pero siento decirte que por ahora solo estoy subiendo videos para ayudar a quien lo necesite.

  • @belenmarin8044
    @belenmarin8044 4 года назад

    Pero cuando incumple el pago de la pensión, es impago de pensiones por vía penal

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  4 года назад

      Hola.
      Es cierto que por impago de pensiones se puede ir por vía penal.
      Cuando lo que se pretende además de cobrar ese impago, se le puede imponer una multa al condenado.
      Pero también se puede pedir la ejecución de sentencia de divorcio de separación, y pedir las pensiones que han sido impagadas.
      En este caso solo se ejecutaría la sentencia, sin más.

  • @mariaalacidespin
    @mariaalacidespin 6 лет назад

    Hola Belen ...existe alguna diferencia entre mandamiento y carta orden??

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  6 лет назад

      Hola María , carta orden , se da en penal , y es de juzgado superior a juzgado inferior , de juzgado de instrucción a juzgado de Paz , por ejemplo , y los mandamientos, están tasados o se reseña claramente a que funcionarios van a ir dirigidos los mandamientos , es decir cuando necesitemos algo del registrador de la propiedad , o registrador de buques , o etc , utilizaríamos el mandamiento , y otra diferencia que la carta orden se da entre juzgados , y te repito el ejemplo del juzgado de instrucción ,ordena al juzgado de paz que inscriba una definición, por ejemplo ,o que realice cualquier acto de comunicación , citación ,emplazamiento, requerimientos, notificación , . Si se trata entre juzgados de la misma categoría , ejemplo , juzgado de instrucción de Elda , al juzgado de Instrucción de Alicante, utilizaremos el exhorto

    • @mariaalacidespin
      @mariaalacidespin 6 лет назад

      Belén 0posiciones Justicia mil gracias Belen ...

  • @vicenteconcepcion3428
    @vicenteconcepcion3428 6 лет назад

    Es decir a instancia de la parte es el procurador?

  • @vicenteconcepcion3428
    @vicenteconcepcion3428 6 лет назад

    Me pierdo un poco Con el 167. Aver si me explico. El mandamiento por un lado si lo hace el laj el mismo laj lo envía al registrador por ejemplo. Pero cuando es la parte que lo solicita ahí me lio. El Juzgado envía el mandamiento a la autoridad o es la parte quien lo manda?

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  6 лет назад

      Hola , el mandamiento se puede remitir directamente, es decir el juzgado lo manda o por fax , o metiéndolo en un sobre, es decir no hay intermediarios , y de existir procurador , se le puede facilitar a ese procurador para que se encargue de remitirlo,en este caso no es directamente sino a través de procurador