Mi hermano tiene 7 meses de prisión preventiva y el presento una conciliación que tiene con su pareja de pagar 450 soles a su hija ..también presentamos unos contratos de trabajo de eventos q tiene el en la familia , y que tiene una madre enferma de un virus del cual no hay cura...el siempre fue taxista tiene , de los eventos es temporal porque no es de todos los días .el tiene su permiso por la municipalidad para manejar independiente tienen su brevete..pero aún así no le aceptan sus arraigos .dice q no tiene validez..y le han alargado 4 meses mas..que más puedo hacer..😥
El tiene 25 años..y aún no tiene una propiedad a su nombre..pero presentamos que la casa de sus padres es propia fuimos al notario y lo acreditó y aún así nada..quien tan joven tiene una casa a su nombre.
Debió apelar el auto que dispone la prisión preventiva. Puesto que no se requiere una trabajo formal y permanente, basta con que acredite actividad económica.
No es necesario que la casa sea suya pero sí que vive en dicho lugar, para lo cual debiera considerar no solo la constatación notarial, también recibo de pagos, tarjetas de crédito, servicios, etc.
Muchas veces los fiscales incurren en el facilismo de decir en audiencia: "el procesado no ha demostrado tener arraigo" para así obtener del juez que expida el mandato de peisión preventiva. PREGUNTO: ¿Qué acaso con tal afirmación no se está haciendo una suerte de inversión de la carga de la prueba recaída en el encausado? ¿Qué acaso no es el Ministerio Público el titular del derecho persecutorio, y por tanto, quien tenga el menester de acreditar la falta de arraigo? Nótese que esto jamás se cumple.
Así es, al Ministerio Público le corresponde acreditar con elementos de convicción datos objetivos que permitan sustentar que existe peligro de fuga o de obstrucción. De lo contrario se produce la inversión de la carga de la prueba.
Mi hermano tiene 7 meses de prisión preventiva y el presento una conciliación que tiene con su pareja de pagar 450 soles a su hija ..también presentamos unos contratos de trabajo de eventos q tiene el en la familia , y que tiene una madre enferma de un virus del cual no hay cura...el siempre fue taxista tiene , de los eventos es temporal porque no es de todos los días .el tiene su permiso por la municipalidad para manejar independiente tienen su brevete..pero aún así no le aceptan sus arraigos .dice q no tiene validez..y le han alargado 4 meses mas..que más puedo hacer..😥
El tiene 25 años..y aún no tiene una propiedad a su nombre..pero presentamos que la casa de sus padres es propia fuimos al notario y lo acreditó y aún así nada..quien tan joven tiene una casa a su nombre.
Debió apelar el auto que dispone la prisión preventiva. Puesto que no se requiere una trabajo formal y permanente, basta con que acredite actividad económica.
No es necesario que la casa sea suya pero sí que vive en dicho lugar, para lo cual debiera considerar no solo la constatación notarial, también recibo de pagos, tarjetas de crédito, servicios, etc.
Muchas veces los fiscales incurren en el facilismo de decir en audiencia: "el procesado no ha demostrado tener arraigo" para así obtener del juez que expida el mandato de peisión preventiva. PREGUNTO: ¿Qué acaso con tal afirmación no se está haciendo una suerte de inversión de la carga de la prueba recaída en el encausado? ¿Qué acaso no es el Ministerio Público el titular del derecho persecutorio, y por tanto, quien tenga el menester de acreditar la falta de arraigo? Nótese que esto jamás se cumple.
El juez de garantías es el indicado para valorar los presupuestos de la prisión preventiva. El fiscal solo tiene una función postulatoria
Así es, al Ministerio Público le corresponde acreditar con elementos de convicción datos objetivos que permitan sustentar que existe peligro de fuga o de obstrucción. De lo contrario se produce la inversión de la carga de la prueba.
Excelente