Buenas tardes ,una duda con la aprobación de una ordenanza fiscal, se considera a fecha de aprobación la fecha con la que inicialmente se aprueba por el pleno si se publica de forma integra la ordenanza en el BOP y no se presenta reclamación alguna ?
En el caso de que sea obligatorio, lo cobre un 3º sería prestaciones patrimoniales de caracter publico no tributario, verdad? serían tarifas? Gracias Oscar! Tus clases son geniales!
Perfectamente explicado, muy buen video.
Me encanta escuchar a este hombre, con él todo cobra sentido
Me he puesto colorao 😊
Buenas tardes ,una duda con la aprobación de una ordenanza fiscal, se considera a fecha de aprobación la fecha con la que inicialmente se aprueba por el pleno si se publica de forma integra la ordenanza en el BOP y no se presenta reclamación alguna ?
Hola, art. 17.4 TRLHL haya o no reclamaciones entrarán en vigor tras su publicación en el BOP. Saludos
Muchas gracias
En el caso de que sea obligatorio, lo cobre un 3º sería prestaciones patrimoniales de caracter publico no tributario, verdad? serían tarifas? Gracias Oscar! Tus clases son geniales!
Si, tarifas aprobadas mediante ordenanza pero que cobra el tercero (concesionario)
@@Opositalocal muchas gracias!
He planteado una duda y mi mensaje ha desaparecido.
Pues yo no he sido... plantéala de nuevo a ver