Es muy enriquecedor este tipo de platicas o exposiciones, realizadas por grandes juristas como lo vemos en este caso, excelente dominio del tema y vale la pena agradecer su disposición de su Señoría al compartir este tema poco tratado en los conversatorios, pero de suma importancia. Saludos a la escuela judicial del Estado de México.
y que pasa si el propietario del documento pagare es un representante legal de una asociacion civil ( escuela privada) por lo que las colegiaturas son el origen del pagare, el cual ya prescribio, y los juzgados me dicen que por ser una asociacion civil no puede hacer actos de lucro, asi como puedo acreditar el acto subyacente?
Excelente conferencia Una duda, que pasaría si despues de transcurridos los 3 años en que podia cobrarse el documento ejercitando la accion cambiaria, se endosa en propiedad, en el entendido que el nuevo propietario del documento no puede ejercitar la accion causal, que accion podria ejercitar entonces?
Solo que promoviera unos medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil para que reconozca la firma y monto amparado en el pagare es lo que se me ocurre
Una duda... Que pasa cuando se presenta la demanda y el actor únicamente establece en su demanda la presenta en la via oral mercantil sin establecer que está ejercitando la acción causal, en este caso presenta un pagaré que ya perdió ejecutividad... O que vía sería la correcta, la acción oral mercantil como lo establece o la vía mercantil ordinaria?
Vaya, esto es oro molido
Excelente Conferencia.
Agradezco a la Escuela Judicial del Estado de México por la difusión de estos eventos
Es muy enriquecedor este tipo de platicas o exposiciones, realizadas por grandes juristas como lo vemos en este caso, excelente dominio del tema y vale la pena agradecer su disposición de su Señoría al compartir este tema poco tratado en los conversatorios, pero de suma importancia. Saludos a la escuela judicial del Estado de México.
Excelente conferencia, me dejaron esto de tarea & no lo comprendía, gracias a dios vídeos me quedo más que claro. 👏🏻👏🏻
Excelente tema tendré en consideración mis datos obtenidos para debatir algún juicio que se me presente de esa índole
Gracias por estos eventos !
Excelente exposición
y que pasa si el propietario del documento pagare es un representante legal de una asociacion civil ( escuela privada) por lo que las colegiaturas son el origen del pagare, el cual ya prescribio, y los juzgados me dicen que por ser una asociacion civil no puede hacer actos de lucro, asi como puedo acreditar el acto subyacente?
Jazmín Guadalupe Velázquez López
Excelente conferencia
Una duda, que pasaría si despues de transcurridos los 3 años en que podia cobrarse el documento ejercitando la accion cambiaria, se endosa en propiedad, en el entendido que el nuevo propietario del documento no puede ejercitar la accion causal, que accion podria ejercitar entonces?
Solo que promoviera unos medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil para que reconozca la firma y monto amparado en el pagare es lo que se me ocurre
folio 45135
Martha Guadalupe Hernández Flores folio de registro 45020
Una duda... Que pasa cuando se presenta la demanda y el actor únicamente establece en su demanda la presenta en la via oral mercantil sin establecer que está ejercitando la acción causal, en este caso presenta un pagaré que ya perdió ejecutividad... O que vía sería la correcta, la acción oral mercantil como lo establece o la vía mercantil ordinaria?
Lo más probable es que te requieran que aclares o precise que acción es la que estas ejercitando
Lo más probable es que los prevengan para que aclare la acción qué está ejercitando, pero puede ser por vía ordinaria u oral mercantil, Lic.
Alcántara Pérez Daniela Donaji folio 44923
FOLIO DE REGISTRO 45159
ADAIR DANIEL LENDIZÁBAL GUTIÉRREZ
FOLIO: 44860
Hola . Buenas tardes.
Folio de registro 44732
folio 44857
BEATRIZ NAYELI ROMERO HERNANDEZ