Hola suele ser variado, puede ser desde 3 días habiles hasta 2 semanas. Si ya tienes más de 15 días y no han cambiado ni respondido, te sugiero vuelvas a subir. Suele pasar que estan haciendo actualizaciones y yo creo que se les va la cabra al monte por que no lo hacen correctamente y me imagino borran algunos que ya enviaron. Si es tu caso vuelve enviar si estas dentro de los 15 dias espera. saludos.
Buenas tardes CP Antonio, en el caso del contribuyente primero debe hacer sus declaraciones ya como RESICO y después enviar el escrito o se debe esperar a la contestación del SAT donde lo regresan?
Creo que tu pregunta esta mal elaborada. Bien creo que te refieres a lo siguiente. Te cambiaron a actividad empresarial y profesional. Y la pregunta es hago las declaraciones y meto el escrito. o meto el escrito y despues hago declaraciones. Por temas de tiempo te recomiendo hacer declaraciones y meter el escrito. Ahora bien he visto casos donde se metio el escrito y lo pasaron a resico con los adeudos en resico. Pero ya estamos al 17 de diciembre y el plazo es hasta el 31 de enero ya estamos a dias, podrían no pasarte por deber declaraciones. Por eso mi comentario.
Hola Antonio, ¿en cuánto tiempo se realiza el cambio más o menos?
Hola suele ser variado, puede ser desde 3 días habiles hasta 2 semanas. Si ya tienes más de 15 días y no han cambiado ni respondido, te sugiero vuelvas a subir. Suele pasar que estan haciendo actualizaciones y yo creo que se les va la cabra al monte por que no lo hacen correctamente y me imagino borran algunos que ya enviaron.
Si es tu caso vuelve enviar si estas dentro de los 15 dias espera. saludos.
@ Excelente, muchas gracias por la información
@@braulioflores945 a tus ordenes.
Buena tarde, será que me puedes apoyar en compartir la solicitud?
@@CLAMP30 mandeme un whatsapp al 5521015378
Buenas tardes CP Antonio, en el caso del contribuyente primero debe hacer sus declaraciones ya como RESICO y después enviar el escrito o se debe esperar a la contestación del SAT donde lo regresan?
Creo que tu pregunta esta mal elaborada.
Bien creo que te refieres a lo siguiente.
Te cambiaron a actividad empresarial y profesional. Y la pregunta es
hago las declaraciones y meto el escrito.
o meto el escrito y despues hago declaraciones.
Por temas de tiempo te recomiendo hacer declaraciones y meter el escrito. Ahora bien he visto casos donde se metio el escrito y lo pasaron a resico con los adeudos en resico. Pero ya estamos al 17 de diciembre y el plazo es hasta el 31 de enero ya estamos a dias, podrían no pasarte por deber declaraciones.
Por eso mi comentario.