Buen dia, quisiera me aclaren la siguiente duda por favor, si en el RUT aparece la responsabilidad 52 - Facturador electrónico, y teniendo en cuenta que el POS no es factura electrónica según sus explicaciones y solo realizo ventas con documento POS porque no sobrepasan los 5 UVT, estoy infringiendo la norma? o solo con emitir el documento o tirilla con el POS cumplo con la responsabilidad de Facturador electrónico? Gracias
Actualmente, no estás infringiendo la norma porque por disposición de la DIAN empieza a regir en mayo para los grandes contribuyentes y en junio y julio para los demás negocios como el tuyo. Ahora solo debes cumplir con la obligación de los 5 uvt, pero en la fecha antes mencionadas lo de los uvt desaparece y debes facturar todo como documento equivalente POS electrónico, te invitamos a que sigas atento a nuestros canales.
Buen dia, quisiera me aclaren la siguiente duda por favor, si en el RUT aparece la responsabilidad 52 - Facturador electrónico, y teniendo en cuenta que el POS no es factura electrónica según sus explicaciones y solo realizo ventas con documento POS porque no sobrepasan los 5 UVT, estoy infringiendo la norma? o solo con emitir el documento o tirilla con el POS cumplo con la responsabilidad de Facturador electrónico? Gracias
Actualmente, no estás infringiendo la norma porque por disposición de la DIAN empieza a regir en mayo para los grandes contribuyentes y en junio y julio para los demás negocios como el tuyo. Ahora solo debes cumplir con la obligación de los 5 uvt, pero en la fecha antes mencionadas lo de los uvt desaparece y debes facturar todo como documento equivalente POS electrónico, te invitamos a que sigas atento a nuestros canales.