Enhorabuena por tu explicación y gracias por hacerla pública. Tengo una duda acerca de la jornada de 35h. Mi admon. que es exclusiva para la prestación del servicio contra incendios y rescates; o sea que no es un Ayto. ni una Diputación; se divide a grandes rasgos en dos grupos. Llamémosle para entendernos: bomber@s [turno 24h] y administrativ@s [horario de oficina]. Pues bien, al personal de oficinas se les aplican las 35h (y, según algunas fuentes, también a la escala ejecutiva del personal operativo, aunque esto último no lo he podido verificar), en cambio, al personal operativo (bomber@s) dice mi administración que no se nos puede aplicar esas jornada, por lo que hacemos 37.5h . La duda mías es si esto se puede hacer. Quiero decir que si una misma administración puede aplicar dos jornadas distinta a su personal. Como ejemplo para la misma duda puedo poner: ¿un Ayuntamiento puede aplicar a sus policías 37.5h y a los gestores de la comisaría 35h?. Muchas gracias de antemano y un saludo.
Buenas, la jornada general es la misma para todos los funcionarios. Si no, es discriminatorio. Otra cuestión sería que previo a negociación no se aplique por otras consideraciones traspuestas en consideración a cuestiones específicas. Saludos
Gracias por tu respuesta apañao!!! Entiendo que si la junta de personal refrenda (por el motivo que fere) esos dos sueldos distintos, el asunto ya no se podría tratar de discriminación y por ende no se podría recurrir?? Recuerda que está avalado por la junta de personal (y si me apuras, diría que por unanimidad) Lo dicho, muchísimas gra ias por tu respuesta.
Enhorabuena por tu explicación y gracias por hacerla pública. Tengo una duda acerca de la jornada de 35h. Mi admon. que es exclusiva para la prestación del servicio contra incendios y rescates; o sea que no es un Ayto. ni una Diputación; se divide a grandes rasgos en dos grupos. Llamémosle para entendernos: bomber@s [turno 24h] y administrativ@s [horario de oficina]. Pues bien, al personal de oficinas se les aplican las 35h (y, según algunas fuentes, también a la escala ejecutiva del personal operativo, aunque esto último no lo he podido verificar), en cambio, al personal operativo (bomber@s) dice mi administración que no se nos puede aplicar esas jornada, por lo que hacemos 37.5h . La duda mías es si esto se puede hacer. Quiero decir que si una misma administración puede aplicar dos jornadas distinta a su personal. Como ejemplo para la misma duda puedo poner: ¿un Ayuntamiento puede aplicar a sus policías 37.5h y a los gestores de la comisaría 35h?. Muchas gracias de antemano y un saludo.
Buenas, la jornada general es la misma para todos los funcionarios. Si no, es discriminatorio.
Otra cuestión sería que previo a negociación no se aplique por otras consideraciones traspuestas en consideración a cuestiones específicas.
Saludos
Gracias por tu respuesta apañao!!! Entiendo que si la junta de personal refrenda (por el motivo que fere) esos dos sueldos distintos, el asunto ya no se podría tratar de discriminación y por ende no se podría recurrir?? Recuerda que está avalado por la junta de personal (y si me apuras, diría que por unanimidad)
Lo dicho, muchísimas gra ias por tu respuesta.
Sabes como va la ley del fuego 🔥 Canaria
Buenas, hemos tenido reuniones con la nueva administración y quieren avanzar en ella. Esperemos que así sea
Saludos
Estimado le escribo desde Argentina tendrás un mail, para poder contactarme, atte Alexander
Buenas, no son materias para fuera de España
Saludos