buenas tardes muy comlpeto... mi consulta es sobre el impuesto de sellos a pagar ,...cuando prescribe ,,,y desde que fecha...entiendo desde la orden de inscripcion, sentencia... '? y que pasa si años despues se pide oficio ampliatorio por obsercvacion del RPI.....que pasa con esa prescripcion
Hola Doc !Antes que todo Gracias por su taller, excelente! yo tengo sentencia favorable de una usucapión en la cual se adquieren dos parcelas, la parcela 30 y la parcela 31. Queria consultarle si debo hacer 2 oficios de cancelación uno por cada parcela o se puede meter todos los datos en un solo oficio de cancelación. El oficio de inscripción seria uno solo porque la nueva nomenclatura las unifica bajo el numero de parcela 30 A. Pero tengo dudas respecto al oficio de cancelación le agracezco si puede ayudarme . Gracias, saludos!
Muy valiosa información... Bendiciones!!!
buenas tardes muy comlpeto... mi consulta es sobre el impuesto de sellos a pagar ,...cuando prescribe ,,,y desde que fecha...entiendo desde la orden de inscripcion, sentencia... '? y que pasa si años despues se pide oficio ampliatorio por obsercvacion del RPI.....que pasa con esa prescripcion
Hola Doc !Antes que todo Gracias por su taller, excelente! yo tengo sentencia favorable de una usucapión en la cual se adquieren dos parcelas, la parcela 30 y la parcela 31. Queria consultarle si debo hacer 2 oficios de cancelación uno por cada parcela o se puede meter todos los datos en un solo oficio de cancelación. El oficio de inscripción seria uno solo porque la nueva nomenclatura las unifica bajo el numero de parcela 30 A. Pero tengo dudas respecto al oficio de cancelación le agracezco si puede ayudarme . Gracias, saludos!
Hola si me puedn pasar contacto