Hola profesora, muchísimas gracias por los videos para los que estamos estudiando es oro puro, leí en videos anteriores que estas muy ocupada, pero cuando tengas disponibilidad podrías subir mas videos del impuesto de sociedades con más diferencias temporaria, cuando sea ingreso contable y ingreso fiscal no lo entiendo. Buenas vacaciones
Muy explicativos estos videos de la contabilizacion del IS,simples pero muy buenos conceptualmente.Facilisimo de entender y de retener en la cabeza.Te agradezco el esfuerzo.
Buenas! Por fin he encontrado un sitio en el que entendiera la amortización contable y fiscal. Muchas gracias. La cuestión es que sigo sin entender porqué las diferencias temporarias se contabilizan multiplicando por el gravamen, en este caso 155.82*0.25. Osea porqué no se deja 155.82. Sólo porque lo dice el PGC? No entiendo porqué en el cálculo de todo se deja el importe de la diferencia y luego en la contabilización la diferencia se multiplica por el tipo impositivo... Me podrías orientar por favor?
Gracias Chirley, me alegro que sirva de ayuda. A ver te explico, lo que se paga en el IS es cuota, es decir, base x tipo de gravamen. Esa es la razón por la que cuando se contabilizan las diferencias temporarias deducibles o imponibles lo que se está haciendo es reconecer menores o mayores cantidades a pagar y, por tanto, se ha de multiplicar por el tipo impositivo. El PGC habla de importe íntegro (Bases x cuota)
@@emap-profesoraadministraci8149 Muchas gracias! Estoy haciendo un curso de IS y la verdad es que el profe corre bastante así que necesitaba ayuda. Muchas gracias. Continuaré visualizando los vídeos porque creo que me ayudarán en muchas otras cosas. Saludos
En el vídeo nos indicas como sería el asiento con diferencias permanentes negativas, pero como sería el asiento cuando las diferencias permanentes son positivas?
Entiendo que te refieres a diferencias temporarias positivas. En ese caso la cuenta a utilizar es la 4740 Activos por diferencias temporarias deducibles. Se carga dicha cuenta con abono a la 6301 Impuesto diferido.
DEEMASIADO BUENO 👏👏👏👏👏👏👏👏👏MUCHÍSIMAS GRACIAS POR COMPARTIRLO, HE APRENDIDO UN MONTÓN..
Hola profesora, muchísimas gracias por los videos para los que estamos estudiando es oro puro, leí en videos anteriores que estas muy ocupada, pero cuando tengas disponibilidad podrías subir mas videos del impuesto de sociedades con más diferencias temporaria, cuando sea ingreso contable y ingreso fiscal no lo entiendo. Buenas vacaciones
Muchas gracias a ti. Lo intentaré. Ahora necesito descansar porque ha sido un curso agotador.
Buenas tardes profesora, mil gracias por su explicación, por favor siga subiendo vídeos son muy ilustrativos.
Muy explicativos estos videos de la contabilizacion del IS,simples pero muy buenos conceptualmente.Facilisimo de entender y de retener en la cabeza.Te agradezco el esfuerzo.
GRACIAAASSSSSS
Buenas! Por fin he encontrado un sitio en el que entendiera la amortización contable y fiscal. Muchas gracias. La cuestión es que sigo sin entender porqué las diferencias temporarias se contabilizan multiplicando por el gravamen, en este caso 155.82*0.25. Osea porqué no se deja 155.82. Sólo porque lo dice el PGC? No entiendo porqué en el cálculo de todo se deja el importe de la diferencia y luego en la contabilización la diferencia se multiplica por el tipo impositivo... Me podrías orientar por favor?
Gracias Chirley, me alegro que sirva de ayuda. A ver te explico, lo que se paga en el IS es cuota, es decir, base x tipo de gravamen. Esa es la razón por la que cuando se contabilizan las diferencias temporarias deducibles o imponibles lo que se está haciendo es reconecer menores o mayores cantidades a pagar y, por tanto, se ha de multiplicar por el tipo impositivo. El PGC habla de importe íntegro (Bases x cuota)
@@emap-profesoraadministraci8149 Muchas gracias! Estoy haciendo un curso de IS y la verdad es que el profe corre bastante así que necesitaba ayuda. Muchas gracias. Continuaré visualizando los vídeos porque creo que me ayudarán en muchas otras cosas. Saludos
@@chirleyvanessagonzalezmont7951 De nada!!
En el vídeo nos indicas como sería el asiento con diferencias permanentes negativas, pero como sería el asiento cuando las diferencias permanentes son positivas?
Entiendo que te refieres a diferencias temporarias positivas. En ese caso la cuenta a utilizar es la 4740 Activos por diferencias temporarias deducibles. Se carga dicha cuenta con abono a la 6301 Impuesto diferido.