Garantías Constitucionales. ⚖️ Art. 53 de la 📖 Constitución Española ➡️ por MOISÉS VEGA

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  • Опубликовано: 8 сен 2024
  • Garantías de la Constitución, artículo 53.... NO TE PIERDAS NADA, te dejo un super resumen para que lo tengas todo claro!
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Комментарии • 13

  • @cristinaiglesias8070
    @cristinaiglesias8070 Год назад +1

    ¡Buenísimos tus esquemas! Como siempre. Después de verlos una y mil veces parece que hasta se me va quedando una forma diferente de "leer", "organizar" y "estudiar" las leyes. Muchas gracias.

    •  Год назад +1

      Guau!! Pues genial si no solo te estoy ayudando en determinadas materias puntuales sino además en la forma de organizarte, esquematizar y demás. Ser consciente de que te van a preguntar de una determinada manera (test) cuando estás estudiando ayuda muuucho a enfocarte en el objetivo. Saludos!

  • @beitajara
    @beitajara Год назад +1

    Mil gracias una vez más por tus vídeos!!
    Explicas de 10, así que te puedes enrollar lo que tú quieras 😉
    Y puestos a pedir... ya que has mencionado el Contencioso..., cuando puedas algún vídeo que me haga digerir esa intragable Ley, por favor!
    Graciassss 😊

    •  Год назад +1

      Ufff... maravilloso el contencioso. Pero tengo un par de cosas que pueden ayudar bastante. Me lo preparo para próximos vídeos.

    • @beita369
      @beita369 Год назад +1

      @ Genial!! Te voy a deber media plaza 😂 mil gracias!!

  • @gracevh9679
    @gracevh9679 Месяц назад +1

    muy buena explicación.

    •  Месяц назад

      Me alegra saber que el video te ha ayudado!! saludos

  • @dayamakeup7763
    @dayamakeup7763 Год назад +1

    Excelente... Hay q verlo varias veces para q entre pero está muy bien explicado

    •  Год назад

      Me alegra que te guste la explicación, muchas gracias por tu comentario, saludos!

  • @albas2196
    @albas2196 Год назад +1

    Genial Moisés! Muchas gracias

    •  Год назад

      De nada, un placer!!

  • @cristinaiglesias8070
    @cristinaiglesias8070 Год назад +1

    Muchas gracias, muy bueno como siempre. Una duda que me ha entrado con el ejemplo del derecho a la vivienda, artículo 47; dices en el vídeo que se podría presentar un recurso de inconstitucionalidad ante el TC… entonces ¿qué diferencia hay entre los artículos del 14 al 38 y todos los demás, si con todos se puede presentar recurso de inconstitucionalidad? Muchas gracias.

    •  Год назад

      Buenas! El recurso de inconstitucionalidad se puede interponer frente cualquier norma con rango de ley. En el art. 53 nos hablan específicamente del capítulo II pero se puede usar con cualquier otra materia regulada de esta forma. Un saludo!