Mi cónyuge falleció 2023, pero solo teníamos formalizada pareja de hecho, puedo hacer la renta como viudo? Para beneficiarme de la bonificación autonómica por viudedad? Cataluña.
Hola Martin, siento tu pérdida. No soy experta en este tema pero he estado leyendo desde que has enviado la pregunta y te envío dos link con las web que me parece que mejor lo explican. www.abogadosdivorciomadridlunamarin.com/existe-pension-viudedad-parejas-de-hecho/#:~:text=Las%20parejas%20de%20hecho%20pueden,que%20la%20uni%C3%B3n%20sea%20oficial. www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/que-pension-viudedad-me-corresponde-si-soy-pareja-de-hecho/2883144/ Espero que te sean de utilidad. También te aconsejo llamar directamente a la Agencia Tributaria, al 915 548 770. Te ruego me cuentes luego tus conclusiones por si podemos ayudar a alguien más. Un saludo, Victoria
He hecho la consulta. La pareja de hecho no está asimilada tributariamente al matrimonio, por lo tanto no es posible la deducción. Mi consejo para quien esté como Pareja de Hecho Matrimonio, ayuda muchísimo en todo los ámbitos.
Gracias por la respuesta, Martin. Efectivamente, para la Agencia Tributaria, no se asemeja al matrimonio pero en Seguridad Social sí. Yo intentaría pedir la pensión en la Seguridad Social, que es a lo que yo me refería ayer. Imagino que, si te dan la pensión debas luego incluirla en tu declaración de la renta como un ingreso más. Quiero además comentarte otra cosita, aunque seguramente lo sepas. Cuando una persona fallece, sus herederos deben hacer su declaración de la renta al año siguiente. Tal vez te ayude este video que hice hace un tiempo: ruclips.net/video/ADeOncSgRWg/видео.html Seguimos en contacto. Un saludo Victoria
@@valorprofesional Si! La pensión la solicité con certificado digital en la web, aporte los documentos que pedían y en 10 días tenía la resolución, en mi situación personal, me concedieron el 52%. Una pregunta. Dos inmuebles que pasaron a mi nombre (52 días según los datos fiscales23) los mismos que están alquilados. En la declaración se pide la flecha de contrato. Que fecha de contrato se debe poner, el que firmó mi cónyuge fallecido, o desde el momento qué pasaron a mi nombre?
@martincardenasr Hola Martín, es una pregunta tan concreta, que vuelvo a aconsejarte llamar a Hacienda. Sin embargo, he investigado y te copio aquí abajo lo que he encontrado en la web de la Agencia Tributaria y el link de donde lo he copiado. La fecha de contrato de arrendamiento sólo para arrendamientos (Tipo 1) (si la fecha del contrato fuese anterior a la fecha de adquisición se consignará como fecha del contrato la de adquisición). sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2021/7-cumplimentacion-irpf/7_3-rendimientos-derivados-inmuebles/7_3_7-cumplimentacion/7_3_7_1-arrendamiento.html En mi opinión, eso significa que debes poner la fecha en la que tú lo adquiriste por herencia. Si llamas, me dices, ok? Un saludo Victoria Peñalver
Mi cónyuge falleció 2023, pero solo teníamos formalizada pareja de hecho, puedo hacer la renta como viudo? Para beneficiarme de la bonificación autonómica por viudedad? Cataluña.
Hola Martin, siento tu pérdida.
No soy experta en este tema pero he estado leyendo desde que has enviado la pregunta y te envío dos link con las web que me parece que mejor lo explican.
www.abogadosdivorciomadridlunamarin.com/existe-pension-viudedad-parejas-de-hecho/#:~:text=Las%20parejas%20de%20hecho%20pueden,que%20la%20uni%C3%B3n%20sea%20oficial.
www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/que-pension-viudedad-me-corresponde-si-soy-pareja-de-hecho/2883144/
Espero que te sean de utilidad.
También te aconsejo llamar directamente a la Agencia Tributaria, al 915 548 770.
Te ruego me cuentes luego tus conclusiones por si podemos ayudar a alguien más.
Un saludo,
Victoria
He hecho la consulta. La pareja de hecho no está asimilada tributariamente al matrimonio, por lo tanto no es posible la deducción. Mi consejo para quien esté como Pareja de Hecho Matrimonio, ayuda muchísimo en todo los ámbitos.
Gracias por la respuesta, Martin. Efectivamente, para la Agencia Tributaria, no se asemeja al matrimonio pero en Seguridad Social sí. Yo intentaría pedir la pensión en la Seguridad Social, que es a lo que yo me refería ayer.
Imagino que, si te dan la pensión debas luego incluirla en tu declaración de la renta como un ingreso más.
Quiero además comentarte otra cosita, aunque seguramente lo sepas. Cuando una persona fallece, sus herederos deben hacer su declaración de la renta al año siguiente. Tal vez te ayude este video que hice hace un tiempo: ruclips.net/video/ADeOncSgRWg/видео.html
Seguimos en contacto.
Un saludo
Victoria
@@valorprofesional Si! La pensión la solicité con certificado digital en la web, aporte los documentos que pedían y en 10 días tenía la resolución, en mi situación personal, me concedieron el 52%.
Una pregunta. Dos inmuebles que pasaron a mi nombre (52 días según los datos fiscales23) los mismos que están alquilados. En la declaración se pide la flecha de contrato. Que fecha de contrato se debe poner, el que firmó mi cónyuge fallecido, o desde el momento qué pasaron a mi nombre?
@martincardenasr Hola Martín, es una pregunta tan concreta, que vuelvo a aconsejarte llamar a Hacienda. Sin embargo, he investigado y te copio aquí abajo lo que he encontrado en la web de la Agencia Tributaria y el link de donde lo he copiado.
La fecha de contrato de arrendamiento sólo para arrendamientos (Tipo 1) (si la fecha del contrato fuese anterior a la fecha de adquisición se consignará como fecha del contrato la de adquisición).
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2021/7-cumplimentacion-irpf/7_3-rendimientos-derivados-inmuebles/7_3_7-cumplimentacion/7_3_7_1-arrendamiento.html
En mi opinión, eso significa que debes poner la fecha en la que tú lo adquiriste por herencia.
Si llamas, me dices, ok?
Un saludo
Victoria Peñalver