Reforma pensional: ¿qué cambios propone el gobierno?

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  • Опубликовано: 28 янв 2025

Комментарии • 28

  • @joseantoniocastillosanchez7637
    @joseantoniocastillosanchez7637 4 года назад +1

    En el régimen público existe un desequilibrio, no es lógico que quien hace aportes del minimo sostenga a personas pensionadas con mesadas mayores al mínimo. Si una persona cotiza sobre el mínimo lo lógico es que sostenga a personas con mesadas mínimas y quienes cotizan en regímenes especiales sostengan a personas pensionadas con estos regímenes. Todas las personas deben ser tratadas de la misma manera pero esa igualdad nace entre iguales, lo demás es discriminatorio y arribista.

    • @bley6420
      @bley6420 4 года назад +1

      Es verdad si el Colpensiones funcionara así seria más rentable.

  • @gabrielmorales5875
    @gabrielmorales5875 4 года назад

    El proceso de pensionarse en el Fondo Porvenir en Colombia es una cruel tortura para los ancianos que logramos cumplir los requisitos, llena de irregularidades, malinterpretaciones y abusos.
    En el caso mío, al dia siguiente de mi cumpleaños #62 hice la solicitud correspondiente. Yo había firmado mi conformidad de mi historia laboral un mes antes del cumpleaños, y todo iba sin ninguna irregularidad.
    Se supone que por ley los fondos de pensiones deben tardar 3 o 4 meses para comenzar la pensión del afiliado. Este no es el caso del fondo Porvenir. En mi caso particular, Porvenir demoro más 6 meses en iniciar (solo para iniciar) mi proceso. Y parece que seran al menos 12 meses mas, si es que yo llego a ver ese dia.
    Yo cumplí 62 años el 25 de Marzo y solo hasta el 2 de Septiembre Porvenir hizo la solicitud del Bono Pensional al Ministerio de Defensa. En este Ministerio me informaron en el dia 16-Septirmbre que ellos (Emisores de Bonos) tienen 3 meses para emitir el bono pensional, suponiendo que no haya ninguna inconsistencia o leve error.
    Una vez reciban el Bono personal de Colpensiones y el Ministerio de Defensa, PORVENIR promete que en tres meses ellos hacen efectiva la pensión, si no surge algún otro problema.
    En el mejor de los casos PORVENIR estaría dándome la pensión en 12 meses mínimo (se toman minimo otros tres meses despues que todos los documentos de solicitud sean recibidos). Eso es un descaro, un abuso y una violación de los derechos vitales de los usuarios de PORVENIR.
    NO hay alguna institucion que defienda a los ancianos de los atropellos y abusos de PORVENIR en Colombia? No hay una ley a favor de los ancianos que les garantice recibir su pensión como manda la ley 100 de 1993?
    RECOMENDACION: Por favor, cuídese de caer en las manos de PORVENIR, para ellos Usted es solo una oportunidad mas de ganar dinero. Es la peor decisión que Usted puede hacer por el resto de su vida.

  • @franciscodelgado16
    @franciscodelgado16 4 года назад +1

    Yo me pensiones el treinta de enero de dos mil trese con derecho a la mesada catorce ,y de un momento a otro me la dejaron de pagar..que puedo hacer al.respecto par que me sigan pagando dicha mesada .muchas graciad

    • @franciscodelgado16
      @franciscodelgado16 4 года назад

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    • @franciscodelgado16
      @franciscodelgado16 4 года назад

      Li

    •  4 года назад

      Saludos Francisco, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
      2. Ingresa a nuestro canal de RUclips y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas ruclips.net/channel/UCJ_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA?view_as=subscriber
      3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Lunes (Laboral) 2:00 p.m. y Jueves (Impuestos): 2:00 p.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones de los conferencistas.
      Cordialmente,
      Equipo Actualícese.

  • @FKLEGAL78912
    @FKLEGAL78912 4 года назад +1

    Que tan sierto es que la pensión para los sobrevivientes como esposo o esposa se acabará para que no sigan pensionados después de fallecer el cotizante

    •  4 года назад

      Saludos Mateo, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
      2. Ingresa a nuestro canal de RUclips y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas ruclips.net/channel/UCJ_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA?view_as=subscriber
      3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
      4. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos el horario: Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones del conferencista.
      Cordialmente,
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  • @williamrodriguezmontoya4408
    @williamrodriguezmontoya4408 5 лет назад

    Buenas tengo 53 años con 1300 semanas no puedo seguir cotizando si tengo ya la pensión cuando cumpla los 62 así no vuelva a cotizar desempleado gracias por la respuesta

    •  5 лет назад

      Saludos William, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
      2. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
      3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Miércoles (Estándares Internacionales y sus efectos tributarios): 9:00 a.m, Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. y Viernes (Laboral): 3:00 p.m.
      Cordialmente,
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  • @Rosita1757
    @Rosita1757 5 лет назад

    Si una persona tiene 45 trabaja de forma independiente y a la fecha no alcanza a terminar de cotizar para pensionarse esta obligado a pagar la pensión? o se puede solo pagar la salud y riesgos.

    •  5 лет назад

      Saludos Rosa, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
      2. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
      3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Miércoles (Estándares Internacionales y sus efectos tributarios): 9:00 a.m, Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. y Viernes (Laboral): 3:00 p.m.
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    • @helda2rodriguez79
      @helda2rodriguez79 4 года назад

      No me par ese q en colpensiones paguen lo q gana y en porvenir sólo un minimo

  • @fernandonunezromero1181
    @fernandonunezromero1181 5 лет назад

    Si los ingresos de las cuotas/cotizaciones a la S. Social no son suficientes.- SE INCLUYAN EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
    EL QUE TENGA POSIBILIDADES ECONOMICAS QUE HAGA EL FONDO QUE ESTIME..
    Crear nuevos cotizantes empleo.
    Si los jovenes no tienen empleo y los msyores de 50 años , no encuentran trabajo, ¿como quieren ampliar la edad de jubilacion?
    Si tenemos recursos, recortardo en lo superfulo.
    Si se puede
    BASTA YA.

    •  5 лет назад

      Saludos Fernando, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
      2. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
      3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Lunes (Estándares Internacionales): 8:30 a.m, Miércoles (Estándares Internacionales y sus efectos tributarios): 9:00 a.m, Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. y Viernes (Laboral): 3:00 p.m.
      Cordialmente,
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  • @henrycastillo1497
    @henrycastillo1497 5 лет назад

    Hola Buenos días te hago una consulta tengo 58 año estoy en Porvenir tengo 1100 tengo un bono de 70 millones y un ahorro de 350 millones y no estoy trabajando tengo q esperar los 62 año para q me devuelvan el saldo gracias

    •  5 лет назад

      Saludos Henry, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
      2. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
      3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Miércoles (Estándares Internacionales y sus efectos tributarios): 9:00 a.m, Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. y Viernes (Laboral): 3:00 p.m.
      Cordialmente,
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    • @williamrodriguezmontoya4408
      @williamrodriguezmontoya4408 5 лет назад

      Si señor

    • @bley6420
      @bley6420 4 года назад

      Con ese capital y su edad ya puede preguntar si lo pensionan ya, eso si el Bono pensionan solo lo validan a los 60 años por lo que no lo tendrían en cuenta pero si es por capital yo diría ya tiene derecho a pensión o por lo menos solo tiene que esperar a los 60 consulte a su fondo de pensión.

  • @Mqpurg
    @Mqpurg 5 лет назад

    Pero esconde la verdad que serán gravadas por tarifas superiores al 33%

  • @luisalbertobarraganh.6287
    @luisalbertobarraganh.6287 4 года назад

    Señores
    ACTUALICESE
    Ciudad
    Apreciada Doctora:
    Quiero que por favor a través de este medio me haga el favor y me colabore con este contenido que le describo a continuación: En vista del problema que tenemos actualmente por esta cuarentena, y de pronto se nos alargue, necesito que por favor me asesoren sobre mis aportes a la seguridad social, ya que mis entradas son como independiente, y vivo del día a día y no dependo de ningún sueldo fijo, mucho menos de una empresa, por consiguiente, necesito que por favor me digan si puedo aportar únicamente al servicio de salud, nada más, ya que a pensiones ya cumplí los requisito exigidos por la ley que son 1.300 semanas y que ya voy en los 61 años y ya llevo cotizando 40 años y en semanas llevo 2.017,86, como pueden ver, estoy muy por encima de lo exigido por la ley para la pensión, entonces por esta razón necesito su colaboración y su asesoría. Solo puedo alcanzar a pagar salud y quiero saber cómo debo hacerlo.
    Agradeciéndoles la atención prestada a esta y sin particulares para más me suscribo.
    Muy atentamente,
    Luis Alberto Barragan Herreño

    •  4 года назад

      Saludos Luis, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
      1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
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      4. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Miércoles (Estándares Internacionales y sus efectos tributarios): 9:00 a.m, Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. y Viernes (Laboral): 9:00 a.m. Estos horarios están sujetos a cambios por ocupaciones de los conferencistas.
      Cordialmente,
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