Última novedad sobre recuperación del régimen pensional para docentes de la nueva carrera.

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  • Опубликовано: 11 сен 2024
  • Buscando burlar el pago de salarios y prestaciones sociales de ley a los docentes, tras el fallo de la Corte Constitucional (Sentencia C-555 de 1994) que determinó que en las vinculaciones de docentes por las modalidades de contrato u OPS subyacen los elementos propios de la relación laboral y por lo tanto generan el derechos al pago de salarios y prestaciones, muchas entidades territoriales encontraron la forma de seguir contando con estos docentes ya no contratándolos de manera directa sino a través de otras entidades publicas o privadas, con quienes convenian la prestación del servicio educativo y estas a su vez contrataban maestros para prestar el servicios en los establecimiento educativos oficiales.
    Acudiendo a la sentencia en mención y al artículo 53 de la Constitución Política, que establece que en materia laboral prevalece la realidad sobre la forma, es evidente que el servicio docente prestado en establecimientos educativos oficiales, a través de contratos de trabajo con entidades públicas o privadas diferentes a los entes territoriales, deben considerarse como tiempos oficiales de servicio para efectos pensionales.
    Por esta razón, consideramos que si un docente oficial que hoy se encuentra en la nueva carrera (Decreto 1278 de 2002) en provisionalidad o en propiedad y demuestra que trabajó bajo esta modalidad especial, antes del 27 de junio de 2003 (Articulo 81 Ley 812 de 2003) no se debe pensionar con los mandatos de la Ley 100 de 1993 sino con los criterios del régimen pensional exceptuado; es decir que la pensión de jubilación la adquiere a los 55 años de edad y 20 de servicio, recuperando además la compatibilidad de salario y pensión.

Комментарии • 7

  • @lilianaayala5448
    @lilianaayala5448 2 месяца назад +3

    Una muy buena noticia, así estamos muchos.

  • @arsanbo
    @arsanbo 2 месяца назад +1

    Que buena noticia!

  • @Garzzu
    @Garzzu 3 месяца назад +1

    Excelente noticia

  • @carmenmariasotorobles4923
    @carmenmariasotorobles4923 2 месяца назад +1

    Buenos días Bendiciones 🙏

    • @carmenmariasotorobles4923
      @carmenmariasotorobles4923 2 месяца назад +1

      Buenos dias
      Yo he hecho todos los procedimientos ya que me cobija la ley. Después del proceso judicial cual es el tiempo estipulado para salir favorable la pensión. Tengo mas de un año que meti papeles al juzgado y aún no me sale

  • @yolimagarzon7325
    @yolimagarzon7325 2 месяца назад

    Buenas noches. Es mi caso.

    • @asleyesmaestrolegal
      @asleyesmaestrolegal  2 месяца назад

      Cordial saludo
      Por favor comuníquese a nuestras líneas de atención 314 655 2186 - 311 771 9906 para que le brindemos la asesoría correspondiente.
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